Volumen4, Número 49, Abril 30 de 2004 |
La Auditoría Superior de la Federación entrega resultados Permisos Ilegales
Comentarios a la revisión de la cuenta pública federal Antecedentes Los siguientes comentarios se hacen con base en el documento disponible (no oficial) de la ASF. Como primer antecedente se tiene que "el 31 de marzo próximo pasado la Auditoría Superior de la Federación presentó los resultados de la revisión de la cuenta pública correspondiente al ejercicio fiscal del 2002". En el capítulo correspondiente al sector energía (Tomo V, vol. 1) "se muestran los resultados del programa de auditorías, visitas e inspecciones efectuadas a las entidades y organismos que conforman el sector energía. Particularmente a la Comisión Reguladora de Energía y Comisión Federal de Electricidad (CFE)". Otro antecedente precisa el carácter que tiene la revisión "así como las limitaciones que la normativa vigente le impone". Se habla de la normatividad que respalda a este informe precisando que, por ley, la revisión se limita a las transacciones efectuadas por las entidades realizadas durante el ejercicio fiscal correspondiente a la revisión (ello explicaría por qué se revisaron únicamente los permisos de 2002). El informe da cuenta de que las entidades fiscalizadas conocen el resultado de la revisión y han hecho las aclaraciones y comentarios procedentes, habiendo transcurrido ya el plazo de 45 días para responder a las observaciones no aclaradas. Se precisa el marco en el que se realiza la revisión, así como, la facultad legal de la auditoría para solicitar la intervención de los órganos de control interno de los órganos y entidades auditadas. Objetivo de las revisiones En el apartado correspondiente a precisar el objetivo de las revisiones a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) se establecen los siguientes:
Precisando que, entre las razones por las cuales la auditoría dirigió su revisión hacia las áreas señaladas, se destaca la denuncia presentada por los legisladores Manuel Bartlett Díaz y Salvador Rocha Díaz. Resultados de la revisión En el apartado resultados de la revisión se sustenta primero la confiabilidad de la metodología, estableciendo que la planeación del sistema eléctrico nacional se realiza por la CFE, a fin de asegurar la prestación del servicio público de energía eléctrica en cumplimiento de lo dispuesto en la LSPEE, en los estudios de prospectiva que para ellos realiza sobre el mercado eléctrico nacional "apoyándose en las variables económicas determinadas por la SENER y la SHCP". Además, se define la forma de identificar los requerimientos de energía eléctrica a nivel nacional, sectorial y regional, mediante la aplicación de modelos econométricos sectoriales y de estimación regional, puntualizando que considera adecuada la metodología que aplica la CFE para la estimación del crecimiento del mercado eléctrico nacional porque explican el 96.6% del crecimiento de la demanda en base a un modelo lineal estadístico, mientras que para definir la evolución del mercado eléctrico se apoyan en las proyecciones económicas determinadas por la secretaría de hacienda y crédito público (SHCP). 2 grandes inconsistencias La auditoría señala "dos grandes inconsistencias que afectan severamente los resultados del proceso de planeación del sector eléctrico": una, la variable económica fundamental para la estimación del evolución del mercado es el crecimiento del Producto Interno Bruto, el cual es definido de manera sexenal en el Plan Nacional de Desarrollo (el cual rara vez se alcanza, pero en el caso de los tres primeros años de gobierno de Vicente Fox son más que inferiores al supuesto original). Si bien las estimaciones de la Comisión Federal de Electricidad son correctas metodológicamente el insumo fundamental, responsabilidad de la SHCP, carece de la calidad necesaria para ajustar las variaciones. La segunda inconsistencia consiste en basar las proyecciones financieras en el Programa de Obras e Inversiones del Sector Eléctrico Nacional (POISE), que cuantifica unitariamente las inversiones en base al documento "costos y parámetros de referencia para la formulación de proyectos de inversión en el sector eléctrico (COPAR)", que según su propia definición ofrece cifras de referencia que "no necesariamente se presentan con exactitud los valores correspondientes a un proyecto específico". Razonabilidad irrazonable El apartado titulado razonabilidad de las cifras establece que:
Recursos financieros Al analizar la Prospectiva 2003-2011, se comentan los requerimientos de inversión, señalando que:
En tres puntos la ASF termina contundentemente con la argumentación que ha sido la base por la presidencia de la República para promover la privatización del sector eléctrico. La CFE cuenta con capacidad para financiar la infraestructura eléctrica requerida, aún sin tomar en cuenta su capacidad endeudamiento. Sin embargo éste es un tema que el Senado de la República deberá mantener especial seguimiento ya que los esfuerzos por afectar la situación financiera de las paraestatales seguían presentes. No deberá perderse de vista el proyecto de presupuesto de egresos que la SHCP en vías a la Cámara de Diputados. El manejo de la siniestra figura del "aprovechamiento y del pago virtual de los subsidios otorgados por la empresa a los consumidores; el ilegal de absurdo subsidios a las tarifas de respaldo de transmisión que se otorga a los productores privados; el uso político y financiero que pretenderá darse al tema de las pensiones de los trabajadores. Todos estos conceptos pueden ser manipulados en perjuicio del organismo". Legalidad El apartado denominado legalidad refiere en cuanto al otorgamiento de permisos que:
Incumplimiento de los permisionarios El apartado referente al cumplimiento de los permisionarios el informe reporta:
Aunque la ASF reconoce la competencia del Poder Judicial de la Federación, para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la LSPEE y su Reglamento, el informe reserva la entrega del estudio del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ-UNAM) a la Cámara de Diputados por conducto de la Comisión de Vigilancia de la propia ASF, "para los efectos que estime procedentes". En una especie de conclusión del apartado resultados se señala "la sumisa actitud de los servidores públicos responsables del cuidado del patrimonio nacional que se les ha encomendado" apuntando al secretario de energía, los últimos directores generales de la CFE y los responsables de la CRE, indicando que "ellos han aceptado la simulación para otorgar permisos de generación, la venta de servicios por debajo del costo, el canibalismo dirigido hacia los mejores clientes de la empresa y probablemente la inversión necesaria en capacidad de generación que permanece ociosa, escondida a la sombra de un margen de reservas "razonable"". Opinión general de la ASF Luego el apartado denominado opinión general de la ASF ésta señala que:
En el estudio contratado por la ASF, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM opinó que la LSPEE y su Reglamento probablemente contravengan el espíritu de la Constitución. Sin embargo, al ser el Poder Judicial de la Federación la única autoridad competente en esta materia, la ASF entregará, en su oportunidad, a la Cámara de Diputados a través de la Comisión de Vigilancia, el estudio para los efectos que considere convenientes. Observaciones y acciones promovidas El documento cierra con el apartado observaciones y acciones promovidas. "Con las tres auditorías, se formularon 31 observaciones que generaron 52 acciones promovidas: 31 recomendaciones; 16 solicitudes de intervención del órgano interno de control en la CRE para promover el fincamiento de responsabilidades, cuatro solicitudes de aclaración para que la CFE, la CRE y la SHCP expliquen porqué, con el cobro de los servicios del porteo y de respaldo no se cubren los costos medios contables de proporcionar esos servicios; y una solicitud de aclaración a la CRE para que explique cuál es la situación actual de uno de los permisionarios de autoabastecimiento". Luego siguen más interpretaciones en las cuales hay reconocimientos a Bartlett y Rocha Díaz, y a la reacción de la CRE misma que trató de minimizar y descalificar los argumentos de la ASF llegando incluso a no reconocerle atribuciones para fiscalizarla. Aclaración En la sesión del 20 de abril en el Senado, Bartlett informó que el documento está en Internet desde el 1 de abril. Sin embargo, al cierre de esta edición, no se le había localizado. El senador Bartlett ha mencionado que son 2 (dos) auditorías a la CRE con los números 352 (evaluación del proceso para el otorgamiento de permisos de generación de energía eléctrica, 41 páginas) y 353 (evaluación del cumplimiento de los permisionarios con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos y la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, 48 páginas), y una a la CFE identificada con el número 303 (evaluación del programa de desarrollo y construcción de la infraestructura básica, 170 páginas. Según Bartlett, son 258 páginas entre las tres auditorías). De estos documentos se tienen datos interesantes. Por ejemplo, la empresa a la cual CFE le negó en dos ocasiones el permiso era Genermex (E/240/AUT/2002). A este tipo de observaciones la CRE responde como perico que "la ASF no cuentan con atribuciones para revisar ni juzgar la legalidad de los actos realizados por la CRE, fuera del ámbito de la cuenta pública". Como el mismo Bartlett advierte, dado el formato de la auditoría, se requiere una lectura minuciosa, pero es un hecho que el documento informa resultados, no otro tipo de pruebas. Evidentemente, ahí están los elementos necesarios para resolver la ecuación y encarar el problema de fondo. No se necesita más que decisión y congruencia política. ¡Cancelación de TODOS los permisos ilegales! ¡Derogación de las reformas de 1992 a la LSPEE!
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