Volumen 11, Número 178, enero 30 de 2011
 



27. Funcionamiento de la FSM /1




RESUMEN: El funcionamiento de la FSM debe ser dinámico y creativo, expresado en la realización de actividades específicas y coordinadas. Esta es una necesidad para atender los múltiples requerimientos del movimiento.


1. Introducción

De acuerdo a las definiciones de la estructura funcional, se sugiere que se establezcan las obligaciones y funciones de cada instancia y cargo de representación, a nivel interno y con relación a los organismos internacionales. Entre otras cuestiones, debe establecerse el deber de rendir cuentas a los afiliados respecto de las actividades realizadas.

2. La práctica concreta

Las obligaciones y funciones dependen de la instancia y/o cargo a desempeñar, con las especificidades del caso.

En esta propuesta se propone incorporar a los Estatutos de la FSM, algunas de las actividades que deben realizar los representantes, sin que implique limitaciones.

En todos los casos, conviene apoyarse en el trabajo de los afiliados y amigos fomentando su colaboración.

3. Conclusiones

Estas definiciones constituyen referencias para el cumplimiento de los deberes, otorgando a las representaciones una guía para cumplir sus tareas y evaluar su desempeño.

PROPUESTAS

El FTE de México presenta al 16º Congreso Sindical Mundial las siguientes propuestas:

FUNCIONAMIENTO DE LA FSM

CAPITULO VIII. Facultades y Funciones.

VIII.1. Consejo General.

Artículo 35. El Consejo General de la FSM tendrá las siguientes atribuciones y funciones:
  1. Ser un órgano permanente de consulta de la FSM para tratar los asuntos indicados en la convocatoria al mismo.
  2. Decidir acerca de las propuestas del Consejo Ejecutivo puestas a su consideración, en el marco de los acuerdos del Congreso Sindical Mundial.

VIII.2. Consejo Ejecutivo Internacional.

Artículo 36. El Consejo Ejecutivo Internacional tendrá las siguientes atribuciones y funciones:
  1. Asumir la representación de la FSM ante los organismos internacionales sindicales y organismos de la Organización de las Naciones Unidas y sus agencias especializadas.
  2. Ejecutar los acuerdos del Congreso Sindical Mundial.
  3. Coordinar la acción del Secretariado, de los Secretarios Regionales y de las Comisiones, de las UIS y de la Universidad Internacional de los Trabajadores.
  4. Coordinar la acción de los representantes de la FSM ante los diversos organismos internacionales.
  5. Convocar estatutariamente al Congreso Sindical Mundial, y a los congresos continentales y/o regionales.
  6. Rendir un informe de gestión y del manejo económico ante los Congresos.
  7. Aprobar los programas de acción sindical.

VIII.3. Presidencia.

Artículo 37. El (La) Presidente (a) tendrá las siguientes atribuciones y funciones:
  1. Presidir las reuniones del Consejo Ejecutivo Internacional.
  2. Representar, junto con el secretario general, a la FSM ante las organizaciones internacionales.
  3. Participar en los diversos eventos organizados o convocados por la FSM y sus instancias.

Artículo 38. Los (as) Vicepresidentes (as) colaborarán en las tareas del Consejo Ejecutivo Internacional y, específicamente, con el (la) Presidente (a) de la FSM, el (la) cual podrá delegar algunas de sus funciones y, eventualmente, podrán sustituirlo (a) temporalmente por acuerdo del Consejo Ejecutivo Internacional.

VIII.4. Secretariado.

Artículo 39. El Secretariado Internacional tendrá las siguientes atribuciones y funciones:
  1. Ser el organismo ejecutivo de la FSM.
  2. Ejecutar el programa de la FSM, las resoluciones del Congreso Internacional y los acuerdos del Consejo Ejecutivo Internacional.
  3. Mantener un contacto permanente con las diversas organizaciones integrantes de la FSM, especialmente, con centrales sindicales y las UIS.
  4. Ser responsable de organización de la FSM y las relaciones internacionales de las mismas, así como, de las demás actividades específicas de cada secretaría.

Frente de Trabajadores de la Energía,
de México






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