La sexta ley privatizadora
El gobierno federal propone crear un
nuevo Derecho Especial Sobre Hidrocarburos (DESH) aplicable a los campos en las
aguas profundas. Este derecho consiste en una tasa del 71.5%, determinada por el
precio del barril de exportación, sobre el valor anual del crudo y gas
natural extraídos. El gobierno neoliberal argumenta que se trata de
reducir la carga fiscal de Pemex y que éste cuente con mayores recursos
para invertir. Se trata de lo contrario. La propuesta está orientada a
desalentar las inversiones de Pemex, la tasa propuesta es similar al actual
Derecho Ordinario Sobre Hidrocarburos (74% en 2008, 71.5% al 2012) lo que
impediría a Pemex disponer de recursos para realizar inversiones propias.
La iniciativa está destinada a favorecer la privatización de la
paraestatal pues los inversionistas podrían obtener deducciones del 100%
del monto de las inversiones realizadas en exploración y
producción de hidrocarburos, actividades estratégicas que la
Constitución del país prohíbe realizar a los
particulares.
Inconveniente régimen fiscal
El 6 de mayo de 2008, Felipe Calderón
envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de decreto para
reformar y adicionar la Ley Federal de Derechos relativa al régimen
fiscal de Pemex. Con anterioridad, en 2007, se habían aprobado reformas
que entraron en vigor en 2008 para reducir gradualmente la tasa del Derecho
Ordinario Sobre Hidrocarburos (DOSH) del 79% al 71.5% alcanzable en 2012, siendo
del 74% en 2008.
Ahora, el gobierno federal ha propuesto una 6ª. ley
en el contexto de las cinco iniciativas de reformas enviadas al Senado
tendientes a la privatización de Pemex. La sexta ley fue enviada
“con el propósito de continuar los ajustes que permitan promover
mayores niveles de inversión en la industria petrolera”, se indica.
¿Cuáles inversiones? A Pemex, el gobierno le impide realizar
inversiones propias habida cuenta que, por concepto de impuestos, derechos y
aprovechamientos, le sustrae más de lo que obtiene por rendimiento.
Se
dice que, a efecto de contrarrestar la caída en la producción de
hidrocarburos, “es necesario contar con un régimen fiscal que
facilite la exploración y explotación de campos de
extracción de petróleo crudo y gas natural en las zonas en que,
por sus características geológicas especiales, requieren mayores
inversiones, como es el caso de los ubicados en el paleocanal de Chicontepec y
en aguas profundas”. Si Pemex, por la política fiscal actual,
está impedido para realizar inversiones ¿cómo podría
realizar “mayores inversiones”?
La sexta iniciativa plantea
que “la estructura actual del régimen fiscal de Pemex es
conveniente (sic) y por ello se debe conservar, pues ha permitido (sic) una
recaudación (sic) acorde con las expectativas planteadas en su
implantación”. No es así, el actual régimen fiscal de
Pemex es INCONVENIENTE y absurdo. Pemex DEBE contribuir al desarrollo
económico y social de la nación, ese es uno de sus grandes
objetivos estratégicos; pero, los gobiernos en turno han llegado al
exceso al sustraerle a la paraestatal todos los ingresos obtenidos, e incluso
más. A la empresa petrolera más rentable del mundo, el gobierno la
hace operar con pérdidas.
Régimen fiscal para transnacionales
Las nuevas modificaciones fiscales
están orientadas para los casos del paleocanal de Chicontepec pero,
esencialmente, a los campos en las aguas profundas del Golfo de México.
Se dice que el régimen fiscal propuesto es diferenciado con base en
“los mayores costos asociados a las diversas tecnologías que deben
emplearse”. Así, se plantea que “en lugar de aplicar el
derecho ordinario sobre hidrocarburos y el derecho sobre hidrocarburos para el
fondo de estabilización ... se aplique un régimen especial a
través de los siguientes derechos:
1- El derecho sobre extracción de hidrocarburos aplicable a los
campos del paleocanal de Chicontepec así como a los campos en aguas
profundas ... cuyo nivel dependerá de los precios del petróleo
crudo;
2- Un derecho especial sobre hidrocarburos que establecerá
“incentivos a la inversión para la exploración y
explotación de nuevos yacimientos”.
Como lo que interesa al
gobierno es la exploración y explotación en las aguas profundas,
se proponen “variaciones” respecto de Chicontepec. Para las aguas
profundas, el gobierno dice que el desarrollo de éstos “es
más complejo y costoso” ya que “su exploración y
producción conllevan la adquisición (sic) de tecnología de
punta, que eleva (sic) los costos de producción (sic) de manera
significativa”. Entonces, se considera “necesario elevar los
límites permitidos de deducciones autorizadas en relación con
otros tipos de yacimientos petrolíferos (sic) en
operación”.
Para apoyar sus propuestas de reforma a la
legislación petrolera secundaria, el gobierno federal ha repetido hasta
la saciedad que Pemex NO dispone de la tecnología para explorar y
explotar campos en las aguas profundas. Entonces, ¿A quien se
aplicaría este régimen “especial”?,
¿Quiénes realizarían esas funciones? ¿A quién o
quiénes se harían las atractivas deducciones?
El gobierno ha
reiterado en su campaña mediática y en sus propias iniciativas que
es necesario “acompañarse” de las transnacionales
“poseedoras” de la tecnología. Entonces, serían
éstas las beneficiarias del nuevo régimen fiscal de
Pemex.
Los promotores de la sexta ley privatizadora señalan que
“el esquema planteado permitirá reducir la carga fiscal de los
proyectos por desarrollar ... respecto del régimen vigente”.
¿Reducir la “carga” para quién? ¿Quién va a
desarrollar esos proyectos?
Derecho Especial Sobre Hidrocarburos, DESH
Para el caso de Chicontepec se
propone incorporar un derecho anual aplicando la tasa del 71.5% al valor anual
del petróleo crudo y gas natural extraídos en el año,
previa reducción de las deducciones permitidas que serían varias,
incluyendo, “los costos, gastos e inversiones ... que, de conformidad con
las disposiciones aplicables, efectúen terceros en nombre de Pemex
Exploración y Producción”.
¿Cuáles son esas
“disposiciones aplicables” a los terceros (contratistas)? Las que el
gobierno propone en el paquete de cinco iniciativas privatizadoras ya que,
actualmente, la Constitución prohíbe la participación de
particulares en las actividades estratégicas de exploración y
producción, mientras que, las iniciativas la permiten. Las deducciones
que ahora se proponen podrían ser del “100 por ciento del monto
original de las inversiones realizadas”.
Según la sexta
iniciativa, “el derecho que se propone se aplicaría sobre una base
neta y sería similar al derecho ordinario sobre hidrocarburos
vigente” (sic). En el caso que Pemex realizara esas inversiones,
¿dónde estaría la reducción en la carga
fiscal?
Pero lo que importa más al gobierno es el DESH aplicable
para campos en aguas profundas. La iniciativa indica que, debido a los
“retos tecnológicos especiales”, “en lugar de una tasa
del 71.5%, en los campos en aguas profundas se aplicaría una tasa de
entre 60 y 71.5 por ciento –que se determinaría de acuerdo con el
rango de precio promedio ponderado anual de barril de petróleo crudo
exportado en dólares de Estados Unidos de América- sobre el valor
anual del petróleo crudo y gas natural extraídos en el año
de cada campo”.
Pero, además, “El 100 por ciento del
monto original de las inversiones realizadas para la explotación
sería deducible hasta el ejercicio en que los hidrocarburos
extraídos del campo de que se trate formen parte de la producción
(sic) reportada por Pemex Exploración y Explotación” (PEP).
100% de deducciones a inversionistas
El pago anual del “derecho sobre
extracción de hidrocarburos” se propone en el artículo 257
Bis de la sexta iniciativa. Allí se indica una tabla basada en el rango
promedio del barril de petróleo y la tasa para el cálculo del
derecho sobre extracción de hidrocarburos. Si el precio estuviera entre
0.01 y 40 dólares por barril, la tasa sería del 10% pero, si el
precio fuera de 60 la tasa sería del 20%. La recaudación de este
derecho “se destinará al Fondo de Estabilización de los
Ingresos Petroleros”.
En el artículo 257 Quáter se
indica que PEP “estará obligado al pago anual” del DESH para
campos en aguas profundas, que se calculará de acuerdo a una tabla. Si el
precio del barril estuviera entre 0.01 y 60 dólares, la tasa aplicable
sería del 60% y, de 90 dólares en adelante, sería del
71.5%.
Actualmente, el precio del barril de exportación de la mezcla
mexicana está en más de 130 dólares. Es evidente que se
aplicaría, entonces, la tasa del 71.5%. ¿Dónde está la
“reducción” en la carga fiscal de Pemex? Se trata de
continuar con la MISMA política fiscal depredadora vigente lo cual, lejos
de alentar a Pemex desalentaría las posibles inversiones porque,
simplemente, Pemex NO tendría recursos suficientes ya que estaría
entregando sus rendimientos a la secretaría de hacienda (SHCP).
El
plan está destinado a favorecer a las transnacionales y NO está
orientado a que Pemex haga inversiones en actividades en las que “no tiene
tecnología”, según el gobierno. Lo que está
planteado, entonces, es la contratación con las transnacionales para
compartir los recursos naturales de hidrocarburos y la renta
petrolera.
En las declaraciones a los medios el gobierno afirma que no
habría tal. Sin embargo, en la sexta iniciativa se indica que “para
la determinación de la base del derecho especial sobre hidrocarburos para
campos en aguas profundas, serán deducibles los siguientes conceptos para
cada campo:”
“1- El 100 por ciento del monto original de las
inversiones realizadas para la exploración. Esta deducción se
aplicará a partir del ejercicio en que los hidrocarburos extraídos
del campo de que se trate formen parte de la producción reportada por
Pemex Exploración y Producción”.
Se agrega que las
inversiones realizadas serían aquellas del “campo productor o
permiso (sic) de exploración correspondiente”. ¿Permisos
(privados) de exploración?
Esto es, si Pemex realizara esas
funciones le sería retenido un elevado derecho que neutralizaría
las inversiones pero, si las realizan las transnacionales el incentivo si
sería “alentador” porque podrían ser eximidos del 100%
de las inversiones realizadas vía las deducciones. Las actividades no
serían solamente de exploración, prohibidas por la
Constitución, sino de producción, también prohibidas, ya
que las deducciones se aplicarían hasta que los hidrocarburos sean
extraídos. Eso es obvio porque, la simple exploración no indica
que los recursos estén descubiertos y, perforar NO es sinónimo de
producir. Es evidente que si no se encuentra nada, sino hoyos secos, no
habría producción. Sin embargo, las propuestas del gobierno
están orientadas a la producción, de manera que, no solamente
habría exploración sino explotación de los hidrocarburos.
La participación de transnacionales en estos rubros está
expresamente prohibida constitucionalmente.
También serán
deducibles “Los costos, gastos e inversiones ... que efectúen
terceros (sic) a nombre de Pemex Exploración y Explotación de
conformidad con las disposiciones aplicables (sic)”. Otra vez, esas
“disposiciones aplicables” para la participación de terceros
serían las propuestas en el paquete de las cinco iniciativas de reforma a
la legislación petrolera secundaria, las que indican que se
otorgarían concesiones, contratos y permisos a los particulares
contraviniendo la Constitución.
La sexta ley complementa a las anteriores
En un anexo a la sexta iniciativa, la
SHCP presentó una “Evaluación del impacto
presupuestario”. Según esta dependencia, misma que seguramente
elaboró la iniciativa, ésta “plantea un régimen
fiscal que pretende reducir la carga fiscal de Pemex Exploración y
Producción a los campos de extracción de petróleo crudo y
gas natural” en Chicontepec y en aguas profundas “a efecto de
facilitar e incentivar la exploración en dichas zonas”. Esto, desde
luego, no es cierto a menos que se trate de las
transnacionales.
También se indica que “De acuerdo a lo
anterior, Pemex Exploración y Producción contaría con
mayores recursos para invertir (sic) en la exploración y
explotación de nuevos campos ... lo que redundará en mayores
ingresos para el gobierno federal y para el propio organismo
descentralizado”.
No hay tal. En la medida en que la tasa impuesta
sería del 71.5% Pemex no “contaría” con mayores
recursos. Si es cierto que el gobierno federal seguiría recibiendo
“mayores ingresos” pero no así Pemex. Actualmente, la tasa
del DOSH es del 74% y se reducirá al 71.5% hasta el año 2012. Esto
quiere decir, que durante la presente gestión, el gobierno seguirá
obteniendo de Pemex cuantiosos recursos. Si, ahora se propone una tasa similar
para el caso de las aguas profundas, recibiría similares cantidades en el
caso que Pemex realizara esas funciones pero, si las realizan las
transnacionales, el gobierno federal no recibiría nada, al contrario los
beneficios obtenidos los reintegraría por la vía de las
deducciones. Eso significa entregar gran parte de la renta petrolera.
La
sexta iniciativa también es privatizadora y complementa a las cinco
anteriores. Se trata de un solo paquete con el mismo objetivo: privatizar a
Pemex.
Aprobar la sexta iniciativa sería incorrecto
El 8 abril, Carlos Navarrete, coordinador
del PRD en el Senado, dijo que “hemos alejado el fantasma del
fast-track para la aprobación de la reforma petrolera. Con los
foros que ha organizado el Senado se han evidenciado las carencias de la
propuesta presidencial y han salido muchas coincidencias (sic) de todos (sic)
los ponentes para mejorar la reforma para Petróleos Mexicanos
(Pemex)”.
¿Se puede mejorar esa reforma? El FTE considera que
no, lo único que procede es DESECHAR semejantes propuesta privatizadoras.
Navarrete indicó que “ahora hay que construir una propuesta de
reforma con todos los partidos, ya que el proyecto gubernamental no
pasará. Entonces, si hay coincidencias de que la reforma para Pemex es
necesaria, hay que buscar el consenso en los puntos en donde haya
convergencia”. ¿Es posible construir una propuesta “con todos
los partidos”?
El FTE considera que esto no es posible ni conveniente.
Se está jugando con una “propuesta” ajena donde podría
indicarse que no habrá privatización pero podría aprobarse
lo contrario. Las “coincidencias” no son tales, en los aspectos
centrales las propuestas son contrapuestas y, en otros aspectos, ni siquiera ha
habido propuestas (de nadie de los invitados al convite).
Navarrete dijo que
producto de los foros, que concluirán el próximo 22 de julio,
“vendrá el trabajo de compilación de lo dicho por los
especialistas, expertos, académicos, funcionarios, trabajadores y otros,
en cada uno de los temas”. Hay que evaluar y ordenar las propuestas
recibidas sesión tras sesión, dijo, porque sería una falta
de respeto y un desperdicio, un sinsentido del Senado que después de
tantos debates esto se hubiera quedado en un ejercicio hueco.
Por supuesto
que el ejercicio es hueco. El Debate en el Senado no es representativo y,
reiteramos, en aspectos importantes ni siquiera ha habido propuestas. Por lo
demás, “los trabajadores” NO fuimos consultados sino
expresamente EXCLUIDOS.
Un día antes, Graco Ramírez (PRD),
secretario de la comisión de energía del Senado declaró que
en agosto se puede discutir y dictaminar las reformas a la Ley Federal de
Derechos”. Según Graco “hay coincidencias con el PRI y el PAN
en la necesidad de discutir esas reformas que tienen que ver con el
régimen fiscal para Pemex, “y esto sí se puede discutir y
aprobar (sic) en las comisiones”, pero pasaría al pleno en el
periodo ordinario, que se inicia en septiembre. “En los primeros ocho
días de ese mes se puede aprobar para cumplir con los tiempos del paquete
presupuestal”, dijo. Más aún, señaló que la
propuesta sobre el régimen fiscal de Pemex “es correcta (sic),
porque se trata de hacerlo más competitivo (sic). El problema es para
qué, si es para que lo aplique la iniciativa privada, como ellos
quisieran, pues es una pena que el gobierno y el PAN le den mejores condiciones
fiscales a ese grupo que a la paraestatal”. Efectivamente, de eso se
trata.
Graco matizó señalando que “El PRD puede sostener
el criterio de apoyar (sic) esa propuesta, siempre y cuando vaya encaminada a
beneficiar a Pemex y no a los inversionistas, que quieren hacer negocios”.
Se trata de una declaración innecesaria por ingenua. La sexta iniciativa
está orientada a las transnacionales en el marco de la
privatización propuesta para Pemex en las otras cinco iniciativas.
Necesario otro régimen fiscal SIN privatización
Se necesita de un
régimen fiscal para Pemex diferente al actual y al propuesto por el
gobierno en la sexta iniciativa privatizadora. El nuevo régimen debe
tener como objetivo permitir que la paraestatal realice inversiones PROPIAS por
ADMINISTRACION DIRECTA. Para ello, requiere disponer de recursos obtenidos de la
misma fuente que los genera: ¡Pemex!
Esto puede lograrse modificando
la legislación vigente en la materia. Por concepto de impuestos, derechos
y aprovechamientos, Pemex entrega a la SHCP más del 100% de sus
rendimientos y, a cambio, el gobierno le otorga presupuestos insuficientes para
realizar inversiones e incluso operar adecuadamente. Sin embargo, en los Debates
oficiales nadie de los invitados y/o asistentes ha propuesto nada concreto al
respecto. Los legisladores, por su parte, solamente piensan en
“acuerdos” entre sí para “aprobar” las
iniciativas privatizadoras. Eso es incorrecto.
El FTE de México
propone modificar el régimen fiscal aplicable a Pemex, de manera que, la
paraestatal entregue a la SHCP una cantidad MENOR a lo que obtiene por
rendimientos, p.e., un máximo del 75% de los mismos por concepto de
impuestos, derechos y aprovechamientos. El DOSH debe ser reducido, p.e., al 60%,
aplicable desde ahora e incluyendo las aguas profundas SIEMPRE y CUANDO la
exploración y producción de los hidrocarburos las realice Pemex,
de manera exclusiva, tal y como indica la Constitución política
vigente. ¡El DESH aplicable a terceros debe ser rechazado; la sexta
iniciativa de ley privatizadora debe ser rechazada! ¡Todas las demás
iniciativas privatizadoras deben ser rechazadas! ¡La Constitución NO
se negocia! (b169, 10 jul 2008)
Debate Oficial en el Senado sobre la reforma energética