Quinto- Los
derechos laborales de los trabajadores del sector, de planta, temporales y
jubilados, serán íntegramente respetados. Los trabajadores al
servicio de la industria eléctrica nacionalizada serán sujetos de
la contratación colectiva de trabajo única.
Ciudad de México, 17 de agosto de 2002.
¡Salud y Revolución Social!
¡Hasta la Victoria Siempre!
¡Venceremos!
Frente de
Trabajadores de la Energía
de México
¡Viva la Unidad Democrática de los
Trabajadores Mexicanos de la Energía!
Marcha de electricistas y nucleares de la
Tendencia Democrática del SUTERM,
unitariamente con el
Sindicato Mexicano de Electricistas,
1º de mayo de 1975, Ciudad de México
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