Volumen 16, Número 341, julio 28 de 2016
 


Comercialización eléctrica privada



La Sener publicó el manual para el registro de generadores y comercializadores eléctricos privados. Los particulares podrán participar en el mercado mayorista como generadores de electricidad, suministradores de servicios básicos y calificados, así como de últimos recursos. El generador podrá representar a una o varias centrales eléctricas de México o el extranjero, con conexión directa al sistema eléctrico nacional. En una primera etapa, el generador se limitará a presentar ofertas de ventas de electricidad y a comprar los servicios conexos que corresponda a las centrales que representen.


Acuerdo de Coldwell

El ACUERDO por el que la Secretaría de Energía (Sener) emite el Manual de Registro y Acreditación de Participantes del Mercado fue publicado por Pedro Joaquín Coldwell en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF) del día 15 de julio de 2016.

Se trata de seguir profundizando la privatización eléctrica para terminar de desnacionalizar a la industria, ahora en el rubro de la comercialización. Una sola persona, Coldwell decide lo conducente. Coldwell es un abogaducho burócrata dedicado a la politiquería que no sabe nada de energía, su única relación con el sector consiste en regentear 6 gasolineras en Quintana Roo. Evidentemente, no fue Coldwell el que escribió el "acuerdo", lo hicieron las transnacionales para acomodarse al gusto al nuevo esquema desnacionalizador.

Entre las consideraciones del "acuerdo", se indica:

Que el Transitorio Tercero de la Ley de la Industria Eléctrica establece en su tercer párrafo, que por única ocasión la Secretaría de Energía emitirá las primeras Reglas del Mercado Eléctrico Mayorista, y que dichas Reglas incluirán las Bases del Mercado Eléctrico y las Disposiciones Operativas del Mercado que la referida Secretaría determine;

Que el 8 de septiembre de 2015 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Bases del Mercado Eléctrico, mismas que definen las reglas y procedimientos que deberán llevar a cabo los Participantes del Mercado y las autoridades para mantener una adecuada administración, operación y planeación del Mercado Eléctrico Mayorista;

Que los Manuales de Prácticas del Mercado forman parte de las Disposiciones Operativas del Mercado y tienen por objeto desarrollar con mayor detalle los elementos de las Bases del Mercado Eléctrico y establecer los procedimientos, reglas, instrucciones, principios de cálculo, directrices y ejemplos a seguir para la administración, operación y planeación del Mercado Eléctrico Mayorista;

Manual para privatizadores

"La Secretaría de Energía (Sener) emitió el Manual de registro y acreditación de los participantes en el mercado eléctrico mayorista, publicado ayer en el Diario Oficial de la Federación, en el cual se establecen los requisitos que seguirán particulares y empresas que generarán y comercializarán electricidad, con base en lo establecido en la reforma energética (Becerril A., en La Jornada, 16 julio 2016, p.19).

"En el documento se establece que los integrantes de la iniciativa privada que quieran participar en el mercado eléctrico mayorista deberán iniciar el proceso de registro al menos 806 días antes de la fecha en que inicien operaciones.

Los particulares podrán participar en el mercado mayorista como generadores de electricidad, suministradores de servicios básicos y calificados, así como de últimos recursos.

"El generador podrá representar a una o varias centrales eléctricas de México o el extranjero, con conexión directa al sistema eléctrico nacional.

"En el documento se precisa que en una primera etapa, el generador se limitará a presentar ofertas de ventas de electricidad y a comprar los servicios conexos que corresponda a las centrales que representen".

Mercado eléctrico en vez de nacionalización

Se indica en el "acuerdo" que:

1.1 Propósito de los Manuales de Prácticas del Mercado

1.1.1 Las Reglas del Mercado que rigen al Mercado Eléctrico Mayorista se integran por las Bases del Mercado Eléctrico y las Disposiciones Operativas del Mercado.

1.1.2 Los Manuales de Prácticas de Mercado forman parte de las Disposiciones Operativas del Mercado y tienen por objeto desarrollar con mayor detalle los elementos de las Bases del Mercado Eléctrico y establecer los procedimientos, reglas, instrucciones, principios de cálculo, directrices y ejemplos a seguir para la administración, operación y planeación del Mercado Eléctrico Mayorista.

1.2 Propósito y contenido de este manual

1.2.1 El presente Manual de Registro y Acreditación de Participantes del Mercado es el Manual de Prácticas del Mercado que establece los procedimientos, reglas e instrucciones que deberán seguir los interesados para estar registrados como Participantes del Mercado y acreditados por el CENACE para realizar transacciones en el Mercado Eléctrico Mayorista.

1.2.2 El contenido de este Manual desarrolla a detalle la Base 3 de las Bases del Mercado Eléctrico y abarca los siguientes temas:

(a) Las distintas formas y categorías de participación en el Mercado Eléctrico Mayorista (Capítulo 2);

(b) El procedimiento para el registro de Participantes del Mercado (Capítulo 3);

(c) El procedimiento para el registro de Activos Físicos (Capítulo 4);

(d) El procedimiento para la acreditación de Participantes del Mercado (Capítulo 5); y,

(e) Las obligaciones continuas del Participante del Mercado y el procedimiento para aclaraciones y solución de controversias (Capítulo 6).


Ref.: 2016, elektron 16 (206) 1-2, 26 julio 2016, FTE de México.



Seguirá la privatización de la transmisión y distribución eléctrica. Los electricistas siguen adormilados por el charrismo sindical. El pueblo continúa callado.

¡Abajo la privatización eléctrica!






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