S. González-Broca
*
FRENTE DE TRABAJADORES DE LA
ENERGIA
balmaq@prodigy.net.mx
RESUMEN: Mediante un
recorrido de 1997 a la fecha, de los acuerdos para ajustar y modificar las
tarifas eléctricas, se muestra el paralelismo entre los argumentos para
elevar las tarifas de uso residencial y el avance de la privatización. Al
mismo tiempo, mediante ejemplos de cálculo de precio de distintos
consumos en este mismo periodo, se demuestra que la afectación por la
reestructuración y alza de las tarifas a los usuarios de bajo consumo es
extraordinariamente alta evidenciando la falsedad de los argumentos oficiales.
Se demuestra y concluye que la única forma de parar el saqueo que hacen
las empresas privadas de generación de energía eléctrica es
la re-nacionalización, como lo demostró la nacionalización
de 1960.
1. Introducción
Hoy la industria eléctrica de México está en un avanzado
proceso de privatización, alrededor del 50 % de la capacidad de
generación ha sido concesionada principalmente a empresas privadas de
capital transnacional.
Las tarifas para el servicio residencial se han
elevado considerablemente y el estado mexicano amenaza con nuevos aumentos por
la vía de la reducción o eliminación de los
“subsidios”. Para frenar y revertir los aumentos a las tarifas es
indispensable determinar la causa real de su constante incremento, de otra
manera los esfuerzos para corregir esta gravísima situación para
millones de mexicanos pueden resultar absolutamente inútiles y hasta
contraproducentes.
Se está repitiendo la historia; hace más de
100 años empezó la industria eléctrica en manos de empresas
privadas y con ellas, todo tipo de abusos con las tarifas y el servicio, que
finalmente desembocaron en enormes manifestaciones de descontento con una fuerza
tal que obligaron al gobierno de López Mateos a nacionalizar la industria
eléctrica en 1960, sin embargo otra vez las tarifas aumentan
desmedidamente y aumentan todo tipo de abusos.
Recientemente se ha agudizado
la campaña para “convencernos” de la necesidad de aumentar
las tarifas de los bienes y servicios que el estado mexicano tiene
obligación de proporcionar.
Para entender que esta pasando veremos
brevemente como han evolucionado las tarifas eléctricas para uso
residencial de 1997 a la fecha.
2. Tarifa Eléctrica de uso residencial T1 en 1997
El 15 de noviembre de 1996, se publicó en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el acuerdo para ajustar y modificar las tarifas
eléctricas para el año 1997. En el cuarto párrafo de los
considerandos del acuerdo, dice;
“Que la propuesta tarifaria
planteada tiende a una equitativa distribución social de los costos
generales de producción y al racional consumo de energía
eléctrica, sin desatender el objetivo de obtener los recursos propios
necesarios para la inversión que requiere el desarrollo del servicio
público de energía eléctrica”. (Nota de la
redacción, las negritas son nuestras).
El objetivo de tender a una
equitativa distribución social de los costos generales de
producción, tiene una enorme importancia porque significa que el objetivo
central de la política tarifaria no es la “ganancia” (al
menos eso se estableció), sino el servicio público, concepto este
último incluido en la modificación al Art. 27 de la
constitución en el párrafo sexto, por decreto presidencial (DOF
29-12-1960).
“Corresponde exclusivamente a la nación generar,
conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica
que tenga por objeto la prestación de servicio público. En
esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la
nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se
requieran para dichos fines”. (Nota de la redacción, las negritas
son nuestras).
Servicio Público, abarca aquellas actividades de
servicio proporcionadas por el estado (directa o indirectamente) en razón
de su carácter esencial para la comunidad, asumiendo el control sobre
dichos servicios, para garantizar su existencia y prestación en
términos de continuidad, universalidad e igualdad, garantizando el acceso
al servicio a todos los ciudadanos que lo demanden, en los mismos
términos de regularidad y calidad. Lo mismo puede solicitar
conexión, atención y servicio, el más humilde de los
habitantes del país que el más encumbrado potentado, y ambos
tienen derecho a esperar igual atención.
El servicio
eléctrico, en nuestro país, debido a nuestra particular historia
(todo tipo de abusos y excesos de las empresas eléctricas privadas) llevo
el estado mexicano a obligarse en el Art. 27 constitucional a proporcionarlo
directamente.
Para mayor claridad de lo que significa esto, recordemos que
López Mateos había planteado el 21 de octubre de 1960 en la
exposición de motivos de la iniciativa de Ley para la adición al
párrafo sexto del Art. 27 constitucional, reiterando lo que había
dicho en su segundo informe de gobierno que:
“Es propósito
firme de mi gobierno cumplir plenamente los postulados de la Revolución
Mexicana, procurando que el desenvolvimiento y progreso nacionales resulten
armónicos en sus beneficios para todos los habitantes de la
República.”
“Para ello se hace necesario aprovechar
adecuadamente los recursos naturales de que dispone la nación y todos los
elementos básicos que requiere su integración económica.
Las crecientes demandas de energía eléctrica en la agricultura, en
la industria, en las comunicaciones y transportes, así como en las
diversas actividades económicas de la población urbana y rural nos
imponen la tarea indeclinable de atenderlas de acuerdo con el ritmo de su
crecimiento.
“La prestación del servicio público de
abastecimiento de energía eléctrica, comprendiendo la
generación, transformación y distribución - exprese
en mi Informe - así como las demás operaciones o actividades
industriales o comerciales de que la misma puede ser objeto requieren, como en
el caso del petróleo y de los carburos de hidrógeno
sólidos, líquidos o gaseosos, ser realizados directamente por el
Estado, a través de los órganos competentes, ya que
México ha sostenido tradicionalmente la tesis de que los recursos
naturales y las fuentes de energía básicas, han de estar al
servicio de la colectividad y de la elevación de los niveles de vida del
pueblo mexicano.
“Para garantizar la efectiva realización
de este propósito de que la generación, transformación,
distribución y abastecimiento de energía eléctrica debe
sustentarse en razones de beneficio social y no en motivos de interés
particular, presento ante ustedes la siguiente....”.
Así,
quedó establecido que la prestación del servicio público de
energía eléctrica se sustenta en razones de beneficio social, para
elevar los niveles de vida de la población, contrariamente al objetivo
central de las empresas privadas de electricidad que es la obtención de
ganancias, cada vez mas altas a través de constantes aumentos a las
tarifas eléctricas.
Por eso el Sistema Eléctrico Nacional, en
su conjunto, tenia un arreglo tarifario de excepción, comparado con los
equivalentes de otros países. Las tarifas tenían una
visión político-social que contemplaba en forma
independiente a cada uno de los sectores de la población y procuraba dar
el servicio eléctrico en las mejores condiciones posibles a cada quien;
de hecho, se tenía uno de los sistemas tarifarios más bajos del
mundo. (Ver energía 16, Una contabilidad
perversa).
Pero algo se estaba preparando, porque extrañamente en el
5º bimestre de este año, en los avisos-recibos de consumo
eléctrico, apareció por primera vez el historial de consumo de 6
bimestres, los 5 anteriores más el actual, también venía el
consumo promedio de los mismos 6 bimestres.
Tabla 1. Consumo
histórico de 6 bimestres
400 BIMESTRE 1 |
500 BIMESTRE 2 |
502 BIMESTRE 3 |
499 BIMESTRE 4 |
506 BIMESTRE 5 |
610 BIMESTRE 6 |
2.1 Estructura tarifaria en 1997
En 1997 existían 6 tarifas eléctricas de tipo
residencial; 1A (para localidades con temperatura media mínima en verano
de 25 grados centígrados), 1B (para localidades con temperatura media
mínima en verano de 28 grados centígrados), 1C (para localidades
con temperatura media mínima en verano de 30 grados centígrados),
1D (para localidades con temperatura media mínima en verano de 31 grados
centígrados), 1E (para localidades con temperatura media mínima en
verano de 32 grados centígrados) y la tarifa 1 para localidades con
temperatura normal como el D. F. y Zona Conurbada.
La mayoría de los
usuarios de electricidad para uso residencial a nivel nacional pagan con esta
tarifa, por tanto este trabajo se enfoca a esta tarifa.
Debido a que las
tarifas eléctricas de tipo residencial se aplican bimestralmente, todo lo
que en adelante se explique siempre se referirá a periodos
bimestrales.
La Tarifa 1 estaba estructurada en 3 niveles: precio de consumo
básico para consumos menores a 150 kilowatts-hora (kWh), precio de
consumo intermedio para consumos mayores a 150 kWh pero menores a 400 kWh y
precio de consumo excedente para consumos mayores a 400 kWh. Hay que considerar
que hay una cuota mínima equivalente al consumo de 50 kWh.
Tabla 2. Niveles de
precios para la Tarifa 1
Precio de consumo básico |
Consumo menor a 150 kWh |
Precio de consumo intermedio |
Consumo mayor a 150 kWh pero menor a 400
kWh |
Precio de consumo excedente |
Consumo mayor a 400 kWh |
Existen dos formas de calcular las tarifas eléctricas 1; la forma
general cuando los periodos de consumo son de 58 a 62 días y una forma
especial cuando el período de consumo es menor de 58 días o mayor
de 62 días, que son casos poco comunes. En este documento todos los
cálculos ejemplificados se refieren a la forma general, también
hay que considerar que como cada mes varían los precios y los periodos de
consumo son bimestrales, en esta forma general se calcula utilizando los precios
del mes intermedio del periodo de consumo bimestral, por ejemplo; en el periodo
de consumo del 2 de julio al 2 de septiembre, el mes intermedio es agosto, por
lo tanto se usan los precios de agosto para calcular.
Además del
importe y el I. V. A. por el consumo de energía, en los aviso-recibos de
consumo eléctrico qué emiten tanto Comisión Federal de
Electricidad (CFE), como Luz y Fuerza del Centro (LFC), pueden aparecer cargos
por los conceptos; D. A. P. (derecho de alumbrado público) y D. S. C. I.
B. (derecho de servicios comunes). Para simplificar, en todas las explicaciones
y ejemplos en este documento, no se consideran I. V. A., D. A. P. ni D. S. C. I.
B.
Ejemplos de aplicación de la Tarifa 1 en agosto de 1997, para
diferentes consumos.
Los precios correspondientes a agosto de 1997 eran;
consumo básico 0.294 $ / kWh, consumo intermedio 0.338 $ / kWh y consumo
excedente $ 0.988 $ / kWh;
El procedimiento detallado y explicado de
cálculo esta en el Anexo 1.
Tabla 3. Resultados de los
6 ejemplos
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 97 (pesos) |
1 |
46 |
14.70 |
2 |
137 |
40.28 |
3 |
245 |
76.21 |
4 |
392 |
125.90 |
5 |
476 |
203.69 |
6 |
531 |
258.03 |
En la Figura 1 además de mostrar los puntos que corresponden a los
ejemplos, se pueden determinar aproximadamente, mediante la gráfica, los
precios que corresponden a cualquier consumo hasta 1000 kWh.
Figura 1. Precios de la electricidad para uso residencial, Tarifa 1, 1997
En la Figura 2 se muestra gráficamente el precio promedio por cada
kWh, según el nivel de consumo, así el precio mas bajo era
ligeramente inferior a 30 centavos / kWh con consumos de 50 a 170 kWh y a partir
de ahí se va elevando, por ejemplo a un consumo de 400 kWh ya costaba
32.2 centavos / kWh y a 1000 kWh alcanzaba los 72.1 centavos / kWh.
Figura 2. Precio de la electricidad para uso residencial por kWh, Tarifa 1, 1997
3. Tarifa Eléctrica de uso residencial T1 en 1998
En el acuerdo que autoriza el ajuste y
modificación de las tarifas para suministro y venta de energía
eléctrica para 1998, (DOF 29-12-1997), en ninguno de los trece
párrafos de considerandos hay referencia “a que tienda a
una equitativa distribución social de los costos generales de
producción”, pero aparece una nueva consideración en el
cuarto párrafo;
“Que de acuerdo al Programa de Desarrollo y
Reestructuración del Sector de la Energía 1995-2000, es
fundamental establecer una política de precios y tarifas que permita la
adecuada capitalización del sector
eléctrico;”
¡Desapareció la equidad para dar
paso a la capitalización! ¿Qué fue lo que
provocó tan trascendental cambio?
Recordemos que en 1992 Salinas de
Gortari había dado un gigantesco paso atrás, al imponer una
modificación a la ley del servicio público de energía
eléctrica, para reiniciar la privatización del sector
eléctrico, apenas 32 años después de su
nacionalización, que ni siquiera había concluido. En esta
modificación se permitió la generación de energía
eléctrica por particulares para su venta, lo que esta expresa y
claramente prohibido por la constitución. Antes de 1992 ya se
habían autorizado permisos de generación privada por 559 MW, para
autoabastecimiento y emergencia, en los casos en que no era posible
proporcionarlos. El estado neoliberal ya estaba dando pasos firmes y precisos
para entregar la industria eléctrica a los grandes capitales nacionales y
transnacionales.
Para concretar en la práctica la
privatización del sector eléctrico, hacía falta un
organismo con autoridad para otorgar permisos a las empresas privadas, por eso
Salinas de Gortari, había creado en 1993 la Comisión Reguladora de
Energía (CRE) (DOF 4-10-1993) que tenía entre muchas de sus
atribuciones, precisamente la de otorgar permisos de generación
eléctrica a las grandes transnacionales.
El 12 de febrero de 1996,
Ernesto Zedillo encabezó un acto en la Planta Hidrodesulfuradora de
Residuales, de la refinería Miguel Hidalgo de PEMEX, Tula, Hidalgo, donde
dio a conocer el Programa de Desarrollo y Reestructuración del Sector
de la Energía 1995 – 2000. (DOF 19-02-1996)
Ahí
establecía entre sus considerandos (Pág. 16);
Considerando
las necesidades de crecimiento y eficiencia de la economía mexicana en un
contexto de globalización, el sector energía debe:
Mejorar la calidad de algunos productos y servicios
Alcanzar una estructura de precios y tarifas eficiente y equitativa que
permita la adecuada capitalización del sector
Asegurar el abasto de algunos productos y servicios
Aplicar más cabalmente la legislación ambiental
y,
entre sus estrategias; (Pag. 26)
Fomentar, dentro de los
límites que establece la ley, la participación del sector privado
Impulsar una mayor participación privada en la
generación de energía eléctrica. (Pág.
27).
En lo que se refiere a la CFE, la política implica concentrar
recursos de inversión directa en la ampliación de los sistemas de
transmisión y distribución, así como impulsar la
canalización de inversiones privadas en generación.
Se
estima que será necesario iniciar la licitación y desarrollo para
9,031 MW entre 1996 y 1999.
Para generación, se
recurrirá a esquemas de arrendamiento y de productores independientes de
energía, conforme convenga en cada planta. (Pág.
30).
Contribuir a la competitividad global de la planta
productiva
Aplicar una política de precios y tarifas eficiente y
equitativa
Establecer una política de precios y tarifas que
permita la adecuada capitalización del sector.
A fin de no
afectar la capacidad financiera de los organismos que operan en el sector, es
indispensable limitar los subsidios sólo a aquellos que el Gobierno
Federal decida otorgar de manera explícita, asegurando siempre que sus
beneficios lleguen a sus destinatarios objetivos.
Consolidar la estrategia
de precios de transferencia en Pemex, basados en costos de oportunidad
internacionales, que permiten evaluar el desempeño de sus subsidiarias y
conocer, de manera más precisa la competitividad internacional del
organismo.
Avanzar en el desarrollo de una política tarifaria para
CFE y LFC, que facilite la operación de los organismos, promueva la
inversión privada en generación y permita mejorar el servicio a
los usuarios.
Este último párrafo es clave para entender
por que las tarifas de electricidad para uso residencial tenían que
perder su objetivo central que era de tender a la equidad social, para cumplir
la función de producir “capital” (capitalizar), llanamente
generar ganancias para los inversionistas privados.
Claramente, sin rodeos,
establecía los planes para fomentar la privatización ya en marcha
del sector eléctrico, y de pasada del gas natural; Promover una
participación activa (del sector privado) en el transporte,
almacenamiento y distribución del gas natural (Pág. 26).
La
inversión privada de ninguna manera sería atraída por; el
beneficio social, la equitativa distribución de los costos o el
mejoramiento de la calidad de vida de la población, solo podría
ser atraída por la obtención de ganancias y la atracción
sería mayor solo con altas ganancias.
El gas natural también
se privatizaba porque era el principal insumo de las plantas privadas de
generación de electricidad.
La CRE se esforzó en cumplir, para
1998 ya había concedido permisos de generación a particulares por
2,982 Mw. Entre ellos; el 19 de febrero de 1997 autorizó Mérida
III, la primer gran planta privada de generación eléctrica de
531.5 MW, con el permiso E/57/PIE/97, el 24 de mayo de 1996 autorizó el
permiso E/36/COG/96 a la sociedad ENERTEK, S. A. de C. V. por 120
MW.
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa 1 en agosto de 1998.
En 1998 se aplicaba exactamente
igual que en 1997, solo que los precios aumentaron (los precios correspondientes
a agosto de 1998 eran; consumo básico 0.334 $ / kWh, consumo intermedio
0.388 $ / kWh y consumo excedente 1.14 $ / kWh );
El procedimiento detallado
y explicado de cálculo esta en el Anexo 2
Tabla 4. Resultados de los 6 ejemplos
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO
97 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO
98 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
16.70 |
13.61 |
2 |
137 |
40.28 |
45.76 |
13.61 |
3 |
245 |
76.21 |
86.96 |
14.11 |
4 |
392 |
125.90 |
144.00 |
14.38 |
5 |
476 |
203.69 |
233.74 |
14.75 |
6 |
531 |
258.03 |
296.44 |
14.89 |
En la Figura 3, además de mostrar los puntos que corresponden a los
ejemplos, se pueden determinar aproximadamente, mediante la gráfica, los
precios que corresponden a cualquier consumo hasta 1000 kWh.
Figura 3. Aumento de la Tarifa 1, 1997-1998
En la Figura 4 se aprecian los aumentos porcentuales del precio de la
electricidad de 1998 con relación a 1997. Estos aumentos son muy
considerables, van de 13.6 % en consumos menores a 150 kWh hasta 15.2 % para
consumos de 1000 kWh.
Figura 4. Aumento porcentual de la Tarifa T1 1998 contra la Tarifa T1 1997
4. Tarifa Eléctrica de uso residencial T1 en 1999 y 2000
La CRE volvió a cumplir; en
1999 concedió permisos de generación a particulares por 3,355 Mw y
en 2000 con 4,684 MW alcanzó su clímax la fiebre privatizadora,
concediendo permisos a enormes plantas de generación como Fuerza y
Energía de Tuxpan por 1120 MW (15-12-2000), con el permiso
E/181/PIE/2000.
En consonancia con la privatización, las tarifas
tenían que aumentar aún mas, había que
“argumentar” la necesidad de los aumentos, por eso en 1999 y 2000 el
discurso oficial dio otro paso; ya no se trata solo de
“capitalizar” al sector eléctrico, sino de evitar su
deterioro financiero.
Entre los considerandos del acuerdo que autoriza el
ajuste y modificación de las tarifas para suministro y venta de
energía eléctrica para 1999, (DOF 29-12-1998), y luego para 2000
(DOF 24-12-1999), el cuarto dice textualmente “Que de acuerdo al Programa
de Desarrollo y Reestructuración del Sector Eléctrico, 1995-2000,
es fundamental establecer una política de precios y tarifas que evite
el deterioro financiero del sector eléctrico” Esta es una
referencia falsa pues en ninguna parte del Programa hace mención al
deterioro financiero del sector eléctrico, en cambio sí dice
“para no afectar la capacidad financiera de los organismos que operan en
el sector, es indispensable limitar los subsidios sólo a aquellos que el
Gobierno Federal decida otorgar de manera explícita, asegurando siempre
que sus beneficios lleguen a sus destinatarios objetivos”. (Pág. 27
del Programa).
Este párrafo es trascendental porque menciona el
principal argumento que se ha usado constantemente y hoy en día se vuelve
a publicitar para aumentar el precio de las tarifas; que “los
subsidios” a las tarifas eléctricas se deben limitar, para no
afectar las finanzas del sector eléctrico.
En 1999 y 2000, los
cálculos de las tarifas se hacían exactamente igual que en 1997 y
1998, pero los precios correspondientes a agosto de 2000 eran; consumo
básico 0.418 $/kWh, consumo intermedio 0.491 $/kWh y consumo excedente
1.438 $/kWh;
Tabla 5. Resultados de los 6 ejemplos
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO
97 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO
2000 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
20.90 |
42.18 |
2 |
137 |
40.28 |
57.27 |
42.18 |
3 |
245 |
76.21 |
109.35 |
43.48 |
4 |
392 |
125.90 |
181.52 |
44.18 |
5 |
476 |
203.69 |
294.74 |
44.70 |
6 |
531 |
258.03 |
373.83 |
44.88 |
Todos estos aumentos son muy altos, se acercan al 50 %.
En la Tabla 5
se aprecian claramente los incrementos de las tarifas en el año 2000 en
relación a 1997. El gráfico de la Figura 5 es muy explicito,
muestra que los precios de la Tarifa 1 subieron de un 42.18 % a un 45.31 %,
aumentos exageradamente altos si los comparamos con los aumentos de los salarios
mínimos o la inflación.
Figura 5. Aumento porcentual de la Tarifa T1 2000 contra la Tarifa T1 1997
5. Tarifas Eléctricas de uso residencial T1 en 2001 y T1 y DAC en 2002
Para 2002 la CRE ya
había concedido permisos de generación a particulares por 2,398
Mw. En ese año la prospectiva del sector eléctrico 2003-2012
(pág. 40, “3.2.1 Capacidad instalada nacional”) reportaba
que: “En diciembre de 2002 la capacidad efectiva de generación
eléctrica en México ascendió a 45,674 MW, de los cuales
17.5 %, 7992.28 MW corresponden a productores privados” y que había
dado concesiones para generar 20,573.9 MW de los cuales ya estaban en
operación 8,402.9 MW mas 559 MW autorizados antes de 1992. Conforme
crece el peso de la generación privada, crece el poder de los empresarios
de la electricidad que presionan para obtener mejores ganancias.
En 2001 el
discurso oficial acorde con su política de obtener más ganancias
para los inversionistas privados, ya no habla de evitar el deterioro financiero,
sino evitar un mayor deterioro financiero.
En el tercer
párrafo de los considerandos del acuerdo que autoriza el ajuste y
modificación de las tarifas para suministro y venta de energía
eléctrica para 2001, (DOF 29-12-2000), dice textualmente “Que para
evitar un mayor deterioro financiero de la Comisión Federal de
Electricidad y de luz y Fuerza del Centro, es fundamental mantener la
política de deslices mensuales equivalentes a la inflación
esperada para las tarifas de los sectores de servicios y agrícola, por lo
que esta secretaría ha tenido a bien expedir ...:”.
En mayo de
2001, el gobierno vuelve a mostrar total congruencia con sus planes de
incrementar las ganancias para entregarlas a los generadores privados; por
primera vez en los avisos-recibos de electricidad aparecieron; el costo
“real por el suministro”, “el importe a pagar por
energía” y dos subsidios; “subsidio al consumidor” y
“otras transferencias”. Estos dos “subsidios” sobrepasan
las dos terceras partes del “costo real por el suministro”, por
ejemplo en un aviso-recibo por 282 kWh del bimestre 5 de 2002, se ve que el
“costo real por el suministro” es de $644.62, “el importe a
pagar por energía” es de $205.37 y la diferencia de $439.25 esta
integrada por un “subsidio al consumidor” de $274.15 mas el subsidio
“otras transferencias” de $ 165.10. Según esto el
“subsidio” es del 68.1 % del “costo real por el
suministro”, es decir para pagar el “costo real por el
suministro” el usuario en este caso tendría que pagar 3.13 veces lo
que realmente paga.
En 2002 el gobierno argumente; la volatilidad de los
precios de los combustibles (obviamente se refiere al gas natural, aunque no lo
dice explícitamente) por el cambio en el parque de generación y al
subsidio en las tarifas residenciales, para elevar los precios.
En el
tercer párrafo de los considerandos del acuerdo que autoriza el ajuste y
modificación de las tarifas para suministro y venta de energía
eléctrica para 2002, (DOF 28-12-2001), dice textualmente “Que el
cambio en el parque de generación y la volatilidad de los precios de los
combustibles, así como el incremento en el resto de los costos derivados
de proveer el servicio público de energía eléctrica, ha
incrementado la brecha entre los costos contables y los costos marginales de las
tarifas del sector industrial, ocasionando el deterioro de la situación
financiera de los organismos suministradores;”
Efectivamente las
enormes plantas privadas de generación, consumen gas natural,
energético que México produce deficitariamente y cuyos precios se
han elevado considerablemente.
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa 1 en agosto de 2001
En 2001 se aplicaba exactamente igual que en 1997, pero a precios mas elevados (los
precios correspondientes a agosto de 2001 eran; consumo básico 0.454$ /
kWh , consumo intermedio 0.536 $ / kWh y consumo excedente 1.568 $ / kWh
);
El procedimiento detallado y explicado de cálculo esta en el Anexo
3.
Tabla 6. Resultados de los 6 ejemplos
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO
97 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO
2001 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
22.70 |
54.42 |
2 |
137 |
40.28 |
62.20 |
54.42 |
3 |
245 |
76.21 |
119.02 |
56.17 |
4 |
392 |
125.90 |
197.81 |
57.12 |
5 |
476 |
203.69 |
321.27 |
57.73 |
6 |
531 |
258.03 |
407.51 |
57.93 |
En la Tabla 6 se aprecian claramente los incrementos de las tarifas en el
año 2001 en relación a 1997. ¡La tarifa 1 subió mas
del 50 %, entre un 54.42 % y un 57.93 %!
Pero en 2002, el golpe fue
demoledor; se modificó la estructura tarifaria y además se
incrementaron nuevamente los precios. En el sexto párrafo de los
considerandos del acuerdo que autoriza el ajuste y modificación de las
tarifas para suministro y venta de energía eléctrica para uso
residencial durante 2002 (DOF 6-02-2002), después de argumentar que los
“subsidios” son la causa de que las empresas públicas de
energía eléctrica no cuenten con los recursos suficientes para
atender la demanda creciente de electricidad con altos niveles de calidad y que
el subsidio favorece mas a los usuarios con mayores consumos en vez de los
usuarios de bajos ingresos, establece incrementos escalonados en las tarifas;
dice textualmente “que con el propósito antes señalado, se
excluye en promedio al 75% de los usuarios a nivel nacional de la medida de
reducción en el subsidio, correspondiendo a los usuarios con menores
niveles de consumo; se aplica una reducción parcial de dicho subsidio al
siguiente 20% de los usuarios; y se elimina el mismo únicamente para el
5% de los usuarios con mayores consumos;”
Para lo cual se incrementan
las tarifas en forma escalonada a todos los usuarios residenciales y se crea la
Tarifa de Alto Consumo (DAC), para consumidores de mas de 3,000 kwh al
año (contando el bimestre actual mas los 5 bimestres anteriores),
elevando exageradamente el precio de la electricidad.
Analicemos primero la
nueva estructura y los aumentos a la Tarifa 1.
Ahora, la Tarifa 1
prácticamente se subdivide en dos tarifas y cada una de ellas en varios
niveles;
La primera tarifa para aplicarse a consumos menores a 280 kWh
bimestrales y la segunda para consumos bimestrales mayores a 280 kWh.
La
primera se subdivide en dos niveles de precios; precio de consumo básico
para consumos menores a 150 kWh bimestrales y precio de consumo intermedio para
consumos mayores a 150 kWh bimestrales pero menores a 280 kWh.
Tabla 7. Tarifa 1 para consumos bimestrales menores a 280 kwh
Precio de consumo básico |
Menor a 150 kWh |
Precio de consumo intermedio |
Mayor a 150 kWh pero menor a 280 kWh |
La segunda se subdivide en tres niveles de precios; precio de consumo
básico para consumos menores a 150 kWh bimestrales, precio de consumo
intermedio para consumos mayores a 150 kWh bimestrales pero menores a 250 kWh y
precio de consumo excedente para consumos superiores a 250 kWh.
Tabla 8. Tarifa 1 para consumos bimestrales mayores a 280 kwh
Precio de consumo básico |
Menor a 150 kWh |
Precio de consumo intermedio |
Mayor a 150 kWh pero menor a 250 kWh |
Precio de consumo excedente |
Mayor a 250 kWh |
Considerar que en ambos casos hay un cargo mínimo equivalente al
consumo de 50 kWh bimestrales.
Esta forma de crear mas subniveles, ahora hay
5 en lugar de 3, aunque hace mas complicada la aplicación de la Tarifa 1
tiene una gran ventaja para el gobierno neoliberal, sirve para aumentar los
precios, de una manera furtiva (oculta, a escondidas), porque aún sin
aumentar más los precios de su “deslizamiento” mensual, los
precios mas altos ahora se aplican a consumos mas bajos; antes el precio mas
alto se aplicaba a partir de consumos de 400 kWh, en cambio con la nueva
estructura se aplica desde 280 kWh. La afectación mayor se aprecia en
consumos de 280 a 400 kWh, como se confirma en los resultados de los ejemplos;
los dos primeros casos; 46 kWh, 137 kWh sufren un aumento en relación a
1997 de 66.67 (casi 2/3 mas de lo que pagaban en 1997), el de 245 kWh sufre un
aumento de casi 70 %, el de 476 kWh tiene un aumento de 161 %, el de 531 kWh
sufre un aumento de mas del 142 %, pero el mas afectado es el consumo de 392 kWh
que sufre un aumento de mas del 200 % (ahora paga mas de tres veces lo que
pagaba en 1997) ver Tabla 9.
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa 1 en agosto de 2002 (con sus dos partes)
En 2002 al cambiar la estructura de la Tarifa 1, cambió la forma de
calcular y además hay mas precios; para consumos menores a 280 kWh son;
consumo básico 0.49 $/kWh y consumo intermedio 0.584 $ / kWh y para
consumos mayores a 280 kWh son: consumo básico 0.49 $/kWh, consumo
intermedio 0.749 $/kWh y consumo excedente 1.701 $/kWh.
El procedimiento
detallado y explicado de cálculo esta en el Anexo 4.
Tabla 9. Resultados de los 6 ejemplos, en Tarifa 1
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO
97 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO
2002 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
24.5 |
66.67 |
2 |
137 |
40.28 |
67.13 |
66.67 |
3 |
245 |
76.21 |
128.98 |
69.24 |
4 |
392 |
125.90 |
389.94 |
209.73 |
5 |
476 |
203.69 |
532.83 |
161.59 |
6 |
531 |
258.03 |
626.38 |
142.76 |
Lo más grave de esta situación, es que los consumos de 280 a
400 kWh son característicos de un confort o calidad de vida apenas
aceptable. Queda claro que quieren condenar a los usuarios del servicio
público de energía eléctrica al subdesarrollo.
En la Figura 6 es muy notorio el enorme aumento a las tarifas en relación a
1997, pero la Figura 7 hace evidente algo mas grave; para consumos de 280 kWh a
500 kWh los aumentos son extraordinariamente altos, llegando al caso mas extremo
en que a los 400 kWh el aumento porcentual es de 213.80%, es decir la
energía se paga 3 veces y fracción mas alta, este rango de
consumo no se puede considerar muy elevado como para castigarlo con un precio
tan alto.
Figura 6. Comparación de precios de la Tarifa T1 1997 y T1 2002
Figura 7. Aumento porcentual de la Tarifa T1 2002 contra la Tarifa T1 1997
Aunque parezca increíble, este incremento no fue suficiente para el
estado neoliberal, así que crearon la Tarifa DAC.
Esta Tarifa se
aplica cuando el “Consumo Mensual Promedio” del usuario sea superior
al “Límite de Alto Consumo”, el “Límite de Alto
Consumo” es diferente para cada una de las tarifas (1, 1A, 1B, 1C, 1D, 1E
y 1F).
Para la Tarifa 1, este límite es de 250 kWh mensuales (500 kWh
bimestrales), el “Consumo Mensual Promedio” se determina con el
“promedio móvil del consumo durante los últimos doce
meses”, esto traducido al español común sería; se
aplica Tarifa DAC, si el consumo de los 5 bimestres consecutivos anteriores mas
el actual es superior a 3,000 kWh (o el promedio de los 5 bimestres anteriores
mas el actual es superior a 500 kWh).
Ahora ya sabemos claramente porque
desde 1997 en los aviso-recibos de consumo eléctrico, aparecía el
historial de consumo de un año; para que sepamos cuando nos aplican la
Tarifa DAC.
La Tarifa DAC esta estructurada en dos niveles de precio; precio
de consumo básico para consumos menores a 1000 kWh bimestrales y precio
de consumo adicional para consumos mayores a 1000 kWh bimestrales.
También se estableció un cargo mínimo mensual equivalente
al consumo de 100 kWh a precio DAC mas un cargo fijo que se establece
mensualmente (o 200 kwh al bimestre mas dos veces el cargo fijo). (Nota;
evidentemente este cargo mínimo mensual es un garrafal error de los
tecnócratas que idearon esta Tarifa DAC y no tuvieron el cuidado de
probar su aplicación o si lo hicieron deliberadamente, sería mucho
peor, pues alcanza el valor de $ 376.94 en agosto de 2002. En 2003 se hizo la
corrección, que veremos mas adelante).
Tabla 10. Tarifa DAC Central
Precio de consumo básico |
Menor a 1000 kWh bimestrales |
Precio de consumo adicional |
Mayor a 1000 kWh bimestrales |
En el área de atención de LFC se aplican dos Tarifas DAC,
una para la llamada región Central y la otra para la Región Sur.
(Los precios para la Región Central son mas altos)
La Región
Central abarca; todas las Delegaciones del D. F y Municipios del Estado de
México: Tultepec, Tultitlán, Ixtapaluca, Chalco de Díaz
Covarrubias, Hixquilucán de Degollado, San Mateo Atenco, Toluca, Santa
Cruz Atizapán, Cuautitlán, Coacalco, Cuautitlán Izcalli,
Atizapán de Zaragoza, Chimalhuacán, San Vicente Chicoloapan,
Texcoco, Ciudad Nezahualcóyotl, Los Reyes la Paz, Tepotzotlán,
Tlalnepantla, Naucalpan, Ecatepec y el Municipio de Cuernavaca del Estado de
Morelos.
La región Sur abarca; Todos los
Municipios (que atiende LFC) de los Estados de: Michoacán, Hidalgo,
Puebla y todos los demás municipios de los Estados de México y
Morelos no comprendidos en la Región Central.
Para todo lo que se
diga en adelante, siempre nos referiremos a la Tarifa DAC de la Región
Central.
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa DAC central en agosto de 2002
Se parte del
supuesto que por consumos elevados anteriormente, se ha caído en Tarifa
DAC y aunque los consumos en este bimestre sean muy bajos, se sigue dentro de la
Tarifa DAC (lo cual es perfectamente factible), los precios son; consumo
básico 1.531 $/kWh, consumo adicional 1.79 $/kWh (para consumos
superiores a 1,000 kWh) y cargo fijo $ 35.37.
El procedimiento detallado y
explicado de cálculo esta en el Anexo 5.
Tabla 11. Resultados de los 6 ejemplos, de Tarifa 1 a DAC Central
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO
97 (pesos) |
PRECIOS DAC AGOSTO
2002 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
376.94 |
2464.22 |
2 |
137 |
40.28 |
376.94 |
835.85 |
3 |
245 |
76.21 |
445.84 |
485.01 |
4 |
392 |
125.90 |
670.89 |
432.89 |
5 |
476 |
203.69 |
799.50 |
292.51 |
6 |
531 |
258.03 |
883.70 |
242.48 |
Los 6 ejemplos de consumo, nos permiten visualizar la enorme
elevación de precios que representa la Tarifa DAC, especialmente para los
usuarios de menores consumos; el que consume 46 kWh ahora tiene que pagar mas de
25 veces lo que pagaba en 1997, el de 137 kWh paga mas de 9 veces, el de 245 kWh
paga casi 6 veces más, el de 392 kWh paga 5.3 veces mas, el de 476 paga
casi 4 veces mas y el de 531 kWh paga 3.4 veces mas. Ya que un usuario ha
caído en la Tarifa DAC, será mas perjudicado mientras menos
consuma, los porcentajes de aumento serán mayores mientras menos consuma,
es absolutamente contradictorio que la Tarifa de Alto Consumo esta
diseñada para golpear a los usuarios de mas bajo consumo; el discurso
oficial es totalmente falso.
En la Figura 8 se ve que a los consumos de
menos de 50 kWh les corresponde pagar mas de 25 veces lo que pagaban en 1997, en
cambio a consumos de 1,000 kWh les corresponde pagar 2.4 veces lo que pagaban en
1997.
Figura 8. Aumento porcentual de la Tarifa DAC 2002 contra la Tarifa T1 1997
Para caer en la Tarifa DAC solo había que sobrepasar los 3,000 kWh
(6 bimestres; los 5 anteriores mas el actual de facturación) en una
ocasión, pero para regresar a la Tarifa normal 1, se decretó que
dos veces consecutivas se debería consumir menos de 3,000 kWh (6
bimestres; los 5 anteriores mas el actual de facturación). Estas
condiciones revelan la saña y el desprecio contra los usuarios de bajo
consumo.
Ejemplos de entrada y salida de la Tarifa DAC
Ejemplo de
situación en que un usuario cae en la Tarifa DAC
La condición es que el consumo rebase los 3,000 kWh en un
año, contando los cinco bimestres anteriores consecutivos y el bimestre
actual de facturación; por ejemplo este usuario ha consumido en los
últimos 5 bimestres; 400 kWh, 500 kWh, 502 kWh, 499 kWh y 506 kWh (del
mas antiguo al mas reciente), mas el bimestre actual de 610 kWh que se esta
facturando, el promedio de estos 6 bimestres es 502.8 kWh, por lo tanto cae en
Tarifa DAC.
Otro modo más sencillo de verlo es; si la suma rebasa
los 3,000 kWh cae en Tarifa DAC, en este caso la suma es 3,017 kwh, por lo tanto
cae en Tarifa DAC.
Tabla 12. Consumo promedio de 6 bimestres mayor a 500 kWh
400 BIMESTRE 1 |
500 BIMESTRE 2 |
502 BIMESTRE 3 |
499 BIMESTRE 4 |
506 BIMESTRE 5 |
610 BIMESTRE 6 |
Para salir de la Tarifa DAC, de acuerdo al acuerdo de 2002, deberá
lograr que sus promedios durante dos bimestres consecutivos sean menores a 500
kWh; Por ejemplo, en el caso del mismo usuario anterior, supongamos que su
consumo en el siguiente bimestre es de 400 kWh.
Para calcular tomamos los 5
bimestres anteriores y el actual, 500 kWh, 502 kWh, 499 kWh, 506 kWh y 610 kWh
mas el nuevo bimestre de 400 kWh; la suma da 3,017 kWh, por lo tanto sigue en
Tarifa DAC.
Tabla 13. Consumo promedio de 6 bimestres mayor a 500 kWh
500 BIMESTRE 1 |
502 BIMESTRE 2 |
499 BIMESTRE 3 |
506 BIMESTRE 4 |
610 BIMESTRE 5 |
400 BIMESTRE 6 |
Para salir debió consumir menos de 383 kWh, si hubiera consumido
380 kWh la suma total sería 2,997 kWh, y en el próximo bimestre
debe volver a lograr que la suma total del consumo de los 6 bimestres sea menor
a 3,000 kWh para salir de Tarifa DAC.
Tabla 14. Consumo promedio de 6 bimestres menor a 500 kWh
|
502 BIMESTRE
2 |
499 BIMESTRE
3 |
506 BIMESTRE
4 |
610 BIMESTRE
5 |
380 BIMESTRE
6 |
Para completar el ejemplo, el próximo bimestre deberá
consumir menos de 503 kWh, por ejemplo 502 kWh. En este caso la suma de sus
consumos de 6 bimestres sería; 2,999 kWh y en ese momento ya no se le
debe facturar con Tarifa DAC, sino con Tarifa 1, es decir el consumo de 502 kWh
debe cobrarse con Tarifa 1.
Tabla 15. Consumo promedio de 6 bimestres menor a 500 kWh
502 BIMESTRE 1 |
499 BIMESTRE 2 |
506 BIMESTRE 3 |
610 BIMESTRE 4 |
380 BIMESTRE 5 |
502 BIMESTRE 6 |
6. Tarifas eléctricas de uso residencial T1 y DAC de 2003 a 2005
En este periodo la CRE concede
permisos de generación a particulares por 4,632 Mw. Y la capacidad
concesionada en operación asciende a 27,413 MW.
En los
acuerdos de 2003 a 2005 hay algunos cambios de los cuales los mas significativos
son; 2003, se corrigen los dos “errores” de la Tarifa DAC, 2005 se
reduce ligeramente el costo del kWh para consumos mayores a 500 kWh a la Tarifa
DAC. Por lo demás se sigue argumentando la necesidad de obtener mayores
recursos mediante la aplicación de las tarifas y que los ajustes a las
tarifas deben contemplar la inflación nacional y el precio del gas
natural utilizado para la generación de energía que además
de ser importado es variable.
En cuanto a las correcciones a la Tarifa DAC;
la primera corrección se refiere al pago mínimo, que en 2002 se
estableció como el equivalente a 200 kWh al bimestre más dos veces
el cargo fijo, y cambia al equivalente a 50 kWh más dos veces el cargo
fijo. Sin embargo aún con la corrección, el pago mínimo
sigue siendo demasiado alto, por ejemplo calculado a precios de agosto de 2002 a
agosto de 2003 bajo de $ 376.94 a $ 164.36.
La segunda corrección se
refiere a la manera de salir de la Tarifa DAC, en 2002 se decretó que se
debería consumir menos de 3,000 kWh (6 bimestres; los 5 anteriores mas el
actual de facturación), dos veces consecutivas, es decir dos bimestres y
en ese segundo bimestre ya se regresaba a la Tarifa 1, en 2003 se determina que
con una sola vez que se consuma menos de 3,000 kWh (6 bimestres; los 5
anteriores mas el actual de facturación), se regresa a la Tarifa 1. De
2003 a la fecha, ya no es necesario que dos veces logre consumos anuales (5
bimestres anteriores mas el actual), menores a 3,000 kWh, solo una vez y en el
momento que lo logre se le deberá facturar con la Tarifa
1.
Ejemplo de salida de la Tarifa DAC,
de 2003 a la fecha
Como la entrada o caída en Tarifa DAC
sigue igual, solo ejemplificamos la salida que es más rápida, se
puede lograr en un solo bimestre, por ejemplo.
El mismo caso del ejemplo
anterior, para salir de Tarifa DAC debe consumir menos de 383 kWh, si consume
380 kWh la suma total sería 2,997 kWh, y ya esta afuera de la Tarifa DAC,
así que este bimestre de 380 kWh se le factura con Tarifa 1.
Tabla 16. Consumo promedio de 6 bimestres menor a 500 kWh
500
BIMESTRE 1 |
502 BIMESTRE 2 |
499 BIMESTRE 3 |
506 BIMESTRE 4 |
610 BIMESTRE 5 |
380 BIMESTRE 6 |
Ejemplos de cómo se aplicaba la
Tarifa 1 en agosto de 2005
Se calcula igual que en 2002 pero los
precios son mas altos; para consumos menores a 280 kWh son; consumo
básico 0.583 $/kWh y consumo intermedio 0.697 $ / kWh, para consumos
mayores a 280 kWh son: consumo básico 0.583 $/kWh, consumo intermedio
0.963 $/kWh y consumo excedente 2.033 $/kWh.
El procedimiento detallado y
explicado de cálculo esta en el Anexo 6.
Tabla 17. Resultados de los 6 ejemplos, en Tarifa 1
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 97 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO 2005 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
29.15 |
198.30 |
2 |
137 |
40.28 |
79.87 |
198.30 |
3 |
245 |
76.21 |
153.67 |
201.63 |
4 |
392 |
125.90 |
472.44 |
375.26 |
5 |
476 |
203.69 |
643.21 |
315.78 |
6 |
531 |
258.03 |
755.02 |
292.61 |
En la Tabla 17 de resultados de los ejemplos en Tarifa T1 se observa
claramente que los aumentos de la Tarifa T1 de 1997 a 2005 son muy altos; por
ejemplo para los consumos de 46, 137 y 245 kWh prácticamente se duplico,
para el consumo de 531 kWh se multiplico casi por 3 veces, para el de 476 kWh
aumento un poco mas de 3 veces pero para el consumo de 392 kWh el aumento fue el
mayor de todos, casi de 4 veces, otra vez se confirma que para todos los
usuarios de consumos bajos los precios por lo menos se duplican y pueden llegar
hasta casi 4 veces mas.
Ejemplos de cómo se aplicaba la
Tarifa DAC Central en agosto de 2005
En enero de 2003 se
corrigió el cargo mínimo, de ahí en adelante es el
equivalente a 50 kWh mas dos veces el cargo fijo.
En diciembre de 2004 se
modificó la estructura de la Tarifa DAC (Central y Sur), ya no hay
niveles, queda un solo nivel por lo tanto un solo precio para cualquier cantidad
de kWh consumidos.
Se parte del supuesto que por consumos elevados
anteriormente, se ha caído en Tarifa DAC y aunque los consumos en este
bimestre sean muy bajos, se sigue dentro de la Tarifa DAC (lo que es
perfectamente factible), los precios son; cualquier consumo 2.212 $/kWh y cargo
fijo $ 51.16.
El procedimiento detallado y explicado de cálculo esta
en el Anexo 7.
Tabla 18. Resultados de los 6 ejemplos
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 97 (pesos) |
PRECIOS DAC AGOSTO 2005 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
212.92 |
1448.44 |
2 |
137 |
40.28 |
405.36 |
1006.36 |
3 |
245 |
76.21 |
644.26 |
845.37 |
4 |
392 |
125.90 |
969.42 |
769.99 |
5 |
476 |
203.69 |
1155.23 |
567.15 |
6 |
531 |
258.03 |
1276.89 |
494.86 |
La Tabla 18 muestra una situación mucho peor para la Tarifa DAC,
aquí se ve claramente que conforme disminuye el consumo, los porcentajes
de aumento aumentan enormemente, desde casi 5 veces hasta más de 14
veces. Otra vez en los hechos se demuestra la falsedad de los argumentos
oficiales, no se castiga el alto consumo con tarifas altas, sino el consumo
bajo.
En la Figura 9 se visualizan los resultados anteriores, con dos
gráficas, la de aumento porcentual de la Tarifa T1 de 2005 en
relación a 1997 y la de aumento porcentual de la tarifa DAC 2005 contra
la misma Tarifa T1 de 1997. Es muy evidente que los aumentos de la Tarifa T1
prácticamente se duplican en consumos de 0 a 280 kWh, de ahí en
adelante aumentan bruscamente alcanzando el valor máximo de casi 4 veces
a 400 kWh y de ahí en adelante va bajando lentamente pero siempre por
arriba del doble. La otra línea muestra que los aumentos para consumos
muy bajos son de más de 14 veces la Tarifa T1 de 1997, descendiendo a
casi 8 veces para consumos de 400 kWh y de ahí conforme crece el consumo
sigue bajando el porcentaje de aumento, llegando a 3.2 veces para consumos de
1,000 kWh. Es muy evidente como la Tarifa DAC golpea porcentualmente más
a los consumos bajos.
Figura 9. Aumento porcentual de las Tarifas DAC 2005 y Tarifa 1 2005 contra Tarifa 1 1997
7. Tarifas eléctricas de uso residencial T1 y DAC de 2006 a 2009
En 2006 la CRE concedió
permisos de generación a particulares por 1,689. MW, en 2007 por 2,321
MW, en 2008 por 1,650.3 MW y en 2009 por 499.7 MW, alcanzando un total de
35,126.4 MW.
En 2006 establece un aumento mensual acumulativo
inferior a años anteriores para la tarifa residencial, de 1.00682 cambia
a 1.00327, que persiste hasta la fecha. Esta reducción de 3.5
milésimos, tiene un efecto poco perceptible en los incrementos de las
tarifas como veremos mas adelante.
En el tercer párrafo de los
considerandos (DOF 28-12-2005), dice textualmente “Que para cumplir con el
compromiso presidencial anunciado por el Presidente de la República
contenido en el punto 2 del paquete de medidas energéticas pronunciado el
12 de septiembre de 2005 (Decálogo Energético), es necesario
reducir el nivel del factor de ajuste mensual acumulativo de las tarifas
domésticas para el ejercicio fiscal de 2006”.
En 2007 suspende
los aumentos durante los meses de octubre, noviembre y diciembre solo a la
electricidad para uso residencial (Tarifas 1 y DAC).
En los párrafos
cuarto y quinto de los considerandos del decreto por el que se suspenden los
aumentos de precios y tarifas en diversos energéticos, dice “Que es
decisión del Ejecutivo Federal emprender las acciones que resulten
conducentes para aminorar el impacto del citado incremento de los precios
internacionales, y”.
“Que para la obtención del
propósito antes señalado, es decisión del Poder Ejecutivo
Federal a mi cargo, que los precios y tarifas de energía eléctrica
para uso residencial, gasolina magna, diesel y gas licuado de petróleo,
que se ofrecen a la población de nuestro país, mantengan sus
niveles actuales, esto es, sin aumento alguno, en lo que resta del año
dos mil siete, ...”
También esta medida demagógica de
suspender durante los últimos 3 meses de 2007 los aumentos, para
continuarlos posteriormente, no tuvo un efecto significativo en los precios de
la electricidad para uso residencial.
En 2008 justifica que se consume
más gas natural que combustóleo en la generación de
electricidad para aumentar la eficiencia térmica de las centrales de
generación.
En el quinto párrafo de los considerandos (DOF
26-12-2007), se dice textualmente “Que la composición del parque
generador de energía eléctrica ha cambiado debido al incremento de
la generación de dicha energía a base de gas natural y a la
reducción de la generación a base de combustóleo, lo que ha
incrementando de manera importante la eficiencia térmica de las centrales
de generación;”
Otra contradicción; mejora la eficiencia
térmica pero los precios de la electricidad aunque son muy altos siguen
subiendo. Es curioso que el incremento de la eficiencia térmica, en vez
de ocasionar reducción en los precios, contribuye al alza porque el gas
natural importado esta elevando sus precios de manera acelerada. Lo que
realmente ha mejorado es la eficiencia de los empresarios de la electricidad en
el proceso de obtener más ganancias a costa del pueblo trabajador. Ya no
podemos permitir el engaño de que la electricidad está subsidiada,
cuando es el pueblo trabajador el que esta subsidiando a los empresarios de la
electricidad.
En 2009, lo único significativo en los acuerdos, es que
hubo una reducción en los precios de las Tarifas
DAC.
Ejemplos de cómo se
aplicaba la tarifa 1 en agosto de 2009
Se calcula igual que en
2002 pero los precios son mas altos; para consumos menores a 280 kWh son;
consumo básico 0.677 $/kWh y consumo intermedio 0.804 $/kWh, para
consumos mayores a 280 kWh son: consumo básico 0.677 $/kWh, consumo
intermedio 1.117$/kWh y consumo excedente 2.369 $/kWh.
El procedimiento
detallado y explicado de cálculo esta en el Anexo 8.
Tabla 19. Resultados de los 6 ejemplos, en Tarifa 1
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO
1997 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO
2009 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
33.85 |
230.27 |
2 |
137 |
40.28 |
92.75 |
230.27 |
3 |
245 |
76.21 |
177.93 |
233.47 |
4 |
392 |
125.90 |
549.65 |
436.59 |
5 |
476 |
203.69 |
748.64 |
367.54 |
6 |
531 |
258.03 |
878.94 |
340.64 |
Los resultados anteriores de la Tabla 19 son muy similares a los de 2005,
solo que han aumentado todavía más, ahora la Tarifa T1 para
cualquier consumo ya es superior 2.3 veces a la de 1997, llegando hasta 4.3
veces al consumo de 392 kWh.
Al observar el gráfico de la Figura 10
se corrobora plenamente lo anterior y se ve que los precios se elevan
considerablemente a partir de consumos de 280 kWh bimestrales, alcanzando el
valor mas alto de 4.4 veces a un consumo de 400 kWh. Estos consumos no pueden
considerarse elevados como para castigarlos con altos precios, la propia LFC
publico en su página en Internet hace algunos años un documento
sobre ahorro de energía en el que consideran que un hogar con 10
lámparas de 60 Watts, plancha, refrigerador, televisión, licuadora
y unidad de audio, haciendo un uso razonable consumen un poco mas de 400 kWh al
bimestre (nisiquiera incluían computadora ni videocassetera). Ver Anexo
10.
Figura 10. Aumento porcentual de las Tarifas DAC 2009 y T1 2009 contra la Tarifa T1 1997
Ejemplos de cómo
se aplicaba la Tarifa DAC Central en agosto de 2009
Se parte del supuesto que por consumos elevados anteriormente, se ha
caído en Tarifa DAC y aunque los consumos en este bimestre sean muy
bajos, se sigue dentro de la tarifa DAC (lo que es perfectamente factible), los
precios son; cualquier consumo 2.939 $/kWh y cargo fijo $ 67.95.
El
procedimiento detallado y explicado de cálculo esta en el Anexo 9.
Tabla 20. Resultados de los 6 ejemplos de Tarifa 1 a DAC
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO
1997 (pesos) |
PRECIOS DAC AGOSTO
2009 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
282.85 |
1924.15 |
2 |
137 |
40.28 |
538.54 |
1337.06 |
3 |
245 |
76.21 |
855.96 |
1123.15 |
4 |
392 |
125.90 |
1287.99 |
1023.06 |
5 |
476 |
203.69 |
1534.86 |
753.54 |
6 |
531 |
258.03 |
1696.51 |
657.49 |
En el caso de la Tarifa DAC 2009, la situación es la misma que en
2005 pero a precios más altos, ahora el mayor aumento porcentual es de
casi 20 veces, para consumos muy bajos y para consumos de 531 kWh el aumento
porcentual es mayor a 6 veces ver tabla de la Tabla 20.
En porcentaje, los
usuarios Tarifa 1, para consumos menores a 280 kWh pagan actualmente 2.3 veces
mas que en 1997, y para consumos de 281 a 500 kWh, actualmente pagan de 3.4 a
4.4 veces lo que se pagaba en 1997, como se muestra en la Figura 10.
Pero si
les están aplicando la Tarifa DAC, para consumos de 0 a 60 kWh
actualmente pagan de 20 veces mas que en 1997 y para consumos de 61 a 400 kWh
bimestrales, actualmente pagan de 20 a 10 veces mas que en 1997 y para consumos
de 400 a 740 kWh bimestrales, actualmente pagan de 10 a 5 veces mas que en 1997.
8. Conclusiones y propuestas
Hemos demostrado ampliamente, como el discurso oficial,
expresado en los “acuerdos” para ajustar, modificar o reestructurar
las tarifas de uso residencial, simplemente se va adecuando al afán de
obtener mayores ganancias por parte de las grandes transnacionales que se
están adueñando del sector eléctrico nacional,
también ha quedado claro que los aumentos de mayor impacto no se han
dirigido a los usuarios de alto consumo, sino a los de consumos modestos que
representan una calidad de vida entre media y modesta.
También
podemos asegurar que las enormes ganancias de las empresas transnacionales
generadoras salen principalmente de los usuarios de consumo medio y modesto
(alrededor de 400 kWh bimestrales hacia abajo).
Los datos y los
cálculos que hemos mostrado, evidencian claramente que el discurso de los
“subsidios” es un ardid para canalizar hacia las empresas
transnacionales los enormes recursos económicos que aportan los
consumidores de consumo medio y bajo.
Aseguramos que este dinero va a las
transnacionales porque, la CFE detiene su propia generación para que los
privados sigan entregando electricidad.
Para completar y confirmar estas
afirmaciones mostramos una prueba mas, obtenida de los datos estadísticos
de 2008 publicados en la página de Internet de la CFE, observamos lo
siguiente:
Todos los usuarios de tarifas de uso residencial no DAC a nivel
nacional, consumieron 38,311,925 MWh, mientras que los usuarios en Tarifa DAC
solo consumieron 2,536,490 MWh. Es decir los usuarios de Tarifa DAC consumieron
aproximadamente 1/15 (exactamente el 0.0662) de lo que consumen los demás
usuarios.
Por otra parte los usuarios de tarifas de uso residencial no DAC a
nivel nacional pagaron por la energía consumida un total de $
34,943,354,000, mientras los de Tarifa DAC pagaron $ 7,460,954,000,
aproximadamente 1/5 (exactamente 0.2135) de lo que pagaron los demás
usuarios.
¿Cómo se explica que 1 / 15 de consumo, equivale a 1 /
5 del pago total?
Solo es posible si ese 1/15 de consumo se paga a precios 3
veces mas altos; (1 / 15) x 3 = 1/5.
Haciendo el cálculo exacto, se
obtiene 3.225. Los usuarios DAC pagan la electricidad en promedio 3.225 veces
más cara que los demás.
Esto parece coincidir perfectamente
con el discurso oficial, de que los usuarios DAC deben pagar mas porque consumen
mas, también dicen que no se les “subsidia” (la prueba esta
en que en sus aviso-recibos de consumo no hay ninguna indicación del
“subsidio”, a diferencia de los usuarios no DAC que si tienen
registrado lo que reciben de “subsidio”), pero al observar la
grafica de la Figura 11, se descubre la farsa.
Los consumos de 1000 kWh
pagados con Tarifa DAC, ni siquiera son del doble que los de Tarifa T1, y al
buscar quienes son los que pagan 3.225 veces mas son los consumos de 322 kWh, de
modo que se ve claramente que no son los consumidores de alto consumo (en Tarifa
DAC), los que pagan 3.225 veces lo que los de Tarifa T1, sino los consumidores
DAC de poco consumo, de apenas 322 kWh, entonces es totalmente falso que la
Tarifa DAC es para afectar a usuarios de alto consumo, es para golpear a
usuarios de consumos relativamente modestos. Todo esto vuelve a confirmar que el
discurso oficial es absolutamente falso.
Figura 11. Precios de la Tarifa DAC y la Tarifa 1 en 2008
Los generadores privados buscando mayores ganancias y el gobierno
neoliberal que los beneficia, presionan el aumento a las tarifas, por eso han
desatado una campaña publicitaria insistiendo en la necesidad de reducir
los “subsidios” a las tarifas eléctricas.
Al mismo tiempo
el gobierno federal y los estatales aplican mano dura contra los usuarios
residenciales de electricidad Tarifas 1 y DAC, criminalizando sus protestas y su
resistencia a pagar tan altas tarifas. Por todo el país surgen
organizaciones de usuarios que luchan contra las altas tarifas.
Hay
propuestas de solución de todo tipo, desde el no pago hasta la
creación de una “tarifa social”. Entre los que proponen la
“tarifa social”, hay quienes evaden señalar la causa del
aumento en las tarifas, que como hemos visto claramente es la
privatización del sector eléctrico, porque de hacerlo
tendrían por lógica que oponerse a la privatización en los
hechos, no solo de palabra, luchar por la renacionalización del sector
eléctrico.
Otros que si señalan que la causa del alza en las
tarifas, es la privatización, “inexplicablemente” en lugar de
concentrar todas sus fuerzas contra la privatización, proponen paliativos
como la “tarifa social”, que si llegara a aprobarse en lugar de
servir a las causas populares, serviría a las grandes transnacionales que
tranquilamente continuarían sus impresionantes negocios.
En otros
países como España y Argentina, ya existe esta “tarifa
social” y como es lógico de entender no ha sido favorable al pueblo
sino a los generadores privados.
Por otra parte proponer una “tarifa
social” es dar por aceptada la privatización, es proponer una
salida falsa, es engañar a los usuarios. Es incluso hasta facilitarle al
estado encauzar el descontento por las altas tarifas a una lucha por ser
candidato a la “tarifa social”, es una forma de pedir limosna en vez
de recuperar lo que nos pertenece.
Nuestro país vivió y
conoció durante más de cinco décadas los abusos,
tropelías y crímenes de las empresas extranjeras que comerciaban
con la electricidad, hasta que logro ponerles un alto, no mediante
“tarifas sociales”, sino mediante la nacionalización de la
industria eléctrica.
Gracias a esa grandiosa lucha pudimos
desarrollar el concepto de “servicio público”, quedando
escrito en el artículo 27 constitucional.
El servicio público
de energía eléctrica, se creo para impulsar el desarrollo de la
nación, llevando el progreso a cualquier ciudadano, en condiciones de
igualdad y equidad, sin importar su condición económica y
efectivamente aún siendo el nuestro un país capitalista, fue
evidente el progreso alcanzado, se creó e integró una red
eléctrica nacional, la electrificación se desarrolló
aceleradamente, se construyeron enormes plantas hidroeléctricas que
producen energía a bajo costo y se promovió el uso de la
electricidad para elevar la calidad de vida.
Hoy lo que tenemos que hacer es
retomar y hacer valer el concepto de “servicio público de
energía eléctrica”, para lo cual es absolutamente
indispensable re-nacionalizar el sector eléctrico, organizando y
concentrando nuestra lucha contra la causa, no contra los efectos de nuestros
males, que es la privatización del sector
eléctrico.
Proponemos en primer lugar, suspender todos los aumentos a
las tarifas eléctricas de uso residencial, eliminar la Tarifa DAC y
regresar a la estructura tarifaria de 1997.
Esta estructura y sus precios
todavía “tendía a una equitativa
distribución social de los costos generales de
producción”, en consonancia con el concepto de servicio
público de energía eléctrica.
Su estructura
además sigue siendo adecuada a las necesidades básicas de la
población; tres niveles de precios, el mas bajo para consumos menores a
150 kWh, el segundo nivel de precio para consumos hasta de 400 kWh que apenas
son adecuados para una calidad de vida medianamente modesta y un tercer nivel de
precio para consumos por arriba de 400 kWh.
¡POR LA RENACIONALIZACIÓN DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA!
¡POR LA ELIMINACIÓN DE LA TARIFA DAC!
¡POR LA SUSPENSIÓN DE LOS AUMENTOS A LAS TARIFAS ELÉCTRICAS!
¡POR LA RESTITUCIÓN DE LA ESTRUCTURA TARIFARIA Y PRECIOS DE 1997!
* Sergio González Broca, ingeniero mecánico,
trabajador jubilado de Luz y Fuerza del Centro.
Subestación eléctrica Verónica, LFC
¡No a la venta del sector eléctrico!
ANEXO 1
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa 1 en agosto de 1997, para
diferentes consumos.
Los precios correspondientes a agosto de 1997
eran; consumo básico 0.294 $/kWh, consumo intermedio 0.338 $/kWh y
consumo excedente $ 0.988 $ / kWh;
Ejemplos de consumo básico
(menor a 150 kWh bimestrales)
Ejemplo 1. Consumo de 46
kWh.
Como la cuota mínima es equivalente a 50 kWh, por cualquier
consumo menor siempre se paga el equivalente a los 50 kWh, al precio de consumo
básico que es 0.294 $/kWh;
Precio = (50 kWh) x (0.294
$/kWh)
= 14.70 pesos M. N.
Ejemplo 2. Consumo de 137
kWh.
Como es menor a 150 kWh, también se aplica el precio de
consumo básico;
Precio = (137 kWh) x (0.294 $/kWh)
=
40.29 pesos M. N.
Ejemplos de consumo intermedio (mayor a 150 kWh
bimestrales pero menor a 400 kWh)
Ejemplo 3. Consumo de 245
kWh.
A este consumo le corresponden dos precios; el básico hasta
150 kWh y los restantes 95 kWh al precio intermedio;
Precio = (150
kWh) x (0.294 $/kWh) + (95 kWh) x (0.338 $/kWh)
= 44.10 +
32.11
= 76.21 pesos M. N.
Ejemplo 4. Consumo de 392 kWh.
A este
consumo también le corresponden dos precios; el básico hasta 150
kWh y los restantes 242 kWh al precio intermedio;
Precio = (150
kWh) x (0.294 $/kWh) + (242 kWh) x (0.338 $/kWh)
= 44.10 +
81.80
= 125.90 pesos M. N.
Ejemplos de consumo excedente (mayor a 400
kWh bimestrales)
Ejemplo 5. Consumo de 476 kWh.
A este
consumo le corresponden tres precios; el básico hasta 150 kWh, los
siguientes 250 para completar 400 al precio intermedio y los restantes 76 kWh al
precio excedente;
Precio = (150 kWh) x (0.294 $ / kWh) +
(250 kWh) x (0.338 $ / kWh) + (76 kWh) x (0.988 $/kWh)
=
44.10 + 84.50 + 75.09
= 203.69 pesos M. N.
Ejemplo 6. Consumo de 531 kWh.
A este
consumo también le corresponden tres precios; el básico hasta 150
kWh, los siguientes 250 kWh para completar 400 kWh al precio intermedio y los
restantes kWh al precio excedente;
Precio = (150 kWh) x (0.294 $
/ kWh) + (250 kWh) x (0.338 $ / kWh) + (131 kWh) x (0.988
$/kWh)
= 44.10 + 84.50 + 129.43
= 258.03 pesos M. N.
Tabla de resultados de los
6 ejemplos
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 97 (pesos) |
1 |
46 |
14.70 |
2 |
137 |
40.28 |
3 |
245 |
76.21 |
4 |
392 |
125.90 |
5 |
476 |
203.69 |
6 |
531 |
258.03 |
ANEXO 2
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa 1 en agosto de
1998.
En 1998 se aplicaba exactamente igual que en 1997, solo que
los precios aumentaron (los precios correspondientes a agosto de 1998 eran;
consumo básico 0.334 $ / kWh, consumo intermedio 0.388 $ / kWh y consumo
excedente 1.14 $/kWh );
Ejemplos de consumo básico (menor a 150
kWh bimestrales)
Ejemplo 1. Consumo de 46 kWh.
Como la cuota
mínima es equivalente a 50 kWh, por cualquier consumo menor siempre se
paga el equivalente a los 50 kWh, al precio de consumo básico que es
0.334 $/kWh;
Precio = (50 kWh) x (0.334 $ / kWh)
= 16.70
pesos M. N.
Ejemplo 2. Consumo de 137 kWh.
Como es menor a 150
kWh, también se aplica el precio de consumo básico;
Precio
= (137 kWh) x (0.334 $/kWh)
= 45.76 pesos M. N.
Ejemplos
de consumo intermedio (mayor a 150 kWh bimestrales pero menor a 400
kWh).
Ejemplo 3. Consumo de 245 kWh.
A este consumo le
corresponden dos precios; el básico hasta 150 kWh y los restantes 95 kWh
al precio intermedio;
Precio = (150 kWh) x (0.334 $ / kWh) +
(95 kWh) x (0.388 $/kWh)
= 50.10 + 36.86
= 86.96 pesos M. N.
Ejemplo 4. Consumo de 392 kWh.
A este consumo también le
corresponden dos precios; el básico hasta 150 kWh, y los restantes 242
kWh al precio intermedio;
Precio = (150 kWh) x (0.334 $ / kWh) +
(242 kWh) x (0.388 $/kWh)
= 50.10 + 93.90
= 144.00 pesos M. N.
Ejemplos de consumo excedente (mayor a 400
kWh bimestrales).
Ejemplo 5. Consumo de 476 kWh.
A este
consumo le corresponden tres precios; el básico hasta 150 kWh, los
siguientes 250 para completar 400 al precio intermedio y los restantes 76 kWh al
precio excedente;
Precio = (150 kWh) x (0.334 $ / kWh) +
(250 kWh) x (0.388 $ / kWh) + (76 kWh) x (1.14 $/kWh)
= 50.10
+ 97.00 + 86.64
= 233.74 pesos M. N.
Ejemplo 6. Consumo de 531 kWh.
A este
consumo también le corresponden tres precios; el básico hasta 150
kWh, los siguientes 250 kWh para completar 400 kWh al precio intermedio y los
restantes 131 kWh al precio excedente;
Precio = (150 kWh) x
(0.334 $ / kWh) + (250 kWh) x (0.388 $/kWh) + (131 kWh) x (1.14
$/kWh)
= 50.10 + 97.00 + 149.34
= 296.44 pesos M. N.
Tabla de resultados de los
6 ejemplos
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 97 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO 98 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
16.70 |
13.61 |
2 |
137 |
40.28 |
45.76 |
13.61 |
3 |
245 |
76.21 |
86.96 |
14.11 |
4 |
392 |
125.90 |
144.00 |
14.38 |
5 |
476 |
203.69 |
233.74 |
14.75 |
6 |
531 |
258.03 |
296.44 |
14.89 |
ANEXO 3
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa 1 en agosto de
2001.
En 2001 se aplicaba exactamente igual que en 1997, pero a
precios mas elevados (los precios correspondientes a agosto de 2001 eran;
consumo básico 0.454$ / kWh , consumo intermedio 0.536 $/kWh y consumo
excedente 1.568 $/kWh );
Ejemplos de consumo básico (menor a
150 kWh bimestrales)
Ejemplo 1. Consumo de 46 kWh.
Como la
cuota mínima es equivalente a 50 kWh, por cualquier consumo menor siempre
se paga el equivalente a los 50 kWh, al precio de consumo básico que es
0.334 $/kWh;
Precio = (50 kWh) x (0.454 $/kWh)
= 22.70 pesos
M. N.
Ejemplo 2. Consumo de 137 kWh.
Como es menor a 150 kWh,
también se aplica el precio de consumo básico;
Precio =
(137 kWh) x (0.454 $/kWh)
= 62.20 pesos M. N.
Ejemplos de
consumo intermedio (mayor a 150 kWh bimestrales pero menor a 400
kWh)
Ejemplo 3. Consumo de 245 kWh.
A este consumo le
corresponden dos precios; el básico hasta 150 kWh y los restantes 95 kWh
al precio intermedio;
Precio = (150 kWh) x (0.454 $ / kWh) +
(95 kWh) x (0.536 $/kWh)
= 68.10 +50.92
= 119.02 pesos M. N.
Ejemplo 4. Consumo de 392 kWh.
A este
consumo también le corresponden dos precios; el básico hasta 150
kWh, y los restantes 242 kWh al precio intermedio;
Precio = (150
kWh) x (0.454 $/kWh) + (242 kWh) x (0.536 $/kWh)
= 68.10 +
129.71
= 197.81 pesos M. N.
Ejemplos de consumo excedente (mayor a 400
kWh bimestrales).
Ejemplo 5. Consumo de 476 kWh.
A este
consumo le corresponden tres precios; el básico hasta 150 kWh, los
siguientes 250 para completar 400 al precio intermedio y los restantes 76 kWh al
precio excedente;
Precio = (150 kWh) x (0.454 $/kWh) +
(250 kWh) x (0.536 $ / kWh) + (76 kWh) x (1.568 $/kWh)
=
68.10 + 134.00 + 119.17
= 321.27 pesos M. N.
Ejemplo 6. Consumo de 531 kWh.
A este
consumo también le corresponden tres precios; el básico hasta 150
kWh, los siguientes 250 kWh para completar 400 kWh al precio intermedio y los
restantes 131 kWh al precio excedente;
Precio = (150 kWh) x
(0.454 $/kWh) + (250 kWh) x (0.536 $/kWh) + (131 kWh) x (1.568
$/kWh)
= 68.10 + 134.00 + 205.41
= 407.51 pesos M. N.
Tabla de resultados de los
6 ejemplos
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 97 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO 2001 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
22.70 |
54.42 |
2 |
137 |
40.28 |
62.20 |
54.42 |
3 |
245 |
76.21 |
119.02 |
56.17 |
4 |
392 |
125.90 |
197.81 |
57.12 |
5 |
476 |
203.69 |
321.27 |
57.73 |
6 |
531 |
258.03 |
407.51 |
57.93 |
ANEXO 4
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa 1 en agosto de 2002 (con
sus dos partes).
En 2002 al cambiar la estructura de la Tarifa 1,
cambió la forma de calcular y además hay mas precios; para
consumos menores a 280 kWh son; consumo básico 0.49 $/kWh y consumo
intermedio 0.584 $/kWh y para consumos mayores a 280 kWh son: consumo
básico 0.49 $/kWh, consumo intermedio 0.749 $ / kWh y consumo excedente
1.701 $/kWh.
Ejemplos de consumo menor a 280 kWh
Consumo
básico (menor a 150 kWh bimestrales)
Ejemplo 1. Consumo de 46
kWh.
Como la cuota mínima es equivalente a 50 kWh, por cualquier
consumo menor siempre se paga el equivalente a los 50 kWh, al precio de consumo
básico que es 0.49 $/kWh.
Precio = (50 kWh) x (0.49
$/kWh)
= 24.50 pesos M. N.
Ejemplo 2. Consumo de 137
kWh.
Como es menor a 150 kWh, también se aplica el precio de
consumo básico;
Precio = (137 kWh) x (0.49 $/kWh)
=
67.13 pesos M. N.
Ejemplo 3. Consumo de 245 kWh.
A este consumo
le corresponden dos precios; el básico hasta 150 kWh y los restantes 95
kWh al precio intermedio.
Precio = (150 kWh) x (0.49 $/kWh) +
(95 kWh) x (0.584 $/kWh)
= 73.50 + 55.48
= 128.98 pesos M.
N.
Ejemplos de consumo mayor a 280 kWh pero menor a 500
kWh.
Ejemplo 4. Consumo de 392 kWh.
A este consumo le
corresponden tres precios; el básico hasta 150 kWh, los siguientes 100
para completar 250 al precio intermedio y los restantes 142 kWh al precio
excedente.
Precio = (150 kWh) x (0.49 $/kWh) + (100 kWh) x
(0.749 $/kWh) + (142 kWh) + (1.701 $ / kWh)
= 73.50 + 74.90 +
241.54
= 389.94 pesos M. N.
Ejemplo 5. Consumo de 476
kWh.
A este consumo también le corresponden tres precios; el
básico hasta 150 kWh, los siguientes 100 para completar 250 al precio
intermedio y los restantes 226 kWh al precio excedente;
Precio =
(150 kWh) x (0.49 $/kWh) + (100 kWh) x (0.749 $/kWh) + (226
kWh) x (1.701 $/kWh)
= 73.50 + 74.90 + 384.43
= 532.83 pesos M. N.
Ejemplo 6. Consumo de 531 kWh.
A este
consumo también le corresponden tres precios; el básico hasta 150
kWh, los siguientes 100 kWh para completar 250 kWh al precio intermedio y los
restantes 281 kWh al precio excedente.
Precio = (150 kWh) x (0.49
$/kWh) + (100 kWh) x (0.749 $ / kWh) + (281 kWh) x (1.701
$/kWh)
= 73.50 + 74.90 + 477.98
= 626.38 pesos M. N.
Tabla de resultados de los
6 ejemplos, en Tarifa 1
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 97 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO 2002 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
24.5 |
66.67 |
2 |
137 |
40.28 |
67.13 |
66.67 |
3 |
245 |
76.21 |
128.98 |
69.24 |
4 |
392 |
125.90 |
389.94 |
209.73 |
5 |
476 |
203.69 |
532.83 |
161.59 |
6 |
531 |
258.03 |
626.38 |
142.76 |
ANEXO 5
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa DAC Central en agosto de
2002.
Se parte del supuesto que por consumos elevados anteriormente,
se ha caído en Tarifa DAC y aunque los consumos en este bimestre sean muy
bajos, se sigue dentro de la Tarifa DAC (lo cual es perfectamente factible), los
precios son; consumo básico 1.531 $/kWh, consumo adicional 1.79 $ / kWh
(para consumos superiores a 1,000 kWh) y cargo fijo $ 35.37.
Ejemplos
de consumo básico (menor a 1,000 kWh bimestrales).
Ejemplo 1.
Consumo de 46 kWh.
Como la cuota mínima es equivalente a 200 kWh
mas 2 veces el cargo fijo, por cualquier consumo menor a 200 kWh siempre se paga
la cuota mínima;
Precio = (200 kWh) x (1.531 $/kWh) + (2)
x (35.37)
= 306.20 + 70.74 pesos M. N.
= 376.94
Ejemplo 2.
Consumo de 137 kWh.
Es exactamente el mismo caso que el
anterior;
Precio = (200 kWh) x (1.531 $/kWh) + 2 x (35.37)
=
306.20 + 70.74 pesos M. N.
= 376.94
Ejemplo 3. Consumo de 245
kWh.
A este consumo le corresponden el precio de consumo el
básico.
Precio = (245 kWh) x (1.531 $/kWh) + (2) x
(35.37)
= 375.10 + 70.74
= 445.84 pesos M. N.
Ejemplo 4. Consumo de 392 kWh.
A este
consumo también le corresponde el precio de consumo
básico.
Precio = (392 kWh) x (1.531 $/kWh) + (2) x
(35.37)
= 600.15 + 70.74
= 670.89 pesos M. N.
Ejemplo 5. Consumo de 476 kWh.
A este
consumo también le corresponde el precio de consumo
básico.
Precio = (476 kWh) x (1.531 $/kWh) + (2) x
(35.37)
= 728.76 + 70.74
= 799.50 pesos M. N.
Ejemplo 6. Consumo de 531 kWh.
Igual
que los anteriores;
Precio = (531 kWh) x (1.531 $/kWh) + (2) x
(35.37)
= 812.96 + 70.74
= 883.70 pesos M. N.
Tabla de resultados de los
6 ejemplos, de Tarifa 1 a DAC Central
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 97 (pesos) |
PRECIOS DAC AGOSTO 2002 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
376.94 |
2464.22 |
2 |
137 |
40.28 |
376.94 |
835.85 |
3 |
245 |
76.21 |
445.84 |
485.01 |
4 |
392 |
125.90 |
670.89 |
432.89 |
5 |
476 |
203.69 |
799.50 |
292.51 |
6 |
531 |
258.03 |
883.70 |
242.48 |
ANEXO 6
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa 1 en agosto de
2005.
Se calcula igual que en 2002 pero los precios son mas altos;
para consumos menores a 280 kWh son: consumo básico 0.583 $/kWh y consumo
intermedio 0.697 $/kWh, para consumos mayores a 280 kWh son: consumo
básico 0.583 $/kWh, consumo intermedio 0.963 $/kWh y consumo excedente
2.033 $/kWh.
Ejemplos de consumo menor a 280
kWh.
Consumo básico (menor a 150 kWh
bimestrales).
Ejemplo 1. Consumo de 46 kWh.
Como la cuota
mínima es equivalente a 50 kWh, por cualquier consumo menor siempre se
paga el equivalente a los 50 kWh, al precio de consumo básico que es
0.583 $/kWh.
Precio = (50 kWh) x (0.583 $/kWh)
= 29.15 pesos
M. N.
Ejemplo 2. Consumo de 137 kWh.
Como es menor a 150 kWh,
también se aplica el precio de consumo básico.
Precio =
(137 kWh) x (0.583 $ / kWh)
= 79.87 pesos M. N.
Ejemplo 3.
Consumo de 245 kWh.
A este consumo le corresponden dos precios; el
básico hasta 150 kWh y los restantes 95 kWh al precio
intermedio.
Precio = (150 kWh) x (0.49 $/kWh) + (95 kWh) x
(0.584 $/kWh)
= 73.50 + 55.48
= 128.98 pesos M. N.
Ejemplos de consumo mayor a 280 kWh pero
menor a 500 kWh.
Ejemplo 4. Consumo de 392 kWh.
A este consumo
le corresponden tres precios; el básico hasta 150 kWh, los siguientes 100
para completar 250 al precio intermedio y los restantes 142 kWh al precio
excedente.
Precio = (150 kWh) x (0.583 $/kWh) + (100 kWh)
x (0.963 $/kWh) + (142 kWh) x (2.033 $/kWh)
= 87.45 + 96.30 +
288.69
= 472.44 pesos M. N.
Ejemplo 5. Consumo de 476 kWh.
A
este consumo también le corresponden tres precios; el básico hasta
150 kWh, los siguientes 100 para completar 250 al precio intermedio y los
restantes 226 kWh al precio excedente.
Precio = (150 kWh) x
(0.583 $/kWh) + (100 kWh) x (0.963 $ / kWh) + (226 kWh) x (2.033
$/kWh)
= 87.45 + 96.30 + 459.46
= 643.21 pesos M. N.
Ejemplo 6. Consumo de 531 kWh.
Este
consumo según las reglas de los tecnócratas no se puede calcular,
porque rebasa los 500 kWh y entonces debería caer en la Tarifa DAC, pero
es perfectamente posible que no caiga en Tarifa DAC y por lo tanto se debe
calcular como en el caso anterior; también le corresponden tres precios;
el básico hasta 150 kWh, los siguientes 100 kWh para completar 250 kWh al
precio intermedio y los restantes 281 kWh al precio excedente.
Precio =
(150 kWh) x (0.583 $/kWh) + (100 kWh) x (0.963 $/kWh) +
(281 kWh) x (2.033 $/kWh)
= 87.45 + 96.30 + 571.27
= 755.02 pesos M. N.
Tabla de resultados de los
6 ejemplos, en Tarifa 1
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 97 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO 2005 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
29.15 |
198.30 |
2 |
137 |
40.28 |
79.87 |
198.30 |
3 |
245 |
76.21 |
153.67 |
201.63 |
4 |
392 |
125.90 |
472.44 |
375.26 |
5 |
476 |
203.69 |
643.21 |
315.78 |
6 |
531 |
258.03 |
755.02 |
292.61 |
ANEXO 7
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa DAC Central en agosto de
2005.
En enero de 2003 se corrigió el cargo mínimo, de
ahí en adelante es el equivalente a 50 kWh mas dos veces el cargo
fijo.
En diciembre de 2004 se modifico la estructura de la Tarifa DAC
(Central y Sur), ya no hay niveles, queda un solo nivel por lo tanto un solo
precio para cualquier cantidad de kWh consumidos.
Se parte del supuesto que
por consumos elevados anteriormente, se ha caído en Tarifa DAC y aunque
los consumos en este bimestre sean muy bajos, se sigue dentro de la Tarifa DAC
(lo que es perfectamente factible), los precios son; cualquier consumo 2.212
$/kWh y cargo fijo $51.16.
Ejemplo 1. Consumo de 46 kWh.
Como
la cuota mínima se corrigió, ahora es equivalente a 50 kWh mas 2
veces el cargo fijo. Por cualquier consumo menor a 50 kWh siempre se paga la
cuota mínima.
Precio = (50 kWh) x (2.212 $/kWh) + (2) x
(51.16)
= 110.60 + 102.32 pesos M. N.
= 212.92
Ejemplo 2.
Consumo de 137 kWh.
Precio = (137 kWh) x (2.212 $/kWh) + 2 x
(51.16)
= 303.04 + 102.32 pesos M. N.
= 405.36
Ejemplo 3. Consumo
de 245 kWh.
Es igual que el anterior;
Precio = (245 kWh)
x (2.212 $/kWh) + (2) x (51.16)
= 541.94 + 102.32
= 644.26 pesos M. N.
Ejemplo 4. Consumo de 392 kWh.
Es igual
que el anterior;
Precio = (392 kWh) x (2.212 $/kWh) + (2) x
(51.16)
= 867.10 + 102.32
= 969.42 pesos M. N.
Ejemplo 5. Consumo de 476 kWh.
Es igual
que el anterior;
Precio = (476 kWh) x (2.212 $/kWh) + (2) x
(51.16)
= 1052.91 + 102.32
= 1155.23 pesos M. N.
Ejemplo 6. Consumo de 531 kWh.
Igual
que los anteriores;
Precio = (531 kWh) x (2.212 $/kWh) + (2) x
(51.16)
= 1174.57 + 102.32
= 1276.89 pesos M. N.
Tabla de resultados de los
6 ejemplos
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 97 (pesos) |
PRECIOS DAC AGOSTO 2005 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
212.92 |
1448.44 |
2 |
137 |
40.28 |
405.36 |
1006.36 |
3 |
245 |
76.21 |
644.26 |
845.37 |
4 |
392 |
125.90 |
969.42 |
769.99 |
5 |
476 |
203.69 |
1155.23 |
567.15 |
6 |
531 |
258.03 |
1276.89 |
494.86 |
ANEXO 8
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa 1 en agosto de
2009.
Se calcula igual que en 2002 pero los precios son mas altos;
para consumos menores a 280 kWh son; consumo básico 0.677 $/kWh y consumo
intermedio 0.804 $ / kWh, para consumos mayores a 280 kWh son: consumo
básico 0.677 $/kWh, consumo intermedio 1.117$/kWh y consumo excedente
2.369 $/kWh.
Ejemplos de consumo menor a 280 kWh
Consumo
básico (menor a 150 kWh bimestrales)
Ejemplo 1. Consumo de 46
kWh.
Como la cuota mínima es equivalente a 50 kWh, por cualquier
consumo menor siempre se paga el equivalente a los 50 kWh, al precio de consumo
básico que es 0.677 $/kWh.
Precio = (50 kWh) x (0.677
$/kWh)
= 33.85 pesos M. N.
Ejemplo 2. Consumo de 137
kWh.
Como es menor a 150 kWh, también se aplica el precio de
consumo básico.
Precio = (137 kWh) x (0.677 $/kWh)
=
92.75 pesos M. N.
Ejemplo 3. Consumo de 245 kWh.
A este consumo
le corresponden dos precios; el básico hasta 150 kWh y los restantes 95
kWh al precio intermedio.
Precio = (150 kWh) x (0.677 $/kWh) +
(95 kWh) x (0.804 $/kWh)
= 101.55 + 76.38
= 177.93 pesos M. N.
Ejemplos de consumo mayor a 280 kWh pero
menor a 500 kWh.
Ejemplo 4. Consumo de 392 kWh.
A este consumo
le corresponden tres precios; el básico hasta 150 kWh, los siguientes 100
para completar 250 al precio intermedio y los restantes 142 kWh al precio
excedente.
Precio = (150 kWh) x (0.677 $/kWh) + (100 kWh)
x (1.117 $ / kWh) + (142 kWh) x (2.369 $/kWh)
= 101.55 + 111.70 +
336.40
= 549.65 pesos M. N.
Ejemplo 5. Consumo de 476 kWh.
A
este consumo también le corresponden tres precios; el básico hasta
150 kWh, los siguientes 100 para completar 250 al precio intermedio y los
restantes 226 kWh al precio excedente.
Precio = (150 kWh) x
(0.677 $/kWh) + (100 kWh) x (1.117 $ / kWh) + (226 kWh) x (2.369
$/kWh)
= 101.55 + 111.70 + 535.39
= 748.64 pesos M. N.
Ejemplo 6. Consumo de 531 kWh.
Este
consumo según las reglas de los tecnócratas no se puede calcular,
porque rebasa los 500 kWh y entonces debería caer en la Tarifa DAC, pero
es perfectamente posible que no caiga en Tarifa DAC y por lo tanto se debe
calcular como en el caso anterior; también le corresponden tres precios;
el básico hasta 150 kWh, los siguientes 100 kWh para completar 250 kWh al
precio intermedio y los restantes 281 kWh al precio excedente.
Precio =
(150 kWh) x (0.677 $/kWh) + (100 kWh) x (1.117 $/kWh) +
(281 kWh) x (2.369 $/kWh)
= 101.55 + 111.70 + 665.69
= 878.94 pesos M. N.
Tabla de resultados de los
6 ejemplos, en Tarifa 1
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 1997 (pesos) |
PRECIOS AGOSTO 2009 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
33.85 |
230.27 |
2 |
137 |
40.28 |
92.75 |
230.27 |
3 |
245 |
76.21 |
177.93 |
233.47 |
4 |
392 |
125.90 |
549.65 |
436.59 |
5 |
476 |
203.69 |
748.64 |
367.54 |
6 |
531 |
258.03 |
878.94 |
340.64 |
ANEXO 9
Ejemplos de cómo se aplicaba la Tarifa DAC Central en agosto de
2009.
Se parte del supuesto que por consumos elevados anteriormente,
se ha caído en Tarifa DAC y aunque los consumos en este bimestre sean muy
bajos, se sigue dentro de la Tarifa DAC (lo que es perfectamente factible), los
precios son; cualquier consumo 2.939 $/kWh y cargo fijo $ 67.95.
Ejemplo
1. Consumo de 46 kWh.
Precio = (50 kWh) x (2.939 $/kWh) + (2) x
(67.95)
= 146.95 + 135.90 pesos M. N.
= 282.85
Ejemplo 2.
Consumo de 137 kWh.
Precio = (137 kWh) x (2.939 $/kWh) + 2 x
(67.95)
= 402.64 + 135.90 pesos M. N.
= 538.54
Ejemplo 3.
Consumo de 245 kWh.
Es igual que el anterior;
Precio = (245
kWh) x (2.939 $/kWh) + (2) x (67.95)
=720.06 + 135.90
= 855.96 pesos M. N.
Ejemplo 4. Consumo de 392 kWh.
Es igual
que el anterior;
Precio = (392 kWh) x (2.939 $/kWh) + (2) x
(67.95)
= 1152.09 + 135.90
=1287.99 pesos M. N.
Ejemplo 5. Consumo de 476 kWh.
Es igual
que el anterior;
Precio = (476 kWh) x (2.939 $/kWh) + (2) x
(67.95)
= 1398.96 + 135.90
= 1534.86 pesos M. N.
Ejemplo 6. Consumo de 531 kWh.
Igual
que los anteriores;
Precio = (531 kWh) x (2.939 $/kWh) + (2) x
(67.95)
= 1560.61 + 135.90
= 1696.51 pesos M. N.
Tabla de resultados de los
6 ejemplos, de Tarifa 1 a Dac
EJEMPLO |
CONSUMO (kWh) |
PRECIOS AGOSTO 1997 (pesos) |
PRECIOS DAC AGOSTO 2009 (pesos) |
AUMENTO (%) |
1 |
46 |
14.70 |
282.85 |
1924.15 |
2 |
137 |
40.28 |
538.54 |
1337.06 |
3 |
245 |
76.21 |
855.96 |
1123.15 |
4 |
392 |
125.90 |
1287.99 |
1023.06 |
5 |
476 |
203.69 |
1534.86 |
753.54 |
6 |
531 |
258.03 |
1696.51 |
657.49 |
Fig. 32
ANEXO 10
Tablas
publicadas por LFC y por la CONAE (desaparecida y convertida en CNAEE) que ya
retiraron de internet. Se trata de "Consejos para Ahorro de Energía
Eléctrica en el Hogar" donde ellos mismos dicen que 600 kWh es un consumo
adecuado para una casa con computadora
¡No a la privatización eléctrica, causante de la elevación de las tarifas!
Marcha en el Zócalo del Frente Nacional de Resistencia contra la Privatización
de la Industria Eléctrica
Subestación eléctrica y al fondo la Torre de Pemex