A. Hernández, A. Rivera, E. Rodríguez
Frente de Trabajadores de la Energía
energia@fte-energia.org
1 INTRODUCCION
La
realización de la primera sesión de la Convención Nacional
Petrolera es una importante iniciativa que, en sucesivas sesiones, podrá
convertirse en una instancia que permita adoptar acuerdos relevantes. Con el
propósito de alcanzar el mejor éxito, estimamos definir un
Reglamento de la Convención.
2 DESARROLLO DE LA CONVENCION
El Reglamento de la Convención es un conjunto
de acciones normativas para el desarrollo de las sesiones de la
Convención. Otro aspecto distinto es la organización y
funcionamiento de la Convención como instancia obrera y popular, con sus
propios objetivos y programa.
Con este propósito, presentamos a
consideración de los delegados a la Convención un conjunto de
normas sencillas que estimamos convenientes para el desarrollo de la
Convención.
3 PROPUESTA
1.
Se propone el Reglamento de la Convención Nacional Petrolera en los
términos indicados a continuación.
Reglamento de la Convención Nacional Petrolera
1 Disposiciones generales
1.1 Este Reglamento tiene como
objeto normar el desarrollo de las sesiones de la Convención.
1.2
La Convención es una instancia organizativa de los trabajadores
petroleros y organizaciones del pueblo de México para llevar adelante su
programa y plan de acción.
2 Convocatoria
2.1 La
Convocatoria a la Convención será decidida por la misma y sus
instancias organizativas internas, indicando el temario a tratar, programa de
actividades, registro de ponencias, lugar y fecha.
2.2 La
Convención se constituye con los delegados acreditados por los
trabajadores petroleros y organizaciones sociales participantes.
2.3
Todos los trabajadores podrán presentar ponencias respecto al temario de
la Convocatoria.
3 Constitución de la Convención
3.1
La Convención se constituye con la mayoría (50 por ciento
más uno) de los delegados acreditados.
3.2 Una vez instalada la
Convención se procederá a la apertura de la misma.
3.3 Las
sesiones de la Convención serán presididas por la Mesa Directiva
de la misma.
3.4 La Mesa Directiva de la Convención estará
integrada por un Presidente, un Secretario de Debates, un Secretario de Actas y
un Secretario de Acuerdos. También se nombrará una Comisión
de Escrutinio integrada por dos miembros.
3.5 El Presidente
dirigirá el desarrollo de la Convención y coordinará el
trabajo de los secretarios.
3.6 El Secretario de Debates otorgará
la palabra a los Delegados que lo soliciten.
3.7 El Secretario de Actas
elaborará las actas de la Convención.
3.9 El Secretario de
Acuerdos registrará los acuerdos de la Convención que sean
adoptados por ésta.
3.10 La Comisión de Escrutinio
registrará las votaciones de los delegados.
4 Desarrollo de la
Convención
4.1 De acuerdo al Temario de la Convención,
ésta decidirá si se lleva a cabo en sesiones plenarias o por mesas
de trabajo, o ambas.
4.1 Las sesiones plenarias se llevarán a
cabo con la presencia de todos los delegados
4.2 Las sesiones por mesa de
trabajo serán simultáneas y estarán presididas por un
Secretario de Debates, un Secretario de Actas y un Secretario de Acuerdos,
quienes tendrán las funciones propias de su cargo. Se nombrará,
también una comisión de escrutinio integrada por dos
miembros.
4.3 El debate se realizará con la presentación de
cada ponencia registrada indicando las propuestas que se presentan para su
votación. En su caso, podrán realizarse preguntas y respuestas,
así como la discusión en torno a las propuestas.
4.4
Concluida la discusión, el Presidente de la Mesa Directiva, o Secretario
de la mesa de trabajo, someterá las propuestas para resolver mediante
votación.
4.5 Si la Convención acuerda sesionar en mesas de
trabajo, al término se presentarán los acuerdos específicos
a la decisión de la sesión plenaria.
4.6 Concluidos los
trabajos de la Convención, ésta será clausurada.
4.7
Los acuerdos de la Convención serán publicados y difundidos
ampliamente.
5 Asistencia y puntualidad
5.1 La Convención,
en sesión plenaria, decidirá el programa de actividades a
realizar.
5.2 Los delegados registrarán su asistencia al inicio de
la Convención.
5.3 No se permitirán exclamaciones que
tiendan a inhibir a los oradores.
Disposiciones transitorias
a)
Las cuestiones no comprendidas en este Reglamento serán resueltas por
acuerdo de la propia Convención.
b) El presente Reglamento
entrará en vigor a partir de su aprobación por la
Convención.
¡Unidos
Venceremos!