Iniciativa Eléctrica de Fox /4
Fox propone poner el control operativo del sistema eléctrico nacional al servicio de las transnacionales. El actual Cenace saldría de CFE y se crearía uno nuevo acorde con el nuevo esquema privado. Esto ocurriría cuando el 12.5% de la generación de energía fuera adquirida a las empresas privadas, esto es, en cualquier momento a más tardar en 2006. Se trata de una apropiación alevosa del sistema eléctrico nacional.
Nuevo Cenace para transnacionales
En la cuarta iniciativa eléctrica de Fox se concretaría
la salida de CFE, del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), el
cual pasaría a constituirse como una nueva
entidad.
Artículo 1.- Se crea el Centro
Nacional de Control de Energía como organismo público
descentralizado de la Administración Pública Federal, con
personalidad jurídica y patrimonio propios, ..., que tiene por objeto
ejercer el control operativo del Sistema Eléctrico Nacional y la
operación del despacho de generación.
Esta nueva
entidad sería de inmediato desnaturalizada. Se pretende poner al nuevo
Cenace al servicio de los generadores privados. Demagógicamente se dice
que la entidad no tendrá “fines de lucro” porque se quiere
asegurar que las empresas transnacionales tengan todas las facilidades de manera
gratuita.
Artículo 2.- El Centro
Nacional de Control de Energía gozará de autonomía
técnica, funcional y operativa, realizará sus actividades sin
fines de lucro y se sujetará a las disposiciones jurídicas
aplicables, así como a lo previsto en las reglas para el control
operativo del Sistema Eléctrico Nacional y a las que rijan la
operación del despacho de generación
La iniciativa
propone un nuevo diseño para la operación del sistema
eléctrico nacional. Todo estaría basado en la “nueva”
Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), la
cual destruye al concepto de servicio público, a la industria
nacionalizada en general, y a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y
Luz y Fuerza del Centro (LFC) en lo particular. La nueva LSPEE es
desnacionalizadora, de manera que, todas las funciones que se otorgarían
al nuevo Cenace estarían orientadas a la concreción de la
desnacionalización. En el capítulo 3 se indica que el nuevo
Cenace deberá proponer a la Comisión Reguladora de Energía
(CRE), la entidad privatizadora del gobierno, las reglas para el sistema control
operativo del sistema eléctrico, y para el despacho de generación.
Ese sistema eléctrico, en el esquema de la nueva LSPEE y de las nuevas
funciones de la CRE, sería en su mayor parte privado. El Cenace
estaría al servicio de los generadores privados. Respecto al
despacho de generación, se indica que el Cenace deberá
proporcionar el acceso “no discriminatorio” de la Red Nacional de
Transmisión y de las redes de distribución. Actualmente, los
privados se consideran “discriminados” pero, con la iniciativa de
Fox serían “privilegiados” porque las redes eléctricas
nacionales serían utilizadas, muy pronto, principalmente por ellos,
poseedores de la mayor capacidad efectiva en
operación. Artículo 3.- El Centro
Nacional de Control de Energía, para el cumplimiento de su objeto,
tendrá a su cargo: I. En
relación con el control operativo del Sistema Eléctrico
Nacional: Proponer a la Comisión Reguladora
de Energía las reglas para el control operativo del Sistema
Eléctrico Nacional y las modificaciones a éstas, en los
términos de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica, y realizar las acciones necesarias para promover su
cumplimiento; Determinar las acciones necesarias
para mantener la seguridad y estabilidad del Sistema Eléctrico Nacional y
que deberán realizar las entidades paraestatales a cargo de la Red
Nacional de Transmisión y de las redes de distribución, los
permisionarios y los usuarios a que se refieren los artículos 40 y 48 de
la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica conectados
a dicho Sistema, y vigilar lo anterior; Coordinar
los programas para el mantenimiento, conservación, ampliación y
modernización de las centrales eléctricas y de las líneas,
subestaciones y equipos asociados conectados al Sistema Eléctrico
Nacional; Proponer a la Secretaría de
Energía los programas para la expansión del Sistema
Eléctrico Nacional, así como recabar la información que
resulte necesaria para ese propósito; II.
En relación con la operación del despacho de
generación: a) Proponer a la Comisión
Reguladora de Energía las reglas para la operación del despacho de
generación y las modificaciones a éstas, en los términos de
la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y
realizar las acciones necesarias para su
cumplimiento; b) Desahogar los procedimientos y
aplicar de conformidad con los convenios correspondientes, las penas
convencionales que procedan por el incumplimiento a las reglas de
operación del despacho de
generación; c) Proporcionará el
acceso abierto no discriminatorio de la Red Nacional de Transmisión y de
las redes de distribución que formen parte del Sistema Eléctrico
Nacional, independientemente de que la energía conducida sea o no
destinada a la prestación del servicio público;
... Las facilidades a las transnacionales incluyen la
aplicación del derecho extranjero, siendo que esas empresas en los
términos constitucionales vigentes carecen de derecho aún en el
propio territorio mexicano. Artículo 4.-
Las controversias en que sea parte el Centro Nacional de Control de
Energía, cualquiera que sea su naturaleza, serán de la competencia
de los tribunales federales, sin perjuicio de que pueda someterse a
arbitraje. Tratándose de actos
jurídicos de carácter internacional, el Centro Nacional de Control
de Energía podrá convenir la aplicación de derecho
extranjero, la jurisdicción de tribunales extranjeros en asuntos
mercantiles y celebrar acuerdos arbitrajes, cuando así convenga al mejor
cumplimiento de su objeto.
Organización y funcionamiento privados
Para “tranquilidad” de los privados, Fox propone
incorporarlos a la Junta de Gobierno del nuevo Cenace. Eso es obvio, los
privados serían los usuarios más importantes del sistema
eléctrico nacional. La participación social sería
prácticamente inexistente. La propuesta foxista se refiere a los grandes
usuarios “autoconsumidores” (privados). La población no
tendría
representación. Artículo 8.- La
administración del Centro Nacional de Control de Energía
estará a cargo de una junta de gobierno y de un Director
General. Artículo 9.- La junta de
gobierno estará integrada por cinco consejeros propietarios de la
siguiente manera: I El Secretario de
Energía, quien lo presidirá y ejercerá, mediante su
función de consejero, la intervención que al Ejecutivo Federal le
corresponde en la operación del organismo,
y II Cuatro consejeros designados por el
Presidente de la República, de conformidad con lo
siguiente:
a) Uno a propuesta de los generadores del sector
público;
b) Uno a propuesta de los generadores privados de
energía;
c) Uno a propuesta de la Procuraduría Federal del
Consumidor, y
d) Uno a propuesta de los usuarios a los que se refiere el
artículo 48 de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica. Esa Junta burocrática
tendría facultades administrativas, básicamente concretar las
nuevas disposiciones legales privatizadoras. El marco de referencia sería
un nuevo párrafo sexto del artículo 27 constitucional y/o una
nueva LSPEE. Sería la adecuación legaloide para la
desnacionalización. Artículo 14.-
El Director General será designado y removido por el Presidente de la
República.
Alevosía y ventaja privatizadoras
En los artículos transitorios de la iniciativa, Fox pone sus
intenciones al descubierto. La ley que crearía al nuevo Cenace no
entraría en vigor de inmediato, sino hasta el 10 de junio de 2006. Para
entonces, Fox habría salido de la Presidencia pero habría impuesto
la entrega del control operativo del sistema eléctrico nacional a las
transnacionales. Pero, Fox prevé que antes de salir del gobierno, se
haya consumado el atraco pues dice que, la ley que propone podría entrar
en vigor cuando “el 12.5%” de la generación eléctrica
nacional sea adquirida a través de la nueva figura privatizadora
(usuarios con requerimientos de consumo mayores a 2 mil 500 Mw-hora por
año) indicada en la nueva LSPEE (artículos 4 y 48). El 12.5%
es algo relativamente simple de lograr. Actualmente la capacidad instalada
nacional es de 40 mil Mw y los permisos otorgados ascienden ya a 20 mil Mw. Una
relación proporcional similar existiría en cuanto a energía
generada. Una vez que entraren en operación las diversas centrales
privadas y tuvieran la facultad de comercializar, lograr el 12.5% podría
ser cuestión de días. Se proyecta un atraco
compulsivo.
TRANSITORIOS
PRIMERO. La presente ley entrará en
vigor el 10 de junio de 2006 o cuando la Secretaría de Energía
publique en el Diario Oficial de la Federación que el 12.5% de la
generación de energía eléctrica nacional es adquirida por
los usuarios a que se refiere el artículo 48 de la Ley del Servicio
Público de Energía E1éctrica, lo que ocurra
primero. De manera que, la propuesta de Fox para desincorporar al
Cenace de CFE es inaceptable e inconveniente para la Nación.
Significaría, nada más y nada menos, que poner el control
operativo del sistema eléctrico nacional en manos de las
transnacionales. Primero se propone la desnacionalización de la
industria eléctrica, luego la deformación total del servicio
público de energía eléctrica, después la
destrucción de CFE y LFC, ahora la entrega del control operativo del
sistema eléctrico nacional. Todo esto es una evidente
privatización de la industria eléctrica nacionalizada, la misma
que niegan el Fox y sus voceros. Pero los trabajadores de la energía
estamos en lucha.
¡La reforma foxista No pasará!
Laboratorio de Pruebas, Equipos y Materiales,
CFE, en Irapuato FOTO: tigerpress
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