Volumen 11, Número 178, enero 30 de 2011
 



26. Las UIS de la FSM




RESUMEN: Las Uniones Internacionales de Sindicatos (UIS), junto con las centrales sindicales nacionales, regionales y/o continentales, son un pilar fundamental de la FSM. Se propone construir estructura organizativa por rama industrial, en todos los procesos de trabajo, a nivel internacional.


1. Introducción

Las Uniones Internacionales de Sindicatos (UIS) de ramas profesionales son organizaciones que forman parte de la estructura organizativa de la Federación Sindical Mundial (FSM) y tienen una larga trayectoria. Para la FSM, las UIS tienen un alto valor y constituyen uno de sus pilares organizativos básicos.

Las UIS fueron creadas en las distintas ramas industriales por acuerdo de la Conferencia Sindical Mundial realizada en 1945 en Londres y Paris, que dio lugar a la Federación Sindical Mundial (FSM). El 2º Congreso Sindical Mundial, realizado en 1949, en Milán, Italia, determinó las modalidades para el funcionamiento de las UIS. Con el tiempo, éstas se convirtieron en organizaciones internacionales con personalidad propia para la acción sindical, la unidad y solidaridad entre las organizaciones sindicales integrantes de cada UIS y en conjunto con la FSM.

2. Construcción de estructura

En la construcción de estructura, las Uniones Internacionales de Sindicatos (UIS) tienen la mayor importancia. Algunas se han reorganizado recientemente, otras vienen de antes, pero su funcionamiento es muy desigual y, en algunos casos es alentador pero, en otros, es nulo.

Es necesario dinamizar a las actuales y crear nuevas. Para ello, convendría precisar el criterio para construir y/o reorganizar a las UIS. Considerando que la forma moderna del proletariado es en grandes sindicatos de industria por rama de actividad productiva, el FTE de México sugiere definir a los grandes sectores hacia donde dirigir los esfuerzos para la construcción de las UIS, precisamente, por rama industrial a nivel internacional, por ejemplo:

a) Energía.
b) Telecomunicaciones.
c) Minería, metalurgia y metal.
d) Química.
e) Transporte.
f) Construcción.
g) Silvoagropecuaria y mar.
h) Editorial.
i) Textil.
j) Alimentaria.
k) Cervecería.
l) Educación.
m) Salud.
n) Cultura y arte.
o) Informática y medios.
p) Ciencia y tecnología.
q) Turismo.
r) Banca y finanzas.
s) Comercio y servicios.
t) Administración pública.

3. Conclusiones

Junto con las centrales nacionales, regionales y/o continentales, las UIS pueden contribuir a la unidad, solidaridad y dinámica de los trabajadores, en este último caso, por rama de actividad económica.

PROPUESTAS


El FTE de México presenta al 16º Congreso Sindical Mundial las siguientes propuestas:

ESTRUCTURA DE LA FSM

CAPITULO VI. Centrales sindicales, nacionales, regionales y/o continentales.

Artículo 28. Las centrales sindicales nacionales, regionales y/o continentales constituyen las principales instancias organizativas de la FSM.

Artículo 29. Las centrales sindicales nacionales, regionales y/o continentales, y las Uniones Internacionales de Sindicatos, forman parte del Congreso Sindical Mundial y de los congresos regionales y/o continentales.

Artículo 30. La organización interna y funcionamiento de las centrales nacionales, regionales y/o continentales corresponde a lo indicado en sus propias normas.

CAPITULO VII. Uniones Internacionales de Sindicatos.

Artículo 31. Las Uniones Internacionales de Sindicatos son un pilar fundamental de la FSM.

Artículo 32. Las Uniones Internacionales de Sindicatos se organizan por rama industrial de actividad en todos los sectores de la producción económica y social, e integran a los trabajadores que participan de los mismos procesos de trabajo o similares.

Artículo 33. Las Uniones Internacionales de Sindicatos funcionarán de acuerdo a sus propias normas, y celebrarán congresos internacionales, y conferencias continentales y/o regionales, cada cinco años, a convocatoria del Consejo Ejecutivo Internacional de la FSM y las correspondientes representaciones internacionales de las Uniones Internacionales de Sindicatos.

Artículo 34. Los (as) presidentes (as) y secretarios (as) generales de las Uniones Internacionales formarán parte del Consejo Ejecutivo de la FSM.

Frente de Trabajadores de la Energía,
de México






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