Volumen 11, Número 178, enero 30 de 2011 |
30. Representación de la FSM
RESUMEN:
Ser representante de la FSM, a cualquier nivel, implica una alta responsabilidad
y un honor. Solamente los afiliados que cumplan los requisitos deben ser
electos, con la obligación de rendir cuentas, pudiéndoseles
revocar el mandato en cualquier momento.
1. Introducción
La representación general de la FSM
debe ser efectiva y no meramente simbólica. Representar a la FSM debe ser
un honor y una responsabilidad. No es suficiente obtener el nombramiento, por el
mecanismo que sea, sino ser electo por el Congreso, con base en perfiles
previamente definidos.
Un primer requisito es otorgar todos los cargos
de representación sindical solamente a quienes sean afiliados, hayan sido
dirigentes sindicales electos por sus bases, que conozcan al sindicalismo o
funciones a desempeñar y estén en capacidad de ocupar los
cargos.
2. Representantes sindicales clasistas
La FSM no puede, ni debe, ser representada
por funcionarios, en ningún nivel, ni ante ninguna instancia. Todos los
representantes de la FSM deben ser dirigentes sindicales electos por sus
bases.
Con base en el Programa, Plan de Acción, Acuerdos del
Congreso y funciones definidas por los propios Estatutos, debe haber una
representación acorde con estos objetivos políticos y de
trabajo.
Hay actividades necesarias e indispensables que se deben
realizar directamente por los representantes generales o, al menos, coordinarlas
entre los propios afiliados.
3. Conclusiones
Para asumir un cargo de representación en la
FSM se debe considerar el respaldo material y político de su propia
organización, su capacidad, disposición y compromiso para ocupar
el cargo y cumplir decorosamente con sus deberes. Los nombramientos nominales,
personales y unilaterales deben evitarse.
Todos los representantes de la
FSM deben tener la obligación de rendir cuentas a los
demás.
El incumplimiento de los deberes debe ser sancionado
mediante la revocación de
mandato.
PROPUESTAS
El FTE de México presenta al 16º Congreso Sindical Mundial las
siguientes propuestas:
ELECCIONES Y VOTACIONES
Capítulo IX. Elecciones y Votaciones.
Artículo 51. Todos los cargos del Consejo
Ejecutivo de la FSM serán otorgados a trabajadores (as) de organizaciones
afiliadas.
Artículo 52. Para ser representante de la FSM,
en cualquier cargo, se requiere:
- Ser o haber sido dirigente sindical electo por sus bases,
- Contar con el apoyo de su propia organización,
- Conocer el sindicalismo de su región y las funciones del cargo en cuestión, y
- Tener una militancia probada con y al lado de la FSM.
Artículo 53. Las votaciones relativas al
Consejo Ejecutivo de la FSM serán realizadas en el Congreso Sindical
Mundial, en forma directa, universal y secreta, con la participación de,
al menos, la mitad más uno del total de organizaciones afiliadas.
Artículo 54. Los Secretarios Regionales
serán electos en el respectivo Congreso Regional de la FSM.
Artículo 55. Todos los representantes de la FSM
tienen la obligación de rendir cuentas ante las instancias
correspondientes.
Artículo 56. Los
afiliados a la FSM podrán revocar en cualquier tiempo el mandato que
hayan otorgado. El incumplimiento o abandono de sus funciones estatutarias,
durante un año o más, es motivo de remoción inmediata para
cualquier representante.
Frente de Trabajadores de la Energía,
de México
Reunión del Consejo Presidencial de la FSM, Vietnam, 2010
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