D4- Privatización energética furtiva
El dictamen con proyecto de
decreto sobre la Ley de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) es
plenamente inconstitucional y privatizador. En vez de desparecer a esta
comisión, por ser lesiva a la nación, los senadores decidieron
fortalecerla. La CRE ya desnacionalizó a la industria eléctrica, y
parte de las fases con el gas natural; ahora ampliará sus facultades para
continuar impunemente con la privatización furtiva, también en el
transporte y distribución de productos petrolíferos y
petroquímicos por medio de ductos, así como, agrocombustibles, y
su almacenamiento.
Consideraciones legislativas
El 21 de octubre de 2008, las comisiones de
energía y de estudios legislativos del Senado anunciaron que
presentarían al pleno, para “primera lectura”, el proyecto de
decreto sobre la Ley de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
El proyecto no se presentó ese día, se pospuso para el 23 con la
finalidad de aprobarlo “con dispensa de
trámite”.
Todos los partidos políticos presentaron en
sus iniciativas energéticas la propuesta para reformar la Ley de la CRE,
Todos coinciden en la necesidad de “contar con un (órgano)
regulador con mayores atribuciones”. Esto significa “la
ampliación del margen regulatorio” y el fortalecimiento de esta
comisión privatizadora.
Según fue publicado por la Gaceta
del Senado, No. 277, del 21 de octubre, “la extensión del objeto de
la CRE se fundamenta en la firme convicción de que habrá
beneficios (sic) tangibles (sic) para la población a partir de la
regulación”. Los legisladores viven en un mundo fantasioso. La
regulación aplicada a la fecha ha traído, como “beneficio
tangible” para la población, sucesivos y hasta exorbitados aumentos
a la electricidad y el gas, y nadie quiere esos
“beneficios”.
Se indica, también, que “la
regulación es un tipo de intervención del Estado esencial (sic)
para el apropiado desarrollo económico nacional”. ¡Se trata de
viles mentiras! Esa “intervención del Estado” se limita a
otorgar permisos privados a las transnacionales y sus filiales para que hagan
negocios. En nombre del Estado, la secretaría de energía (Sener) y
ésta, a su vez, por medio de la CRE, se dedican a realizar
trámites ilegales a favor de las corporaciones. Esa intervención
no es esencial para el “apropiado” desarrollo económico
nacional, sino que, se trata de la cínica entrega de las funciones
estratégicas constitucionales al capital privado extranjero.
Con
el mismo entreguismo, las comisiones dictaminadoras propusieron que la CRE
“tenga facultades de regulación más activa”. El FAP
propuso, incluso, que se le otorgue a la CRE “mayor autonomía y
capacidad de regulación”.
Como medida específica, el
FAP propuso que la comisión presente un “informe anual” que
incluya “un listado de los permisos otorgados y de las solicitudes de
permisos no otorgados durante el año, y la fundamentación de las
deliberaciones de las decisiones adoptadas”. Se trata, evidentemente, de
una propuesta ridícula.
Proyecto de decreto
De entrada, el artículo 1 define a la CRE como
un supra-poder indicando que se trata de un “órgano
desconcentrado” de la Sener que,”gozará de autonomía
técnica, operativa, de gestión y decisión (sic)”.
¿Para qué? Para entregar al capital extranjero el patrimonio
energético de la
nación.
a) Regulación
eléctrica
El artículo 2 se refiere al objeto de la
comisión, mismo que actualmente incluye “promover el desarrollo
eficiente (sic) de las siguientes actividades:
“I. El suministro y
venta de energía eléctrica a los usuarios del servicio
público”. Este es un exceso y una ilegalidad porque, el suministro
y venta de energía eléctrica corresponde a la Comisión
Federal de Electricidad (CFE).
“II. La generación,
exportación e importación de energía eléctrica que
realicen los particulares”. Esto es inconstitucional porque la
generación eléctrica es la fase más importante del proceso
de trabajo eléctrico y se trata de actividades constitucionalmente
estratégicas.
“III. La adquisición de energía
eléctrica que se destine al servicio público”. Esta no tiene
porqué ser función de la CRE, sino de la CFE y de Luz y Fuerza del
Centro (LFC). Peor aún, es una función inconstitucional porque
tales entidades deben “generar” la energía destinada al
servicio público no “comprarla”.
“IV. Los
servicios de conducción, transformación y entrega de
energía eléctrica, entre las entidades que tengan a su cargo la
prestación del servicio público de energía eléctrica
y los titulares de permisos para la generación, exportación e
importación de energía eléctrica”. Esto
también es inconstitucional porque la transmisión,
transformación, control y distribución eléctrica son
actividades constitucionalmente estratégicas.
Con base en las
anteriores “atribuciones” la CRE ya desnacionalizó a la
industria eléctrica de los mexicanos. Mediante 736 permisos privados el
48.3% de la capacidad de generación eléctrica total a nivel
nacional ya es privada.
b)
Regulación del gas
Otras de las funciones de la CRE se
refieren a:
“V. Las ventas de primera mano de gas natural y gas
licuado del petróleo;
“VI. El transporte y el almacenamiento
del gas natural que no sean indispensables y necesarios para interconectar su
explotación y elaboración;
“VII. La
distribución de gas natural;
“VIII. El transporte y la
distribución de gas licuado de petróleo por medio de
ductos”.
Estas son funciones constitucionales de Pemex pero, ahora,
son privadas porque están a cargo de permisionarios privados.
Se
dice que “para los efectos de esta Ley, se entenderá por
actividades reguladas las mencionadas en las fracciones anteriores”. Esto,
cínicamente, implica que la tal regulación es privatización
porque, en todos los casos, la CRE ha otorgado permisos privados a las
transnacionales y sus filiales.
A la fecha, la CRE ha otorgado 2000
permisos para la distribución, transporte y almacenamiento de gas
natural, y de distribución y transporte de gas LP por medio de ductos. El
país ha sido dividido en 15 regiones geográficas de
distribución.
Sin embargo, estas “facultades”
inconstitucionales NO fueron objetadas por ningún partido, al contrario,
TODOS las apoyan. Más aún, ahora TODOS coincidieron en ampliar las
funciones de la CRE en diversas
actividades.
c) Nueva y adicional
regulación
En el proyecto de decreto se renumeran algunas
fracciones del artículo 2, SIN suprimir ninguna de las actuales
funciones, para agregar:
“V. Las ventas de primera mano del
gas, del combustóleo y de los petroquímicos básicos
...
“VI. El transporte y distribución de gas, de los
productos que se obtengan de la refinación del petróleo y de los
petroquímicos básicos, que se realicen por medio de ductos,
así como los sistemas de almacenamiento ...
“VIII. El
transporte y distribución de bioenergéticos que se realice por
medio de ductos, así como el almacenamiento de los mismos,
....”.
Inicialmente, el PAN propuso que estas actividades se
privatizaran directamente; el PRI que se contrataran con terceros por parte de
las filiales de Pemex. Ambos partidos dijeron que habían retirado sus
propuestas. Sin embargo, no es así, porque las introdujeron en los
dictámenes sobre la Ley de la CRE y la Ley de Pemex. En el presente caso,
adicionaron facultades a la CRE para “regular” tales actividades
mediante el otorgamiento de permisos privados.
Amplían la privatización furtiva
Esto significa que los cinco
burócratas de la CRE tendrá facultades para “regular”
(privatizar) no solamente a la generación eléctrica, la
distribución, transporte y almacenamiento de gas sino, también, el
transporte de los productos petrolíferos (gasolinas, diesel,
combustóleo) y productos petroquímicos
“¡básicos!”. Esto es
inconstitucional.
También tendrá facultades para
“regular” el transporte y distribución de biocombustibles,
así como su almacenamiento, lo cual es inaceptable.
En todos los
casos, la CRE otorgará permisos privados para realizar estas actividades.
Esa es la “regulación” que hace esa comisión: otorgar
discrecionalmente permisos privados a las transnacionales y sus filiales que lo
solicitan. Además, la CRE seguirá obligando a Pemex a que ponga al
servicio de los permisionarios privados la Red Nacional de Ductos que, ahora,
incluirá a las redes de gasoductos y poliductos.
Respecto a las
facultades otorgadas a la CRE para impulsar la privatización de los
agrocombustibles se trata de un verdadero crimen contra la nación.
Autonomía para privatizar
La actual división del país en zonas
geográficas territoriales para las transnacionales, ahora, se
ampliará. Así lo indica el proyecto de ley en el artículo 3
referido a las atribuciones de la comisión.
“IX. Determinar
las zonas geográficas exclusivas de distribución de los productos
y actividades reguladas, conforme al artículo 2 de esta Ley, considerando
los elementos que permitan el desarrollo rentable y eficiente de los sistemas de
distribución;
“XIII. Aprobar y expedir modelos de convenios
y contratos de adhesión para la realización de las actividades
reguladas”.
Según esos modelos de contratos la CRE otorga a
los permisionarios una cláusula en la cual, tratándose de
controversias, pueden acudir al arbitraje internacional y, más
aún, elegir al tribunal de su preferencia. Para ello, de acuerdo al
artículo 4 del proyecto de decreto “La Comisión
gozará de plena autonomía para emitir sus decisiones”.
Informe de la privatización
Para lograr el “consenso”, las
comisiones “aceptaron” la propuesta del FAP y, en el artículo
7 se indicó como facultad del Presidente de la CRE: “VIII. Publicar
un informe anual que deberá ser enviado al Congreso de la Unión y
que deberá incluir .... lo siguiente: un registro de los permisos
otorgados durante el año; un listado de las solicitudes de permisos no
otorgados durante el año; y la fundamentación (de) las
deliberaciones adoptadas por los comisionados”.
Como parte de las
supra-facultades de la CRE, se indica en el artículo 13 que, la propia
comisión “interpretará y aplicará para efectos
administrativos esta Ley”.
Este proyecto de decreto es, a todas
luces, inconstitucional y plenamente privatizador. El “logro” del
FAP consiste en que el presidente de la CRE presente un informe que contenga el
listado de permisos privados otorgados. Esto, además de ridículo,
es una burla.
No se trata de que la CRE informe del incremento en la
privatización de las funciones constitucionales estratégicas, ni
de la pérdida creciente del patrimonio y recursos energéticos de
la nación. Se trata de que NO haya permisos privados, por ser
inconstitucionales, y de que se revoquen los actuales por la misma
razón.
Si ahora la privatización en la generación
eléctrica ya llega al 48.3% con 736 permisos vigentes en todas las
modalidades privatizadoras, mañana que sea mayor ¿podrán
decir el FAP, y sus “expertos”, que se trata de “un
logro” al conocer el listado de permisos otorgados?
Privatización de TODAS las fuentes de energía
Al aprobarse las reformas al
artículo 33 de la Ley de la Administración Pública Federal
(LOAPF) relativas a la Sener, todos los partidos acordaron que ésta
tendrá las atribuciones para “regular las fuentes alternas a los
hidrocarburos”. En su momento señalamos que son las renovables y
las no renovables, varias de ellas apenas en desarrollo y que todavía no
se utilizan en México, pero que ya quedarán privatizadas, algunas
de manera absurda.
Esas fuentes alternas son: el carbón, el
uranio, el torio, el plutonio, el hidrógeno, el helio, el litio (elemento
energía), el agua (ordinaria, pesada y tritiada), el vapor terrestre
(geotermia), la energía oceánica (mareomotriz), el viento (y altos
vientos), y la radiación del Sol.
En su voracidad privatizadora,
las comisiones del Senado incluyeron en el dictamen sobre la Ley para las
Energías Renovables, también, a la biomasa e, incluso, a los
“biocombustibles”, sin precisar si éstos serán a
partir de caña de azúcar, maíz, trigo, cebada, palma de
aceite, mostaza de Etiopía, o frutas (naranjas y manzanas) o, incluso,
nopales y magueyes.
Se trata de la privatización porque las bases
legaloides son las contrarreformas de 1992 a la Ley del Servicio Público
de Energía Eléctrica (LSPEE), mismas que permite la
generación eléctrica privada a partir de cualquier fuente
primaria. A la fecha, la CRE ha otorgado varios permisos a las transnacionales y
sus prestanombres para la generación eoloeléctrica, a base del
viento, en el Istmo de Tehuantepec, Oaxaca, así como diversos proyectos
hidroeléctricos.
Esto empuja a los senadores a apoyar,
unánimemente o por mayoría, el séptimo dictamen que han
venido ocultando. La privatización de las fuentes de renovables de
energía ya la lleva a cabo la CRE. Con el dictamen, serán
explícitas las atribuciones de esta comisión encargada de otorgar
los permisos privados.
Este decreto debe ser desechado pues es
abiertamente privatizador e inconstitucional. Si los legisladores lo aprueban,
“lograrán” violar flagrantemente a la Constitución.
(b283, 23 oct 2008).
Ductos de Pemex en Cárdenas, Tabasco