energia

Volumen4, Número 57, Diciembre 27 de 2004

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¡Reestablecer la legalidad Constitucional!

PRIVATIZACIÓN ELÉCTRICA FURTIVA EN MÉXICO

César Torroella *

Antecedentes

Como producto de la reestructuración del capitalismo a nivel global, que hoy llamamos neoliberalismo, capitaneados por las empresas transnacionales del Gas, el Petróleo y la Electricidad, y supervisados por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM), en 1989 los gobiernos de Estados Unidos y de América Latina, se reunieron para elaborar la nueva Agenda política y económica del Continente; dicha reunión se conoce como el Consenso de Washington, a partir del cual se acordó “adelgazar” a los Estados nacionales, fortalecer al Mercado y realizar Reformas Estructurales (Laboral, Fiscal, Energética, etc.).

Un poco antes y bajo el régimen de Pinochet, Chile fue el primer país de América Latina que privatizó su sector eléctrico, dividiendo a sus dos empresas públicas en seis de generación y transmisión y en trece de distribución. (1982).

Le siguió Argentina, con Menem a la cabeza, que también inició el proceso de privatización a partir de una nueva legislación, desintegrando a sus cuatro empresas eléctricas nacionales y municipales. (Mayo de 1992).

En ese Consenso, entre otras cosas y a nombre del pueblo de México, el presidente Carlos Salinas de Gortari, se comprometió a firmar con Canadá y Estados Unidos un Tratado de Libre Comercio (TLC) y a sentar las bases para la privatización del Sector Eléctrico mexicano, proponiendo para ello una iniciativa de Reforma Eléctrica, en la que se pudiera modificar el concepto de servicio público y permitiera gradualmente la participación de los particulares en la generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica. (1992).

En 1993 el Banco Mundial publicó el Documento llamado “El papel del Banco Mundial en el sector de la potencia eléctrica”, para plantear las nuevas reglas del financiamiento a los gobiernos de los países en desarrollo, advirtiendo entre otras cosas que... “Para alentar la inversión privada en el sector eléctrico, el Banco utilizará algunos de sus recursos financieros para apoyar programas que faciliten la participación de inversionistas privados“ y además que “el Banco promoverá agresivamente la comercialización y corporatización de los sectores eléctricos de los países en desarrollo y la participación del sector privado en ellos”...

En Junio de 1995, el BM en su División México, le sugiere al gobierno mexicano la Reestructuración del Sector Eléctrico “...para promover la competencia y permitir a las fuerzas del mercado establecer precios... corporatizar LyFC como una compañía de distribución... separar los servicios de distribución en regiones basadas en la geografía y tipo de negocio... reforzar la autonomía de la Comisión Reguladora de Energía... mantener el enfoque gradualista...separar a CFE en unidades especializadas que serán administradas con criterio empresarial y funcionarán como Unidades Estratégicas de Negocio (UENs)...” etc. La mayoría de estas “sugerencias”, las ha realizado casi textualmente el gobierno mexicano.

Y en su más reciente documento, (año 2000) “México: Una Agenda Integral de Desarrollo Para la Nueva Era”, el BM le ordena a nuestro gobierno la Reforma Energética, que incluye la modificación de los Artículos 27 y 28 Constitucionales, “cambiar el régimen fiscal y darles autonomía de gestión a las empresas públicas (CFE, PEMEX, LyFC), fortalecer a la Comisión Reguladora de Energía, retirar los subsidios a las tarifas eléctricas residenciales y agrícolas, dividir el monopolio eléctrico en generación, transmisión y distribución, abrir un mercado eléctrico”, etc.

En 1993 Salinas creó la Comisión Reguladora de Energía (CRE), primero como organismo consultivo de la Secretaría de Energía (SENER) y después Zedillo promulgó la Ley que creó a la actual CRE (1995) con el fin de regular la privatización furtiva y gradual, establecida en la salinista Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), y en preparación de su privatizadora iniciativa de Reforma Eléctrica Constitucional que presentó ante el Congreso de la Unión. (3 de Febrero de 1999).

Situación Actual

El Sistema Eléctrico Nacional, tiene más de 150 plantas, varios cientos de subestaciones, cerca de 700 mil Kilómetros de líneas de Transmisión y Distribución, 64 centrales hidroeléctricas, 92 termoeléctricas, 2 carboeléctricas, 7 geotermoeléctricas, 2 eoloeléctricas y 1 nucleoeléctrica; es un solo circuito interconectado (salvo el sistema de baja california), con capacidad efectiva de generación de 40,354.24 MW a la que se suma la energía producida por 12 centrales privadas de Productores Externos de Energía (PIE).

A este Sistema se han conectado muchas empresas privadas, utilizando los subterfugios que les permite la LSPEE y su Reglamento, violando la Constitución, como lo veremos más adelante.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 27, párrafo sexto dice textualmente: Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.

Contra dicho mandato constitucional, Salinas modificó la Ley eléctrica que existía desde 1975, para introducir (en 1992) figuras jurídicas que expresamente decían lo que no se consideraría como servicio público: Autoabastecimiento,(la única que ya existía) Cogeneración, Pequeña Producción, Producción Independiente, Importación y Exportación (Art.3°); introduciendo, entre otras cosas, un mecanismo de descapitalización del Sector Eléctrico, a través de un impuesto –por aprovechamiento- del 9% sobre el uso de los activos del sector (Art. 46), realizando en Mayo de 1993 el Reglamento de dicha Ley, para regular ...“las actividades previstas en la propia Ley que no constituyen servicio público” y que permitirían en adelante la participación de los particulares, mediante convocatoria para determinar ...“periódicamente la ampliación o sustitución de capacidad que se requiera para satisfacer la demanda de energía eléctrica del país” (Art.125); y asimismo para que cada particular pueda, de acuerdo con al Artículo 126, “...poner a disposición de la Comisión, según la modalidad de que se trate, toda su capacidad de generación o su capacidad excedente para satisfacer la totalidad de la capacidad de generación requerida o parte de ésta.

“Los permisionarios que tengan excedentes de capacidad de 20 MW o menos, podrán poner a disposición de la Comisión dicha capacidad fuera de las convocatorias, en los términos de la fracción II del Artículo 135”.

Artículo 135.- Para la adquisición de energía eléctrica para el servicio público, tanto en el largo como en el corto plazo, la Comisión celebrará convenios con los titulares de permisos de generación, de acuerdo a lo siguiente:

I.- ....

II.- Con los permisionarios con excedentes de energía de 20 MW o menos, en los casos en que resulte conveniente, la Comisión podrá celebrar convenios en que se pacten compromisos de capacidad y adquisición de energía sujetos a las reglas de despacho”...

En Mayo de 2001, el presidente Vicente Fox reformó este Reglamento para eliminar los límites a la producción de excedentes de los permisionarios de autoabastecimiento y cogeneración, así como permitir su venta a la Comisión, fuera de convocatoria.

El 25 de Abril de 2002, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que esa reforma al Reglamento violaba la Constitución, por lo que todos los permisos otorgados por la CRE deben apegarse a la satisfacción de sus necesidades de autoabastecimiento sin generar excedentes para su venta. (Ante este dictamen, ni modo que los permisionarios –nacionales y extranjeros– ignoren que están violando la Constitución).

Un día antes, el 24 de Abril de 2002, el Senado de la República desechó las iniciativas de reforma eléctrica del PAN, del PVEM y la de Zedillo.

A pesar de todos estos rechazos, tanto de la SCJN como del Senado, el presidente Fox envió, el 21 de Agosto de 2002, su iniciativa para privatizar el Sector Eléctrico del país, proponiendo la reforma de los Artículos 27 y 28 de la Constitución, de la LSPEE, de la CRE y creando la Ley Orgánica de la CFE y la del Centro Nacional de Control de Energía (CENACE); todo lo cual se reduce a crear un mercado eléctrico en donde los grandes usuarios (que consumen más de 2500 Mw-h/año) puedan hacer convenios bilaterales con los productores particulares (es decir, los actuales permisionarios de la CRE), para su abastecimiento de energía eléctrica hasta por 25 años o más.

Pretende dejarle a las empresas públicas (CFE y LyFC) la responsabilidad de abastecer sólo a los usuarios que consuman menos de 2500 Mw-h/año. (El servicio doméstico y agrícola).

Su propuesta para modificar el párrafo sexto del Artículo 27 dice: Corresponde exclusivamente a la Nación la prestación del servicio público de energía eléctrica, en los términos que establezca la Ley; en esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines. (Aquí, la exclusividad de la Nación ya no sería en los actuales términos que establece la Constitución, sino en los de la Ley que él propone). En el siguiente párrafo de su iniciativa, propone prácticamente la constitucionalización de la actual privatización eléctrica furtiva, es decir, la legalización de la violación:

Los particulares podrán generar energía eléctrica para consumo propio y para el Estado, así como generar electricidad y prestar servicios a los usuarios cuyo consumo rebase los mínimos previstos en la Ley (2,500 Mw-h/año) y cumplan con los requisitos que ésta establezca; el Estado garantizará el acceso y uso no discriminatorio de la Red Nacional de Transmisión y de las redes de distribución.

El actual Artículo 28 constitucional considera, entre otras áreas, a la electricidad como estratégica para el desarrollo nacional y su función no constituye una acción monopólica del Estado; sin embargo, el presidente Vicente Fox en su iniciativa propone que la exclusividad de la Nación se limite a “la prestación del servicio público de energía eléctrica”, y que lo “estratégico” no es la “electricidad” sino sólo el “servicio público de energía eléctrica”, torciendo y limitando –igual que Salinas- el concepto de servicio público de energía eléctrica.

La CRE regula la Privatización Furtiva

Desde su creación y hasta la fecha, la CRE ha otorgado a particulares 235 permisos de Autoabastecimiento, Cogeneración, Productor Independiente, Importación y Exportación con un total de 19,443.45 MW, que representan la concesión de más del 33% de la capacidad total instalada del Sector Eléctrico nacional (58,364.33 MW). (De esta capacidad concesionada, ya está en operación casi el 25%).

En un verdadero servicio público paralelo, la mayoría de los permisionarios se han constituido en generadores particulares, que comercializan su producción con los grandes usuarios a través de falsas sociedades de autoabastecimiento, siendo la gran mayoría filiales de empresas transnacionales. (Estados Unidos, Francia, España, Japón, etc.)

De aprobarse la iniciativa de Fox, los grandes consumidores se saldrían definitivamente de la CFE y LyFC para irse con las transnacionales, descapitalizando a las empresas públicas, pues éstos representan el 65% de sus ingresos. También se legitimaría la violación constitucional. Sería como si a una mujer a la que violan, en vez de castigar al violador lo casan con ella para legitimar la relación. Sería “constitucionalizar” la Ley de 1992 y su Reglamento.

El Senado de la República y la Auditoría Superior de la Federación (ASF), organismo fiscalizador de la Cámara de Diputados, han determinado que todos los permisos otorgados por la CRE son inconstitucionales.

En respuesta el Ejecutivo presentó una controversia ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra la Cámara de Diputados y la ASF. (Reforma, 27 de Mayo de 2004).

Ningún “argumento” del gobierno soporta un mínimo análisis: se ha demostrado por la ASF que las necesidades de inversión del Sector Eléctrico para los próximos diez años, no son de 563,000 millones de pesos, como lo ha dicho la CFE, sino de cerca de 330,000 mdp; que la CFE es autosuficiente y puede crecer y desarrollarse con sus propios recursos; que el Ejecutivo sobredimensionó el crecimiento de la demanda y que el abasto para los próximos años está garantizado. (hasta el año 2011).

En resumen, desde hace casi diez años se ha estado privatizando a espaldas de la Nación, con la anuencia y complicidad de las autoridades gubernamentales, violando flagrantemente la Constitución; y no sólo se privatiza sino se extranjeriza nuestra industria eléctrica nacional.

Quien tiene el control de los energéticos, tiene el control de la economía y también el de la política; por eso la Constitución establece que el petróleo, el gas y la electricidad, son estratégicos para el desarrollo económico y social y por eso prohíbe concesiones a los particulares; por eso dichos energéticos se consideran vitales para la seguridad nacional; sin su control y dominio se pone en riesgo la soberanía nacional.

Propuestas

- Restituir de inmediato la legalidad constitucional.

- Declarar nulos todos los permisos otorgados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), expropiándolos sin indemnización.

- Derogar la Ley que creó a la CRE y sancionar a los funcionarios públicos que resulten responsables de la violación constitucional.

- Derogar la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica de 1992.

- Integración del Sector Eléctrico Nacional.

- Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en materia eléctrica.

* César Torroella, electricista, jubilado y exdirigente del SME.


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