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Volumen 9, Número 121, febrero 15 de 2009 www.wftucentral.org
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Organización obrera afiliada a la FEDERACIÓN SINDICAL MUNDIAL

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Foro energético en la BUAP

 

El 4 de febrero de 2009, se realizó el Foro “Dimensiones de la Reforma Energética” en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), con la asistencia de estudiantes y maestros universitarios, así como, de la sociedad poblana. De lo expresado en el evento se concluye que la reforma energética aprobada en 2008 no impide la privatización sino que la generaliza a todas las fuentes de energía, renovables y no renovables.

Se están perdiendo importantes conquistas del pueblo

El evento, realizado en el auditorio “José María Morelos” de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la BUAP fue organizado por: RENACIMIENTO HUMANISTA, el FRENTE ESTUDIANTIL DEMOCRATICO POR LA CONSOLIDACION ACADEMICA (FEDCA) y el INSTITUTO CULTURAL CUBANO-MEXICANO JOSE MARTI. A.C.

El doctor David Bahena y el arqueólogo Aarón Hernández, integrantes del Frente de Trabajadores de la Energía (FTE) de México, organización obrera afiliada a la Federación Sindical Mundial (FSM), destacaron en sus presentaciones los elementos fundamentales de la reforma energética aprobada por los legisladores en octubre de 2008, misma que ha sido promulgada por el poder ejecutivo federal para entrar enseguida en vigor.

En el Foro se llevó a cabo un análisis de tal reforma, partiendo de los antecedentes históricos surgidos de la Revolución Mexicana, destacando tres momentos trascendentes, a saber, la promulgación de la Constitución política del país, considerada el pacto político de la nación porque expresa decisiones políticas fundamentales, la expropiación petrolera de 1938 y la nacionalización eléctrica de 1960 que reafirmaron el dominio de la nación en materia energética.

Estas grandes conquistas del pueblo de México, sin embargo, han venido siendo vulneradas unilateralmente por los diversos gobiernos en turno, al grado que en 1994, con motivo de la firma del Tratado de Libre Comercio (TLC), se aceptaron disposiciones inconstitucionales indicadas en el Anexo 602.3 de dicho Tratado. Mediante tales acuerdos, la Constitución fue modificada de facto al establecer términos inexistentes en la Carta Magna que contravienen lo indicado por el párrafo sexto del artículo 27 constitucional.

Con esa base, se produjeron dos reformas regresivas, la primera en 1992 para modificar la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) y, la segunda, en 1995 para reformar a la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo (LRRP). Estas reformas condujeron a un proceso de privatización furtiva.

Mediante 736 permisos privados otorgados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a más de 300 transnacionales y sus filiales, la generación eléctrica total a nivel nacional ya es privada en un 48.3%. Algo similar ocurre en materia de gas, al haberse otorgado 200 permisos a los particulares para la distribución, transporte y almacenamiento de gas natural y distribución y transporte de gas LP por medio de ductos.

Dimensiones abiertamente privatizadoras de la reforma

La situación se torna más alarmante con la reforma energética aprobada en 2008, misma que se refiere a modificaciones a la legislación secundaria que contravienen lo indicado por los artículos 25, 27 y 28 constitucionales.

En el Foro realizado se analizaron detalladamente los siete dictámenes que, al ser aprobados, se convirtieron en leyes. En seis de éstas se ratifica al TLC, se reafirma el proceso de privatización furtiva y se generaliza ampliándolo a las fuentes renovables de energía. En ningún momento se impide la privatización sino que se favorece y extiende.

1- La reforma al artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, misma que había sido aprobada por el Senado el 17 de abril de 2007, otorga a la Secretaría de Energía (Sener) facultades para promover la participación privada en el sector energético, cuyas actividades constituyen funciones constitucionales estratégicas que deben ser realizadas por el Estado mexicano de manera exclusiva. Se le indican, también, facultades para otorgar concesiones, autorizaciones y permisos a los particulares en materia energética, siendo que la Constitución prohíbe la participación privada en el sector. Asimismo, se le faculta para regular las fuentes de energía alternas a los hidrocarburos, lo que implica ceder las funciones constitucionales al sector privado, tratándose de las fuentes de energía renovables como no renovables.

2- Con esa base, se aprobó crear a la Comisión Nacional de Hidrocarburos, como un órgano cuyo objetivo será regular las actividades de exploración y explotación de los hidrocarburos, mismas que son las fases principales del proceso de trabajo con los hidrocarburos. Esta comisión definirá la política de exploración y extracción de hidrocarburos, así como, el diseño y el dictamen de los proyectos, llevará el registro de los contratos otorgados y mantendrá la información bajo reserva y confidencialidad. Esta comisión asumirá facultades extraconstitucionales pues el objetivo es la incursión de las corporaciones petroleras internacionales en las aguas profundas del Golfo de México, de acuerdo a las oportunidades presentadas por el gobierno federal para iniciar los trabajos en 239 bloques que han sido identificados, cada uno con una extensión de 933 kilómetros cuadrados, aún cuando las estimaciones gubernamentales se basan en recursos “`prospectivos”, que se refieren a hidrocarburos “no” descubiertos.

3- Esta comisión seguirá, en materia de hidrocarburos, las acciones desnacionalizadoras que actualmente realiza la Comisión Reguladora de Energía (CRE) tratándose de la generación eléctrica y del gas natural. No obstante, a la CRE ahora se le adicionaron funciones para encargarse de regular la distribución y transporte de productos petrolíferos que se obtengan de la refinación del petróleo, de petroquímicos básicos y de agrocombustibles, por medio de ductos, así como, su almacenamiento. El mecanismo será el otorgamiento de permisos privados a los particulares ampliando, con plena autonomía, las funciones inconstitucionales en materia energética. Esta comisión es una recomendación que, en 1995, hizo el Banco Mundial al gobierno federal en turno con la pretensión de privatizar el 100% de la generación eléctrica nacional.

4- La reforma de 2008, ratificó las reformas de 1992 a la LSPEE y de 1995 a la LRRP. Con base en las primeras, la CRE funciona discrecionalmente a favor del capital privado. Con base en las segundas, la industria petrolera nacional fue fragmentada para sustraerle funciones a Pemex, en el marco del TLC. Tratándose de la petroquímica, impropiamente llamada “secundaria”, del gas natural, del gas LP, y de los productos petrolíferos se cambió la denominación de funciones “estratégicas” para que sean “prioritarias” en las cuales puede participar el sector privado, el que puede ser propietario de la nueva infraestructura industrial, incluyendo instalaciones, equipos y ductos. Lo más grave de la reforma es permitir el otorgamiento de contratos a los particulares en las actividades “estratégicas” originalmente a cargo exclusivo de Pemex. Esto es explícitamente contrario a lo indicado por la Constitución. Aún cuando se prevén algunas acotaciones, en ningún momento se salvaguarda el interés nacional pues los contratos están orientados a la realización de las actividades de exploración y extracción de petróleo crudo y gas natural, tanto en tierra firme como en las aguas someras, intermedias y profundas del Golfo de México.

5- Con base en las reformas a la LPRP, se aprobó una nueva Ley de Pemex, la cual reafirma la inconstitucionalidad anterior. Pemex podrá celebrar toda clase de contratos, en todas las fases del proceso de trabajo existiendo, incluso, habrá un régimen especial para la contratación mismo que no excluye sino promueve la participación del capital privado extranjero en las actividades estratégicas del sector. El mecanismo, basado en el otorgamiento de contratos, no implica la venta de los actuales activos pero sí la transferencia de funciones constitucionales. Los contratos, además, podrán ser modificados durante la ejecución de las obras. Con ello, las corporaciones ejercerán facultades que les son constitucionalmente impropias, obtendrán ganancia a partir de los recursos naturales de la nación y serán los propietarios de la nueva infraestructura industrial. Las decisiones al respecto serán tomadas por un gobierno corporativo con facultades extraordinarias que, complementadas, con la autonomía de gestión otorgada a la paraestatal, podrán endeudar a ésta, suprimirle funciones e, incluso, fragmentarla más aún. Para ello, podrán acordar la creación de organismos subsidiarios, filiales y sociedades mercantiles, en México y en extranjero. Además, la nueva Ley de Pemex faculta a éste para convenir la aplicación del derecho extranjero y la jurisdicción de tribunales extranjeros, lo cual afecta a la soberanía nacional.

6- La reforma aprobada no se limitó a los hidrocarburos, ni siquiera a la generación eléctrica actual, sino que, fue extendida para privatizar a las llamadas fuentes renovables. Estas incluyen a los causes de agua, el vapor terrestre, la energía de los océanos, los agrocombustibles, el viento y la radiación del Sol. Todas estas fuentes serán reguladas por la CRE, es decir, quedarán sujetas al otorgamiento de permisos privados con base en las reformas de 1992 a la LSPEE. Para ello, las corporaciones que ya intervienen en estos aspectos podrán arrendar los predios y terrenos incurriendo en verdaderos despojos, y auspiciando el enfrentamiento entre los pueblos y guardias blancas al servicio de las transnacionales.

Se trata, entonces, de la mayor contra-reforma energética posterior a 1938 y 1960. La reforma de 2008 es un agravio legislativo a la nación. Tal reforma implica la privatización de todas las fuentes de energía. Las decisiones legislativas son ilegales por inconstitucionales al vulnerar la supremacía constitucional indicada por la misma Carta Magna.

El pueblo mexicano ejercerá su derecho a la soberanía

Al promoverse la privatización energética, por la vía de la legislación secundaria, se incurre en el rompimiento de la legalidad constitucional, del pacto político de la nación. Para los mexicanos concientes tal situación se debe corregir, empezando por cancelar todos los contratos y permisos privados ilegales, desaparecer a la CRE por ser lesiva al interés de la nación y derogar el conjunto de leyes secundarias aprobadas en 2008.

Los poderes de la Unión tienen su consabida responsabilidad, podrán corregir o no; los mexicanos, que constituimos a la nación viviente, tenemos el derecho constitucional para ejercer el derecho a la soberanía.

En el Foro realizado en la BUAP se documentó ampliamente que la reforma energética de 2008 es contraria al interés nacional. Sí hay privatización, misma que empezó desde 1992, sí se contraviene a la Constitución, se pierde soberanía y se compromete la seguridad de la nación. Toca al pueblo de México, a través de su organización social estructurada en todo el territorio nacional y allende las fronteras, recuperar lo que se ha perdido, lo que los gobiernos en turno han entregado al extranjero y volver a re-nacionalizar a México.

[2009, elektron 9 (37) 1].



Universitarios de la BUAP



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Presencia del FTE de México en la BUAP


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