Volumen 11, Número 178, enero 30 de 2011
 



30. Representación de la FSM




RESUMEN: Ser representante de la FSM, a cualquier nivel, implica una alta responsabilidad y un honor. Solamente los afiliados que cumplan los requisitos deben ser electos, con la obligación de rendir cuentas, pudiéndoseles revocar el mandato en cualquier momento.


1. Introducción

La representación general de la FSM debe ser efectiva y no meramente simbólica. Representar a la FSM debe ser un honor y una responsabilidad. No es suficiente obtener el nombramiento, por el mecanismo que sea, sino ser electo por el Congreso, con base en perfiles previamente definidos.

Un primer requisito es otorgar todos los cargos de representación sindical solamente a quienes sean afiliados, hayan sido dirigentes sindicales electos por sus bases, que conozcan al sindicalismo o funciones a desempeñar y estén en capacidad de ocupar los cargos.

2. Representantes sindicales clasistas

La FSM no puede, ni debe, ser representada por funcionarios, en ningún nivel, ni ante ninguna instancia. Todos los representantes de la FSM deben ser dirigentes sindicales electos por sus bases.

Con base en el Programa, Plan de Acción, Acuerdos del Congreso y funciones definidas por los propios Estatutos, debe haber una representación acorde con estos objetivos políticos y de trabajo.

Hay actividades necesarias e indispensables que se deben realizar directamente por los representantes generales o, al menos, coordinarlas entre los propios afiliados.

3. Conclusiones

Para asumir un cargo de representación en la FSM se debe considerar el respaldo material y político de su propia organización, su capacidad, disposición y compromiso para ocupar el cargo y cumplir decorosamente con sus deberes. Los nombramientos nominales, personales y unilaterales deben evitarse.

Todos los representantes de la FSM deben tener la obligación de rendir cuentas a los demás.

El incumplimiento de los deberes debe ser sancionado mediante la revocación de mandato.

PROPUESTAS

El FTE de México presenta al 16º Congreso Sindical Mundial las siguientes propuestas:

ELECCIONES Y VOTACIONES

Capítulo IX. Elecciones y Votaciones.

Artículo 51. Todos los cargos del Consejo Ejecutivo de la FSM serán otorgados a trabajadores (as) de organizaciones afiliadas.

Artículo 52. Para ser representante de la FSM, en cualquier cargo, se requiere:
  1. Ser o haber sido dirigente sindical electo por sus bases,
  2. Contar con el apoyo de su propia organización,
  3. Conocer el sindicalismo de su región y las funciones del cargo en cuestión, y
  4. Tener una militancia probada con y al lado de la FSM.

Artículo 53. Las votaciones relativas al Consejo Ejecutivo de la FSM serán realizadas en el Congreso Sindical Mundial, en forma directa, universal y secreta, con la participación de, al menos, la mitad más uno del total de organizaciones afiliadas.

Artículo 54. Los Secretarios Regionales serán electos en el respectivo Congreso Regional de la FSM.

Artículo 55. Todos los representantes de la FSM tienen la obligación de rendir cuentas ante las instancias correspondientes.

Artículo 56. Los afiliados a la FSM podrán revocar en cualquier tiempo el mandato que hayan otorgado. El incumplimiento o abandono de sus funciones estatutarias, durante un año o más, es motivo de remoción inmediata para cualquier representante.

Frente de Trabajadores de la Energía,
de México




Reunión del Consejo Presidencial de la FSM, Vietnam, 2010





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