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Volumen4, Número 52, Julio 31 de 2004

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Cínica defensa de Fox a permisos de generación

Eliminar el origen
de la privatización

La controversia constitucional que Fox inició en defensa de los permisos de generación otorgados a empresas privadas, revela el extremo cinismo y las marrullerías “legales” utilizados en la privatización del Sector Eléctrico, así como el pantano al que pueden ir a dar las luchas jurídicas que no encaran el problema de fondo: la derogación de la contrarreformada Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) de 1992.

CFE si tiene recursos para invertir

La controversia constitucional de Fox, contra la Cámara de Diputados y la Auditoría Superior de la Federación, impugna los requerimientos que dictó la ASF por las innumerables violaciones a la ley cometidas por la CRE en el otorgamiento de permisos y por el incumplimiento de los permisionarios, pero no impugna, ni siquiera alude la afirmación de la ASF de que la CFE sí cuenta con los recursos para realizar la inversión en infraestructura eléctrica que requiere el país.

Las dos auditorias especiales de evaluación y cumplimiento, motivo de la controversia, efectuadas a la CRE fueron: Evaluación del proceso para el otorgamiento de permisos de generación eléctrica (01-18C00-352) y Evaluación del cumplimiento de los permisionarios con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (01-18C00-353).

En la primera se revisaron 19 de 36 permisos de generación eléctrica otorgados en 2002 y, en la segunda, 89 de 240 permisos otorgados de 1994 a 2002; ambas incluyen todas las modalidades de permisos.

Principales resultados de las auditorias

Primera auditoría: ninguno de los 19 títulos de permisos esta fundado ni motivado, algunos permisionarios no cumplieron con algunos requisitos de documentación e información, en 14 casos las firmas de aprobación jurídica son de personas no facultadas para ello, tanto la CRE como los permisionarios excedieron plazos límite durante el proceso de otorgamiento de permisos, la CRE otorgó el permiso de generación E/240/AUT/2002 a la empresa Genermex S.A. de C.V. a pesar de la reiterada opinión en contra de la CFE, la autorización anticonstitucional de la CRE a permisionarios para la venta o enajenación de energía y la CRE no ha implantado mecanismos de supervisión y control de los permisionarios que garanticen el cumplimiento del Art. 27 constitucional, de la propia LSPEE y su reglamento.

Segunda auditoría: en 77 de los 89 permisos revisados los títulos no están fundados ni motivados; en 26 títulos se permite la inconstitucional venta de electricidad entre socios (incluso hay contratos de compra-venta de electricidad entre particulares); durante 2002 un permisionario vendió a CFE excedentes de electricidad por arriba del límite; la autorización anticonstitucional de la CRE a permisionarios para la venta o enajenación de energía; un convenio firmado por un permisionario y CFE para la transmisión de electricidad con una capacidad mayor a la autorizada; no hay uniformidad de las obligaciones en los títulos de permisos ni en las condiciones estipuladas (como normatividad en materia ecológica y de uso de suelo); discrecionalidad en las modificaciones de permisos solicitados por los permisionarios; errores duplicidades y alteraciones en los informes estadísticos e incumplimiento de plazos para la entrega de informes.

Argumentos de Fox contra las
recomendaciones de la ASF

La ASF requirió a la SENER iniciar los procedimientos administrativos procedentes de conformidad con el Art. 6° párrafo primero de la ley Federal de Procedimiento Administrativo respecto de los 19 permisos de una auditoría y 77 de la otra que no se encuentran fundados ni motivados.

Las acciones correctivas que la ASF requirió a la CRE son; 1° que se implementen mecanismos de supervisión y control de tipo administrativo que garanticen el cumplimiento del Art. 27 constitucional, de las leyes secundarias y sus reglamentos, 2° que se inicie el procedimiento administrativo para fincar responsabilidades a los servidores públicos relacionados con las irregularidades encontradas y 3° que se inicien acciones legales en relación a los títulos de los permisos irregulares, aplicando sanciones a los permisionarios o revocando los permisos.

Ante la solicitud hecha a la SENER que podría llegar al revocamiento de 86 permisos, Fox contesta: “La Secretaría de Energía carece de facultades para revocar los actos del pleno de la CRE”, “...en el ámbito del otorgamiento de permisos... el Secretario de Energía no es superior jerárquico de la CRE”, “no podría dictar ningún tipo de resolución que pudiera vincularse, materialmente, con la fundamentación o motivación de los actos de la Comisión (CRE)”, “(la CRE) goza por su parte de una autonomía técnica y operativa integra para dictar sus resoluciones”. Según el ejecutivo, si el pleno de la CRE autoriza un permiso, sin importar las irregularidades cometidas, nadie lo puede revocar.

A los requerimientos que tienen que ver con violaciones de los procedimientos, de la propia LSPEE de 1992 y de su Reglamento, Fox pretende desvirtuarlos alegando llanamente que la CRE puede hacer lo que se le de la gana, puede actuar discrecionalmente y no se le debe señalar nada porque tiene “autonomía técnica y administrativa”. Textualmente: “Sólo la CRE tiene facultades para determinar cuando y conforme a qué parámetros un expediente esta debidamente integrado”, “Solo a la CRE le ha sido concedida la facultad soberana para determinar cuándo y cómo se cumple administrativamente con los requisitos para obtener un permiso”, “El incumplimiento de los plazos y procedimientos internos ...no pueden dar lugar a recomendaciones”. La perla de este tipo de defensa es: “No tiene porque emitirse ninguna recomendación cuyo objetivo sea evitar el ejercicio de facultades discrecionales”.

Otros argumentos de Fox son que la ASF no tiene facultades para revisar o auditar lo que no sea parte de la cuenta pública. Textualmente: “Cómo quiera que sea ... lo cierto es que la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la LSPEE y su Reglamento, no puede ser materia de análisis ni discusión por parte de la Entidad de Fiscalización de la Cámara de Diputados, ni mucho menos de sus recomendaciones”, “la ASF invade la esfera de atribuciones del ejecutivo”, “Clara injerencia de la Entidad de Fiscalización en un ámbito de soberanía que solo corresponde al ejecutivo federal, que no puede ser fiscalizado por la ASF”, “la ASF invade la esfera de competencias exclusivas de la CRE”, “....no forma parte de la cuenta pública que es lo que puede revisar y fiscalizar la ASF, es asunto de la exclusiva competencia de la CRE dependiente indirecta del Presidente de la República”.

Hasta aquí la CRE parece todopoderosa, para decidir por su cuenta (ni la SENER se puede inmiscuir) sobre los permisos, sin embargo el ejecutivo alega que la CRE no tiene facultades para corregir actos indebidos de los permisionarios “La CRE solo cuenta con facultades para aprobar los......de ahí que no pueda tener ingerencia en los actos que son propios de los permisionarios”.

Algunos casos extraordinarios

Cuando la ASF señala que la CRE le permitió a la Sociedad Bioenergía Eléctrica de Nuevo León, S.A. de C.V. vender electricidad a sus socios Gobierno de Nuevo León y 7 municipios transgrediendo al Art. 27 constitucional, Fox contesta: “Cómo quiera que sea ... lo cierto es que la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la LSPEE y su Reglamento, no puede ser materia de análisis ni discusión por parte de la Entidad de Fiscalización de la Cámara de Diputados, ni mucho menos de sus recomendaciones”. Fox al no poder rebatir esta afirmación trata de desviar el asunto a si la ASF tiene o no facultades para señalar el incumplimiento de la Constitución.

El permiso E/240/AUT/2002 fue otorgado a Genermex S.A. de C.V. a pesar de que CFE reiteradamente había dado su opinión negativa por restricciones en la capacidad de los enlaces de transmisión entre las Áreas Noroeste y Oriental, pero Fox contesta que para eliminar la restricción se sacará de servicio la Planta Monterrey Vapor de CFE, se tenderán 12 km de líneas de transmisión y se reforzarán interruptores en diversas subestaciones de la Zona, además la CFE mantendrá disponible la Planta Monterrey Vapor para garantizar el servicio de energía de respaldo a los permisionarios.

Es inaudito el nivel de apoyo a los permisionarios en detrimento de la CFE, como la planta de la CFE le “estorba” al permisionario, entonces con toda la facilidad se quita el estorbo sin importar el costo, pero si llega a fallar la planta privada, el estorbo debe estar preparado para mandarle electricidad.

Energía Azteca VII, S. de R.L. de C.V., entregó a CFE excedentes de electricidad durante 2002, que rebasan el límite de 20 Mw establecidos en la LSPEE. La respuesta de Fox es verdaderamente increíble por su cinismo; “la regulación aprobada por la Comisión Reguladora de Energía, permite únicamente celebrar a la Comisión Federal de Electricidad convenios para la adquisición de energía eléctrica con los permisionarios. El artículo no es limitativo en cuanto al monto de la entrega de excedentes de energía eléctrica de un permisionario a la Comisión Federal de Electricidad”. Resulta que la CRE decidió (¿y la ley?) que no hay límites de venta de electricidad de permisionarios a la CFE.

Iberdrola Energía de Monterrey S.A. de C.V., pactó con CFE una capacidad de porteo de 40 Mw, pero solo tiene autorizado entregar 19.65 Mw a su socio Nylon de México S.A. lo que viola el Art. 3° fr. XII de la LSPEE. La respuesta del ejecutivo es que “la Comisión (CRE) solo cuenta con facultades para aprobar los modelos de convenios y contratos de adhesión para la realización de las actividades reguladas, de ahí que no pueda tener ingerencia en los actos que son propios de los permisionarios”.

No hay que seguir dando vueltas

Estas dos auditorias especiales han resultado muy útiles porque han confirmado que los permisos se entregan sin ton ni son, violando el Art. 27 constitucional, la propia LSPEE y su reglamento y la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

La controversia de Fox contra la ASF, revela la prisa que el ejecutivo tiene por privatizar el Sector Eléctrico (sin necesidad de venderlo) que hasta la propia LSPEE reformada en 1992 le resulta un estorbo y eso que fue reformada por Salinas de Gortari precisamente para impulsar la privatización. Era de esperarse pues Fox solo tiene 6 años para cumplir los compromisos con el gran capital que financió su campaña presidencial.

Podemos enfrascarnos en una interminable lucha legal para “corregir” las irregularidades en los permisos, pero mientras exista la LSPEE del 92 se seguirán otorgando permisos y la privatización seguirá adelante. Definitivamente hay que encarar la causa de fondo con todas sus consecuencias; derogar la inconstitucional LSPEE, desaparecer a la CRE y derogar todos los permisos que se hayan concedido a empresas privadas, sin indemnización por incurrir en violación a la constitución. Además castigar severamente a los funcionarios responsables especialmente los de mayor jerarquía y a los permisionarios que cometieron ilícitos.

El primer paso es que los trabajadores podamos obligar a la oposición a retirar sus propuestas de reforma al Sector Eléctrico, porque en vez de ir al fondo del problema proponen darle mas autoridad y autonomía a la CRE, ¡quieren frenar la privatización dándole mas poder al órgano privatizador!.


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