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Número 36, Marzo 30 de 2003

Política Energética Movimiento Obrero
Ley Electrica Documentos Foros del FTE Búsquedas Índice General
Sangre por petróleo
Rebelión contra
la guerra!

¡Huelga obrera
contra la guerra!

Las mujeres
contra la guerra!

MUNDO POLÍTICO:
Europa dividida
ante la guerra!

La OPEP, Fox
y la guerra!

La bomba MOAB
Delfines en Irak
Lisístrata contra
la guerra!

Poetas contra la guerra
CMS
Anticonstitucionales

Desabasto de Gas
Natural

Pemex produce
3.4 millones de bpd

Planeación energética
en México

Tarifas eléctricas
en México

Las Tarifas en 2002
Proyectiles de Uranio
empobrecido

FUENTE DE ENERGÍA:
Tarifas eléctricas,
80%más

Más inversionistas
extranjeros

Foxistas privatizadores
El Cajón para
consorcios privados

Sanción a CFE si hay
desabasto de gas

Siete hermanas
petroleras

Petróleo a 30.37
dólares

Quien incendia los pozos
petroleros

Situación de la
mujer trabajadora

MARCHA OBRERA:
4.3% en la de Sinaloa
4.3% en la de Tlaxcala
4.3% + 4.5% al SME
Marcha de petroleros
Mitin del SME
Lázaro Batel
privatizador

Marx vive
 

Privatización petrolera furtiva

CSM Anticonstitucionales

La burocracia foxista de Pemex “tuerce” a conveniencia la legalidad constitucional. Su argumentación ante las trasnacionales, para otorgarles los Contratos de Servicios Múltiples, se basa en leyes secundarias y reformas inconstitucionales. La Constitución indica claramente que, “tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos... NO se otorgarán concesiones ni contratos”.

Derecho constitucional de la Nación

En materia de hidrocarburos, la soberanía nacional es incuestionable, lo dice claramente la Constitución. En el artículo 27 constitucional, párrafo 4º se indica que,

“Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas;... el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos...”

Esta importante conquista de la Revolución Mexicana, encabezada por Villa y Zapata, le otorga a la Nación el derecho sobre la propiedad de la tierra y sus recursos, en las plataformas continental y marina. De los recursos naturales, los energéticos son de propiedad social, y se incluye a todos los hidrocarburos en cualquiera de sus estados físicos. Esto se aplica, por tanto, al petróleo crudo, al gas asociado o no asociado, y a los productos petrolíferos.

“En todos los casos, ... el dominio de la Nación es inalienable e imprescriptible ...”

Se dice en el párrafo 6º. del mismo artículo 27 constitucional. De manera que, ninguna burocracia gubernamental o administrativa, puede alterar el derecho de la Nación, en ningún momento. Es decir, los recursos naturales no se pueden enajenar y, para ello, no existe prescripción. A partir de que la Nación tomó el dominio directo, la situación se configuró irreversible históricamente.

Consecuentemente, corresponde solamente a la Nación el aprovechamiento de los recursos sobre los que ejerce su dominio. La parte final del párrafo 6º. lo indica con precisión:

“Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que, en su caso, se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la ley reglamentaria respectiva”.

De esta manera, las actividades relativas al proceso de trabajo petrolero, se consideran estratégicas. En el artículo 28, párrafo 4º. se indica que son áreas estratégicas

“el petróleo y los demás hidrocarburos

De acuerdo a la propia Constitución, en su artículo 25, las actividades estratégicas serán llevadas a cabo, de manera exclusiva, por el Estado a través de los organismos, instalaciones y dependencias requeridas.

En la medida que la Constitución establece que, en las actividades propias de la industria petrolera NO se otorgarán concesiones ni contratos, cualquier propuesta que contravenga a este precepto es, sencillamente, Anticonstitucional.

Este es el caso de los llamados Contratos de Servicios Múltiples para la exploración y explotación de gas natural. Tales contratos son anticonstitucionales.

Foxismo en la ilegalidad constitucional

El gobierno foxista y la administración de Pemex están fuera de la legalidad constitucional. Dos aspectos, no los únicos, de ilegalidad son:

  1. La propuesta de Pemex para otorgar a las transnacionales los Contratos de Servicios Múltiples para la exploración y explotación del gas natural no asociado y,
  2. Los permisos otorgados por la Comisión Reguladora de Energía a las transnacionales para la distribución de gas natural en sus diversas modalidades.

CSM violatorios del artículo 27, párrafo 6º.

Pemex, en su Plan de Negocios 2002, argumenta que para el período 2002-2010 crecerá la demanda de gas seco en 9% anual y la producción actualmente existente s insuficiente para cubrir la demanda en los sectores eléctrico, industrial y doméstico.

Pemex dice que es más barato producir gas natural en México que importarlo pero NO propone producirlo. Sus argumentos están orientados a convencer del negocio a los inversionistas extranjeros.

En consecuencia, se han diseñado los Contratos de Servicios Múltiples (CSM). Se indica que éste es “un mecanismo jurídicamente viable sin necesidad de modificar la Constitución, para que firmas expertas y exitosas del ramo de cualquier parte del mundo, construyan y financien obras y provean servicios de mantenimiento para elevar la producción de gas”.

Por supuesto, que los mecanismos jurídicos que se esgrimen NO son jurídicamente viables sino abiertamente violatorios de la Constitución y, por tanto, inviables. Pemex y el gobierno foxista mienten descaradamente en su afán compulsivo de privatizar a la industria petrolera nacionalizada.

Desde luego, los promotores dicen que se contemplan “todo tipo de candados técnicos” que garanticen el control de Pemex y que todos los activos serán propiedad de Pemex.

Contratismo a gran escala

Los CSM incluyen diversos servicios a ejecutarse a 10 o 20 años por una misma empresa. Actualmente, Pemex tiene celebrados 10 mil contratos anuales con otras tantas empresas. Esto es, la industria petrolera nacionalizada está plagada de contratismo. Ahora lo que se propone es pasar a una etapa superior del contratismo. Eso son los CSM, contratismo a gran escala. En vez de pactar con tantos contratistas, grandes y pequeños, se propone hacerlo con los más grandes y en menor número.

Visión “torcida” de la historia y de la ley

El foxismo utiliza la historia “torcida” para justificar sus fechorías. Dicen sus voceros que, “desde su creación Pemex contrata servicios”. Con esa base, se agarran del artículo 6 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la cual dice

ARTICULO 6o.- Petróleos Mexicanos podrá celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y de prestación de servicios que la mejor realización de sus actividades requiere. Las remuneraciones que en dichos contratos se establezcan, serán siempre en efectivo y en ningún caso concederán por los servicios que se presten o las obras que se ejecuten, porcentajes en los productos, ni participación en los resultados de las explotaciones.

Por otra parte, los CSM están diseñados como Contratos de Obra Pública sobre la base de precios unitarios.

Para justificarlos, se invoca especialmente a la Ley de Obras Públicas. De acuerdo a los términos y condiciones de las bases de licitación, “El objeto de la licitación pública internacional es la ejecución y administración a costo del contratista de las obras públicas relacionadas con el Desarrollo, Infraestructura y mantenimiento de campos de gas no asociado en el bloque identificado como Bloque No. 3 Monterrey en la Cuenca de Burgos, localizada en los Estados de Tamaulipas y Nuevo León en la región Norte de PEP”. Fuente: www.pemex.gob.mx

La autorización de la inversión global para el proyecto se encuentra comprendida dentro del programa “Proyecto de Infraestructura Productiva de Largo Plazo” (Pidiregas) de PEP.

Los campos de gas natural no asociado objetos de la licitación serán aquellos que integran el Bloque No. 3-Monterrey, en la Cuenca de Burgos ubicada entre Tamaulipas y Nuevo León, la cual tiene una extensión de 1700 km2.

El plazo máximo para al ejecución es de 7 mil 305 días, esto es, 20 años. Dicho plazo podrá variar de acuerdo con la existencia o no de localizaciones perforables.

Muchas vueltas del foxismo para incumplir la Ley

David Jiménez, senador del PRI ha dicho que el tercer borrador de los CSM “es un intento por darle vuelta a la Constitución”, otros han dicho que es el inicio de la privatización del gas natural. Los CSM “van encaminados a proteger los intereses de los contratistas extranjeros”. Esos contratistas no solo obtendrían cuantiosas ganancias, tendrían también protegidas contractualmente sus inversiones. Esto no es conveniente para Pemex ni para la Nación.

"Ejemplo de ello es el establecimiento del arbitraje internacional para dirimir controversias, lo cual implicaría eventualmente el sometimiento del destino de una de las áreas estratégicas, que pertenecen al pueblo de México, a decisiones de tribunales extranjeros". Además, "la naturaleza de estos contratos significa la entrega de información estratégica sobre los recursos naturales del país a empresas extranjeras, con lo cual se pone en riesgo la seguridad nacional".

Los senadores del PRI han considerado que, los CSM presentan “graves violaciones” constitucionales específicamente a los artículos 27, 28 y 134. Este último artículo se viola “al permitir que sean los particulares quienes decidan, en procesos licitatorios, las mejores ofertas de contratación para el Estado”. Jiménez agregó que, además, los CSM darían lugar a incrementar el desempleo de personal calificado de Pemex.

Traidores a la Patria

Las expresiones han sido duras al señalar que, "Todo lo anterior sólo puede explicarse por el supuesto de que han sido los potenciales contratistas y no las autoridades quienes han dictado las pautas y el contenido de los contratos. De no ser así, entonces el problema es mucho más cuestionable, porque se trataría de funcionarios públicos que actúan como traidores a la patria, buscando favorecer intereses extraños, queriendo ocultar su perversidad con innumerables términos técnicos y jurídicos, para así transgredir los principios consagrados en nuestra Constitución". (Becerril A, en La Jornada 010203).

Eso, a los funcionarios de Pemex, que hacen justamente lo que señala el senador Jiménez, no les preocupa en absoluto. Pemex proyectó para el 17 de febrero la primera ronda de negociaciones. Una semana antes, Pemex se reunió en Houston con diversas (200) empresas interesadas. En la reunión se observó que entre los inversionistas existen serias dudas respecto de la viabilidad jurídica. (Carriles L, en Milenio Diario 110203).

La ilegalidad, corrupción y traición, NO convencen

Pemex dice lo contrario pero no convence. No puede convencer en la medida en que tergiversa la ley, empezando por la Constitución. Su argumentación jurídica es altamente inconsistente.

Los CSM, además, no tienen al aval del Congreso de la Unión y son una expresión de las modalidades de contratismo en alta escala para hacer grandes negocios. Las transnacionales pero quieren un paraíso gratis y no están convencidas. Pemex les miente al asegurarles falsamente que los CSM “son legales”.

Entre las empresas que el foxismo pretende convencer están: Agrip Petroleum, BNP Paribas, ChevronTexaco, ConocoPhillips, ExxonMobil Exploration Company, Halliburton, Japan National Oil Corporation, Kuwait Oil Company, Marubeni, Mitsui, Repsol, YPF, Schulemberger, Shell Mexico EP Investments, Statoil, Techint, Tecpetrol, Teikoku Oil, TotalFinaElf, Toyo USA, Yuma Explorration and Producction.

 

   
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