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Volumen 7, Número 84, febrero 27 de 2007  

Organización obrera afiliada a la FEDERACIÓN SINDICAL MUNDIAL

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A. Hernández, A. Rivera, E. Rodríguez
Frente de Trabajadores de la Energía
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1 INTRODUCCION

La realización de la primera sesión de la Convención Nacional Petrolera es una importante iniciativa que, en sucesivas sesiones, podrá convertirse en una instancia que permita adoptar acuerdos relevantes. Con el propósito de alcanzar el mejor éxito, estimamos definir un Reglamento de la Convención.

2 DESARROLLO DE LA CONVENCION

El Reglamento de la Convención es un conjunto de acciones normativas para el desarrollo de las sesiones de la Convención. Otro aspecto distinto es la organización y funcionamiento de la Convención como instancia obrera y popular, con sus propios objetivos y programa.

Con este propósito, presentamos a consideración de los delegados a la Convención un conjunto de normas sencillas que estimamos convenientes para el desarrollo de la Convención.

3 PROPUESTA

1. Se propone el Reglamento de la Convención Nacional Petrolera en los términos indicados a continuación.

Reglamento de la Convención Nacional Petrolera

1 Disposiciones generales

1.1 Este Reglamento tiene como objeto normar el desarrollo de las sesiones de la Convención.

1.2 La Convención es una instancia organizativa de los trabajadores petroleros y organizaciones del pueblo de México para llevar adelante su programa y plan de acción.

2 Convocatoria

2.1 La Convocatoria a la Convención será decidida por la misma y sus instancias organizativas internas, indicando el temario a tratar, programa de actividades, registro de ponencias, lugar y fecha.

2.2 La Convención se constituye con los delegados acreditados por los trabajadores petroleros y organizaciones sociales participantes.

2.3 Todos los trabajadores podrán presentar ponencias respecto al temario de la Convocatoria.

3 Constitución de la Convención

3.1 La Convención se constituye con la mayoría (50 por ciento más uno) de los delegados acreditados.

3.2 Una vez instalada la Convención se procederá a la apertura de la misma.

3.3 Las sesiones de la Convención serán presididas por la Mesa Directiva de la misma.

3.4 La Mesa Directiva de la Convención estará integrada por un Presidente, un Secretario de Debates, un Secretario de Actas y un Secretario de Acuerdos. También se nombrará una Comisión de Escrutinio integrada por dos miembros.

3.5 El Presidente dirigirá el desarrollo de la Convención y coordinará el trabajo de los secretarios.

3.6 El Secretario de Debates otorgará la palabra a los Delegados que lo soliciten.

3.7 El Secretario de Actas elaborará las actas de la Convención.

3.9 El Secretario de Acuerdos registrará los acuerdos de la Convención que sean adoptados por ésta.

3.10 La Comisión de Escrutinio registrará las votaciones de los delegados.

4 Desarrollo de la Convención

4.1 De acuerdo al Temario de la Convención, ésta decidirá si se lleva a cabo en sesiones plenarias o por mesas de trabajo, o ambas.

4.1 Las sesiones plenarias se llevarán a cabo con la presencia de todos los delegados

4.2 Las sesiones por mesa de trabajo serán simultáneas y estarán presididas por un Secretario de Debates, un Secretario de Actas y un Secretario de Acuerdos, quienes tendrán las funciones propias de su cargo. Se nombrará, también una comisión de escrutinio integrada por dos miembros.

4.3 El debate se realizará con la presentación de cada ponencia registrada indicando las propuestas que se presentan para su votación. En su caso, podrán realizarse preguntas y respuestas, así como la discusión en torno a las propuestas.

4.4 Concluida la discusión, el Presidente de la Mesa Directiva, o Secretario de la mesa de trabajo, someterá las propuestas para resolver mediante votación.

4.5 Si la Convención acuerda sesionar en mesas de trabajo, al término se presentarán los acuerdos específicos a la decisión de la sesión plenaria.

4.6 Concluidos los trabajos de la Convención, ésta será clausurada.

4.7 Los acuerdos de la Convención serán publicados y difundidos ampliamente.

5 Asistencia y puntualidad

5.1 La Convención, en sesión plenaria, decidirá el programa de actividades a realizar.

5.2 Los delegados registrarán su asistencia al inicio de la Convención.

5.3 No se permitirán exclamaciones que tiendan a inhibir a los oradores.

Disposiciones transitorias

a) Las cuestiones no comprendidas en este Reglamento serán resueltas por acuerdo de la propia Convención.

b) El presente Reglamento entrará en vigor a partir de su aprobación por la Convención.

¡Unidos Venceremos!

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