Comisión Federal de Competencia
Organismo supuestamente “autónomo” que
procede a favor de los intereses monopólicos privados. Las decisiones las
toman 5 burócratas al servicio del Ejecutivo Federal. En materia
eléctrica, esta Comisión es co-responsable de la fraudulenta
privatización furtiva expresada en la ilegal “Industria
Eléctrica Mejicana”
La Comisión Federal
de Competencia (CFC), es un "órgano administrativo desconcentrado de la
SECOFI", dotado de autonomía técnica y operativa, tiene por objeto
promover la competencia y evitar las prácticas monopólicas; y,
proteger el proceso de competencia y libre concurrencia mediante la
prevención y eliminación de monopolios, prácticas
monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de
los mercados.
Para dictar sus resoluciones se consideran: la Ley Federal de
Competencia Económica (LFCE), el Reglamento de la Ley Federal de
Competencia Económica (RLFCE), el Reglamento Interior de la
Comisión y las demás disposiciones que resulten aplicables, es
decir, la legislación sectorial, según la SECOFI: Transportes,
Telecomunicaciones, Energéticos, Financiero, Comercio, etc. La Ley
Federal de Competencia Económica se publicó en el Diario Oficial
de la Federación de 24 de diciembre de 1992, y entró en vigor el
22 de junio de 1993. En dicha Ley se creó a la CFC. El reglamento de esta
ley (RLFCE) fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, hasta el
4 de marzo de 1998, y cinco meses más tarde, el 25 de agosto de 1998, se
publicó el Reglamento Interior de la Comisión. Las decisiones
se toman en el Pleno, y la comisión se integra por cinco comisionados
(designados por 10 años), pero sesiona con un mínimo de 3
incluyendo en cualquier caso al Presidente (o el comisionado que lo sustituye,
designado por el propio presidente). Los nombramientos son por riguroso
dedazo del Titular del Ejecutivo Federal (LFCE, Arts. 26 y 28). La CFC
no tiene delegaciones ni representaciones regionales, sesiona
periódicamente, previa convocatoria publicada en el DOF. Procede de
oficio o a petición de parte. La creación CFC fue un paso
preparatorio al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN),
aprobado y puesto en vigor, el 1º de enero de 1994, que contiene infinidad
de compromisos respecto a adoptar o mantener "medidas que prohíban
prácticas de negocios contrarias a la competencia" del tipo "Antitrust",
obligatorios para organismos en la órbita de Washington (internacionales,
como el Banco Mundial, o regionales, como el Banco Interamericano de
Desarrollo). En el TLCAN no se mencionan por su nombre ni la CFC ni la LFCE,
pero en los tratados comerciales firmados posteriormente por México con
EU, con la Unión Europea y con Israel, hacen referencia específica
a la legislación indicada. Algunos casos son representativos de la
actuación de la CFC en el sector energético dan cuenta del proceso
que constituye la creación furtiva de la denominada "Industria
Eléctrica Mejicana", que abarca desde la planeación,
diseño, construcción, operación y mantenimiento de
instalaciones para generación de energía eléctrica e
instalaciones relacionadas, así como a la generación y
comercialización de energía eléctrica, mediante infinidad
de empresas pequeñas que nace, crecen, se reproducen y mueren,
según las necesidades de la "ingeniería financiera" privatizadora.
Dos ejemplos, hay más, ilustran a esta fraudulenta
Comisión: 1.- AEP Resources Inc (AEP) adquiere "indirectamente" la
mitad de las acciones representativas del capital social de Energía
Azteca (El Bajío), operación cuyo contrato de compraventa de
energía celebrado con la Comisión Federal de Electricidad (CFE)
constituye la parte sustancial de la recuperación de la inversión
realizada en "El Bajío". Posteriormente, AEP y CSW se fusionan y acumulan
sus activos, incluyendo todas sus subsidiarias en México: Energía
de Mexicali S de RL de CV, Energía Azteca VIII S de RL de CV, Operaciones
Azteca VIII S de RL de CV, Servicios Azteca VIII, S de RL de CV y
Compresión Bajío S de RL de CV por parte de AEP y Energía
Internacional CSW SA de CV, Aceltek SA de CV, Enertek SA de CV, Cinergy S de RL
de CV, Servicios Industriales y Administrativos del Noroeste S de RL de CV,
Servicios Corporativos e Industriales del Noroeste SA de CV y Enerrey SA de CV
por parte de CSW. Todas las propuestas de las transnacionales privadas, son
avaladas por la CFC. Cabe mencionar que CSW también tiene acuerdos de
concentración con Iberdrola (Expediente: CNT-70-2001,del 17 de mayo de
2001), en el cual Iberdrola adquirió los activos de Coenergy SA de
CV (Coenergy) y Energía Internacional de CSW SA de CV (una planta
generadora de electricidad y vapor ubicada en el estado de Tamaulipas). 2.-
Shell, a través de la Compañía Samalayuca II SA de CV,
empresa subsidiaria de Shell para desarrollar el proyecto de generación
de electricidad ubicado en Samalayuca, Chihuahua, anunció la
adquisición de parte de Intergen. Como consecuencia, Shell
adquirió en México participación accionaria "indirecta" en
Samalayuca, Samalayuca II y TermoNoreste. Posteriormente, la
reestructuración corporativa a nivel internacional entre Shell y Bechtel,
transfirieron su participación accionaria en Intergen e Intergen NA
Holdings, a favor de International Holco, NA (ICO), una empresa contratista
constituida por la propia Shell y Bechtel. Como consecuencia de lo anterior, ICO
tomó participación "indirecta" en el capital social de las
subsidiarias mexicanas de Intergen. Existen más casos que sería
interesante detallar. Lo más importante es impedir que esta
Comisión siga favoreciendo la entrega del patrimonio nacional a supuestos
inversionistas, verdaderos atracadores internacionales. Es el caso de la
intervención en México de Enron, a través de Azurix
Cancún S de RL de CV, subsidiaria de Enron, cuyas actividades principales
abarcan la exploración, producción, transportación y
distribución de gas natural; las comunicaciones, y la generación
de energía eléctrica y solar. Otro caso es Tractebel SA,
empresa con participación en "una planta de cogeneración de
energía eléctrica con capacidad de 17 Mw, ubicada en el estado de
Tamaulipas" compró a Enron Energía Industrial de México S
de RL de CV que financiaba otro proyecto para una planta de cogeneración
de energía eléctrica de 245 Mw en Nuevo León. Enron
también tenía acuerdo de participación "minoritaria" en
Grupo Tribasa. En suma, la CFC y Comisión Reguladora de
Energía (CRE) son comisiones hermanas e hijas de la misma propuesta
privatizadora. Ambas son anticonstitucionales y traidoras a México. La
CRE se encarga de otorgar los permisos privados a las transnacionales, la CFC
los refuerza favoreciendo el monopolio privado. Más de 100 empresas
está operando ya en México, todas en la ilegalidad. A ese fraude
le llaman “Industria Eléctrica
Mejicana”
Referencias
17 de diciembre de 1999
AEP Resources, Inc / Intergen Denmark Aps / Energía Azteca VIII, S de RL de CV
CNT-189-99 y RA-12-2000
El Pleno de la Comisión Federal de
Competencia resolvió no objetar la concentración entre AEP
Resources, Inc; Intergen Denmark Aps, y Energía Azteca VIII, S de RL de
CV condicionándola a modificar la cláusula de no competencia
incluida en el contrato de compraventa.
9 de junio de 2000
American Electric Power Inc/ Central and Southwest Corporation
CNT-82-2000
El Pleno de la Comisión Federal de Competencia resolvió autorizar la
concentración entre American Electric Power Inc y Central and Southwest
Corporation.
26 de octubre de 2000
Shell Oil Company / Bechtel Enterprises Holdings Inc
CNT-180-2000
El Pleno de la Comisión Federal de Competencia resolvió autorizar la concentración entre Shell Oil Company y Bechtel Enterprises Holdings Inc.
6 de marzo de 2001
Shell Oil Company / Intergen Enterprises Holdings, Inc
CNT-41-2001
El Pleno de la Comisión Federal de Competencia resolvió autorizar la concentración entre Shell Oil Company e Intergen Enterprises Holdings, Inc.
Sobre ENRON:
CNT-08-99; Concentración Azurix Cancún, S de RL de CV / PDM, SA de CV / Desarrollos Hidráulicos Cancún, SA de CV
CNT-14-2001; Concentración Azurix Corp / Enron BW Holdings LTD
CNT-188-99;
Concentración Enron Power Corporation / Grupo Tribasa, SA de CV
CNT-123-2001; Concentración Tractebel, SA / Enron
Energía Industrial de México Holdings, BV
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