UIS
METAL |
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Unión Internacional de
Sindicatos de la Industria Minera y Metalúrgica (UIS-TIMM) de la
Federación Sindical Mundial (FSM).
CONGRESO INTERNACIONAL DE
SINDICATOS DE TRABAJADORES
DE LA
MINERIA, LA METALURGIA E INDUSTRIA METAL-MECANICA
19 - 20 de mayo de 2008,
San Sebastián, País Vasco (Estado español)
Proyecto de
Estatutos
EXPOSICIÓN DE
MOTIVOS
Las Uniones Internacionales de Sindicatos (UIS) de ramas
profesionales son organizaciones que forman parte de la estructura organizativa
de la Federación Sindical Mundial (FSM) y tienen una larga trayectoria.
Para la FSM, las UIS tienen un alto valor y constituyen uno de sus pilares
organizativos básicos.
Fortalecer a las UIS es una tarea de
primera importancia para la FSM. A cada UIS puede ingresar cualquier
organización de la rama respectiva, independientemente de pertenecer o no
a una organización nacional adherida a la FSM. También, pueden
participar con cada UIS aquellas organizaciones afiliadas a la FSM y aquellas
que, sin ser afiliadas a alguna UIS, sean invitadas o soliciten su
participación.
Las UIS formulan su política con amplia
libertad en el marco de la unidad de clase con la FSM. Las UIS participan en las
actividades de la FSM y en sus órganos de representación.
Asimismo, colaboran con la FSM para la puesta en práctica de los acuerdos
tomados por el Congreso Sindical Mundial.
La Uniones Internacionales de
Sindicatos (UIS) fueron creadas en las distintas ramas industriales por acuerdo
de la Conferencia Sindical Mundial realizada en 1945 en Londres y Paris, que dio
lugar a la Federación Sindical Mundial (FSM). El II Congreso Sindical
Mundial, realizado en 1949, en Milán, Italia, determinó las
modalidades para el funcionamiento de las UIS. Con el tiempo, éstas se
convirtieron en organizaciones internacionales con personalidad propia para la
acción sindical, la unidad y solidaridad entre las organizaciones
sindicales integrantes de cada UIS y en conjunto con la FSM.
En 1949, en
la Conferencia Constituyente de Florencia, Italia, fue fundada la Unión
Internacional de Sindicatos de Mineros. Esta UIS extendió su campo de
acción en 1983 a los trabajadores de la energía formándose
la UIS de la Minería y la Energía (UISME). En 1984, se
realizó la IX Conferencia Internacional en Praga, exChecoeslovaquia. La
UIS de la Minería y Energía jugó un importante papel en la
solidaridad con los mineros británicos en huelga durante 1984-85. Ese
año, varias organizaciones de mineros, afiliadas a diferentes
organizaciones, decidieron crear a la Organización Internacional de
Mineros. La UIS se transformó, entonces, en 1986, en la UIS de la
Energía (UISTE), la Primera UISTE que, después, interrumpió
sus actividades. En 1998, en La Habana, Cuba, se reorganizó como UIS de
la Energía, el Metal, la Química, el Petróleo e Industria
Afines (UIS-TEMQPIA), misma que, en el Congreso Internacional realizado en
México, del 26 al 28 de septiembre de 2007, fue reorganizada como UIS de
la Energía (UISTE).
Aquel 1949, en Turín, Italia, se
fundó la Unión Internacional de Trabajadores del Metal e
Industrias Mecánicas (UIS del Metal) agrupando a trabajadores de los
sectores del acero, construcción naval, industria automotriz,
construcción mecánica, eléctrica y electrónica. Esta
UIS se destacó por la lucha en contra de las corporaciones
transnacionales y existió hasta antes del colapso socialista
europeo.
En el Congreso de México, de 2007, la UIS-TEMQPIA fue
reorganizada proponiendo en de la UIS de la Energía dando paso, al mismo
tiempo, a la UIS de la Minería, la Metalurgia y el Metal (UIS del Metal).
Ahora, se propone crear a esta nueva UIS del Metal para unificar a los
trabajadores de estos importantes sectores, mismos que han desarrollado
importantísimas luchas, con el objetivo de articular una lucha
común a nivel internacional. Estas propuestas están orientadas a
fortalecer la unidad internacionalista para estar a la altura de la resistencia
de los pueblos, misma que se viene incrementando en varios continentes, contra
las políticas neoliberales y la agresión imperialista.
En
un mundo cambiante y lleno de dificultades para los trabajadores, por la severa
ofensiva del capital, se hace necesario activar una organización
internacional dinámica en uno de los sectores claves de la actividad
productiva. La minería, la metalurgia y la industria
metal-mecánica, en todas sus ramas, son el resultado de la actual fase de
desarrollo; su propiedad social, uso y aplicaciones son, y serán,
decisivos para la transformación social.
La nueva UIS del Metal,
integrada por los sindicatos de trabajadores de la industrias Minera,
Metalúrgica y Metal Mecánica, se propone como una
organización internacional dinámica y moderna, que supere las
experiencias previas, que no se limite a la gestión ni a la
administración sino que movilice las fuerzas de los trabajadores en todos
los continentes, con base en unos Estatutos funcionales, unos Principios de
clase claramente definidos y un adecuado Programa de acción.
En
estos Estatutos se exponen los Principios y el Programa de la UIS-TMMM. Los
primeros, se enmarcan en el contexto de la lucha de clases y, en el segundo, se
expresan algunas de las reivindicaciones comunes de los trabajadores.
Las disposiciones estatutarias comprenden 10 capítulos y 50
artículos. Primero se define a la UIS-Metal como una organización
del sector minero, metalúrgico y metal-mecánico que forma parte de
la FSM, indicando sus fines y quienes la constituyen. Luego se establece la
estructura y representación que facilite la mejora del funcionamiento de
la UIS-Metal, siendo el Congreso Internacional la máxima autoridad. El
Consejo Ejecutivo es presidido por el Presidente de la UIS y, el Secretariado,
por el Secretario General. Tratándose del Secretariado, se establecen
diversas secretarías por sector, con el objetivo de dar mejores
respuestas a los problemas concretos de política sectorial, coordinarnos
más eficazmente y atender con dinamismo las necesidades de la estructura
de dirección y al conjunto de la organización. Así, se
establecen las Secretarías de los sectores minería, metalurgia y,
metal-mecánica, las cuales incluirán a las diversas ramas del
sector pidiendo considerar a subramas específicas como el sector
siderurgia, automotriz, aeronáutica o naviero. También integran al
Secretariado las Secretarías de organización; de finanzas, de
higiene y seguridad industrial y, de salud laboral y seguridad social. Asimismo,
pertenecen al Consejo Ejecutivo, las Secretarías regionales, la
Comisión de Control Financiero y la Comisión Técnica. Las
primeras tienen como función coordinar la acción en cada
región y, las otras, se constituyen para fines específicos.
En la presente propuesta se establecen las facultades y funciones de
cada uno de los cargos de la UIS-Metal, así como los integrantes de las
Comisiones.
En cuanto a las formas de integración o
adhesión se proponen nuevas formulas. Así, se definen: a) miembros
afiliados y, b) miembros fraternos. La UIS-del Metal es incluyente y acepta la
afiliación de organizaciones y personas sin ninguna
discriminación.
La colaboración de estos nuevos miembros se
establece desde la cooperación moral, económica e intelectual para
lograr los fines de la UIS-Metal. Para los afiliados se propone una
aportación económica simbólica por trabajador.
Es
un derecho de los afiliados, elegir y ser elegidos. Todos los cargos por
elección serán sancionados por el Congreso Internacional, con
excepción de los Secretarios regionales que serán electos por las
organizaciones de la región correspondiente.
Los asuntos no
considerados y la modificación a los Estatutos corresponde decidirlos al
Congreso Internacional.
Astilleros en Bilbao, País Vasco, vistos desde la ría, por los delegados al
Congreso de la UIS del Metal
PRINCIPIOS
Los trabajadores y los pueblos vivimos en un mundo determinado por
la lucha de clases. Los trabajadores defendemos nuestros derechos inmediatos e
históricos. Es nuestra aspiración lograr la transformación
social.
La unidad que requerimos para cumplir los fines inmediatos e
históricos es un medio para concretar un programa propio. La lucha de
clases tiene alcance mundial y la lucha que proponemos se enmarca a nivel
nacional, regional e internacional.
Formular el programa, construir la
organización y practicar la solidaridad internacional son las tareas
políticas en la época actual.
Los sindicatos son
organismos válidos y fundamentales para la resistencia y lucha contra el
capitalismo. Reivindicamos la necesidad de hacer de los sindicatos verdaderos
instrumentos de lucha democrática. La independencia de clase es
condición indispensable para desarrollar una política propia.
La lucha de los trabajadores no es ajena a la lucha de los pueblos en
defensa de sus recursos, territorios, su soberanía e independencia y
derechos sociales. Junto con otros sectores sociales, los trabajadores somos
parte de una misma lucha que, en alianza estratégica, nos permita
instaurar una nueva sociedad solidaria, otro mundo mejor, que hoy anhelan los
trabajadores y los pueblos.
Los recursos naturales constituyen un
patrimonio colectivo del mundo. Defendemos los recursos naturales, y la
infraestructura física de las naciones, como un derecho social de los
pueblos.
En esta lucha, planteamos a la solidaridad internacional como una
acción política para compartir experiencias, apoyos y propuestas.
La ría de los astilleros de Bilbao
PROGRAMA
La UIS-METAL es una organización que lucha por:
1- La unidad, bajo los principios de clase, de los integrantes de la
UIS-TMMM y demás trabajadores del sector en el mundo.
2- La práctica de la democracia e independencia de clase.
3- El ejercicio del derecho de autodeterminación política y
sindical.
4- La defensa de los recursos naturales como expresión concreta de
la lucha de los pueblos y las naciones, por su soberanía nacional.
5- La defensa de las industrias públicas de la minería,
metalurgia y el metal, y de los demás sectores estratégicos, y la
lucha contra las privatizaciones.
6- El derecho al empleo decente y seguro, al salario digno y a una
seguridad social solidaria, con prestaciones dignas y cobertura universal en
todos los países del mundo.
7- Por el pleno respeto a los derechos laborales y sociales de los
trabajadores inmigrantes y la lucha frontal contra la
discriminación.
8- Por el pleno respeto a los derechos humanos y la preservación de
la vida en condiciones apropiadas al desarrollo humano.
9- El derecho a la negociación colectiva y al respeto a los derechos
contractuales, conjuntamente con la defensa y ampliación de las
conquistas sociales de los trabajadores y de los pueblos.
10- El derecho al libre ejercicio sindical y político
democrático y antimperialista.
11- El derecho a la organización social independiente en todos los
países.
12- La práctica de la unidad y solidaridad de clase con todas las
organizaciones sindicales y pueblos del mundo.
13- La profundización democrática y social constante
formulada para construir una sociedad más justa y más humana, sin
explotación económica ni opresión política,
cualquiera que sean las formas en que éstas se manifiesten. Es nuestra
aspiración política la supresión del sistema capitalista.
14- El fomento de la solidaridad internacional reclamando un nuevo orden
internacional justo, que necesariamente pasa por la modificación de la
Organización de Naciones Unidas y otros organismos internacionales, como
la Organización Internacional del Trabajo.
15- La utilización pacífica y racional al servicio de toda la
humanidad de los avances científicos y tecnológicos, y el impulso
de modelos productivos fundamentados en el respeto y protección del medio
ambiente.
16- Contra toda forma de racismo, xenofobia y
discriminación en la sociedad en razón de sexo, estado civil,
enfermedad, edad, idioma, religión, opinión política,
opción sexual, origen étnico, nacional o cultural.
ESTATUTOS
Capítulo
1-Constitución y Fines.
Artículo 1-Los trabajadores de las industrias de la
minería, la metalurgia y metal-mecánica constituimos a la
Unión Internacional de Sindicatos de Trabajadores de la Minería,
la Metalurgia y el Metal (UIS-TMMM) con el fin de defender nuestros derechos e
intereses de clase.
Artículo 2-La UIS-TMMM es una
organización internacional de rama profesional que forma parte la
Federación Sindical Mundial (FSM).
Artículo 3-La UIS-TMMM
agrupa a los trabajadores pertenecientes a los siguientes sectores:
minería, metalurgia e industrias metal-mecánicas, así como
sus correspondientes ramas y subramas.
Artículo 4-Pertenecen a la
UIS-TMMM las organizaciones afiliadas a la misma, así como las
organizaciones del sector afiliadas a las centrales nacionales afiliadas o no a
la FSM y las organizaciones del sector directamente afiliadas a la FSM.
Además, constituye otra forma de pertenencia a la UIS-TMMM, la
cooperación colectiva y/o individual.
Artículo 5-La sede
de la UIS-TMMM será la decidida por cada Congreso internacional.
Capítulo II-Estructura y Representación.
Artículo 6-La autoridad y representación de la
UIS-TMMM se ejerce a través de los siguientes organismos:
a) Congreso Internacional,
b) Consejo Ejecutivo,
c) Secretariado.
d) Secretarías regionales.
Artículo 7-La máxima
autoridad de la UIS-TMMM la constituye el Congreso Internacional.
Artículo 8-Todas las organizaciones afiliadas y fraternas a la
UIS-TMMM forman parte del Congreso Internacional.
Artículo 9-El
Consejo Ejecutivo representa el interés general de la UIS-TMMM conforme a
los Estatutos de la misma y los acuerdos del Congreso Internacional.
Artículo 10-Constituyen al Consejo Ejecutivo de la UIS-TMMM los
siguientes cargos:
a) Presidencia.
b) Cinco Vicepresidencias.
c) Secretaría General.
d) Secretaría General Adjunta.
e) Diez Secretarías.
f) Cinco Secretarías Regionales,
g) Comisión de Control Financiero.
h) Comisión técnica.
Artículo 11-El (la)
Presidente (a) de la UIS-TMMM preside el Consejo Ejecutivo.
Artículo 12-El Secretariado de la UIS-TMMM se constituye por los
siguientes cargos:
a) Secretaría general.
b) Secretaría general adjunta.
c) Secretaría de organización.
d) Secretaría de finanzas.
e) Secretaría del sector Minería.
f) Secretaría del sector Metalurgia.
g) Secretaría del sector Metal-mecánica.
h) Secretaría de seguridad e higiene industrial.
i) Secretaría de salud laboral y seguridad social.
j) Secretaría de relaciones internacionales.
Artículo
13-El (la) Secretario (a) General preside al Secretariado de la UIS-TMMM.
Capítulo III-Congreso Internacional.
Artículo 14-La UIS-TMMM celebrará Congresos
ordinarios y extraordinarios. Serán Congresos ordinarios los realizados
cada 5 años. Podrán realizarse Congresos extraordinarios en
cualquier momento.
Los Congresos regionales se celebrarán cada
dos años con el mismo procedimiento y normas que se articulan para el
Congreso Internacional con la salvedad de que sus facultades y funciones se
circunscriben al respectivo ámbito.
Artículo 15-El
Congreso Internacional resolverá sobre los asuntos propuestos en la
Convocatoria respectiva.
Artículo 16-Corresponde al Congreso
Internacional la aprobación y modificación a los Estatutos, por el
voto de las dos terceras partes de los afiliados.
Artículo 16-El
Congreso Internacional será convocado por el Consejo Ejecutivo de la
UIS-TMMM, al menos con 1 año de anticipación, tratándose
del Congreso ordinario.
Artículo 18-En cada Congreso se
presentará invariablemente el informe de la gestión del Consejo
Ejecutivo incluyendo el informe económico.
Artículo 19-El
quórum del Congreso Internacional se constituye con la mayoría de
las organizaciones afiliadas.
Capítulo IV-Facultades y Funciones.
IV.1-Consejo
Ejecutivo.
Artículo 20-El Consejo Ejecutivo tendrá
las siguientes atribuciones y funciones:
a) Asumir la representación de la UIS-TMMM ante los organismos
internacionales sindicales y organismos de la ONU del sector
correspondiente.
b) Ejecutar los acuerdos del Congreso Internacional.
c) Coordinar la acción del Secretariado, de los Secretarios
Regionales y de las Comisiones.
d) Convocar estatutariamente a los Congresos Internacionales.
e) Rendir un informe de gestión y del manejo económico ante
los Congresos.
f) Aprobar los programas de acción sindical.
IV.2-Presidencia.
Artículo 21-El Presidente (a) tendrá las siguientes
atribuciones y funciones:
a) Presidir las reuniones del Consejo Ejecutivo.
b) Representar, junto con el secretario general, a la UIS-TMMM ante la FSM
y organizaciones internacionales correspondientes.
c) Participar en los diversos eventos organizados o convocados por la
UIS-TMMM, la FSM y las demás UIS.
Los Vicepresidentes (as)
colaboran con el Presidente (a) en sus tareas, en los cuales podrá
delegar algunas de sus funciones, y eventualmente podrán sustituirlo (a)
temporalmente por acuerdo del Consejo Ejecutivo.
IV.3-Secretariado.
Artículo 22-El Secretariado tendrá las siguientes
atribuciones y funciones:
a) Ser el organismo ejecutivo de la UIS-TMMM.
b) Ejecutar el programa de la UIS-TMMM, las resoluciones del Congreso
Internacional y los acuerdos del Consejo Ejecutivo.
c) Mantener un contacto permanente con las diversas organizaciones
integrantes de la UIS-TMMM, con la FSM y con las demás UIS.
d) Ser responsable de las relaciones internacionales.
El Secretario
General Adjunto colaborará con el Secretario General y lo
sustituirá en su ausencia por acuerdo del Consejo Ejecutivo.
Artículo 23-Son obligaciones y facultades de los integrantes del
Secretariado, las siguientes:
Secretario (a) General.
a) Representar a la UIS-TE.
b) Presidir las reuniones del Secretariado.
c) Coordinar las actividades del Secretariado.
d) Firmar o autorizar los pronunciamientos y documentos oficiales en
representación de la UIS-TMMM.
e) Autorizar la documentación relativa al movimiento de fondos.
f) Presentar al Congreso el informe escrito de la gestión del
Consejo Ejecutivo.
g) Coordinar con el Secretario de Organización las actividades de
los Secretarios Regionales.
Artículo 24-Los Secretarios (as) de
los sectores, que integran al Secretariado, tendrán las siguientes
atribuciones y facultades:
a) Coordinar las iniciativas, acciones y propuestas de las organizaciones
del sector correspondiente.
b) Mantener relaciones solidarias y de comunicación con las
organizaciones del sector.
c) Elaborar y coordinar los programas de acción sindical sectorial
con las estructuras regionales.
d) Informar al Secretariado de las actividades realizadas.
Artículo 25-Los Secretarios (as) de Organización, de
Finanzas, de Relaciones Internacionales, de Higiene y Seguridad Industrial, y de
Salud Laboral y Seguridad Social tendrán las siguientes atribuciones y
facultades:
Secretario (a) de Organización.
a) Desarrollar el programa organizativo y de afiliación de la
UIS-TMMMM.
b) Informar de las solicitudes de altas-bajas en la afiliación y del
seguimiento de las diferentes estructuras.
c) Coordinar a la Comisión Técnica de la UIS-TMMM.
b) Coordinar las actividades de los Secretarios (as) Regionales.
Secretario (a) de Finanzas.
a) Ser responsable del manejo económico de la UIS-TMMM.
b) Promover iniciativas para recaudar fondos económicos para la
UIS-TMMM.
c) Autorizar, conjuntamente con el Secretario (a) General, el movimiento
de fondos.
d) Informar al Secretariado de las actividades realizadas.
e) Informar al Congreso Internacional del manejo económico de la
UIS-TMMM.
Secretario (a) de relaciones internacionales.
a) Ejercer las relaciones internacionales de la UIS-TMMM.
b) Mantener una comunicación cercana con todas las organizaciones afiliadas y fraternas de la UIS.
c) Mantener relaciones solidarias con las demás UIS.
Secretario (a) de seguridad de higiene industrial.
a) Desarrollar programas para el cumplimiento de la seguridad e higiene industrial en las industrias del sector.
b) Vigilar la correcta aplicación de la legislación, normas y recomendaciones internacionales y nacionales en la materia.
c) Promover la capacitación, entrenamiento y reentrenamiento en los procesos de trabajo del sector.
d) Informar al Secretariado de las actividades realizadas.
e) Coordinar el trabajo en estas materias con los responsables regionales.
Secretario (a) de Salud Laboral y Seguridad Social.
a) Realizar estudios sobre la salud de los trabajadores y sus efectos biológicos implicados.
b) Realizar estudios relacionados con la protección del
medioambiente.
c) Realizar estudios y promover acciones en defensa de la seguridad social.
d) Informar al Secretariado de las actividades realizadas.
e) Coordinar el trabajo en estas materias con los responsables regionales.
Artículo 26.-La estructuración de los espacios regionales
se hará conforme a la estructura del Congreso Internacional, el Consejo
Ejecutivo y el Secretariado, si bien se pueden proponer cambios de acuerdo con
las necesidades de cada espacio. En este caso, se hará la propuesta al
Secretariado que lo someterá al Consejo Ejecutivo para su
aprobación definitiva. El ámbito territorial de cada región
será el mismo que tiene la FSM.
IV.4-Secretarios (as) Regionales.
Artículo 27-Son obligaciones y funciones de los
Secretarios (as) Regionales las siguientes:
a) Representar por delegación implícita a la UIS-TMMM en los
asuntos que correspondan específicamente a la región.
b) Propiciar y coordinar el desarrollo de las actividades de la UIS-TMMMM
en la región, acordadas por los Congresos, Conferencias regionales o
plenos del Consejo Ejecutivo
c) Impulsar las actividades organizativas, de unidad y solidaridad entre
los afiliados en la región.
d) Promover la comunicación, información y solidaridad entre
los afiliados de la región.
e) Informar y coordinar con la Secretaría General y el Secretario
(a) de Organización de las actividades en sus respectivas regiones.
f) Informar al Consejo Ejecutivo de la UIS-TMMM de las actividades en las
que participe.
IV.5-Comisiones.
Artículo 28-Las Comisiones de la UIS-TMMM se crean con
objetivos y funciones específicas y son de carácter permanente.
Artículo 29-La Comisión de Control Financiero está
formada por un Presidente (a) y dos Secretarios (as).
Artículo
30-. La Comisión Técnica depende de la Secretaría de
Organización la que, de acuerdo con la Secretaría General,
propondrá su integración teniendo en cuenta, especialmente, a las
colaboraciones. Su ubicación está en la sede de la UIS-TMMM.
Artículo 31-Son atribuciones y funciones de las Comisiones las
siguientes:
Comisión de Control Financiero.
a) Vigilar el correcto desempeño de la Secretaría de
Finanzas.
b) Fiscalizar el manejo económico y financiero de la UIS-TMMM.
c) Aprobar, en primera instancia, los informes periódicos de
finanzas.
d) Informar de sus actividades al Consejo Ejecutivo y al Congreso
Internacional.
Comisión Técnica.
a) Ser responsable de la prensa, propaganda y publicaciones.
b) Conservar el archivo histórico y la documentación de la
UIS.
c) Fomentar y concretar las colaboraciones a nivel internacional.
d) Proponer temáticas de estudio y divulgación.
Capítulo
V-Integrantes de la UIS.
Artículo 32-Las organizaciones de la UIS-TMMM son afiliadas
y fraternas.
Artículo 33-Son afiliadas aquellas organizaciones de
trabajadores afiliadas a la FSM y, también, aquellas que sin estar
afiliadas a la FSM hayan decidido afiliarse a la UIS-TMMM habiendo sido
aceptadas por ésta.
Artículo 34-Son fraternas (individual
o colectivamente), aquellas organizaciones de trabajadores, o de carácter
social o personas individuales, que con un claro compromiso de clase y social,
participen de sus actividades, con opiniones, trabajos y propuestas en
términos de estos Estatutos.
Artículo 35-Para afiliarse a
la UIS-TMMM se requiere:
a) Presentar la solicitud por escrito dirigida al Secretario General de la
UIS-TMMMM, declarando la disposición de acatar los Estatutos,
quién emitirá opinión y pondrá la solicitud a la
consideración del Consejo Ejecutivo de la UIS-TMMMM.
b) Ser ratificados por la mayoría de integrantes del Consejo
Ejecutivo de la UIS-TMMM dando cuenta al Congreso internacional.
Capítulo
VI-Derechos y Obligaciones.
Artículo 36-Son derechos de los miembros afiliados:
a) Deliberar, elegir y ser elegidos en los Congresos de la UIS-MMM.
b) Contar con el apoyo de la UIS-MMM para ejercer los derechos que les
correspondan.
c) Contar con amplia libertad de iniciativa a favor de la UIS-TMMM.
d) Recibir la solidaridad con las luchas emprendidas.
e) Participar en todas las actividades acordadas por la UIS-TMMM.
Artículo 37-Son obligaciones de los miembros afiliados:
a) Aportar su cooperación moral, intelectual y material para que la
UIS-TMMM cumpla con sus finalidades.
b) Asistir puntualmente a los actos que la UIS-TMMM acuerde realizar o
participar, así como los que sean convocados en términos de estos
Estatutos.
c) Desempeñar los cargos o comisiones que la UIS-TMMM les
confiera.
d) Cubrir puntualmente las cuotas acordadas.
e) Cumplir los acuerdos mayoritarios decididos por las instancias de la UIS.
Artículo 38-Son derechos de los miembros fraternos.
a) Participar con voz en todos los actos convocados por la UIS-TMMM.
b) Colaborar con trabajos por iniciativa propia o por iniciativa de la
UIS-TMMM, hacer propuestas al Secretariado y figurar en el directorio de la
Comisión Técnica para recibir el material de elaboración
propia de la UIS-TE.
c) Contar en general con el apoyo y solidaridad de la UIS-TMMM.
Artículo 39-Son obligaciones de los miembros fraternos.
a) Aportar su cooperación moral, intelectual y material para que la UIS cumpla sus finalidades.
b) Invitar a sus eventos a la UIS-TMMM para participar con voz propia, y
reclamar de esta, su colaboración.
c) Hacer llegar a la Comisión Técnica de la UIS-TMMM sus
trabajos y publicaciones en la forma en que se convenga.
Artículo
40-El Secretario de Organización, en colaboración con la
Comisión Técnica, formará un directorio de las
organizaciones, colectivos y personas afiliadas y fraternas de la UIS-TMMM.
Capítulo VII-Elecciones y Votaciones.
Artículo 41-Todos los cargos del Consejo Ejecutivo de la
UIS-TMMM serán otorgados a organizaciones afiliadas y fraternas que
cuenten con un cargo de representación en su propia organización
de base.
Artículo 42-Las votaciones relativas al Consejo
Ejecutivo de la UIS-TMMM serán realizadas en el Congreso Internacional,
en forma directa, universal y secreta, con la participación de, al menos,
la mitad más uno del total de organizaciones afiliadas.
Artículo 43-Los Secretarios Regionales serán electos en el
respectivo Congreso Regional de la UIS-TMMM.
Artículo 44-Los
integrantes afiliados a la UIS-TMMM podrán revocar en cualquier tiempo el
mandato que hayan otorgado.
Capítulo VIII-Patrimonio.
Artículo 45-El patrimonio de la UIS-TMMM se constituye con
sus bienes actuales, las donaciones y los legados, así como los que
adquiera en el futuro en cumplimiento de sus funciones. Asimismo, forman parte
del patrimonio los fondos recaudados por concepto de cuotas aportadas por los
afiliados y los provenientes de donaciones legales hechos a su favor.
Artículo 46-Las organizaciones afiliadas a la UIS-TMMM
aportarán por concepto de cuota ordinaria la cantidad equivalente a 1
(uno) dólar anual por cada trabajador afiliado.
Capítulo IX-Unidad y Solidaridad.
Artículo 47-La UIS-TMMM, para contribuir al avance del
movimiento obrero, promoverá la unidad y solidaridad de clase, en la
perspectiva de llegar a la unidad política y de largo plazo del conjunto
del movimiento sindical internacional.
Capítulo X-Disposiciones Generales.
Artículo 48-La UIS-TMMM sólo podrá ser
disuelta o transformada cuando así lo acuerde la voluntad de las tres
cuartas partes de los afiliados.
Artículo 49-La UIS-TMMM aprueba
con sus estatutos, el anagrama de su imagen que la identifica. Sus posibles
modificaciones se harán en el Congreso Internacional.
Artículo 50-La bandera de la UIS-TMMM es de color rojo en la cual
debe figurar su anagrama en el ángulo superior izquierdo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
UNO.-Estos Estatutos y sus modificaciones entrarán en vigor
luego de ser aprobados por el Congreso Internacional.
DOS.-Los
integrantes electos del Consejo Ejecutivo presentarán sus respectivos
planes de trabajo en la primera reunión de este órgano, la que
será convocada a la brevedad. Los planes incluirán la
realización de los diversos Congresos regionales, mismos que
elegirán a su respectiva representación.
Mayo de
2008.
Comité Organizador Internacional del
Congreso Internacional de Sindicatos de Trabajadores
de la Minería, la Metalurgia y el Metal
Delegados de Sudán, India y México en el Congreso de San Sebastián
Congreso Nacional Confederado del Sindicato Nacional LAB del País Vasco