Sí hay quinto malo
Según las comisiones del Senado “se
excluye” la privatización de Pemex pero sí habrá
contratos, precisamente en la exploración y producción de
hidrocarburos, fases principales del proceso de trabajo petrolero. Dicen que se
respeta la Constitución pero se ratifica la privatización de la
petroquímica “secundaria”, así como, de la
distribución, transporte y almacenamiento de gas natural. También
se ratifica el otorgamiento de permisos a los particulares en estos
rubros.
No habrá desincorporación ni filiales
Este 20 de octubre, las comisiones de energía y de estudios legislativos del Senado avanzaron
hacia la aprobación de la reforma energética al dictaminar
favorablemente el quinto dictamen referido a la Ley Reglamentaria del
Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo
(LRRP).
Nuevamente, el PAN, el PRI y el PVEM votaron a favor, mientas
que, el FAP “se reservó”. Con 13 votos de los legisladores,
éstos señalaron que “se excluye la privatización de
la industria petrolera”. Esto lo dijeron porque, según ellos, el
dictamen, “elimina la posibilidad de que capital privado participe en
áreas estratégicas del sector, como en la refinación y la
construcción de ductos y plantas de almacenamiento” (Becerril A.,
en La Jornada, 20 oct 2008).
Se declaró que esta propuesta del PAN
no quedó en el dictamen; asimismo, la propuesta del PRI que
proponía “crear organismos filiales de Pemex fue retirada del
dictamen”. Eso estaría muy bien porque, tanto el PAN como el PRI
proponen la expropiación petrolera extranjera. En las declaraciones
parecía que había cambios.
Pero el asunto no queda
allí. Según los senadores, el dictamen “establece
salvaguardas para impedir el otorgamiento de concesiones o la celebración
de contratos de riesgo, como establece la Constitución”. ¿Eso
dice la Constitución?
Contratos inconstitucionales
El párrafo sexto del artículo 27
constitucional establece. “Tratándose del petróleo y de los
carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de
minerales radiactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni
subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación
llevará a cabo la explotación de esos productos, en los
términos que señale la ley reglamentaria
respectiva”.
La Constitución NO habla de contratos de riesgo
sino que, claramente indica, que “no se otorgarán concesiones ni
contratos”. Hay, entonces, una contradicción. Mientras la
Constitución prohíbe tales contratos, la ley reglamentaria los
permite. Esta ley NO puede estar por sobre la Constitución porque
sería violatorio de lo indicado en el artículo 133 constitucional
que establece la supremacía de la propia Constitución.
Los
legisladores interpretan que la ley reglamentaria precisa a la
Constitución. Cierto, pero es elemental que debe haber coherencia y
congruencia. La Constitución indica que “la Nación
llevará a cabo la explotación de esos productos” (los
hidrocarburos) “en los términos que señale la ley
reglamentaria”. En ningún momento se dice que la ley deba otorgar
los contratos que la Constitución prohíbe, precisamente, en la
“explotación” de los hidrocarburos.
Algunos
“expertos” del FAP han dicho que la Constitución se refiere a
los “contratos de riesgo” no a todos los contratos. Sin embargo,
parece que se trata de una interpretación legislativa porque, la
Constitución habla de concesiones y contratos, en general, en ninguna
parte se especifica que sean “contratos de riesgos” o
“incentivados” o, bien, “con candados”.
El
dictamen señala que Pemex “podrá suscribir contratos de
obras o de prestación de servicios con personas físicas o morales,
y el pago será siempre en efectivo sin conceder derechos sobre la
propiedad de los hidrocarburos”. También “estarán
prohibidos los contratos que comprometan porcentajes de la producción o
de las utilidades de la paraestatal, ni se incluyen derechos de preferencia o de
producción compartida, denominados contratos de riesgo”.
Uno
de los “candados” propuesto por el FAP fue rechazado. Fue el
referente a “un candado adicional” para reafirmar que no se
otorgará exclusividad a ninguna contratista.
De manera que,
sí habrá contratos en materia de hidrocarburos. En eso
están de acuerdo todos los partidos. Los “expertos” del FAP,
en su iniciativa, señalaron que no había suprimido los contratos
“por prudencia”. Consecuentemente, se enfocaron en los
procedimientos o “candados” como le llaman. En su iniciativa, la
única modificación fue indicar que se daría
“preferencia a las personas físicas o morales de nacionalidad
mexicana”. De allí el presente “acuerdo”.
Contratos para actividades estratégicas
Los senadores declaran, pero
solamente declaran, que “corresponde a la nación el dominio
directo, inalienable e imprescriptible de todos los hidrocarburos que
estén en territorio nacional, incluidas la plataforma continental y la
zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente en
mantos o yacimientos”.
Si se trata del “dominio
directo”, entonces, no tienen porqué autorizarse los contratos que
serán en exploración y producción de petróleo crudo
y gas natural asociado. Esto ya se viene haciendo al margen de la legalidad,
ahora Pemex lo haría con base en lo dispuesto por la ley reglamentaria.
¡No estamos de acuerdo!
¿Cómo se haría lo
anterior? Según el dictamen “Corresponderá a la
Comisión Nacional de Hidrocarburos regular y supervisar la
exploración y explotación petrolera, así como emitir las
disposiciones y normas técnicas a que se sujetarán dichas
actividades”. Para eso fue creada, y aprobada, esa comisión. La
“regulación” que hará será
“autorizar” los contratos y “vigilar” la
exploración y producción. En términos de lo que acostumbran
las transnacionales, los modelos de contratos NO le permiten al Estado ninguna
“supervisión”, sino, apenas mirar desde lejos.
En la
medida en que esos contratos están orientados a la exploración y
explotación (producción) de hidrocarburos, el dictamen es
inaceptable. La exploración y producción, incluyendo la
perforación, son las fases más importantes del proceso de trabajo
petrolero. Eso NO acepta interpretaciones legislativas. El proceso de trabajo
está determinado por las materias primas jamás por
interpretaciones legislativas. No se trata de contratos cualesquiera sino de
contratos para realizar las actividades “estratégicas” que,
constitucionalmente, solamente pueden ser realizadas por el Estado de manera
exclusiva.
Este dictamen del Senado es violatorio de la
Constitución, independientemente del nombre con se denomine a esos
contratos, y de los “candados” legislativos.
Convenios inconstitucionales
En el quinto dictamen “se aprobó
que Pemex no se someta a la jurisdicción de tribunales foráneos en
contratos de obras y servicios brindados en el país por empresas
extranjeras, aunque se reconocen arbitrajes basados en convenios internacionales
suscritos por México”.
Volvemos a reiterar que se trata,
contradictoriamente, de lo mismo. En una primera parte, Pemex “no se
someterá” a la jurisdicción de tribunales internacionales.
¡Correcto! Pero esto, se contradice enseguida, al señalar que
“se reconocen arbitrajes basados en convenios internacionales”. Los
senadores se refieren a las reglas de arbitraje emitidas por la Cámara de
Comercio Internacional cuyas decisiones son “obligatorias” para las
Partes contratantes.
Pero, ¿desde cuándo “los
convenios” pueden estar por sobre la Constitución? Ni tratados ni
convenios pueden violar a la Constitución. El “acuerdo”,
entonces, es apenas parcial.
Proceso de trabajo fragmentado
Ninguna de las iniciativas de los partidos
políticos abordó lo concerniente al proceso de trabajo con los
hidrocarburos y su integración. El FAP considera
“integración” a la existencia de un solo organismo sin
subsidiarias ni filiales. Y, ¿Pemex Internacional y sus más de 40
filiales? Esa es, en todo caso, la parte administrativa del problema pero
persiste la omisión a la parte industrial. No basta la existencia de un
solo organismo que realiza solamente una parte del proceso de trabajo.
La
fragmentación de este proceso no es de ahora pero, se oficializó
por el Tratado de Libre Comercio (TLC) con Norteamérica, en el
capítulo sobre Energía y Petroquímica Básica. Eso no
lo objetó ningún partido; al contrario, ahora, se ratifica en el
quinto dictamen. Con ello, el TLC que debiera ser desechado, también se
ratifica.
En consecuencia, se avalan las contrarreformas de 1995, 1996 y
2006 a la Ley reglamentaria petrolera. De acuerdo a esas reformas, se
asumió la división “legislativa” que artificialmente
separó a la petroquímica “básica”, a la que
concedió solamente nueve productos (que el FAP propuso extender a 10 para
incluir al etileno), y a la petroquímica “secundaria”, en la
cual puede participar el sector privado y así lo hace,
encargándose las transnacionales de la elaboración de los cientos
de productos petroquímicos restantes.
De acuerdo a esas reformas,
los legisladores acordaron que el transporte, distribución y
almacenamiento de gas natural, y la distribución y transporte de gas
natural, NO son parte de la industria petrolera. Con ello, asumieron que el gas
natural NO es un hidrocarburo cuando es sabido que el gas natural está
compuesto en un 95% por metano, mismo que constituye la molécula
más sencilla de un hidrocarburo.
Mediante 200 permisos privados,
otorgados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), las
actividades relacionadas con el gas natural son privadas. Las transnacionales se
han repartido el territorio nacional en 15 regiones geográficas y ocupan
ya a casi todo el país. Pemex les suministra el gas que NO se produce en
cantidades suficientes y las corporaciones abastecen a los usuarios con tarifas
y precios cada vez más altos.
En el quinto dictamen, todos los
partidos avalan que esa privatización furtiva continúe. Ni
siquiera la discutieron, porque se sujetaron a lo dispuesto por el TLC. Eso es
inconstitucional porque ningún tratado puede estar por sobre la
Constitución y menos cuando “define” a conveniencia al
proceso de trabajo energético.
Eso es tan grave como lo que ocurre
en materia eléctrica que, bajo las “definiciones” del TLC, ha
llevado a que el 48.3% de la capacidad de generación eléctrica,
total a nivel nacional, ya esté en manos de las transnacionales y sus
filiales. El mecanismo ha sido el otorgamiento de permisos privados, a cargo de
la CRE, con base en las inconstitucionales reformas de 1992 a la Ley del
Servicio Público de Energía Eléctrica, y lo establecido por
el TLC en el anexo 602.3.
Continuará la privatización furtiva
Al no haber discutido siquiera el
asunto, los legisladores de todos los partidos ratificaron que continúe
la privatización energética furtiva. En el quinto dictamen
“las comisiones del Senado clasificaron como de utilidad pública la
construcción de ductos y de plantas de almacenamiento, aunque el sector
privado puede participar en el servicio de transporte y distribución de
gas por medio de tuberías”. Es decir, ratificaron las
contrarreformas de 1995 a la LRRP.
No nada más, las corporaciones
podrán seguir apropiándose de la infraestructura petrolera.
Así como, en materia eléctrica, la Comisión Federal de
Electricidad (CFE) está obligada por la CRE a “prestar el servicio
a los permisionarios” de las redes de transmisión y
distribución eléctrica, en el caso de Pemex, la CRE obliga a la
paraestatal a “prestar el servicio” de la red nacional de gasoductos
(RNG). El exceso ha llegado a tal nivel que, para utilizar su propia red, Pemex
“debe” obtener un permiso (privado) de la CRE.
Al respecto,
“el dictamen regula la participación de terceros en el transporte,
el almacenamiento y la distribución de gas” lo que implica que los
senadores avalan esa “regulación” que, en los hechos, es
privatización y, ésta, continuará impunemente.
Se
habla de sanciones a los permisionarios pero no se eliminó la
participación privada. Los senadores se preocuparon porque los
permisionarios “respeten el precio” o “entreguen la cantidad y
calidad exacta de gas, productos refinados del petróleo, gasolina, diesel
y petroquímicos básicos contratados” pero, en ningún
momento, plantearon siquiera la inconstitucionalidad en que incurren esos
permisionarios privados y la propia CRE. No por casualidad, al aprobar el cuarto
dictamen, decidieron “fortalecer” a esa comisión cuando lo
procedentes es desaparecerla.
Privatización inconstitucional
El FTE se congratularía que las propuestas
del PAN para privatizar “directamente” la refinación del
petróleo crudo, la distribución, transporte y almacenamiento de
productos petrolíferos y petroquímicos por medio de ductos, la
construcción y vigilancia de éstos; así como, la
pulverización de Pemex en multitud de filiales, propuesta por el PRI para
luego contratar con terceros, se omitieran en el quinto dictamen.
Sin
embargo, eso no elimina la privatización petrolera, ya que, al autorizar
contratos en la exploración y producción de hidrocarburos se
vulnera a la Constitución, cualquiera sea la denominación de los
contratos y los “candados” interpuestos. Estos se refieren a
procedimientos que calificará la Comisión Nacional de
Hidrocarburos (CNH) para “regularlos” pero no respetan al texto
constitucional y su contenido. Con esa “base”, el Consejo de
Administración de Pemex, al que se incorporarían los
“consejeros independientes”, podría simplemente solicitar el
aval de la CNH, la que decidiría favorablemente. La CNH no es
garantía de nada porque sus decisiones estarían basadas en
disposiciones inconstitucionales.
Estamos, también, en desacuerdo
con afirmar la “definición” del TLC sobre el proceso de
trabajo petrolero. Con esas “definiciones” Pemex se encargará
de realizar lo que “abarca” la industria petrolera, definida
legislativamente, lo que corresponde a un proceso de trabajo fragmentado
orientado a la privatización de varias fases de tal proceso. Es
inaceptable que se ratifiquen las contrarreformas de 1995 a la LRRP. Eso
significa avalar la privatización petrolera furtiva en marcha y que esta
continúe impunemente a cargo de la también ilegal
CRE.
¡Abajo el primero, el segundo, el cuarto y el quinto dictamen
de las comisiones del Senado! Por decoro político, el FAP tiene la
obligación de oponerse a esos dictámenes. Lo hagan o no lo hagan
los legisladores, la resistencia popular NO debe aceptar tales acuerdos.
Este martes 21 de octubre, el FTE realizará un mitin frente al
Senado, de las 12 a las 14 hs., para expresar nuestro rechazo a la
privatización energética furtiva. Invitamos a los interesados a
participar en este evento. ¡La Constitución NO se negocia! Llamamos
a los mexicanos (as) a manifestarse en sus propios lugares, con todas las
acciones al alcance. (b279, 20 oct 2008).
La resistencia civil pacífica en el Hemiciclo a Juárez