Peña Nieto envío al Congreso un conjunto de iniciativas sobre la legislación energética secundaria. La primera es la llamada Ley de hidrocarburos. Se trata de una nueva ley que reglamenta a los nuevos artículos 25, 27 y 28 constitucionales en materia petrolera. La ley es plenamente privatizadora y confirma la desnacionalización de la industria petrolera mexicana. Se trata del despojo total a la nación mediante un gran atraco basado en la mentira y la manipulación. No hay nada “nuevo” ni “moderno”, sino simple apropiación privada generalizada de TODAS las actividades petroleras. Esta ley es nociva para México y marca una nueva traición a la nación.
El escudo nacional de Peña Nieto
Al Congreso de
la Unión se envió un enorme paquete de leyes, tales como: Ley de
Hidrocarburos, Ley de la Industria Eléctrica, Ley de Petróleos
Mexicanos, Ley de la Comisión Federal de Electricidad, Ley del Fondo
Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, Ley
de Ingresos sobre Hidrocarburos, así como reformas a la Ley Federal de
Derechos y la Ley de Coordinación Fiscal, Ley de los Órganos
Reguladores Coordinados en Materia Energética, así como cambios a
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley
de Energía Geotérmica, y reformas a la Ley de Aguas Nacionales,
Reformas a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y a la Ley
General de Deuda Pública, Reformas a la Ley Federal de Entidades
Paraestatales; a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público; y la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados.
Este marco jurídico da forma a la repartición del botín, una vez que fue reformada regresivamente la Constitución en materia eléctrica y petrolera. Estas reformas se hicieron para desnacionalizar a las industrias petrolera y eléctrica. La legislación secundaria lo confirma. En los 21 artículos transitorios de la reforma constitucional se hicieron señalamientos sobre los nuevos escenarios, todos agraviantes a la nación. En la legislación secundaria que ahora se presenta se especifica la entrega del patrimonio energético nacional al capital privado. Todo parte de la premisa fundamental que motivó a la reforma constitucional, esto es, el cambio en el régimen de propiedad, el cual de ser nacional pasó a ser nuevamente privado. En eso consiste, precisamente, la desnacionalización energética. Tal desnacionalización atañe a todo el proceso de trabajo, tanto petrolero como eléctrico, cuyas diversas fases dejaron de ser estratégicas para volverse “prioritarias”, es decir, de estar a cargo exclusivo del Estado ahora podrá intervenir el capital privado. Pemex y la CFE, de representar a la industria nacionalizada pasan a ser empresas, de las cuales, el Estado se abroga erróneamente la propiedad. El cambio es radical. La industria atañe a todas las fases del proceso de trabajo, la empresa solamente a una parte. La propiedad nacional corresponde a la nación, la estatal al Estado. Pero Estado y nación no son lo mismo. El gobierno de Peña Nieto incurre en un descarado robo a la nación y entrega su patrimonio a las corporaciones multinacionales. La transferencia de propiedad incluye a las funciones estratégicas de la industria, los recursos naturales energéticos, toda la nueva infraestructura industrial de absoluta propiedad privada y la mayor parte de la renta energética. El despojo es mayúsculo. A continuación se describe y comenta la Ley petrolera. Son 133 páginas conteniendo 123 artículos y, al menos, 28 transitorios. La mayoría de los artículos son importantes, precisamente, por nocivos a la nación. Quienes redactaron la Ley se despacharon con la cuchara grande, la industria petrolera nacionalizada es destruida para ser privatizada en su casi totalidad. En una sola iniciativa de decreto se incluyen la Ley de hidrocarburos, y se adicionan diversas disposiciones de la Ley de inversión extranjera, Ley minera y Ley de asociaciones público privadas. Esta nueva ley petrolera sustituirá a la Ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo. Aún cuando esta última ley petrolera había sido ampliamente manoseada y tergiversada, resultaba inapropiada para el gobierno de Peña. La razón es simple, esta ley normaba a la industria petrolera oficialmente nacionalizada. La nueva ley debe regular a la industria petrolera privatizada. Dice Peña que la reforma constitucional “representa un cambio de paradigma en el aprovechamiento de los recursos naturales”. Esto es solo rollo. El cambio es en el régimen de propiedad, por ello se cambiaron las disposiciones constitucionales emanadas, precisamente, de la expropiación petrolera de 1938 y de la nacionalización eléctrica de 1960. Se dice explícitamente en la exposición de motivos de la Ley que la legislación secundaria “de gran calado” es para que “participe el sector privado”. Introducción En la Introducción a su Ley, Peña dice que la reforma constitucional
aprobada “partió de un diagnóstico claro y
compartido”. ¿Qué diagnóstico? El de los organismos
financieros del imperialismo que así lo decidieron en secreto, pues no se
conoce públicamente ningún diagnóstico. ¿Con quien se
compartió? Solo entre unos cuantos, la nación ni siquiera lo
conoce.
Peña reitera que México tiene vastos recursos naturales pero “el modelo de explotación y transformación” de los mismos “se volvió limitado, incrementando los costos y poniendo en riesgo la seguridad energética”. Esto de entrada no es cierto, pues los costos de extracción del barril de petróleo crudo mexicano son los más bajos del mundo (6.8 dólares por barril en 2013, según Pemex) y, con la industria nacionalizada, NO hay ningún riesgo en la seguridad energética nacional. Peña propone, entonces como solución mágica, la modificación al marco jurídico, esto es, la desnacionalización energética. Eso es lo que molesta al imperialismo y su cachorro, el régimen de propiedad nacional en materia energética. Se dice que desde 2004 Cantarell entró en declive al pasar de 3.4 millones diarios de barriles de crudo en 2004 a 2.5 millones en 2013. Entonces, concluye, que el país ha dejado de producir 1 millón de barriles diarios. Se trata de simple manipuleo demagógico, como si la producción de petróleo fuera constante y lineal. En ningún momento se menciona la cantidad de petróleo que fue extraído de Cantarell, antes de agotarlo, y menos las razones que llevaron, literalmente, a “quebrar” al yacimiento debido a la explotación irracional del mismo. También se dice que las reservas de hidrocarburos cayeron un 23% entre 1999 y 2013. Peña no explica por qué. Durante ese lapso, todo consistió en extraer petróleo y exportarlo mayoritariamente, sin restituir las reservas. Todo ha sido dilapidar los recursos existentes. Se queja Peña del aumento en las importaciones de gas natural, gasolinas y petroquímicos que, en un tercio, la mitad y dos tercios, respectivamente, se adquieren del extranjero. El manipuleo es evidente. Peña no explica que la producción de gas no satisface la demanda interna por la explotación irracional del mismo, que todas las refinerías han concluido su vida útil y que la petroquímica está mayoritariamente privatizada. Esto es, la política que se lamenta fue auspiciada oficialmente. Estas endebles bases las utiliza Peña para justificar el nuevo régimen constitucional que permite la participación privada, “incluyendo las actividades estratégicas de exploración y extracción de petróleo y gas natural”. Esto, dicho por Peña Nieto, implica la privatización de todo. A cambio, dice Peña que “se mantiene y fortalece la rectoría del Estado” y se conserva “la propiedad de la nación sobre los hidrocarburos en el subsuelo”. Lo señalado es “relevante”. En todos los discursos, Peña repite que no hay privatización. Pero, en sus iniciativas dice lo contrario. No utiliza la palabra privatización pero sí los conceptos. Que se “mantenga” la rectoría del Estado no es ningún logro, eso rige para la participación privada. Lo que antes existía era “dominio de la nación”, lo cual es muy diferente. Por lo demás, esa “rectoría” es declarativa. En cuanto a la propiedad, hay una afirmación perversa al señalar que la nación “conserva” la propiedad de los hidrocarburos del subsuelo. Antes, la propiedad era en el subsuelo y en la superficie terrestre. Hoy, esa propiedad es para los recursos que no tienen valor de uso ni valor de cambio pero, en cuanto son socialmente útiles, la propiedad es privada. Antes de la reforma constitucional, las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos, así como su procesamiento, se encargaban a Pemex. Eso era insoportable para los neoliberales. “Se ponía en riesgo el cumplimiento cabal de sus labores”, dice falsamente Peña, cuestión que jamás ocurrió en los 75 años anteriores. “Un solo participante enfrenta dificultades”, dice, es el argumento del ITAM-WWC que Peña repite. Lo mismo dice respecto a la extracción en aguas profundas y ultraprofundas, así como, en la de aceite o gas de lutitas. Según el discurso del ITAM-WWC, la experiencia mundial indica que tales actividades no las debe realizar un solo operador, como sería Pemex. Entonces, debe cederse a otros operadores transnacionales. Así, se indica que la reforma energética consta de dos etapas. Una, la reforma constitucional ya aprobada y, otra, la legislación secundaria. Plataformas marinas de Pemex en el Golfo de México
Hidrocarburos Según Peña Nieto, y quienes le escriben las leyes, la reforma constitucional
fue para “modernizar” a la industria petrolera nacional “al
permitir la participación del sector público y privado en
todas las actividades del sector”: Esto es, confirma lo que ha
señalado el FTE: para Peña “modernizar” es lo mismo
que “privatizar”.
La reforma incluyó la modificación regresiva a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, así como 21 artículos transitorios. Los artículos cuarto al noveno de estos se refieren a los hidrocarburos. La exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos son áreas estratégicas, a cargo exclusivo del Estado. Eso, sin embargo, es impreciso pues la propia Constitución “nueva” autoriza que tales actividades se hagan mediante contratos. También se dice que la propiedad de los hidrocarburos del subsuelo es de la nación. El señalamiento es demagógico, son de la nación en tanto carecen de valor pero son de las transnacionales en cuanto lo adquieren, es decir, en la superficie terrestre o marina. La imprecisión constitucional se reafirma al indicar que la exploración y extracción de hidrocarburos se realizará mediante asignaciones a las empresas productivas del Estado, figura inventada para designar a las empresas Pemex y CFE; y “a través de contratos” con estas o con particulares nacionales y extranjeros. Esta disposición, antes prohibida, es ahora el eje de la legislación energética secundaria. ¿Cómo se pagarán los contratos? Les llaman contraprestaciones y “serán en efectivo para los contratos de servicios, con un porcentaje de la utilidad para los contratos de utilidad compartida, con un porcentaje de la producción obtenida para los contratos de producción compartida, con la transmisión onerosa de los hidrocarburos una vez extraídos del subsuelo para los contratos de licencia, o una combinación de estas”. Esto es, se permitirán todo tipo de contratos, especialmente los de producción compartida, cuyo pago será en especie, es decir, con hidrocarburos, y licencias que no son sino concesiones disfrazadas, en cuyo caso, la transmisión de hidrocarburos, llamada onerosa, sería a cambio de dinero. Tanto Pemex como las transnacionales, “que suscriban un contrato con el Estado podrán reportar para efectos contables y financieros la asignación o contrato correspondiente y sus beneficios esperados, siempre y cuando se afirme en las asignaciones o contratos que el petróleo y los demás hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo son propiedad de la nación”. Con estas disposiciones se autoriza, en una revoltura a conveniencia, que Pemex y las transnacionales registren las reservas a su nombre en igualdad de circunstancias. Que lo haga Pemex, como antes lo hacía, es lógico pero no así las transnacionales por cuyo mecanismo se apropiarán de tales reservas. Que se diga que es por razones contables o financieras no evita la apropiación y registro. En cuanto a que deberá indicarse que la propiedad (en el subsuelo) es de la nación, se trata de una evidente burla para justificar la apropiación privada de las reservas. En las actividades a cargo de Pemex “se contempla un nuevo modelo de participación de particulares en actividades de refinación, petroquímica, así como, transporte, almacenamiento y distribución de petróleo, gas natural y los derivados de estos productos”: ¡Nada más! Ese “modelo” significa la privatización de estas fases del proceso de trabajo petrolero, es decir, todas. Más aún, “de igual modo se permitirá su participación activa en la venta al público de los productos”. Habrá, entonces, gasolinerías privadas. “En el caso del gas natural se prevé también la participación de terceros”. Empresas productivas del Estado Pemex y CFE se convertirán en
“empresas productivas del Estado”, esto es, se especifica que
dejarán de ser industrias y que serán propiedad del Estado siendo
antes de la nación.
¿Qué caracteriza a esta invención jurídica? Según Peña, su objeto será la creación de valor económico e incremento de los ingresos, contar con autonomía presupuestal, técnica y de gestión, y administrarse acorde con las prácticas internacionales. No hay nada nuevo en este modelo. El valor económico ha sido creado por Pemex durante 75 años SIN privatizarse. No obstante haber seguido una política petrolera antinacional, basada en la extracción de crudo y en la corrupción, Pemex contribuyó a financiar al Estado y gobiernos en turno de manera superior a las diez mayores empresas privadas (juntas) que cotizan en la Bolsa de Valores. Si Pemex no ha creado más valor agregado es porque orientó sus actividades solamente a la extracción para la exportación, en vez de procesar los hidrocarburos. La llamada “autonomía” es una justificación para convertir a la petrolera mexicana en Pemex S.A., mientras el gobierno cede las funciones estratégicas principales a las transnacionales. En cuanto a las “prácticas internacionales”, Peña se refiere a las de países capitalistas, como se lo indicaron los falsos “expertos” del ITAM-WWC, esas prácticas son las del capitalismo neoliberal. Ronda Cero La mayor parte de las actividades estratégicas de la
industria petrolera nacional estarán a cargo de las transnacionales. Pero
el gobierno asegura que “con el fin de lograr un balance” entre los
recursos que Pemex operará y “los que el Estado administrará
y licitará en rondas posteriores”, se instrumentó una Ronda
Cero, de acuerdo a lo indicado por el artículo sexto transitorio de la
reforma constitucional.
“La Ronda Cero permitirá fortalecer a Pemex”, dice Peña y lo que hace es quitarle funciones. Las asignaciones a Pemex serán adjudicadas por la secretaría de energía (Sener) con el apoyo de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH). El anterior 21 de marzo, Pemex sometió a consideración de la Sener las correspondientes solicitudes en materia de exploración y explotación de hidrocarburos. La petición se mantiene en secreto. Por lo que se ha sabido, la mayor parte de estas actividades se dejarán a cargo de las transnacionales, Pemex se concentrará en el sureste, mientras las corporaciones se encargarán de las aguas profundas del Golfo de México y de la extracción de aceite y gas de lutitas. Pemex, además, podrá migrar las asignaciones recibidas a contratos con los particulares, con lo cual realizará aún menos actividades. Órganos reguladores La manipulación del gobierno consiste en
repetir hasta la saciedad palabrejas. Por ejemplo,
“coordinación”. Así, en cualquier entrevista es
obligado decir que hay “coordinación”, se trabaja “en
coordinación”, se está “coordinado”, etc. Igual
con la reforma energética. Primero, se agravió seriamente a la
nación al elevar a rango constitucional a la Comisión Nacional de
Hidrocarburos (CNH) y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Estos pequeños aparatos burocráticos son los instrumentos del
Banco Mundial para la privatización energética furtiva, misma que
ahora quedó legalizada.
Tanto la CNH como la CRE son nocivos para la nación y debían desaparecer. Contrariamente, Peña los fortalece y sacraliza. Su función será la “regulación” que, en el lenguaje neoliberal quiere decir “privatización”. Así lo han hecho desde que fueron creadas esas comisiones en 1993 y 2008. Para Peña, son los órganos reguladores “coordinados” en el Ejecutivo federal. Esa “coordinación” es nominal, la CNH y la CRE se “coordinan” con el Banco Mundial no con Peña. Centro Nacional de Control de Gas La reforma constitucional previó la
creación de este centro, como un organismo público descentralizado
encargado de la operación del sistema nacional de ductos de transporte y
almacenamiento de dicho combustible.
Esto significa que los más de 10 mil kilómetros de ductos a cargo de Pemex serán desincorporados. Si ahora Pemex necesita del sistema de ductos deberá pagar por la correspondiente renta, la red nacional estará al servicio privado. Agencia de Seguridad Industrial También se creará la Agencia Nacional de
Seguridad Industrial y de Protección del Medio Ambiente del Sector
Hidrocarburos, como órgano desconcentrado de la secretaría del
medio ambiente (Semarnat).
Contenido nacional Peña pretende “fomentar la industria
nacional” mediante “porcentajes mínimos de contenido nacional
en la proveeduría en las asignaciones o en contratos de
exploración y extracción de hidrocarburos”. Como está
diseñado el “nuevo” modelo de Pemex, habrá puertas
abiertas al contratismo.
Preferencia sobre otras actividades La exploración y extracción de los
hidrocarburos, así como la transmisión y distribución de
energía eléctrica, tendrán preferencia sobre cualquier otra
actividad por tratarse de actividades de carácter
estratégico.
Esto que pareciera lógico no lo es tratándose de las transnacionales. Como la mayor parte de estas actividades las harán las corporaciones, estas tendrán derecho de preferencia para apoderarse de las tierras, encuentren o no hidrocarburos. La apropiación territorial será especialmente en el Golfo de México, cuyos 575 mil km2 seguramente serán cuadriculados para entregar enormes bloques a las multinacionales. Lo mismo ocurrirá en las cuencas petroleras del norte y Golfo donde se presume que habría recursos no convencionales de lutitas. La legislación de Peña propone un mecanismo para adquirir los derechos necesarios para el desarrollo de las actividades señaladas, esto es, además de entregar las funciones estratégicas al capital se incluyen las gestiones del gobierno para hacerlo con los terrenos. Dice Peña que se privilegiará la negociación. Para ello se contempla la intervención del gobierno en la negociación. También se contemplan funciones reguladoras “para dar certidumbre” al capital. La participación del gobierno en esas negociaciones no es garantía de nada bueno para los poseedores de la tierra, al contrario. Tratándose de la apropiación de la tierra para el capital, Peña representa a éste y la intervención del gobierno será para arrebatarles más fácilmente la propiedad de la tierra (y sus recursos) a sus legítimos poseedores. La regulación dará “certidumbre” legalizando el despojo. La sola entrada de las transnacionales significará perder el territorio, se encuentre o no hidrocarburos. En el caso del gas de lutitas, ese es precisamente el negocio, apoderarse de los terrenos más que extraer los fantasiosos volúmenes de que hablan las agencias del imperialismo. En el caso del Golfo de México, el derecho para las transnacionales será territorial e incluirá las facultades para depredar las aguas marinas, así como la flora y fauna que encuentren a su paso. Medio ambiente Peña declara que el Estado velará por la
protección y cuidado del medio ambiente. Declaración
inútil. Se plantea disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero
y utilizar fuentes “limpias” para generar electricidad. Nada es
creíble. Por el contrario, lo que Peña promueve es aumentar,
literalmente, la quema de petróleo. Para ello es que quiere sacarlo. En
cuanto a las fuentes renovables, las pone en manos totalmente privadas y, por
una parte se genera energía a partir de recursos renovables y, por otra,
se dilapida a estos ocasionando degradación ambiental.
Aprovechamiento sustentable de la energía La Sener promoverá un programa para
promover el uso de fuentes renovables de energía, especialmente, la
exploración y explotación de la geotermia. Esto quiere decir que
esta será la siguiente fuente en ser privatizada, luego que se ha
privatizado el viento, el agua y la radiación solar.
Estas son las bases del “nuevo paradigma” energético, es decir, del modelo privatizador. Para ello, se propone una nueva legislación secundaria, acorde con las reformas constitucionales regresivas. Descripción de la ley de hidrocarburos Peña reitera los objetivos ya
manejados mediáticamente. Entre estos están: 1) lograr la
restitución de reservas de hidrocarburos superiores al 100%. 2) Aumentar
la producción de petróleo a 3 millones de barriles diarios en 2018
y 3.5 en 2025. 3) Aumentar la producción de gas natural a 8 mil millones
de pies cúbicos diarios en 2018 y a 10 mil 400 millones en
2025.
Estos objetivos son inciertos porque no están debidamente fundamentados, son proyecciones lineales y de ocurrencia. El principal problema que existe es la carencia de recursos descubiertos. ¿De dónde se extraerá el nuevo crudo? ¿Será de las reservas probadas hasta agotarlas? ¿Dónde están los descubrimientos relevantes? Estos no existen, ¿cómo se pueden afirmar entonces las nuevas plataformas de producción?. En su caso, ¿para qué sería esa producción? Solamente para exportar más crudo lo cual sería un crimen. El país no necesita esos niveles de producción porque, sencillamente, sus necesidades son mucho menores. Con la reforma dice Peña que se lograrán otros objetivos, tales como, crear cerca de medio millón de empleos en el sexenio y 2.5 millones en 2025, así como, un punto más en el crecimiento económico del país para el 2018 y dos puntos para el 2025. Estos objetivos son muy pobres e inciertos. Las transnacionales no se caracterizan por promover la creación de empleo, cuando lo hacen es poco y precario. Por lo demás, jamás contribuyen al crecimiento económico, no es su objetivo. Para tan poco empleo y crecimiento, no se necesita privatizar a la industria petrolera. SIN privatización, la contribución de Pemex ha sido mucho mayor en las siete décadas anteriores. Entre los principales beneficios, Peña habla de la generación de recursos fiscales adicionales para mejorar el bienestar de vida de la población, suministro adecuado de combustibles a precios competitivos (sic), fortalecimiento de la seguridad social, mayores oportunidades a los grupos más vulnerables, educación de calidad para las nuevas generaciones, impulso al desarrollo tecnológico y una infraestructura para generar desarrollo incluyente. Esa es la argumentación dura de Peña: puras mentiras. Los cuantiosos recursos que el gobierno le sustrae a Pemex (más de lo que gana anualmente) no lo podrá hacer con las transnacionales. El gobierno obtendrá menos recursos y eso repercutirá en mayores dificultades para financiar el desarrollo en materia de educación, salud, vivienda, y seguridad social entre otros rubros. Esta vez, Peña no promete bajar los precios del gas y electricidad, solamente habla de precios “competitivos” de combustibles. ¿Qué es eso? Precios más elevados, en manos de las transnacionales. Por lo demás, los grupos más vulnerables solo tendrán la oportunidad de desaparecer, las transnacionales no producen ningún desarrollo tecnológico y la infraestructura privada jamás es incluyente. Las apreciaciones de Peña no se sustentan en ningún dato, análisis, fuentes ni metodología, son apreciaciones empíricas típicas del discurso demagógico y dictatorial. Hay que privatizar y ya, las razones no importan. Plataforma Bicentenario, del Grupo R, rentada por Pemex
Objeto de la ley De entrada se indica en el primer párrafo del primer
artículo:
Artículo 1- La presente Ley es reglamentaria de los artículos 25 párrafo cuarto, 27 párrafo séptimo y 28 párrafo cuarto de la Constitución ... en materia de hidrocarburos. De acuerdo a lo anterior, se abroga la Ley reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo, de 1958, reformada posteriormente en varias ocasiones. En un segundo párrafo se indica lo siguiente: Corresponde a la nación la propiedad directa, inalienable e imprescriptible de todos los hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo del territorio nacional, incluyendo plataforma continental y la zona económica exclusiva fuera del mar territorial y adyacente a esta, en mantos o yacimientos, cualesquiera que sea su estado físico. Esto reitera lo expresado por la “nueva” Constitución: la propiedad de los hidrocarburos corresponde a la nación estando en el SUBSUELO, fuera de este la propiedad es otra. Allí está el centro del manipuleo oficial: el cambio tramposo en el régimen de propiedad. En un tercer párrafo se indica que, Para los efectos de esta ley se consideran yacimientos transfronterizos aquellos que se encuentren dentro de la jurisdicción nacional y tengan continuidad física fuera de ella. También se consideran como transfronterizos aquellos yacimientos o mantos fuera de la jurisdicción nacional compartidos con otros países ... Definición de la industria petrolera En el artículo segundo se
indica:
Artículo 2- Esta ley tiene por objeto regular la industria de hidrocarburos en territorio nacional, que abarca: I. El reconocimiento y exploración superficial y la exploración y extracción de hidrocarburos; II. El tratamiento, refinación, enajenación, comercialización, transporte y almacenamiento del petróleo; III. El procesamiento, compresión, licuefacción, descompresión y regasificación, así como el transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de gas natural; IV. El transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de gas licuado del petróleo; V. El transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de petrolíferos; VI. El transporte por ducto y el almacenamiento que se encuentre vinculado a ductos de petroquímicos. Este artículo es importante porque define a la “nueva” industria petrolera privatizada. El objetivo que se atribuye a la ley es, precisamente, “regular” a la industria en el territorio nacional. La definición está mal hecha pero cumple con los grandes objetivos de la desnacionalización petrolera, que son: fragmentar a la industria para privatizarla, y desarticular las fases del proceso de trabajo. Aún así, la definición burocrática de Peña Nieto es incompleta. Para el gobierno la planeación NO existe, la investigación y desarrollo tampoco y la ingeniería de proyectos menos. Estas ni siquiera son consideradas por el gobierno como fases del proceso de trabajo petrolero. Si se considera a la exploración y extracción de petróleo y gas, la refinación de crudo, el procesamiento de gas, y las actividades de transporte, distribución y almacenamiento de petróleo, gas, petrolíferos y petroquímicos, en este último caso, vinculados a ductos, así como la venta al público. De manera relevante, Peña y asesores ELIMINARON totalmente a la petroquímica. Para estos burócratas, la petroquímica NO es parte de la industria de hidrocarburos. Hoy se menciona el transporte y almacenamiento de petroquímicos vinculados a ductos pero no a la industria petroquímica propiamente, es decir, a la elaboración de los productos petroquímicos. Con anterioridad, los gobiernos en turno habían separado artificialmente a la petroquímica básica de la llamada secundaria. En el primer caso, Pemex se encargaba de elaborar solamente 9 productos y los miles restantes lo hacían las transnacionales. Hoy, todo será producido por las corporaciones. Según Peña, la petroquímica NO es parte de la industria petrolera. En 1995, el gobierno en turno consideró que el gas natural no era hidrocarburo, por tanto, no formaba parte de la industria petrolera. Esa “definición” la hizo para privatizar las funciones respectivas. Lo mismo es ahora. La petroquímica es una de las fases del proceso de trabajo petrolero, tal vez, la más importante. Se trata de la transformación industrial de los hidrocarburos para la obtención de multitud de productos a través de reacciones químicas. En todos los casos, las materias primas básicas son el petróleo crudo y el gas. De los productos obtenidos, muchos son a su vez materias primas en diversos procesos industriales. La supresión de la petroquímica no es casual. La petroquímica es la alternativa coherente en la industria petrolera porque la transformación química del petróleo crudo conduce a incrementar el valor agregado de multitud de productos, creando empleo y generando riqueza. Por eso es el centro de la Política Energética Independiente: procesar el petróleo crudo desarrollando la petroquímica, en vez de producir crudo para la exportación. Durante 75 años, eso se evitó por los gobiernos en turno, hicieron lo contrario, por eso privatizaron a la petroquímica, evitando que la nacionalización petrolera culminara debido a tal política antinacional. Pero lo que hace Peña Nieto es un crimen, reduciendo más aún a la industria petrolera con la obvia intención de entregar la petroquímica al capital privado. Adecuación a la privatización En el artículo 3 se indica que la
exploración y extracción de hidrocarburos será llevada a
cabo “por la nación”. Se trata de una generalidad declarativa
porque más adelante también se define que podrán llevarla a
cabo los particulares mediante contratos. Peña dice que eso se
hará “en nombre de la nación”. Es parte del discurso
cínico. Es como decir que llevan cabo el robo “en nombre de la
nación”. Eso no quita que sea robo.
En cuanto a los yacimientos transfronterizos se indica que la exploración y extracción de hidrocarburos se hará de acuerdo a los tratados y acuerdos internacionales firmados por México. En el caso de los yacimientos compartidos con los Estados Unidos en el Gofo de México, esos tratados firmados indican que se seguirá la “unificación”, es decir, un mecanismo a cargo de un operador único que serán las transnacionales. El artículo 4 se refiere a definiciones diversas. Entre otras están: área contractual, referida a la superficie y profundidad para los contratos. Al titular de una autorización le llaman “autorizado”. También se define Contrato, Contratista, Hidrocarburos en el subsuelo, Recolección referido al acopio de hidrocarburos extraídos, Temporada abierta referida al procedimiento de la CRE y Zona de salvaguarda, el área que el Estado se reserva para la exploración y extracción de hidrocarburos El artículo 5 señala que, las actividades “estratégicas” de exploración y extracción de hidrocarburos “solo la nación las llevará a cabo” agregando “por conducto de asignaciones y contratistas”. Esto es, estos individuos privados son erigidos como nación en el concepto de Peñita. También se indica que el Reconocimiento y exploración superficial, y otras actividades, serán realizadas por Pemex o “por particulares”. No hay contradicción sino manipuleo. Las actividades “estratégicas” lo son de nombre, en los hechos las pueden realizar los privados. Asignaciones El artículo 6 indica:
Artículo 6- El Ejecutivo federal, por conducto de la secretaría de energía, podrá otorgar y modificar a Petróleos Mexicanos o a cualquiera otra empresa productiva del Estado, de manera excepcional, Asignaciones para realizar la exploración y extracción de hidrocarburos. Esto es, para que Pemex realice sus labores como empresa, el gobierno deberá autorizarle el trabajo, mediante Asignaciones que también le podrá quitar mediante modificaciones. ¿Qué otra “empresa productiva del Estado”? Aparte de Pemex, solamente la CFE. Estas asignaciones configuran la llamada Ronda Cero e incluyen solamente una parte del proceso de trabajo, presumiblemente en el sureste mexicano. La mayor parte será para las transnacionales en sucesivas Ronda Uno y demás. Con las asignaciones, será la Sener la que decida lo que Pemex debe hacer o no. Esa es la consecuencia de haber dejado de representar a la industria nacionalizada para ser ahora una empresa más. En el párrafo tercero del mismo artículo se indica: Previo al otorgamiento de las Asignaciones, la Secretaría de Energía deberá contar con la opinión favorable de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, la cual será emitida a través de un dictamen técnico. Este señalamiento es demagógico. Las asignaciones serán discrecionales. Para eso esta creada la CNH, la cual, además carece de criterio. Un dictamen “técnico” no habrá, el presidente de la comisión ni siquiera es ingeniero, como lo indica la ley, es apenas economista y del ITAM. En el artículo 8 se establece que Pemex podrá ceder alguna Asignación a otra “empresa productiva del Estado” o renunciar a la Asignación correspondiente. En el artículo 9 se dice que Pemex podrá “celebrar con particulares contratos de servicios” para la realización de las asignaciones. El artículo 10 señala las causas para la revocación de las Asignaciones. Contratos para EyE Este capítulo es totalmente nuevo y se refiere a lo que
antes estaba prohibido: los contratos petroleros. En la reforma de 2008 se
había autorizado todo tipo de contratos en la ley reglamentaria. La
diferencia es que ahora tal autorización es constitucional y la ley lo
reitera. En la “nueva” Constitución se dice que la
exploración y extracción de hidrocarburos es estratégica,
definición que antes significaba que estaba a cargo exclusivo del Estado.
Hoy no, la definición “nueva” tiene el mismo nombre pero
opera a través de contratos con particulares.
El artículo 11 señala: Artículo 11- El Ejecutivo federal, ... podrá celebrar contratos para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos con Petróleos Mexicanos, empresas productivas del Estado o Personas Morales. Esto es, el botín lo repartirá el gobierno a través de los contratos. Por ello la insistencia en reformar regresivamente a la Constitución. Para Pemex la situación es ridícula. Antes tenía a su cargo TODAS las funciones de manera exclusiva, ahora para la exploración y extracción de hidrocarburos, y todo lo demás, deberá pedir permisos. Si la Sener lo autoriza celebrará contratos con Pemex, como si fuera Pemex S.A. Lo grave es que ese mecanismo se utilizará con cualquier otra “persona moral”, así llamadas las transnacionales, sus filiales y socios menores nacionales. De esta manera, los recursos naturales de hidrocarburos se entregarán al capital transnacional. La única limitación será la indicada en el párrafo segundo de este artículo: Los contratos para la Exploración y Extracción establecerán invariablemente que los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la nación. Esta “limitación” es una burla. Los contratos podrán decir “invariablemente” y con la letra más pequeña lo que quieran, eso carece de valor. Sí, literalmente, los hidrocarburos en el subsuelo carecen de valor. En el subsuelo no tienen valor de uso ni valor de cambio. Para que adquieran valor deben ser extraídos. Pero, en ese momento la propiedad puede ser y será privada. Allí, en la boca del pozo operará el cambio en la propiedad. A partir de ese momento, la nación dejará de tener la propiedad, justamente cuando los hidrocarburos adquieren valor. El mismo artículo permite a Pemex solicitar la migración de las Asignaciones a Contratos. Asociaciones y alianzas En el artículo 13 se indica:
Artículo 13- En los casos de Asignaciones que migren a Contratos de Exploración y Extracción, Petróleos Mexicanos y las demás empresas productivas del Estado podrán celebrar alianzas o asociaciones con Personas Morales. Para eso sería la migración de las Asignaciones a Contratos, para que Pemex a su vez los entregue a las transnacionales con quienes celebre “alianzas o asociaciones”. Las correspondientes licitaciones “las llevará a cabo” la CNH ni siquiera Pemex. La misma CNH “procederá a la suscripción o modificación” de los contratos. El artículo 14 repite que Pemex “podrá celebrar alianzas o asociaciones para participar en los proceso de licitación de Contratos”. El artículo 15 establece que solo “el Estado mexicano” por conducto de la CNH podrá otorgar Contratos” para la exploración y extracción de hidrocarburos. La usurpación es obvia, pareciera un Estado “productivo” o una CNH “productiva”, siendo simples aparatos burocráticos sin ninguna facultad operativa. Sin embargo, a ambas entidades se les otorga la facultad de decidir como si el Estado tuviera la propiedad de los hidrocarburos. En efecto, en el nuevo modelo, la propiedad cambió, ya no es de la nación, ahora es “una revoltura”, entendida como formalmente del Estado y realmente de las transnacionales. Estas toman las decisiones, ya definidas por las reformas constitucionales, la Sener y CNH solamente darán forma jurídica a esas decisiones. La Sener autorizará “la celebración de Alianzas o Asociaciones”. Participación minoritaria del Estado En el artículo 16 se establece que,
“dentro de los términos y lineamientos para la licitación de
contratos para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos”
se podrá incluir “una participación del Estado”, en
condiciones especiales. En el siguiente párrafo se indica que “esta
no podrá exceder del treinta por ciento de la inversión del
proyecto”.
Esto significa que “la participación del Estado” siempre será menor del 30%. El resto estará a cargo de las transnacionales. La entrega es muy fuerte, más de dos terceras partes del patrimonio energético de la nación se entregarán al capital extranjero. Yacimientos transfronterizos En al artículo 16 se establece que,
Artículo 16- La Secretaría de Energía, con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, establecerá una participación obligatoria de Petróleos Mexicanos u otra empresa productiva del Estado en los Contratos para la Exploración y Extracción en aquellas Áreas Contractuales en las que existe la posibilidad de encontrar yacimientos transfronterizos. En el siguiente párrafo se indica que: ... la participación obligatoria será de al menos veinte por ciento de la inversión del proyecto. y, en el siguiente párrafo se dice que: En el caso de que se confirme la existencia de un Yacimiento transfronterizo en el Área Contractual se estará a lo dispuesto en los convenios de operación respectivos que se pacten con base en los tratados internacionales que México haya suscrito. La participación obligatoria de Pemex será minoritaria, definida sin criterio antes de conocer los descubrimientos y cuantificación de reservas. Consecuentemente, recibirá aportaciones minoritarias. Esta es la renuncia a priori del gobierno mexicano al patrimonio energético de las estructuras transfronterizas. Peor aún, se establece por ley que si se confirma la existencia de un yacimiento transfronterizo se estará a lo dispuesto por los convenios de operación respectivos. Esto quiere decir que la nueva ley petrolera legaliza los acuerdos previos para la explotación por “unificación”, a cargo de un solo operador que NO será Pemex sino las transnacionales. Gas grisú Se dice en el artículo 27:
Artículo 27- No se requerirá llevar a cabo un proceso de licitación y el Contrato para la Exploración y Extracción se podrá adjudicar directamente a los titulares de concesiones mineras, exclusivamente para las actividades de Exploración y Extracción de Gas Natural contenido en la veta de carbón mineral y producido por la misma, en las áreas donde directamente se esté realizando actividades de extracción de carbón. Por si faltase, las mineras han depredado a la nación, se han apoderado de sus recursos minerales y, ahora, se les obsequia un nuevo regalo. Podrán explorar y extraer el gas natural producido por las minas de carbón sin necesidad de licitación alguna. Bastará ser concesionarios mineros para proceder con el gas, el contrato se les adjudicará automáticamente. En las minas de carbón se trabaja con métodos primitivos y es donde se producen accidentes mortales frecuentes. Eso no importa a Peñita, lo que importa es que las transnacionales saquen el gas y lo comercialicen para incrementar sus negocios y ganancias. La situación es muy contradictoria. La “nueva” Constitución dice que la exploración y extracción de hidrocarburos constituyen actividades estratégicas. Es palabrería, en los hechos No son estratégicas porque son puestas en manos privadas, incluso sin licitación y por adjudicación directa. Comercialización de hidrocarburos El siguiente artículo será causante
de un gran desbarajuste, corrupción y descontrol. Se refiere a la
comercialización de hidrocarburos, especialmente, petróleo
crudo.
Artículo 28- La Comisión Nacional de Hidrocarburos, a petición del Fondo Mexicano del Petróleo .... podrá contratar a Petróleos Mexicanos, a cualquier otra empresa productiva del Estado o a una Persona Moral, mediante licitación pública para que a cambio de una contraprestación preste a la Nación los servicios de comercialización de los Hidrocarburos que el Estado obtenga como resultado de los contratos de Exploración y Extracción. Obviamente, ese contratista no será Pemex porque si así fuera no se hubiera reformado a la Constitución, eso es lo que venía haciendo 75 años ha. Lo hacía con opacidad, mediante filiales anticonstitucionales. Ahora no lo hará Pemex ni sus filiales, tampoco la CFE. Será, entonces, una “Persona Moral”, probablemente encabezada por expolíticos o exfuncionarios al servicio de las transnacionales. Cualquiera querrá ese contrato, sobrarán candidatos. El que lo obtenga será inmensamente rico de la noche a la mañana. ¿Quién los vigilará en alta mar? ¿A quién rendirán cuentas? ¿Quién verificará la contabilidad? ¡Nadie! es la única respuesta de siempre. De esta manera, Peña y Videgaray han urdido un robo que pretende no dejar huellas. Es, por supuesto, un robo muy cínico y burdo. Para comercializar los hidrocarburos, dado que serán explotados por multitud de contratos otorgados a las transnacionales, habrá que recolectarlos. ¿Quién lo hará? ¡Una persona moral! pudiendo ser la misma que comercialice u otras. Puesta esta función en manos de contratistas, la corrupción quedará legalizada, será cotidiana y en alta escala. En el mejor de los casos, todo quedará a cargo de la Sener, la Secretaría de Hacienda y la CNH, y adláteres. Es decir, en manos de unos cuantos burócratas ineptos estarán las decisiones y las cuantiosas ganancias, siempre al margen y contra la nación. Dirán que “prestan a la nación” los servicios de atraco y robo. El cinismo es inaudito. El contratismo en la comercialización de hidrocarburos es un mecanismo tosco para la corrupción. Información hidrocarburífera El artículo 32 indica que:
Artículo 32 Pertenece a la nación la información geológica, geofísica, petrofísica, petroquímica y, en general, la que se obtenga o haya obtenido en las actividades de Reconocimiento y Exploración superficial, así como de Exploración y Extracción”, llevadas a cabo por Pemex, cualquiera otra empresa productiva del Estado o por Particulares. El problema es que esa información se entregue cuando esté en manos de las transnacionales. La CNH asegura que habrá “confidencialidad”. Eso no dice nada, las transnacionales manejarán la información a conveniencia. La razón es obvia, a partir de esa información podrán inferir las áreas susceptibles para extraer hidrocarburos y, con base en su propia información, se postularán para los contratos. La CNH hace cuentas alegres porque es el sumum de la ineptitud y la hipocresía. Para evaluar a Pemex lo hará con la información proporcionada por la petrolera, los integrantes de la CNH solamente conocen a la industria, si acaso, en fotos. Para las transnacionales la CNH será un simple hazmereír. ¿De qué serviría que le entreguen información si no saben interpretarla? Los economistas del ITSAM ni siquiera conocen como es la molécula del petróleo o del gas natural. ¿Qué saben de control geológico de la sísmica, modelos de velocidades, información magnética o gravimétrica, geoeléctrica y magnetotelúrica?. ¡Nada! Para la CNH esta es música celestial con tonada transnacional. Además, se indica en el párrafo segundo del mismo articulo que “los asignatarios, contratistas y todos los autorizados que realicen actividades de Reconocimiento y Exploración superficial tendrán derecho al aprovechamiento comercial de la información ...”. La “garantía” de confidencialidad de la CNH sobre la interpretación de los datos sísmicos no dice nada. Se indica en el artículo 34 que, para realizar el Reconocimiento y Exploración Superficial, la CNH podrá contratar a Pemex u otras entidades o instituciones académicas. Será gasto inútil. Todo basado en contratos cuyos reportes, al final, los comisionados ni leerán por que no los entenderán. En el artículo 35 se establece que la CNH administrará el Centro Nacional de Información de Hidrocarburos, cuyo acceso será restringido. Perforación de pozos El artículo 36 señala que los Asignatarios
y Contratistas deberán contar con la autorización de la CNH para
llevar a cabo la perforación de pozos en los siguientes casos: pozos
exploratorios, pozos en aguas profundas y ultraprofundas, y modelos de
diseño de pozos.
Lo mismo para investigar la posible existencia de hidrocarburos, según se indica en el artículo 37. Se trata de un buen deseo, la CNH no sabe nada sobre el tema y ni siquiera será informada, cinco burócratas grises están incapacitados funcionalmente. Zonas de salvaguarda En el artículo 41 se indica que el Ejecutivo
Federal, a propuesta de la Sener, “establecerá Zonas de Salvaguarda
en áreas que por sus posibilidades así lo ameriten”.
Según el artículo 43, corresponderá a la CNH la
recolección de hidrocarburos, la perforación de pozos, la
cuantificación de reservas, recursos prospectivos y contingentes, la
certificación de reservas de la nación, el aprovechamiento del gas
natural asociado, y cuantificar el potencial de hidrocarburos.
Esa oficina burocrática del Banco Mundial en México jamás podrá cumplir con los mencionados rubros. Reiteramos que ni siquiera entienden el lenguaje y conceptos técnicos. Reporte de contratos o asignaciones Se indica en el artículo 45 que:
Artículo 45- Los Asignatarios y Contratistas tendrán derecho a reportar para efectos contables y financieros la Asignación o el Contrato para la Exploración y Extracción, así como los beneficios esperados del mismo, siempre y cuando se afirme en dicha asignación, de manera expresa, que los hidrocarburos en el Subsuelo son propiedad del Estado mexicano. ¿Ante quién se harán estos reportes? Ante la SEC norteamericana y la Bolsa de Valores. Según este artículo serán reportados los contratos, para efectos contables y financieros. Esa es la finta. Lo que reportarán las transnacionales serán las reservas de hidrocarburos, especialmente de petróleo crudo. De otra manera, para qué la recomendación de indicar, “de manera expresa”, que los hidrocarburos en el “Subsuelo son propiedad del Estado mexicano” (sic). Este artículo modifica incluso a la “nueva” Constitución porque dice que la propiedad en el subsuelo es “del Estado mexicano”. ¿No que era de la nación? Nación y Estado no son lo mismo. El inconciente traiciona a los rateros. Contenido nacional Esto se indica en el artículo 46, el cual
señala que las actividades de Exploración y Extracción
deberán alcanzar en promedio al menos el veinticinco por ciento de
contenido nacional.
Estas serán las migajas para la burguesía nacional, poquitera y cuentachiles. Permisos El
artículo 48 establece las actividades para cuya realización se
requerirá de permisos y se enlistan:
Esto es, todas las actividades anteriores, que constituyen fases del proceso de trabajo petrolero, están sujetas a permisos expresos, sea de la Sener o de la CRE. ¿Por qué? Porque estas actividades serán privatizadas. De entrada, el gobierno incurre en absurdos. A Pemex deberá otorgársele un permiso para operar sus propias refinerías, todas en estado de obsolescencia, así como su propia red nacional de ductos que le será sustraída, así como las demás actividades de transporte, distribución y almacenamiento de petróleo, gas, petrolíferos y petroquímicos. Si no hay permiso, Pemex simplemente no podrá realizar esas actividades que antes le eran propias. La intención privatizadora es obvia. Mediante los permisos, para los cuales la Sener carece de facultades y no lo podrá hacer directamente sino a través de alguna oficinita nueva, se entregarán las mencionadas funciones a las transnacionales y sus filiales. Se privatizarán así, todas las fases del proceso de trabajo petrolero, empezando por la refinación de petróleo. La elaboración de productos petroquímicos NO se menciona porque esta actividad fue ELIMINADA absurdamente por Peña. La única referencia es a la importación y exportación de esos productos no a su elaboración. Una vez más, para Peña la petroquímica NO es parte de la industria petrolera. Esto es ridículo pero corresponde a la lógica peñista, tal actividad será entregada de manera total y absoluta al capital. Reiteramos que esta es la parte más importante: la transformación, mediante reacciones químicas, de las materias primas de hidrocarburos. Esto es, la actividad con mayor valor agregado que permite obtener mayor riqueza. De acuerdo al artículo 49, para realizar actividades de comercialización NO se requiere permiso. Esto también es lógico, allí está el dinero en abundancia y los contratos se otorgarán a discreción del gobierno en turno. El descarado robo se llevará a cabo de manera mafiosa. Peña mismo lo dice. Expropiaciones Estas las habrá según se indica a continuación.
Artículo 58- Se consideran de utilidad pública las actividades y servicios amparados por un permiso. Los privados, a quienes se obsequiarán los permisos de la Sener y CRE serán ampliamente beneficiados, mejorando la experiencia previa. A la fecha, las concesiones mineras y los permisos eléctricos y de gas, son mecanismos que les otorgan a las corporaciones y sus filiales el derecho de ocupación territorial, incluyendo la apropiación de las tierras, las aguas y el viento, produciendo reiterados conflictos sociales, alimentados por la corrupción y la violencia. Ahora, Peña hace previsiones para garantizar un mejor atraco. Se indica en el siguiente párrafo del anterior artículo que: Procederá la ocupación temporal de los bienes, derechos e instalaciones necesarias para la prestación del servicio o su adecuada operación en los supuestos previstos en la Ley de Expropiación ... De esta manera ya no habrá necesidad de negociar con los poseedores ninguna venta o renta de las tierras, simplemente serán ocupadas, con base en el permiso respectivo. Se agrega que, La autoridad que lo haya expedido integrará y tramitará el expediente de ocupación temporal de los bienes, derechos e instalaciones necesarias para la prestación del servicio u operación, a fin de garantizar los intereses de los usuarios finales y consumidores, quedando a salvo los derechos de terceros. Mejor garantía no puede haber, ahora la propia Sener y CRE, otorgadoras de los permisos, se encargarán de tramitar la ocupación para que el despojo sea oficial. Ante esto, los gobiernos municipales y autoridades ejidales o comunales quedarán impedidos de cualquier defensa por tratarse de “mandatos” constitucionales. Los intereses a garantizar serán los del capital, jamás los consumidores y menos los terceros. Estos crímenes, en el caso de la exploración y extracción de gas de lutitas llevará a la expropiación (por causa de utilidad pública) de enormes extensiones de terrenos para la especulación a placer del capital, encuentre o no hidrocarburos. Transporte y almacenamiento de gas En el artículo 60 se define al
Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional integrado de Gas Natural, el
cual estará conformado con la siguiente
infraestructura:
I. Ductos de transporte e instalaciones de almacenamiento de gas natural, y II. Equipos de compresión, licuefacción, descompresión, regasificación, y demás instalaciones vinculadas ... Al sistema podrán integrarse las instalaciones de Recolección, de internamiento al país de las instalaciones de procesamiento de gas natural y hasta los puntos de recepción y medición de los sistemas de Distribución, o de los usuarios finales conectados directamente. La CRE será la autoridad competente para determinar la infraestructura pública. Se agrega que, “la integración de los sistemas de almacenamiento y transporte privado es de carácter voluntario”. Lo anterior quiere decir que el tal sistema se integrará con la actual infraestructura de Pemex. El objetivo es terminar de privatizar las actividades relacionadas con el gas, por ello es que los sistemas de almacenamiento y transporte privado no se tocan. Centro Nacional de Control de Gas Se indica a continuación:
Artículo 61- l Centro Nacional de Control de Gas Natural es el gestor independiente del Sistema de Transporte y Almacenamiento de Gas Natural y tiene por objeto garantizar la continuidad y seguridad del suministro de gas en el territorio nacional La CRE determinará los términos a que se sujetará este Centro y lo pondrá al servicio privado. Se dice en el siguiente artículo. Artículo 63- El Centro Nacional de Control de Gas Natural prestará los servicios de transporte y almacenamiento en la infraestructura de que sea titular. Para eso será este Centro, para favorecer la privatización en marcha relacionada con el transporte, distribución y almacenamiento del gas natural. Acceso abierto Según el artículo 65, los Permisionarios que
prestan a terceros los servicios de Transporte y Distribución por medio
de ductos, de gas licuado de petróleo, petrolíferos y
petroquímicos, tendrán la obligación de dar acceso abierto,
no indebidamente discriminatorio a sus instalaciones y servicios, ... en
términos de la regulación emitida por la CRE.
Esta obligación será para Pemex, ahora llamado Permisionario, el único que posee infraestructura. Con el “acceso abierto”, las demás empresas privadas podrán utilizar las instalaciones y servicios de la petrolera mexicana. Para que no haya duda, la CRE determinará las disposiciones para “el acceso abierto”, siempre en favor de los privados. Expendio al público De acuerdo al artículo 71, los combustibles
para aeronaves no podrán ser expendidos directamente al público y
su distribución será contratada por prestadores de
servicios.
Pero el artículo 72 indica que los hidrocarburos, el gas licuado del petróleo, los petrolíferos y los petroquímicos si podrán ser transportados, almacenados, distribuidos, enajenados y expendidos, de acuerdo a lo indicado en esta ley. Es decir, todas estas actividades podrán realizarse por el sector privado. Regulación En el artículo 75 se listan las facultades de la Sener que, en materia de
permisos incluye:
I. El tratamiento y refinación de petróleo. II. El procesamiento del gas natural, III. El transporte y almacenamiento que no se encuentre vinculado a ductos de gas licuado del petróleo, así como su distribución y expendio al público, IV. La exportación e importación de hidrocarburos, gas licuado del petróleo, petrolíferos y petroquímicos en términos de la ley de comercio exterior y con el apoyo de la secretaría de economía. Esto es, la Sener adquirirá mayores facultades y atribuciones para realizarlas burocráticamente sobre actividades operativas de la industria petrolera. Además, determinará la política pública en materia energética. En el artículo 72 se indican las facultades adicionales de la CRE, encargada de regular las siguientes actividades: I. Transporte y almacenamiento de hidrocarburos y petrolíferos, II. Transporte por ducto y el almacenamiento que se encuentre vinculados a ductos del gas licuado del petróleo y petroquímicos, III. Distribución de gas natural y petrolíferos, IV. Regasificación, licuefacción, compresión y descompresión de gas natural, V. Expendio al público de gas natural, gas licuado del petróleo y petrolíferos, VI. Gestión del Sistema Nacional de Transporte y Almacenamiento Integrado de Gas Natural. Además, la CRE aprobará las licitaciones del Centro Nacional de Control de Gas (Cenacogas), determinará las zonas geográficas de distribución por ductos de gas natural, y demás regulación relacionada con los permisos a particulares que otorgue. Después se indican las atribuciones de los Permisionarios y las sanciones aplicables sean por la Sener, CRE y otras dependencias. También se indican responsabilidades en materia de transparencia y combate a la corrupción, en términos simples. Jurisdicción Según
el artículo 90, la industria de hidrocarburos es de exclusiva
jurisdicción federal. Después se indica:
Artículo 91- La industria de hidrocarburos ... es de utilidad pública. Procederá la constitución de servidumbres, la ocupación o afectación superficial o la expropiación de los terrenos necesarios para la realización de las actividades de hidrocarburos, conforme a ley de Expropiaciones y demás disposiciones aplicables ... En el párrafo segundo se indica, Las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos se consideran de orden social e interés público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que implique el aprovechamiento d la superficie o del subsuelo de los terrenos afectos a aquellas. De acuerdo a estas disposiciones, se perderán grandes extensiones de terrenos en las cuencas donde se proceda a la extracción de aceite y gas de lutitas. Bastara al gobierno invocar causas de utilidad pública para expropiar las tierras y cederlas a las transnacionales. Uso y ocupación superficial Al respecto se indica:
Artículo 92- La contraprestación, los términos y las condiciones para la adquisición, uso, goce o afectación de los terrenos, bienes y derechos necesarios para realizar las actividades de Exploración y Extracción de hidrocarburos serán negociados entre los propietarios, poseedores o titulares de dichos terrenos, bienes o derechos y los Asignatarios o Contratistas. Según el artículo 96 la negociación y acuerdo a que se refiere el artículo anterior deberán ser transparentes. Se indican algunos lineamientos y otros estarán en el Reglamento de la Ley. Entre otros, los Asignatarios o Contratistas podrán dar aviso a la Procuraduría Agraria para que ésta los asesore y, en su caso, los represente (sic) en las negociaciones. La Procuraduría está facultada para hacer cumplir los acuerdos y ejercer acciones legales en caso de incumplimiento. Esto implica, ni más ni menos, que las tierras les serán arrebatadas a sus poseedores. La participación de la Procuraduría Agraria será en contra de los mismos y a favor de las transnacionales. Indica la ley que la Sener “podrá prever la participación de testigos sociales en los procesos de negociación”. Sabido es que estos “testigos” son previamente comprados por el mismo gobierno. En el artículo 97 se indica que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales “elaborará y mantendrá actualizados tabuladores sobre los valores promedio de la tierra”. En caso de no existir acuerdo entre las partes, se turnará el caso al Juez de Distrito o se pedirá la mediación del Instituto para la adquisición de los terrenos Si no se llega a un acuerdo el Instituto notificará a la Sener y ésta propondrá al Ejecutivo federal, de acuerdo a lo indicado en el artículo 101, “la constitución de una servidumbre legal de hidrocarburos por vía administrativa o la expropiación en términos de las disposiciones jurídicas aplicables”: Esto es, digan lo que digan, opóngase quien se oponga, las tierras serán quitadas a sus poseedores y entregadas a las transnacionales. El mismo gobierno se encargará de estas gestiones. Impacto social Se indica que los proyectos relacionados serán respetuosos de los derechos
humanos, que se hará un estudio de impacto social, que se
salvaguardarán los derechos de grupos vulnerables y que la Sener
realizará procedimientos de consulta a las comunidades y pueblos
indígenas.
Palabrería y lugares comunes, nada más. También se creará una Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección Ambiental. Transitorios De acuerdo al artículo segundo transitorio se deroga la ley petrolera del 29
de noviembre de 1958.
De acuerdo al artículo tercero se deroga todo lo que se oponga a la nueva ley de Peña Nieto. Esta ley tendrá un reglamento, se indica en al artículo cuarto. Según el artículo octavo, la CNH podrá adjudicar a Pemex, alguna de sus subsidiarias o filiales u otra empresa productiva del Estado, un contrato para la comercialización de hidrocarburos, el cual no podrá tener una vigencia superior al 31 de diciembre de 2017 y no podrá ser prorrogado ni renovado. Esto significa que, a partir de 2018, la comercialización de hidrocarburos será contratada de manera privada y el robo será un hecho. Según el artículo noveno, la CNH emitirá los lineamientos para que tanto Pemex como el Instituto Mexicano del Petróleo transfieran a la Comisión el total acceso a la información, incluyendo la información geológica y geofísica de campo. De acuerdo al artículo décimo segundo, Pemex transferirá los recursos y contratos necesarios para la creación del Centro Nacional de Control de Gas Natural, a efecto de que este administre la infraestructura para el transporte por ducto y el almacenamiento de gas natural. Pemex y sus organismos subsidiarios pasarán a ser usuarios de este sistema de gas. Según el artículo décimo sexto transitorio, a partir de la aprobación de esta Ley, la Sener y la CRE ... podrán otorgar en el ámbito de sus respectivas competencias los permisos para el Tratamiento y refinación de petróleo, el procesamiento de gas natural, el transporte, almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción, descompresión, regasificación y expendio al público de hidrocarburos, gas licuado de petróleo, petrolíferos y petroquímicos. Lo anterior significa que la privatización será inmediata. Con relación al expendio al público de gasolinas y diesel, se indican diversos lineamientos. Durante 2014, los precios de las gasolinas Magna y Premium y del diesel aumentarán mensualmente 9, 11 y 11 centavos por litro. A partir del 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2019 los precios se ajustarán mensualmente de acuerdo a la tasa de inflación. A partir del 1 de enero de 2020, se aplicará lo que dispone esta ley (artículo 77) a cargo de la CRE. A partir de la entrada en vigor de la ley y hasta el 31 de diciembre de 2018 podrán otorgarse permisos de importación de gasolina y diesel a Pemex. A partir del 1 de enero de 2019, los permisos se otorgarán a cualquier interesado. Los permisos para el expendio al público de gasolinas y diesel serán otorgados por la CRE a partir del 1 de enero de 2017. Se indica en el artículo vigésimo primero que el Servicio Geológico Mexicano deberá transferir a la CNH la información sobre el potencial gasífero asociado a yacimientos de carbón mineral. Finalmente se hacer adecuaciones de reforma a la Ley minera en materia de gas asociado a los yacimientos de carbón mineral, así como a la Ley de asociaciones público privadas.
Complejo petroquímico Pajaritos, de Pemex. La petroquímica fue ELIMINADA en la ley de Peña
Barco de Oceanografía, contratista que defraudó a Pemex
La reforma constitucional en materia energética representa la
desnacionalización eléctrica y petrolera, caracterizada por el
cambio en el régimen de propiedad que volvió a ser privado. La ley
de hidrocarburos expresa la desintegración total de la industria
petrolera y la privatización de todas las fases del proceso de
trabajo.
Se trata de la mayor infamia contra la nación. Es la peor agresión en los últimos 500 años posteriores a la conquista española. Sin ninguna necesidad, sin argumentación convincente, ni datos, ni análisis, el gobierno de Peña Nieto se abrogó la propiedad de los recursos naturales energéticos e infraestructura física y los entrega al capital privado, principalmente, extranjero. Lo que vendrá será una invasión mayor a la existente. Pero el arribo de las transnacionales ha sido precedido por la invasión de un grupo de traidores que se han posesionado del gobierno y deciden contra la nación. Peña Nieto está desquiciado. Es un caso enfermizo y demencial. Lobotomizado por el imperio, en el discurso niega que hay privatización energética pero, en los hechos, es justamente lo que propone. No lo hace de manera parcial sino en su totalidad, es demasiado agresivo. Se trata del engaño más vil a la nación. La llamada “modernización” es el robo descarado del patrimonio energético y su entrega al capital extranjero. La ley de hidrocarburos es la expresión jurídica de la privatización compulsiva a ultranza. 1. La ley, que antes era para la industria nacionalizada, ahora es para “regular” a la industria petrolera privada. 2. Se define burocrática y parcialmente a la industria petrolera, ELIMINANDO explícitamente a la petroquímica. 3. La industria petrolera queda desintegrada en su totalidad. 4. Todas las fases del proceso de trabajo se privatizan. La privatización consiste en la transferencia de funciones estratégicas al capital privado, para que este extraiga y transforme a los recursos naturales energéticos, con infraestructura de su absoluta propiedad privada. 5. Los mecanismos de la privatización incluyen contratos de todo tipo y permisos privados, mismos que operan en la exploración y extracción de hidrocarburos, refinación de petróleo, procesamiento de gas, transporte, distribución y almacenamiento de hidrocarburos, gas, petrolíferos y petroquímicos, y su comercialización. Es decir, se privatiza absolutamente TODO el proceso de trabajo petrolero. 6. La regulación queda a cargo de la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Comisión Reguladora de Energía, ambas con rango constitucional y autonomía para instrumentar la privatización a discreción. La primera otorgará los contratos, la Sener y la CRE se encargarán de los permisos privados. Además, harán los trámites para la ocupación de los terrenos. 7. Pemex queda reducida a empresa, con facultades acotadas y fragmentadas, para encargarse solamente de la menor parte del proceso de trabajo, tanto en tierra, como en mar y en las estructuras transfronterizas. 8. La propiedad de los hidrocarburos (sea de la nación o del Estado) es ficticia, solamente estando en el subsuelo, donde carecen de valor; en la superficie, la propiedad podrá ser de las transnacionales, las que tendrán también el derecho de registrar los contratos y beneficios esperados a su nombre. Esto significa que podrán registrar las reservas de las que sean partícipes. 9. Los contratos podrán pagarse en especie, es el caso de los de producción compartida o licencias, implicando que tal especie serán hidrocarburos comercializables. 10. La comercialización de los hidrocarburos quedará en manos de contratistas legalizando la opacidad, la corrupción y el gigantesco robo. El atraco es mayúsculo y opera bajo un manejo fascistoide para imponerlo. Hay colusión deliberada para el crimen. Funcionarios, legisladores, empresarios, partidos políticos, medios, periodistas y sicarios forman parte del mismo equipo. Dinero y fuerza es lo que vale. Las razones, estudios, análisis, son innecesarios y estorbosos. Todo queda en calidad de “razones de Estado” que implica la aceptación de las propuestas oficiales o la represión violenta. En estas condiciones cualquier sociedad está indefensa, a menos que esté suficientemente organizada y politizada, con una relación política de fuerzas favorable. No es el caso de México sino al revés. La desnacionalización petrolera y eléctrica ocurre de la manera más atroz. Para el gobierno, no basta con matar al enemigo, hay que despedazarlo y olvidarlo. Eso hace con la expropiación petrolera y nacionalización eléctrica, tergiversando la historia, olvidándola y negando todos sus valores para apropiarse de las mismas. La “izquierda”, por su parte, no entiende absolutamente nada, nunca lo ha hecho. Los trabajadores están arrullados por el charrismo, secuestrados en sus propias organizaciones, los universitarios escondidos entre sus seis paredes, los intelectuales debajo de la cama, los llamados periodistas zalameros con el Estado, los políticos corrompidos hasta la médula, en suma, un ambiente ficticio, rastrero y pusilánime. La juventud está ausente, junto con la mayoría de la población tiene como preocupación inmediata sobrevivir, sin trabajo, sin comida y sin techo, en ocasiones sin esperanza e, incluso, sin fe. ¿Quién nos liberará? ¡Nadie!, así como se oye: ¡Nadie! Porque no se puede ni se debe. O nos liberamos todos, en interrelación dialéctica y en la lucha social, o nadie lo hará. Esta lucha no es individual sino colectiva. Argumentos los hay, también programa y política. Allí está la Política Energética Independiente y el Programa Obrero de México, por ejemplo. ¿Qué hace falta? Que nos decidamos a trabajar y luchar organizados. Se dice fácil pero no ocurre en la práctica. Cada quien jala por su lado, muchas veces en contra. Hay excepciones honrosas pero necesitamos una sola organización, estructurada y entrelazada, a nivel nacional. Esto que parece tan sencillo, implica trabajar en colaboración, dejando atrás los métodos primitivos que tantos defectos atávicos y derrotas han traído. ¿Por qué las generaciones actuales se limitan a mirar de lejos y en silencio? Antes, hasta los niños fueron partícipes. Así ocurrió con la expropiación petrolera, nacionalización eléctrica y, la propia Revolución Mexicana. Los niños y mujeres no solo acompañaron al movimiento, participaron en combate e, incluso, dirigieron tropas. ¿Por qué ahora pareciera que nada los conmueve? Antes, la ofensiva del contrario también era muy fuerte pero era mayor la dignidad. Hoy, hay muchos pretextos que dejan al contrario el camino libre para que haga lo que quiera. Peña Nieto es un criminal y las pruebas son sus propios hechos. En materia energética no solo traiciona a la nación, la está hundiendo proyectando un futuro de hambre y de sed. Peña, con su política proimperialista, está forjando un futuro miserable para la nación. No son dichos, basta leer sus propuestas legislativas. La legislación energética secundaria debe ser rechazada en su totalidad. Pero impedirla no es tarea de los legisladores ni de los partidos políticos porque no lo harán, la tarea es de la población movilizada en todo el territorio nacional. Hay que salir a las calles y plazas públicas, moverse dentro y fuera de los centros de estudio y de trabajo, hay que manifestarse en voz alta, basta ya de apatía. De no hacerlo ahora, mañana se hará, será más difícil pero se hará y habrá re-nacionalización energética. Nada será olvidado y los traidores serán juzgados por la propia ira del pueblo. Frente de Trabajadores de la Energía, de México Esta página es construida por trabajadores del sector energía.
La información contenida puede citarse total o parcialmente, mencionando la fuente.
|
|