FTE México

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Volumen 2, Número 27, Agosto 17 de 2002

 

Capítulo III- Servicio Público de Energía Eléctrica

Artículo 10 –El servicio público de energía eléctrica comprende el proceso de trabajo eléctrico, en todas las fases de transformación de la energía para su conversión en energía eléctrica, a partir de los energéticos primarios hasta su utilización en cualquiera de sus usos.

Artículo 11 - Todas las actividades relativas al proceso de trabajo eléctrico las realizará a cabo la industria eléctrica nacionalizada mediante administración directa.

Artículo 12 - Ninguna de las actividades propias del proceso de trabajo eléctrico serán objeto de concesión a particulares.