Iniciativa Eléctrica del PRI /2
Se propone una nueva Ley de Servicio
Público de Energía Eléctrica. La pretensión queda
incompleta porque la iniciativa atiende solo a cuestiones administrativas, las
políticas las elude, de hecho las niega. Esa iniciativa debe revisarse
adecuadamente para atender el reclamo del pueblo de México.
¡Qué bien que NO se Modifique la Constitución, qué mal
que desnaturalicen a la industria eléctrica nacionalizada! Eso es
fragmentar la realidad, es pseudoconcreción, es política
borrosa.
La iniciativa eléctrica del PRI se integra con
varias propuestas: una nueva Ley de Servicio Público de Energía
eléctrica (LSPEE), una nueva Ley Orgánica de la Comisión de
Electricidad y la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
Se
ha anunciado un posible dictamen próximo a las iniciativas presentadas.
En consecuencia, no haremos un análisis exhaustivo. Se discute la
iniciativa del PRI en lo general, y en lo particular, concluyendo
enseguida.
Ley de Servicio
Público de Energía Eléctrica
Titulo Primero - Del servicio
público de energía eléctrica
Disposiciones Generales
En el capítulo I Disposiciones Generales, se expresan de entrada
las disposiciones indicadas por los artículos 25, 27 y 28
constitucionales. ¡Esto es correcto!
Después, con
relación a la Naturaleza del Servicio Público, la propuesta define
en el artículo 3 precisamente al servicio público. Se indica que
el servicio público de energía eléctrica
comprende:
“I. El sistema eléctrico nacional, conformado por las
actividades de generación, conducción, transformación,
interconexión, distribución y venta de energía
eléctrica a nivel nacional y de exportación e importación
de electricidad, así como por todos los bienes, plantas, instalaciones,
equipos, redes, medios y derechos...
“II. La planeación del
sistema eléctrico nacional, y
“III. La realización de
todas las obras, instalaciones y trabajos requeridos para la planeación,
ejecución, operación y mantenimiento del sistema eléctrico
nacional”
Lo anterior es correcto pero incompleto. Debe incluirse que,
corresponden también al servicio público de energía
eléctrica las actividades de control (referido al control
eléctrico y electrónico), así como la realización
de la investigación científica y desarrollo tecnológico
en la materia. La razón es sencilla, estas actividades son parte del
proceso de trabajo eléctrico.
En el artículo 5, la iniciativa
indica que “El servicio público de energía eléctrica
tiene como característica esencial su unidad” Hasta allí, va
más o menos. Luego agrega, “La unidad del servicio público
es entendida como el conjunto de bienes, sistemas, equipos y plantas que hacen
posible la generación, conducción, ...., considerados como un todo
indivisible, por lo que implica la identidad orgánica como sistema
eléctrico nacional...” Hasta allí, bien. Enseguida viene la
contradicción, pues dice “... de las entidades a que se refiere el
artículo 11”, esto es, CFE y LFC. ¿Dónde quedó
la unidad, el todo indivisible, la identidad orgánica como sistema
eléctrico nacional? En palabrería, la propuesta del PRI no se
sostiene más allá de los primeros artículos.
La
propuesta priísta no es consecuente con su argumentación inicial.
Si de verdad propusieran la unidad, un todo indivisible, la identidad
orgánica del sistema eléctrico nacional, no necesitarían
tanto rollo, eso es la integración industrial. Pero eso no
es lo que proponen, al contrario, la integración la eluden y terminan por
negarla, dejando inconclusa a la nacionalización.
De los organismos encargados...
Primero se indican Disposiciones comunes. En el artículo 11 se
indica que “tratándose del servicio público de
energía eléctrica no se otorgarán concesiones a los
particulares...” ¡Muy bien! Luego, dice que “Se reconocen
limitativamente como entidades que tienen a su cargo el servicio
público...” a CFE y a LFC. ¡Eso no está bien! Si se
atiende a la superficie, muchos dirán que es correcto pero, eso, es la
apariencia. Con tal reconocimiento no únicamente se actúa
pragmáticamente sino que, significa cancelar la culminación de la
nacionalización. Esta ha sido un proceso que debe culminar con la cabal
integración industrial. Eso no lo propone el PRI, más bien lo
elude y niega, al igual que el PRD.
De la Comisión Federal de Electricidad
En el artículo 17 de la propuesta priísta se define a la
CFE. Allí se indica que es un organismo público descentralizado
“multiservicios y multienergético” ... “con
autonomía financiera y de gestión y vertical y horizontalmente
integrado...” Hay mucho rollo, la integración de que se habla no es
tal. La referencia a la integración, solamente de CFE, es mantener la
discusión al nivel de la empresa. Ese es un concepto viejo, obsoleto,
históricamente superado. En materia eléctrica, el concepto es
industrial no de empresa, la integración se aplica a la industria no a la
empresa, menos tratándose de una industria nacionalizada. ¿O, acaso
en México se trata de dos nacionalizaciones correspondientes a dos
industrias diferentes?
En el siguiente artículo se define qué
se entiende por autonomía financiera y de gestión. Dice la
propuesta que es “la facultad de administrar en forma directa sus
presupuestos anuales derivados de sus ingresos propios y de las transferencias
que se le hagan de acuerdo a las disposiciones legales...” Agrega
“así como la facultad de tomar racionalmente las decisiones
necesarias para el cumplimiento de su objeto...”
La apariencia
engaña, nos e trata del simple funcionamiento sino del carácter
funcional que se pretende, esto es, un funcionamiento de empresa privada,
propuesta que el PRI elabora cuidadosamente ocultándola y sin detenerse a
mirar las consecuencias como si el mercado fuera a comportarse de manera
diferente en este caso.
Lo que están proponiendo es un nuevo modelo
de empresa pública-privada o privada-disfrazada, contrario al
espíritu de la nacionalización y las nuevas responsabilidades que
de la misma se derivaron, incluyendo a las nuevas relaciones de
producción.
De Luz y Fuerza del Centro
En los artículos 24 al 27 se define a LFC en términos
similares a CFE, la diferencia es que a LFC se le asigna nadamás la parte
central del país. Según el artículo 25, LFC
“gozará de autonomía financiera y de gestión”
Según el concepto de “unidad del servicio público”,
dicen los priístas que LFC deberá “respetar la
planeación” que se establezca.
De acuerdo a lo previamente
señalado, la autonomía de gestión que se propone para LFC
la conducirá al desastre pues LFC casi no genera energía
eléctrica, únicamente la distribuye revendiéndola.
¿Con qué recursos propios podrá mantener el “Programa
Anual de Inversiones propias?” ¡Aumentando las tarifas,
necesariamente! ¿Para eso quiere el PRI la autonomía de
gestión? ¿Podrá manejarse LFC como empresa privada
habiéndola quebrado previamente?
De la planeación del sistema eléctrico nacional
De entrada las facultades para la planeación energética
nacional se mantienen a cargo de la Secretaría de Energía, misma
que hace lo contrario pues planea para los Estados Unidos de
Norteamérica.
En el artículo 29 se establece que “La
planeación del sistema eléctrico nacional” será
realizada por la CFE, “por conducto del Consejo Superior de
Planeación Estratégica del subsector eléctrico” Esta
es una novedad si bien insuficiente.
En el artículo 30 se indican los
documentos básicos de la planeación a largo plazo, siendo el
denominado “Desarrollo del Mercado Eléctrico” referido al
diagnóstico de los 5 años previos y al pronóstico de los
siguientes 10 en materia de consumo y demanda; el denominado “Programa de
Obras e Inversiones del Sector Eléctrico” y el denominado
“Costos y Parámetros de referencia para la
Construcción” Se indica, asimismo “Una proyección
financiera a diez años”
En la planeación se
señala que, deberán considerarse “los proyectos de
cogeneración con Petróleos Mexicanos” Esto último es
correcto.
Lo anterior suena más o menos, pero lo adecuado es
establecer el Plan Eléctrico Nacional referido al desarrollo de la
industria eléctrica nacionalizada integrada, el que
contendría a su vez los Programas Estratégicos de Desarrollo
Eléctrico, que no únicamente podrían ser el POISE y el
COPAR, sino también el Programa de Investigación y
Desarrollo (PID), entre otros.
De las obras e instalaciones necesarias
En el artículo 36 se indica que “para al
realización de obras e instalaciones necesarias para la prestación
del servicio público de energía eléctrica”, la CFE
deberá “Hasta donde su desarrollo tecnológico lo permita,
efectuar el diseño con su propio personal técnico”
¡Correcto!
Sin embargo hace falta lo concerniente al desarrollo
tecnológico que el PRI, al igual que el PRD, no lo considera como parte
de la industria eléctrica.
Del suministro de energía eléctrica
En este apartado se indican las condiciones para el suministro de
energía eléctrica “a todo el que lo solicite”, la
suspensión del mismo y otras disposiciones administrativas.
De las tarifas de venta y porteo de electricidad
Aquí empieza lo más malo. Se indica en el artículo
47 de la propuesta que, “La venta y porteo de energía
eléctrica se regirán por las tarifas que apruebe la
Comisión Reguladora de Energía”
Esto es completamente
incorrecto, porque tal comisión está convertida en una entidad
privatizadora al servicio del capital extranjero. No hay ningún elemento
convincente para mantener la existencia de dicha comisión, menos para
sugerir su fortalecimiento.
En el artículo 48 se señala que,
la CRE “fijará las tarifas de porteo, de venta y de respaldo de la
energía eléctrica, su ajuste o su reestructuración”
Asimismo, esa Comisión “podrá fijar tarifas especiales de
venta en horas de demanda máxima, demanda mínima o una
combinación de las demás”
¿Qué quiere decir
lo anterior? ¿Porqué esas tarifas especiales? ¿Están
hablando del mercado eléctrico privatizado? Sí, únicamente
disfrazado, el modelo es el mismo.
Una agravante es otorgar las facultades
que se pretende otorgar a la CRE, misma que ha faltado a su supuesta
honorabilidad habiendo transgredido a la Constitución,
corrompiéndose en breve lapso y entregando el patrimonio nacional.
¡Esa comisión debe desaparecer, jamás debe fortalecerse! La
propuesta es inaceptable.
Título Segundo- De
las actividades autorizadas fuera del servicio público de
electricidad
Disposiciones generales
En el artículo 52, la iniciativa priísta hace lo mismo
que Salinas hizo en 1994 apoyado por cierto por los legisladores del PRI.
Declara la iniciativa que “no forma parte del servicio público, y
solo podrá será autorizada como actividad excepcional... la
producción de energía eléctrica, por medio de
procedimientos de generación convencional o por
cogeneración..”
Esto es verdaderamente desafortunado. Pareciera
error de redacción pero no, está bien pensado, es parte de la
política borrosa que enmascara los propósitos adornándolos
suficientemente. La producción de energía eléctrica por
medio de “procedimientos de generación convencional” es todo
lo que actualmente y en el futuro próximo se hará en cualquier
parte del mundo. ¿Apoco los asesores del PRI no saben que la
termoelectricidad, en cualquiera de sus formas, la hidroelectricidad y otras,
son formas de generación convencional?
Por otra parte, cuando se
habla de cogeneración se incurre en el mismo discurso de ahora,
manipulador y falso tendiente a favorecer a discreción a los
permisionarios solicitantes.
La iniciativa dice que, No constituye servicio
público la generación eléctrica que, como actividad
complementaria de éste y previa licitación y previo permiso
otorgado por la autoridad competente, realicen productores independientes
única y exclusivamente para su venta a la Comisión Federal de
Electricidad...”
Rápido se acabó el encanto, los
priístas repiten lo mismo que Salinas de Gortari en 1992. De esta manera,
su propuesta legitima tales reformas anticonstitucionales al tiempo que
contradice la “intención del legislador” de los mismos
priístas, encabezados por Bartlet secretario de gobernación de
Salinas, y legitima la privatización eléctrica furtiva.
Los
priístas han dicho que “ponen candados” pero
¿cuáles? La “previa licitación”, el “previo
permiso” otorgado por la autoridad competente, o sea, la CRE. ¡Eso es
una burla!
Con esa argumentación, todo lo que ha hecho Fox para
privatizar a la industria eléctrica en los hechos estaría muy
bien. Ahora, podría seguir esa privatización mejor, con la ley en
la mano. Basta que algún burócrata otorgue un “permiso
previo” para que tal actividad deje de considerarse como servicio
público. Así lo indican en el artículo 54 de su propuesta.
Los asesores priístas son más grillos que los perredistas, pero
igualmente mañosos.
En el artículo 55 se explicita que la CRE
“podrá otorgar permisos de autoabastecimiento, de
cogeneración, de producción independiente, de importación o
de exportación de energía eléctrica” En el
artículo 56, se explicita también que “Si un permisionario
requiriese hacer uso temporal de la red del sistema eléctrico
nacional” este podrá hacerse “previo convenio” con la
CFE. Otra vez, la CRE establecerá las metodologías. Esto es, se
prevé facilitar la red eléctrica a los permisionarios privados,
exactamente como ahora ocurre, ¿cuál es el cambio en la iniciativa
priísta?
De los permisos para la realización de actividades fuera del servicio público
En la siguiente parte, los priístas detallan lo correspondiente
a cada tipo de permiso, los requisitos para las solicitudes y algunas
modalidades. Eso no sirve de mucho, actualmente también existen ¿y
qué? No se respetan, se ejerce el supuesto derecho para otorgar permisos,
lo demás no importa.
Actualmente existen restricciones, sin embargo,
en la práctica prevalece la corrupción y la traición,
tratándose de los casos de autoabastecimiento, cogeneración o
producción independiente. Que los productores privados deban generar
energía eléctrica únicamente para su venta a la CFE no es
ninguna solución ni representa ningún “candado”, al
contrario es favorecer una privatización disfrazada asegurando la
ganancia de los capitalistas privados. Eso ya ocurre actualmente, ahora el PRI
propone legalizar esas actividades, lo cual es inaceptable.
Lo mismo puede
decirse respecto a la importación y exportación de electricidad.
Los requisitos son mínimos y hasta ridículos. Por ejemplo, esas
actividades “deberán realizarse a través de la red del
sistema eléctrico nacional” ¡Faltaba más!
Disposiciones diversas
En esta parte se indican una serie de acciones administrativas
tendientes a concretar lo arriba señalado. En el artículo 80 se
dice que “Los permisos de autoabastecimiento y cogeneración
tendrán duración indefinida” En el 81, se establece que
“Se podrá solicitar la ampliación del permiso de
autoabastecimiento y de cogeneración...” Esto es lo que ahora
ocurre y, al respecto, la CRE ha logrado mucha experiencia. Así es como
suman ya 200 permisos que representan un tercio equivalente de la actual
capacidad eléctrica efectiva en operación. Indican los
priístas que, justamente, será la CRE quien otorgue esos
permisos.
De la compra de electricidad producida por permisionarios
Para redondear su propuesta borrosa, el PRI señala que la CFE
podrá firmar contratos marco de compra de excedentes despachables,
así como contratos de compromiso de capacidad y compra firme de
excedentes a mediano y largo plazos “de autoabastecedores y
cogeneradortes”
Entonces, ¿cuál autoabastecimiento,
cuál cogeneración? Son sólo eufemismos para disfrazar los
negocios privados. En el caso de los permisos de producción independiente
la situación es peor. En este caso la adquisición de electricidad
“será obligatoria” para la CFE de acuerdo a lo establecido
por la CRE pudiendo haber revisión y prórroga de los
contratos.
Después, la iniciativa se refiere a las sanciones y el
recurso Administrativo así como a la Competencia. Rollo, lo principal ya
está acordado.
Conclusión
Al igual que el PRD, el PRI propone algo importante: no modificar
la Constitución ¡Estamos de acuerdo!
Pero, el PRI al igual que
el PRD, incurre en propuestas inaceptables que tratan de meter furtivamente
aprovechando el viaje legislativo. La iniciativa del PRI, sobre la Ley de
Servicio Público de Energía Eléctrica, es más
elaborada que la del PRD, también más borrosa, pero igualmente
inaceptable por las siguientes razones:
- La iniciativa del PRI legitima la privatización eléctrica
furtiva, en consonancia con las reformas de Salinas de Gortari de 1992. A
diferencia del PRD, los priístas no se hablan de la “pequeña
producción” (que no es tal), sin embargo, se mantienen las
demás figuras que han llevado a la privatización eléctrica
en la práctica. Si de verdad se quieren poner limitaciones, el
autoabastecimiento solamente debe ser permitida tratándose de comunidades
rurales organizadas (y apoyadas por el Estado) y situaciones de emergencia; la
cogeneración solo debe ser autorizada tratándose de
Petróleos Mexicanos (Pemex); y, la producción privada
independiente (PIE) debe ser suprimida. En cualquier caso, el autoabastecimiento
y la cogeneración con Pemex se considerarán parte del servicio
público sujetas a autorizaciones especiales.
- La iniciativa del PRI legitima a la CRE y le otorga mayores facultades, lo
mismo que el PRD. Ahora el PRI propone que esta comisión fije las tarifas
de porteo, de venta y de respaldo de la energía eléctrica, su
ajuste o su reestructuración, esto es, se le autoriza para
aumentar las tarifas eléctricas de todo tipo. Que esta
comisión tenga tales facultades no representa ninguna garantía
para el desarrollo social mexicano sino al contrario, es seguir favoreciendo la
corrupción y la traición a México.
- La iniciativa del PRI desnaturaliza a la nacionalización, igual que
el PRD, con la propuesta de una supuesta autonomía a CFE y LFC para que
funcionen como empresas privadas siendo estatales, al tiempo que elude y niega
la cabal integración de la industria eléctrica. Se está
proponiendo un status de “estado dentro de otro estado” con una
visión parcelada de la realidad, específicamente la social, como
si la nacionalización hubiera sido para que funcionara bien una empresa y
no el país. No, no se trata de productivismo sino de desarrollo
social democrático para México.
Epílogo
La propuesta del PRI, con relación a la iniciativa de Ley
del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), debe
DESECHARSE por inconveniente al interés nacional y contraria a la
nacionalización misma.
Una nueva LSPEE solamente se justifica si
sirve para culminar la nacionalización no para cancelarla. La iniciativa
mantiene el respeto a la Constitución pero incorpora un conjunto de
disposiciones que, de aprobarse en sus términos, implicarían una
privatización disfrazada. Como está no es posible aceptarla.
¡Que se abra un período para la discusión social! Que se
revise y corrija. Hay una experiencia previa desfavorable a las propuestas
priístas, también hay otras propuestas no consideradas incluyendo
las propuestas históricas de la nacionalización.
La iniciativa
priísta tiene algunas cuestiones correctas, sí, pero no son
suficientes para aprobar la iniciativa, la parte negativa es mayor y muy
peligrosa para el futuro independiente de México.
¿Qué
hacer?
En lo inmediato, detener la privatización furtiva revocando
los permisos otorgados indebidamente por la CRE, la misma ley actual lo
prevé y debe procederse “por así convenir a los intereses
de la Nación” ¡Solamente hace falta coherencia
política! ¿Porqué los legisladores no ejercen sus
“buenos oficios” en vez de andar maquillando a la
privatización furtiva?
En el siguiente plazo, lo que se debe hacer,
entre todos los mexicanos dispuestos, es la Ley Reglamentaria del
Artículo 27 Constitucional en Materia de Electricidad.
Las
propuestas para la industria eléctrica requieren tener como base el
contexto energético nacional y mundial.
Primero, es crucial una
Política Energética Independiente. Esto es obvio, de
acuerdo a la política (o su ausencia) se formulan las acciones. Una
verdadera política energética nacional debe incluir la cabal
Integración de la Industria Eléctrica Nacionalizada y su
adecuado funcionamiento de acuerdo a un Plan Eléctrico Nacional
elaborado por los propios trabajadores del sector, técnicos, ingenieros e
investigadores mexicanos.
¡Adelante FTE de México!
¡Unidos Venceremos!
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