Cínica defensa de Fox a permisos de generación
Eliminar el origen
de la privatización
La controversia constitucional que Fox inició en defensa de los permisos de generación otorgados a empresas privadas, revela el extremo cinismo y las marrullerías “legales” utilizados en la privatización del Sector Eléctrico, así como el pantano al que pueden ir a dar las luchas jurídicas que no encaran el problema de fondo: la derogación de la contrarreformada Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) de 1992.
CFE si tiene recursos para invertir
La controversia constitucional de Fox, contra la Cámara de
Diputados y la Auditoría Superior de la Federación, impugna los
requerimientos que dictó la ASF por las innumerables violaciones a la ley
cometidas por la CRE en el otorgamiento de permisos y por el incumplimiento de
los permisionarios, pero no impugna, ni siquiera alude la afirmación de
la ASF de que la CFE sí cuenta con los recursos para realizar la
inversión en infraestructura eléctrica que requiere el
país. Las dos auditorias especiales de evaluación y
cumplimiento, motivo de la controversia, efectuadas a la CRE fueron:
Evaluación del proceso para el otorgamiento de permisos de
generación eléctrica (01-18C00-352) y Evaluación del
cumplimiento de los permisionarios con lo establecido en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley del Servicio
Público de Energía Eléctrica (01-18C00-353). En la
primera se revisaron 19 de 36 permisos de generación eléctrica
otorgados en 2002 y, en la segunda, 89 de 240 permisos otorgados de 1994 a 2002;
ambas incluyen todas las modalidades de permisos.
Principales resultados de las auditorias
Primera auditoría: ninguno de los 19 títulos de permisos
esta fundado ni motivado, algunos permisionarios no cumplieron con algunos
requisitos de documentación e información, en 14 casos las firmas
de aprobación jurídica son de personas no facultadas para ello,
tanto la CRE como los permisionarios excedieron plazos límite durante el
proceso de otorgamiento de permisos, la CRE otorgó el permiso de
generación E/240/AUT/2002 a la empresa Genermex S.A. de C.V. a pesar de
la reiterada opinión en contra de la CFE, la autorización
anticonstitucional de la CRE a permisionarios para la venta o enajenación
de energía y la CRE no ha implantado mecanismos de supervisión y
control de los permisionarios que garanticen el cumplimiento del Art. 27
constitucional, de la propia LSPEE y su reglamento. Segunda
auditoría: en 77 de los 89 permisos revisados los títulos no
están fundados ni motivados; en 26 títulos se permite la
inconstitucional venta de electricidad entre socios (incluso hay contratos de
compra-venta de electricidad entre particulares); durante 2002 un permisionario
vendió a CFE excedentes de electricidad por arriba del límite; la
autorización anticonstitucional de la CRE a permisionarios para la venta
o enajenación de energía; un convenio firmado por un permisionario
y CFE para la transmisión de electricidad con una capacidad mayor a la
autorizada; no hay uniformidad de las obligaciones en los títulos de
permisos ni en las condiciones estipuladas (como normatividad en materia
ecológica y de uso de suelo); discrecionalidad en las modificaciones de
permisos solicitados por los permisionarios; errores duplicidades y alteraciones
en los informes estadísticos e incumplimiento de plazos para la entrega
de informes.
Argumentos de Fox contra las
recomendaciones de la ASF
La ASF requirió a la SENER iniciar los procedimientos
administrativos procedentes de conformidad con el Art. 6° párrafo
primero de la ley Federal de Procedimiento Administrativo respecto de los 19
permisos de una auditoría y 77 de la otra que no se encuentran fundados
ni motivados. Las acciones correctivas que la ASF requirió a la CRE
son; 1° que se implementen mecanismos de supervisión y control de
tipo administrativo que garanticen el cumplimiento del Art. 27 constitucional,
de las leyes secundarias y sus reglamentos, 2° que se inicie el
procedimiento administrativo para fincar responsabilidades a los servidores
públicos relacionados con las irregularidades encontradas y 3° que
se inicien acciones legales en relación a los títulos de los
permisos irregulares, aplicando sanciones a los permisionarios o revocando los
permisos. Ante la solicitud hecha a la SENER que podría llegar al
revocamiento de 86 permisos, Fox contesta: “La Secretaría de
Energía carece de facultades para revocar los actos del pleno de la
CRE”, “...en el ámbito del otorgamiento de permisos... el
Secretario de Energía no es superior jerárquico de la CRE”,
“no podría dictar ningún tipo de resolución que
pudiera vincularse, materialmente, con la fundamentación o
motivación de los actos de la Comisión (CRE)”, “(la
CRE) goza por su parte de una autonomía técnica y operativa
integra para dictar sus resoluciones”. Según el ejecutivo, si el
pleno de la CRE autoriza un permiso, sin importar las irregularidades cometidas,
nadie lo puede revocar. A los requerimientos que tienen que ver con
violaciones de los procedimientos, de la propia LSPEE de 1992 y de su
Reglamento, Fox pretende desvirtuarlos alegando llanamente que la CRE puede
hacer lo que se le de la gana, puede actuar discrecionalmente y no se le debe
señalar nada porque tiene “autonomía técnica y
administrativa”. Textualmente: “Sólo la CRE tiene facultades
para determinar cuando y conforme a qué parámetros un expediente
esta debidamente integrado”, “Solo a la CRE le ha sido concedida la
facultad soberana para determinar cuándo y cómo se cumple
administrativamente con los requisitos para obtener un permiso”, “El
incumplimiento de los plazos y procedimientos internos ...no pueden dar lugar a
recomendaciones”. La perla de este tipo de defensa es: “No tiene
porque emitirse ninguna recomendación cuyo objetivo sea evitar el
ejercicio de facultades discrecionales”. Otros argumentos de Fox son
que la ASF no tiene facultades para revisar o auditar lo que no sea parte de la
cuenta pública. Textualmente: “Cómo quiera que sea ... lo
cierto es que la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la LSPEE y su
Reglamento, no puede ser materia de análisis ni discusión por
parte de la Entidad de Fiscalización de la Cámara de Diputados, ni
mucho menos de sus recomendaciones”, “la ASF invade la esfera de
atribuciones del ejecutivo”, “Clara injerencia de la Entidad de
Fiscalización en un ámbito de soberanía que solo
corresponde al ejecutivo federal, que no puede ser fiscalizado por la
ASF”, “la ASF invade la esfera de competencias exclusivas de la
CRE”, “....no forma parte de la cuenta pública que es lo que
puede revisar y fiscalizar la ASF, es asunto de la exclusiva competencia de la
CRE dependiente indirecta del Presidente de la República”.
Hasta aquí la CRE parece todopoderosa, para decidir por su cuenta (ni
la SENER se puede inmiscuir) sobre los permisos, sin embargo el ejecutivo alega
que la CRE no tiene facultades para corregir actos indebidos de los
permisionarios “La CRE solo cuenta con facultades para aprobar los......de
ahí que no pueda tener ingerencia en los actos que son propios de los
permisionarios”.
Algunos casos extraordinarios
Cuando la ASF señala que la CRE le
permitió a la Sociedad Bioenergía Eléctrica de Nuevo
León, S.A. de C.V. vender electricidad a sus socios Gobierno de Nuevo
León y 7 municipios transgrediendo al Art. 27 constitucional, Fox
contesta: “Cómo quiera que sea ... lo cierto es que la
constitucionalidad o inconstitucionalidad de la LSPEE y su Reglamento, no puede
ser materia de análisis ni discusión por parte de la Entidad de
Fiscalización de la Cámara de Diputados, ni mucho menos de sus
recomendaciones”. Fox al no poder rebatir esta afirmación trata de
desviar el asunto a si la ASF tiene o no facultades para señalar el
incumplimiento de la Constitución. El permiso E/240/AUT/2002 fue
otorgado a Genermex S.A. de C.V. a pesar de que CFE reiteradamente había
dado su opinión negativa por restricciones en la capacidad de los enlaces
de transmisión entre las Áreas Noroeste y Oriental, pero Fox
contesta que para eliminar la restricción se sacará de servicio la
Planta Monterrey Vapor de CFE, se tenderán 12 km de líneas de
transmisión y se reforzarán interruptores en diversas
subestaciones de la Zona, además la CFE mantendrá disponible la
Planta Monterrey Vapor para garantizar el servicio de energía de respaldo
a los permisionarios. Es inaudito el nivel de apoyo a los permisionarios en
detrimento de la CFE, como la planta de la CFE le “estorba” al
permisionario, entonces con toda la facilidad se quita el estorbo sin importar
el costo, pero si llega a fallar la planta privada, el estorbo debe estar
preparado para mandarle electricidad. Energía Azteca VII, S. de R.L.
de C.V., entregó a CFE excedentes de electricidad durante 2002, que
rebasan el límite de 20 Mw establecidos en la LSPEE. La respuesta de Fox
es verdaderamente increíble por su cinismo; “la regulación
aprobada por la Comisión Reguladora de Energía, permite
únicamente celebrar a la Comisión Federal de Electricidad
convenios para la adquisición de energía eléctrica con los
permisionarios. El artículo no es limitativo en cuanto al monto de la
entrega de excedentes de energía eléctrica de un permisionario a
la Comisión Federal de Electricidad”. Resulta que la CRE
decidió (¿y la ley?) que no hay límites de venta de
electricidad de permisionarios a la CFE. Iberdrola Energía de
Monterrey S.A. de C.V., pactó con CFE una capacidad de porteo de 40 Mw,
pero solo tiene autorizado entregar 19.65 Mw a su socio Nylon de México
S.A. lo que viola el Art. 3° fr. XII de la LSPEE. La respuesta del
ejecutivo es que “la Comisión (CRE) solo cuenta con facultades para
aprobar los modelos de convenios y contratos de adhesión para la
realización de las actividades reguladas, de ahí que no pueda
tener ingerencia en los actos que son propios de los permisionarios”.
No hay que seguir dando vueltas
Estas dos auditorias especiales han resultado muy útiles porque
han confirmado que los permisos se entregan sin ton ni son, violando el Art. 27
constitucional, la propia LSPEE y su reglamento y la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo. La controversia de Fox contra la ASF, revela la
prisa que el ejecutivo tiene por privatizar el Sector Eléctrico (sin
necesidad de venderlo) que hasta la propia LSPEE reformada en 1992 le resulta un
estorbo y eso que fue reformada por Salinas de Gortari precisamente para
impulsar la privatización. Era de esperarse pues Fox solo tiene 6
años para cumplir los compromisos con el gran capital que financió
su campaña presidencial. Podemos enfrascarnos en una interminable
lucha legal para “corregir” las irregularidades en los permisos,
pero mientras exista la LSPEE del 92 se seguirán otorgando permisos y la
privatización seguirá adelante. Definitivamente hay que encarar la
causa de fondo con todas sus consecuencias; derogar la inconstitucional LSPEE,
desaparecer a la CRE y derogar todos los permisos que se hayan concedido a
empresas privadas, sin indemnización por incurrir en violación a
la constitución. Además castigar severamente a los funcionarios
responsables especialmente los de mayor jerarquía y a los permisionarios
que cometieron ilícitos. El primer paso es que los trabajadores
podamos obligar a la oposición a retirar sus propuestas de reforma
al Sector Eléctrico, porque en vez de ir al fondo del problema proponen
darle mas autoridad y autonomía a la CRE, ¡quieren frenar la
privatización dándole mas poder al órgano privatizador!.
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