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MEXICO
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PERIODICO DEL FRENTE DE TRABAJADORES DE LA ENERGIA DE MEXICO
 Vol. 2, No.29         Septiembre 16 de 2002
Desintegración Eléctrica

La propuesta de reforma eléctrica de Fox pretende desmantelar a la industria eléctrica mexicana, imponer el “mercado eléctrico” zedillista, redefinir a conveniencia el servicio público de energía eléctrica, legalizar las irregularidades de la CRE, desaparecer el despacho económico de carga a favor del despacho de generación. En suma, se quiere la desintegración y desnacionalización eléctrica. ¡Rechazamos la propuesta de Fox! Proponemos la nacionalización e integración de la industria eléctrica.

 

Inconfiabilidad del servicio privado

La industria eléctrica en México nació privada, hace más de 100 años. Por ello, se desarrolló en un ambiente de competencia -brutal e ineficiente- que demostró no ser su condición "natural". TODOS los países buscaron, tarde o temprano, formas de regular su proceso, o de plano la estatizaron ¿Qué innovaciones se han desarrollado de entonces a la fecha, que corrijan al menos los defectos que un siglo después reprodujeron en Inglaterra y EU el fracaso del modelo de mercado? 10 años tuvieron que pasar para que el mercado británico tuviera que ser sustituido. En un solo año, el largamente anunciado mercado californiano acabó con la promesa de “energía barata y oportuna”.

El afán “desregulador-privatizador” de la industria eléctrica fue animado por supuestos “casos de éxito”, que a partir de 1990 tienen funcionando al menos 10 mercados semi-desregulados. Se dice “semi” porque se trata de “mercados imperfectos” que, sin embargo funcionan “perfectamente” segmentados (mercado de grandes usuarios). El caso de las telecomunicaciones, se dijo, es un ejemplo ya que el desarrollo tecnológico sí parecía subsanar todas las deficiencias que por el contrario presenta el modelo de mercado en el sector eléctrico. Sin embargo la grave crisis que ha paralizado ese sector, a raíz del fracaso de la telefonía móvil (UMTS) ha repercutido en esa área, a nivel mundial. Lo mismo sucedió antes con la tecnología computacional (y su orgulloso índice Nasdaq) que se desplomó hace ya casi dos años.

Desde un punto de vista puramente técnico, la introducción de los complicados conceptos de la “ingeniería económica” (unidades de servicio, costo marginal, costo de oportunidad, mercado spot o mercado de anticipados, etc.) en una industria que requiere de la labor sistemática y de la planeación de largo plazo, afecta de raíz el concepto de eficiencia o confiabilidad del servicio. Es de pensar entonces que cualquier propuesta de reforma debió haber sido estudiada para considerar toda la fenomenología que la caracteriza.

Costoso mercado de competencia

¿De veras las nuevas turbinas de gas, y los complicados (y costosos) mecanismos para regular el intercambio de energía, son suficientes para garantizar la eficiencia del servicio, en un ambiente de libre mercado? ¡Por supuesto que no! A nivel mundial está demostrado que las fuentes primarias de energía deben diversificarse para evitar concentración y, por otra parte, no hay sistema eléctrico en el mundo que permita el tipo de medición ideal capaz de poner en sintonía oferta y demanda, de manera tal, que el consumo sea sensible a la oferta y ambas se regulen mutuamente.

Resolver ambas cosas ni siquiera está en el corto plazo porque, muy probablemente, el mundo enfrentará (en tanto no cambien nuestros hábitos de desperdicio) una crisis energética, precisamente porque alcanzaremos nuestro límite de desarrollo antes que se hayan implementado medidas efectivas para racionalizar el consumo de recursos o al menos para reducir el desperdicio.

La tecnología misma alcanza periódicamente sus propios límites, hasta que un nuevo descubrimiento renueva el impulso innovador. La ciencia y la tecnología actual no tienen soluciones viables para estos graves problemas. Solo en una economía de escala es posible que un monopolio como la electricidad permita producir la energía más barata, ya que la eficiencia de un gran número de “plantitas” de 8 o 10 MW no tendrán la eficiencia de una de 600 u 800 Mw. Pero ello impide toda competencia, a no ser que se integren sociedades de generadores, como “sesudamente” descubrió la Comisión Reguladora de Energía (CRE). La lógica, y la experiencia internacional lo demuestra: los consumidores terminan pagando más en un mercado de competencia que cuando operaban bajo un monopolio natural.

Reestructuración para ( o contra) la Nación

El estado actual de la industria eléctrica mexicana (IEM) es de consolidación. El reto hoy es conservar lo avanzado y planificar hacia el futuro, en las líneas de desarrollo de la IEM que verdaderamente podrían comprometer nuestro futuro: diversificar nuestras fuentes de energía, y metodologías para optimizar el consumo y aprovechar hasta el último miliwatt.

Así pues, todo nos regresa al campo de las grandes decisiones: políticas, sociales, económicas y técnicas. Ni un exacerbado nacionalismo defensor a toda costa de la ineficiencia, ni el rencor irracional hacia el Estado y el monopolio ofrecen la solución. Se requiere reestructurar la IEM para consolidarla y garantizar el suministro. La cuestión es si esa reestructuración debe regirse desde el extranjero, de acuerdo a las recetas de los grandes centros financieros mundiales -especulativos y fantasiosos por naturaleza-, o es un asunto de los mexicanos, que erigiremos una ruta en función de nuestras propias fortalezas y debilidades.

En este contexto, la “generosa” promesa de Vicente Fox para elaborar una propuesta "noble" y "en buen plan" que otorgaría autonomía a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y "trato especial” a Luz y Fuerza se concreta finalmente en su Propuesta de Reforma Eléctrica.

Desmantelamiento eléctrico

¿Que se trata de desmantelar la industria? ni duda cabe. En toda la iniciativa, Luz y Fuerza del Centro (LFC) es mencionada únicamente en la propuesta de Ley Orgánica del Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), Transitorio quinto, y eso para indicar que "Los bienes inmuebles, el personal, los recursos presupuestales, financieros y materiales, incluidos mobiliario, vehículos, instrumentos, aparatos, maquinaria, archivos y, en general, el equipo e instalaciones cuya administración y manejo tienen encargados... Luz y Fuerza del Centro para el control operativo del Sistema Eléctrico Nacional y la operación del despacho de generación, se transferirán al Centro Nacional de Control de Energía para constituir su patrimonio y cumplir con su objeto en los términos de esta ley.”

A CFE no le va mejor. Al menos en términos de la promesa de una supuesta autonomía presupuestal, la propuesta de reforma a la Ley Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) establece claramente que CFE seguirá pagando a hacienda el absurdo "aprovechamiento" y que, en todo caso, esos recursos serán a cuenta de las aportaciones patrimoniales de su propio presupuesto, que está como siempre, sujeto a la aprobación normativa:

Artículo 67.- La Comisión Federal de Electricidad estará obligada al pago de un aprovechamiento al Gobierno Federal por los activos que utiliza para prestar el servicio público de energía eléctrica.

El aprovechamiento a que se refiere este artículo se determinará anualmente en función de la tasa de rentabilidad establecida para el ejercicio correspondiente a las entidades paraestatales. Dicha tasa se aplicará al valor del activo fijo neto en operación del ejercicio inmediato anterior reportado en los estados financieros dictaminados de la entidad y presentados ante la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo. Contra el aprovechamiento a que se refiere este artículo, se podrán bonificar los subsidios que el Gobierno Federal otorgue a través de la Comisión Federal de Electricidad, a los usuarios del servicio público de energía eléctrica.

Los montos que se deriven del pago del aprovechamiento mencionado se destinarán para complementar las aportaciones patrimoniales que efectúa el Gobierno Federal a la Comisión Federal de Electricidad para inversión en nuevas obras de infraestructura eléctrica hasta el monto asignado para tal efecto, conforme el Presupuesto de Egresos de la Federación y se aplicarán de acuerdo con los preceptos y lineamientos autorizados.

Imposición del mercado eléctrico

Por otra parte, ¿porqué se insiste en preservar la CRE? Porque el foxismo pretende imponer el “mercado eléctrico” zedillista, cuando menos para los “grandes consumidores” (un servicio eléctrico "de lujo" -para consumidores mayores de 2,500 MWh anuales) para lo cual: se redefine el Servicio Público de Energía Eléctrica utilizando una terminología “borrosa”. Se habla de necesidades colectivas, para eludir reconocer su carácter público, se limita el Sistema Eléctrico Nacional a la Red Nacional de Transmisión (para circuitos de más de 138 KV) y a las redes de distribución por las que se conduzca energía eléctrica en tensiones superiores a 69 KV. Y lo más importante, se generan las condiciones para crear el “mercado de competencia” regulado en lo comercial por la Comisión Federal de Competencia (CFC), en lo técnico por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y operado por un reinventado Centro Nacional de Control de Energía.

Redefinición del Servicio Público

Artículo 1°.- ..."Para los efectos de esta ley, se entiende por servicio público de energía eléctrica las actividades que realice el Estado, a través de entidades paraestatales, de manera continua, uniforme, regular y permanente, para el suministro de energía eléctrica que tenga por objeto satisfacer necesidades colectivas básicas"

Artículo 4°.- ..."Tampoco se consideran servicio público las actividades de generación, importación, conducción, transformación y venta directa o indirecta de energía eléctrica a los usuarios con requerimientos de consumo superiores a 2,500 MW hora por año en actividades industriales, comerciales o de servicios, ni cualquier tipo de exportación de electricidad."

Artículo 5°.- Fracc. III. Sistema Eléctrico Nacional: .. c) Las redes de distribución por las que se conduzca energía eléctrica en tensiones superiores a 69 KV; IV. Red Nacional de Transmisión: las líneas, subestaciones y equipos asociados de las entidades, utilizados para la conducción de energía eléctrica en tensiones superiores a 138 KV; V. Redes de distribución: las líneas, subestaciones y equipos asociados de las entidades, empleados para la conducción de energía eléctrica en tensiones iguales o inferiores a 138 kV.

Artículo 49, Fracc. XII. Establecerá procedimientos para prevenir la realización de prácticas que disminuyan, dañen o impidan la competencia y libre concurrencia y, cuando tenga conocimiento de dichas prácticas, dará aviso de inmediato a la Comisión Federal de Competencia e informará a la Comisión Reguladora de Energía, para que intervengan, en su caso, en el ámbito de sus respectivas competencias;

Artículo 51... Párrafo 6... La entrega y oferta de capacidad y energía eléctrica por las entidades, directamente o a través del Centro Nacional de Control de Energía, se sujetarán a la regulación de precios y demás términos y condiciones que expida la Comisión Reguladora de Energía. Lo anterior, salvo cuando la Comisión Federal de Competencia resuelva que existan condiciones de competencia.

Artículo 58.- La Comisión Reguladora de Energía establecerá obligaciones específicas relacionadas con precios, calidad de servicio e información a los agentes económicos que de acuerdo con la Comisión Federal de Competencia tengan poder sustancial en el mercado relevante. Dichas obligaciones se mantendrán sólo mientras subsistan las condiciones que hayan motivado su establecimiento.

La CRE, organismo responsable de la privatización furtiva a partir de 1995, adquiere bajo este esquema el poder absoluto de la energía eléctrica, aún en la operación del Sistema de Potencia:

Artículo 52.- La Comisión Reguladora de Energía, de oficio o a petición de parte, podrá revisar y, en su caso, modificar las decisiones del Centro Nacional de Control de Energía, cuando las mismas contravengan lo dispuesto en esta ley, sus disposiciones reglamentarias y las reglas para el control operativo del Sistema Eléctrico Nacional y la operación del despacho de generación, conforme al procedimiento que establezcan las disposiciones reglamentarias.

Legalización de irregularidades

Las irregularidades de la CRE son descaradas. Fox inauguró en junio pasado la planta ENERGIA AZTECA VIII (S. de R.L. de C.V.) ubicada en el municipio de San Luis de la Paz, en el estado de Guanajuato. Se trata del proyecto Energía Azteca VIII, concesionado dos veces, de manera bastante extraña: primero en 1999 bajo licitación como productor privado independiente (PIE) -permiso E/135/PIE/99- y, después, en el 2001 como autoabasto -según permiso E/199/AUT/01-, transformando de hecho un mismo permiso de manera fraudulenta.

El proyecto consiste en una planta generadora de 600 MW de los cuales 495 MW se pondrán a disposición de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), según contrato de adquisición de energía (CAE) de 25 años de duración, estructurado “como un permiso PIE”, posteriormente, mediante un permiso de autoabastecimiento, se autoriza la venta a terceros de alrededor de 100 MW del total generado por la planta. Esta sola maniobra ilustraría la razón de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Estas acciones permiten que empresas como el Grupo Iberdrola se planteen fundar en México su propio sistema eléctrico. Iberdrola afirma que “tiene asegurada la venta de la producción de su central de ciclo combinado de Monterrey, tras los contratos de suministro firmados en dólares por un periodo de 25 años, con la Comisión Federal de Electricidad (CFE) de 500 MW, el Grupo Alfa-Pegi de 388 MW, el Grupo cementero Apasco de 51 MW y el Grupo Cervecero FEMSA de 37 MW y otros.”

Iberdrola ha dicho que “tiene contratada y asegurada la venta de 2,193 MW de potencia en ciclos combinados, lo que convierte a la compañía en el segundo productor y el mayor generador privado del país, donde tiene operativos 620 Mw. Además, se encuentran en construcción 1,573 MW, de los que 537 MW entrarán en funcionamiento en 2002 y 1,036 MW en 2003. Asimismo, la compañía está concursando para construir nuevas centrales por otros 2,000 MW que se esperan conseguir a lo largo del presente ejercicio”. Iberdrola finalmente se adjudicó La Laguna II, a principios de agosto de 2002.

La CRE aumentará las tarifas eléctricas

Lo contradictorio es que este organismo (CRE), creado específicamente para regular un mercado eléctrico de grandes consumidores, que se supondría compuesto por aquello que NO es servicio público, tenga atribuciones para fijar además las tarifas del Servicio Público:

Artículo 8°.- Corresponde a la Comisión Reguladora de Energía:

I. Expedir los términos y condiciones a que deberán sujetarse la prestación de los servicios de conducción de energía eléctrica a través de la Red Nacional de Transmisión y de las redes de distribución, así como el suministro de energía eléctrica que las entidades destinen a la prestación del servicio público;

Artículo 53.- Están sujetos a regulación tarifaria o de contraprestaciones, según corresponda:

I. Los servicios de conducción de energía eléctrica a través de la Red Nacional de Transmisión y las redes de distribución;

II. El suministro, por parte de las entidades, de energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio publico, y

III. Los servicios que preste el Centro Nacional de Control de Energía

Artículo 54.- Párrafo 2... La Comisión Reguladora de Energía conjuntamente con la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, determinará las metodologías para el cálculo de las tarifas para el suministro por parte de las entidades, de energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio publico.

Argumentación falaz

Por supuesto que se trata de una iniciativa que reitera elementos de la que anteriormente presentó el expresidente Ernesto Zedillo y que fue rechazada por el Senado de la República. Igual que su antecesora, la iniciativa de Fox está basada en argumentos igualmente falaces con la pretensión de enajenar la propiedad nacional de un servicio público estratégico para el desarrollo económico de nuestro país, en el cual no cabe la propiedad “mixta”. La electricidad, o es totalmente de propiedad nacional, o terminará volviendo a ser privada: quienes han intentado un camino intermedio han fracasado rotundamente.

En cuanto al Servicio Público de Energía Eléctrica, éste comprende todos los procesos de trabajo, desde su transformación energética hasta su uso final. No pueden coexistir un servicio público y uno de interés privado. Estas mismas deficiencias se encuentran, por cierto, en las propuestas de “la oposición” política de México.

La transformación de este concepto es muy grave dado que al desaparecer el despacho económico de carga a favor del despacho de generación -término que se repite hasta el cansancio en la iniciativa foxista, con el que se pretende suplantar al despacho económico de carga-, y que se esboza en la propuesta de reforma Ley Servicio Público de Energía Eléctrica como una simple operación de control de flujos encaminada más bien a dirigir energía disponible hacia los centros de carga, vistos como “nichos de mercado”.

En un “despacho” de esta naturaleza intervienen otros factores de costos asociados, aún no cuantificables, como la disponibilidad, el valor real del servicio de respaldo, la compensación de la potencia reactiva, o el desbalance en el sistema. Incluso, las prestaciones a cubrir cuando haya interrupciones en las líneas de transmisión y se deban salvaguardar los contratos comerciales, porque lo que ahora se está privilegiando es el despacho de generación.

Artículo 5°. ... Fracc. VII. “Operación del despacho de generación: la determinación, en el corto y mediano plazos, de la energía eléctrica que deba conducirse a través de Red Nacional de Transmisión y de las redes de distribución para satisfacer las necesidades de demanda en el Sistema Eléctrico Nacional.”

Anular a CFE y LFC

El colmo de la propuesta es anular a CFE prácticamente todo tipo de autonomía, llegando incluso más allá de lo que el nefasto gobierno del expresidente Carlos Salinas se atrevió a llegar, convirtiendo a CFE en una “caricatura de empresa eléctrica”, dedicada incluso a conseguir -incluso mendingar- el financiamiento necesario mediante préstamos o créditos con o sin garantía específica, para lo cuál no duda inclusive en recurrir a los fondos de retiro de los trabajadores ¿Es esta la idea de independencia financiera que ofreció Fox y que ingenuamente esperaban los partidarios de la autonomía?:

Ley Orgánica de la Comisión Federal de Electricidad, Artículo 2. La Comisión Federal de Electricidad tiene por objeto:

... Fracc. XII. Obtener todo tipo de préstamos o créditos con o sin garantía específica, para sí o para sociedades con las que tenga una relación de accionista, de conformidad con lo establecido en la Ley General de Deuda Pública y demás disposiciones aplicables;

... Fracc. XXIV. Promover que las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro inviertan sus recursos en títulos y valores que emita, el organismo y en las empresas en que sea parte...

Nacionalización o Desnacionalización

Podríamos continuar revisando temas específicos en un proyecto a todas luces encaminado a la desnacionalización de la IEM por la vía de su desintegración. Porque el debilitamiento de las empresas públicas terminaría por extinguirlas irremediablemente. Por ello los trabajadores agrupados en el Frente de Trabajadores de la Energía planteamos que el camino es, precisamente, la integración de la industria eléctrica nacionalizada.

Para ello, consideramos fundamental el respeto a las disposiciones constitucionales que otorgan a la Nación el dominio no solo de la electricidad, sino de los hidrocarburos y de la energía nuclear, sobre la base de una Política Energética Independiente diseñada democráticamente. Asimismo, es preciso restituir y consolidar el concepto de servicio público de energía eléctrica para anular todo intento por mutilarlo, en beneficio de los modelos de libre mercado.

Los trabajadores y técnicos del sector energético de México estamos totalmente en contra de la privatización de la industria eléctrica nacionalizada en cualquier modalidad.

Como miembros activos del Frente de Trabajadores de la Energía (FTE) de México y preocupados por la política energética gubernamental de entreguismo ante los intereses de las grandes transnacionales del gas, del petróleo y la electricidad, hemos elaborado un proyecto de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia de Energía Eléctrica. Este proyecto contempla una Industria Eléctrica Mexicana operando con criterios de verdadero servicio público, a favor de la Nación y no de los intereses particulares que solo buscan ganancia. Una industria eléctrica que retome su papel primordial de palanca del desarrollo económico y social; que se inserte en un proyecto de Nación libre, soberana e independiente.

Frente de Trabajadores de la Energía

Comisión de Energía.

28 de agosto de 2002

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La pretensión del foxismo consiste simplemente en fragmentar el
sistema eléctrico nacionalizado legalizando la apropiación privada del patrimonio nacional

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