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Volumen 8, Número 109, agosto 6 de 2008 www.wftucentral.org
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Iniciativas PRIvatizadoras /II



En la iniciativa del PRI para reformar a la Ley Orgánica de Pemex se propone la desintegración TOTAL de la paraestatal mediante la creación de organismos filiales, con los cuales contraría la realización de sus propias funciones; los organismos filiales, a su vez, podrían contratar con terceros. La privatización de Pemex sería el objetivo; el contratismo de todo tipo, incluyendo los contratos de riesgo, cobraría carta de naturalidad. Para otorgar contratos se recurriría a la invitación o adjudicación directa. Con absoluta autonomía, nada ni nadie podría controlar a Pemex y sus más de mil filiales. Unos cuantos burócratas decidirían en nombre de la nación.


Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos

a) Desintegración TOTAL de Pemex

En el párrafo 2º. del articulo 1º. de la iniciativa del PRI, se indica que el objeto de ésta es “regular la organización, el funcionamiento, el control y la rendición de cuentas” de Pemex. Esa “regulación” constituye el mecanismo, las reglas, para la privatización. La experiencia con la industria eléctrica nacionalizada es más que ilustrativa y amarga. La “regulación”, aplicada por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), consiste en el otorgamiento de permisos privados a las transnacionales. Con 744 permisos se ha desnacionalizado ya el 47% de la industria eléctrica.

Según el artículo 2º., la iniciativa de Ley Orgánica de Pemex está en concordancia con la Reglamentaria del Artículo 27 en el Ramo del Petróleo. Esto es obvio, será en los términos degradados de la industria petrolera redefinida y en las disposiciones privatizadoras indicadas en tal ley. En el artículo 3º. se indica que Pemex tiene por objeto realizar las actividades “que abarca” la industria petrolera, pero no las que señala la Constitución referidas a TODO el proceso de trabajo sino las indicadas, de manera reducida, por la ley reglamentaria.

En el párrafo 2º. de ese artículo se establece que “para su desempeño, Petróleos Mexicanos contará con organismos descentralizados de carácter estratégico subsidiarios y filiales. Estos organismos estarán dotados de plena autonomía presupuestaria y de gestión ...”.

Es decir, según su propia Ley Orgánica, Pemex podrá dividirse y subdividirse tanto como se quiera para que, a través de subsidiarias y filiales, realice sus funciones constitucionales. Eso es aberrante pero corresponde a lo que el Banco Mundial (BM) ha dictado al gobierno, al PAN y al PRI. El plan es privatizar a Pemex por pedazos, así se facilitaría, escapando a los controles. Si ahora, con 40 filiales de Pemex Internacional NO existe NINGUN control, ni siquiera información, ¿qué sería con 1,000 o más de esas filiales?

La privatización se propone incluso en actividades colaterales. En el párrafo 3º. del mismo artículo se indica que Pemex, “sus organismos subsidiarios y sus filiales podrán generar energía eléctrica y vender sus excedentes a la Comisión Federal de Electricidad y a Luz y Fuerza del Centro, mediante convenios ...” Es decir, se propone que Pemex cogenere con los privados, no con CFE y LFC como debiera, a éstas solamente podrá venderles “los excedentes”.

b) Contratismo a discreción

En el artículo 5º. de la iniciativa del PRI, se propone que Pemex y sus organismos subsidiarios “podrán celebrar con personas físicas o morales toda clase (sic) de actos, convenios, contratos y suscribir títulos de crédito”; como maquillaje, agregan declaraciones como “manteniendo en exclusiva la propiedad y control” del Estado sobre los hidrocarburos.

Al señalar que se podrán celebrar “TODA CLASE” de contratos, se implica que serían TODOS, cualesquiera que sea su modalidad. He allí la clave para privatizar, así lo ha indicado el BM. En el párrafo 2º. del mismo artículo se precisa que las propuestas del PRI no se reducen a desintegrar a Pemex en multitud de “filiales”, sino a privatizar a la paraestatal mediante el contratismo. Las filiales son solamente la pantalla para el ingreso del capital privado constituido en contratistas y subcontratistas.

En ese párrafo se indica que Pemex “y sus organismos subsidiarios estarán facultados para realizar las operaciones relacionadas directa o indirectamente (sic) con su objeto”. Eso incluye a las inversiones privadas, el otorgamiento de “toda clase” de contratos, etc. Los respectivos directores generales administrarían a esas filiales, como si fueran suyas, con facultades amplísimas, incluyendo las que requieran “cláusula especial”, serían facultades plenipotenciarias y omnímodas. Mouriño podría cambiar de puesto para aceptar la de virrey petrolero. ¿Y, la nación, propietaria del petróleo? Para el PRI, igual que el PAN, la nación NO existe.

En el artículo 6º. se indica que los organismos subsidiarios de Pemex “serán creados por el Titular del Poder Ejecutivo Federal, a propuesta del Consejo de Administración”. Como se observa, la demagogia del PRI no es de larga duración. En este punto, proponen que los organismos filiales serán creados por el presidente en turno. ¿Cómo lo haría? Mediante decreto. Pero, ¿un decreto puede estar por encima de la Constitución? La demagogia del PRI no se sostiene.

En declive, el PRI propone que la “fabricación” (sic) “de productos petroquímicos distintos de la petroquímica básica”, es decir, de la petroquímica secundaria como se les llamó con las reformas regresivas de 1995, “también serán realizados por organismos subsidiarios”, incluyendo “las actividades de transporte, almacenamiento, distribución y comercialización”.

El PRI bien sabe que Pemex casi NO realiza la producción de productos petroquímicos “secundarios” porque estas actividades fueron cedidas por TODOS los partidos políticos al capital privado en 1995, sustrayéndolas ilegalmente del proceso de trabajo petrolero. A la fecha, la industria petroquímica estatal ha sido destruida por los gobiernos en turno. Lo que ocurrirá es que las filiales otorgarán esas funciones a los privados.

Esto es posible, y casi seguro, porque según el párrafo 4º. de la iniciativa del PRI, “los organismos subsidiarios tendrán plena autonomía de gestión”, es decir, podrán decidir lo que quieran, como quieran y siempre a espaldas de la nación. ¡Ese es su concepto de “autonomía”!

Esas filiales son el camino torcido hacia la privatización. En el párrafo 7º. del mismo artículo 6º. de la iniciativa se indica que las filiales “tendrán el carácter de entidades de control indirecto (sic)”, lo que significa que NO habría controles.

Peor aún, en el párrafo 8º. del mismo artículo se establece que “Los organismos descentralizados de carácter estratégico filiales “realizarán la contratación de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras” en los términos previstos en este ordenamiento para Pemex. Esto es, Pemex contrataría con sus filiales y éstas con terceros. ¡Eso es privatización!

El PRI dice en su propaganda televisiva que, con relación a Pemex, se pretende “Modernizar SIN privatizar”. ¿Qué quiere decir modernizar? Si por moderno se entiende lo nuevo, lo que antes no había, lo que cambia a lo anterior, entonces “Modernizar es Desintegrar para Privatizar”. ¡Eso es lo que propone el PRI, es decir, “Modernizar igual a desintegrar y privatizar! Toda su demagogia la oculta en ese párrafo octavo del artículo 6º. de su iniciativa de Ley Orgánica de Pemex. Es mucho enmascaramiento del PRI para terminar proponiendo lo mismo que el PAN.

c) Gobierno corporativo privatizador

El PRI, con relación al Consejo de Administración de Pemex, propone lo mismo que el PAN. En el artículo 7º. se define la integración de ese Consejo con 6 representantes del Estado (sic), designados por el Ejecutivo federal (sic); 5 representantes del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM), y 4 consejeros profesionales designados por el Ejecutivo federal (sic), que representarán al Estado (sic). Esto es, 10 serán representantes del Estado y 5 del charrismo sindical, en total, 15 representantes contrarios a la nación. Los charros, por lo menos, NO tienen NADA que hacer en ese Consejo, pues no representan a los trabajadores y menos a la nación.

¿Qué hará ese Consejo? En la iniciativa del PRI, las atribuciones del Consejo se indican en el artículo 19º y, entre otras, serán “I. c) vigilar que los intereses de los organismos subsidiarios y de sus filiales sean congruentes con los de Petróleos Mexicanos”. ¿Qué intereses, si todo se limitaría a contratar y subcontratar las funciones propias de Pemex que ya no serían tales?

Se indica “VI- Aprobar los términos y condiciones para la contratación de obligaciones constitutivas de deuda pública” de Pemex, “VIII- Aprobar, a solicitud del Director General, la propuesta de constitución de organismos subsidiarios descentralizados de carácter público filiales” de Pemex; “IX- Aprobar a solicitud del Director General, la constitución y desincorporación (sic)” de los organismos filiales; “X- Autorizar, a solicitud del Director General, “la participación de Pemex y de sus filiales “en la constitución y, en su caso, liquidación, fusión o escisión de sociedades mercantiles que no se ubiquen en los supuestos para ser considerados entidades paraestatales”. Esto significa que el gobierno corporativo se dedicaría a “dirigir” no a PeMEX, sino a Pemex, S.A. o PeUSA.

¿Quién podrá ser consejero “profesional”? ¡El que diga el presidente en turno! Eso sí, tendrán poder de veto. ¿Qué harán esos consejeros? ¡Salvaguardar el interés de los privados!

De acuerdo a lo indicado en el artículo 15º., el Consejo de Administración decidirá sus asuntos (sic) por mayoría de votos de los miembros presentes. Esa “mayoría” debe lograrse “con el voto de por lo menos dos consejeros profesionales”, en caso contrario deberá difundirse “el voto razonado de los consejeros que se opongan”. Esos consejeros jamás se opondrían a nada pero sí impondrían su voluntad siempre, so pena de vetar las resoluciones. Así, Pemex quedaría al capricho de 2 individuos que actuarían al margen del interés de la nación.

Los organismos filiales tendrían su respectivo Consejo de Administración al que se integrarían 2 consejeros profesionales y tantos representantes del Estado como organismos filiales existieran. En algún momento, no habría sesiones pues una multitud integraría a esos Consejos.

El Consejo haría propuestas a la secretaría de hacienda y crédito público (SHCP) acerca de los precios al público de gasolina y diesel, así como, los precios de venta de los productos de la industria petrolera; en el caso de los precios de gas natural y petroquímica básica, se harían propuestas a la CRE. El Consejo aprobaría las propuestas de tarifas y cuotas de los servicios que Pemex preste a “sus” organismos subsidiarios.

d) Contratación de deuda

De acuerdo al artículo 43º. de la iniciativa priísta, Pemex podrá realizar, sin requerir premiso de la SHCP, “negociaciones oficiales, gestiones informales o exploratorias sobre la posibilidad de contratar los financiamientos externos que se requieran o que se concerten en moneda extranjera, así como contratar obligaciones constitutivas de deuda”.

Este sería el mecanismo para entregar el patrimonio colectivo de la nación a las transnacionales. ¿Quién tomara estas decisiones en Pemex? ¿El Consejo de Administración? La iniciativa del PRI no lo explicita. Pero, aunque fuera ese Consejo, ninguno de los consejeros designados por el presidente en turno y charros sindicales, se han caracterizado JAMAS por ser “nacionalistas” ni mucho menos.

e) Bonos ciudadanos

Exactamente igual que el PAN, el PRI propone que Pemex emita “Bonos ciudadanos” para que los mexicanos reciban “de manera directa, los beneficios de la riqueza nacional”. Esa migajas no las merece el pueblo de México, independientemente que no podrá adquirirlas. Por lo demás, se trata de una contradicción: la nación (expresada en el pueblo viviente) posee la propiedad de su industria petrolera y le corresponde la renta petrolera no migajas.

El PRI señala que esos bonos “serán títulos de crédito” y que “solo podrán ser titulares de los bonos ciudadanos las personas físicas de nacionalidad mexicana y las siguientes personas morales mexicanas: a) Sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro, b) Fondos de pensiones, c) Sociedades de inversión, y d) Otros instrumentos financieros que funjan como instituciones del sistema financiero”.

Aún cuando el PRI formula algunos procedimientos que la SHCP determinará, todo se orienta a que NO sean las personas físicas sino las morales, las que se encarguen de acaparar los bonos. En el mejor de los casos, dejarían las migajas para las personas mexicanas, mientras que, el petróleo y la renta petrolera sería para las transnacionales y las “bonitas personas” conocidas como “especuladores”. Reiteramos que existen amargas experiencias al respecto, así fue en 1977 cuando se emitieron los llamados “Petrobonos”, mismos que terminaron extinguiéndose sin que la sociedad pudiera adquirirlos y sin saber siquiera dónde habían quedado.

Esta propuesta, del PAN y el PRI, es también inaceptable.

f) Presupuesto

En la iniciativa del PRI se establece, en el artículo 48º., que Pemex “y sus organismos subsidiarios estarán dotados de autonomía presupuestaria” en los términos del artículo 5º. fracción II de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Esto implica que Pemex y sus organismos podrán aprobar sus proyectos de presupuesto, ejercer sus presupuestos, autorizar adecuaciones, realizar pagos, realizar ajustes y llevar la contabilidad.

No se indica pero, al no mencionarse nada al respecto, ni por el PRI ni por el PAN, se implica que el régimen fiscal de Pemex seguiría siendo depredatorio, como ahora ocurre. Mientras Pemex más gane, más pagará a la SHCP. ¿De qué serviría, entonces, la “autonomía presupuestaria” que propone el PRI? El PAN, en la iniciativa de reformas a la Ley Federal de Derechos, tampoco propone ninguna modificación al régimen fiscal en favor de Pemex. Ambos, PRI y PAN dejan que todo “siga igual” en ese aspecto.

El artículo Noveno transitorio, la iniciativa del PRI indica que Pemex “podrá utilizar, a partir del año 2009 hasta el 25% de sus excedentes de ingresos propios o hasta 15,000 millones de pesos, lo que resulte mayor”. A partir del 2010, el monto subiría a 20,000 millones, en 2011 25 mil millones y, a partir de 2012, el 100% de sus excedentes. La propuesta es una burla y ventajosamente se protege al actual gobierno otorgándole a Pemex una pequeña parte de los excedentes, a partir del siguiente la utilización de éstos sí será completa. Algo similar propone el PAN.

g) Contratos de invitación

Si lo anterior no bastara, el PRI se va a fondo tratándose de la contratación con terceros. En el artículo 50º., inciso II, fracción I de su iniciativa propone que, “Todo (sic) procedimiento de contratación y disposiciones que al efecto emita el Consejo de Administración deberán apegarse a las disposiciones mínimas siguientes: I. Para garantizar las mejores (sic) condiciones disponibles en cuanto a precio, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias (sic) pertinentes, se sujetarán a los siguientes procedimientos: a) Licitación pública, b) Invitación a cuando menos tres personas, c) adjudicación directa”.

Esto es, si la iniciativa del PRI no la redactó el “experto” Camilo Mouriño, lo hicieron los jefes de éste, es decir, las transnacionales españolas. Se trata de acciones inconstitucionales y corruptas. Según el artículo 53º. de la iniciativa priísta, las licitaciones podrán ser nacionales o internacionales. En este último caso, deberá indicarse si se realizarán en la modalidad abierta o bajo la aplicación de un tratado internacional (sic)”. En el artículo 54º. se indica que las licitaciones de “invitación restringida o adjudicación directa” también podrán ser nacionales e internacionales (sic).

El artículo 55º. de la iniciativa del PRI le otorga a Pemex y sus organismos subsidiarios facultades para “optar por no llevar acabo el procedimiento de licitación pública y celebrar contratos a través de los procedimientos de invitación”. Este artículo significa el colmo. ¿Quiénes serían “los invitados”? ¿Acaso el pueblo de México? ¡Jamás! Los contratos por invitación se entregarían a las transnacionales para evitarles molestias.

h) Contratos de riesgo disfrazados

Por si hubiera dudas, el artículo 56º. incluye a los “contratos de riesgo” (sin mencionarlos). En el párrafo 2º. de ese artículo se indica que “El Consejo de Administración expedirá disposiciones relativas a la contratación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con duración de más de dos años, considerando cada una de las posibilidades siguientes:

“a) La incorporación de avances tecnológicos;
“b) Cambio en los costos de los trabajos ...
“c) Modificación de las estipulaciones de los contratos en lo relativo a conceptos no previstos y al volumen de trabajos contratados; y
“d) El reconocimiento de gastos no especificados en el contrato ...”

Este tipo de posibilidades incluye, por supuesto, a TODO tipo de contratos, especialmente los contratos de riesgo. Bastaría argumentar “la incorporación de avances tecnológicos para que los contratos fueran modificados “al gusto y con las condiciones fijadas por las transnacionales”. De antemano, el PRI y el PAN han repetido hasta la saciedad, sin demostrarlo, que Pemex “NO” cuenta con tecnología para explorar y explotar en las aguas profundas del Golfo de México, entonces, cualquier “avance tecnológico” lo tomarán como verdad. El PAN le llama “contratos de desempeño”, el PRI no les pone nombre, solamente menciona la razón para otorgarlos. Ambos partidos engañan y traicionan a la nación.

i) Privatización TOTAL de Pemex

En el artículo 59º. se reitera la violación constitucional al señalar que Pemex “y sus organismos subsidiarios podrán celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y de prestación de servicios”, que el pago será en efectivo, etc.

Bajo esa modalidad cabe todo tipo de contratos. La exploración de crudo la pueden llamar servicio, la perforación también, incluso la extracción. Las plataformas marinas las llamarían obras, lo mismo los sistemas para el almacenamiento y distribución de crudo. ¿Qué o quién se los impediría en un escenario con “autonomía” absoluta cuyas decisiones se tomarían entre cuatro paredes? Todo se daría a contrato, en la iniciativa la ingeniería ni se menciona.

La autotomía de gestión y presupuestaria implica, entonces, la libertad sin procedimientos ni controles para que las cúpulas decidan la desintegración de Pemex, el otorgamiento de contratos de todo tipo y la entrega de los recursos naturales e infraestructura física industrial a las corporaciones, en suma, la privatización furtiva de la industria petrolera nacionalizada. (b196, 4 de agosto de 2008)



Activo de producción Cinco Presidentes, de Pemex


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