FTE 
MEXICO
 e n e r g i a 
PERIODICO DEL FRENTE DE TRABAJADORES DE LA ENERGIA DE MEXICO
 Vol. 2, No.31         Octubre 13 de 2002
Ley Eléctrica del FTE /4

El Instituto de Energía será el soporte científico y tecnológico de la industria eléctrica nacionalizada e integrada. Energía de México suministrará la energía eléctrica a toda la Nación, con la calidad, confiabilidad y seguridad requeridas. Con Petróleos Mexicanos habría un programa de cogeneración eléctrica. Las tarifas serían autorizadas por la Cámara de Diputados.

 

Autodeterminación Técnico-Científica

El Organismo único a nivel nacional encargado de cumplir las funciones de la industria eléctrica nacionalizada integrada, es decir, el proceso de trabajo que constituye al servicio público de energía eléctrica es Energía de México. A este Organismo pertenecería el Instituto Nacional de Energía, instancia encargada del desarrollo científico y tecnológico en materia de energía.

En el Instituto de Energía se integrarían los actuales Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), Instituto de Investigaciones Eléctricas (IIE), el Laboratorio de Pruebas de Equipos y Materiales (LAPEM), el Centro de Adiestramiento de Operadores de Centrales Eléctricas (CAO) e, incluso, el Instituto Mexicano del Petróleo (IMP).

Se trata de superar la visión parcelada de la ciencia y la tecnología, la estrechez de miras y la desnaturalización que el neoliberalismo hace de la investigación científica y del desarrollo tecnológico.

Los fines del Instituto de Energía estarían orientados a dar las respuestas que requiere la industria eléctrica nacionalizada, en los aspectos del conocimiento fundamental de los fenómenos energéticos, el desarrollo de la ingeniería en sus diversas disciplinas, el dominio tecnológico en materia energética, el desarrollo de las fuentes energéticas alternas, las aplicaciones y servicios tecnológicos requeridos por la operación normal en las instalaciones energéticas, centrales generadoras, y redes de transmisión y distribución eléctrica.

El Instituto de Energía funcionaría con base en líneas de desarrollo y los correspondientes proyectos técnico-científicos.

El director del Instituto será un investigador nacional perteneciente al sector electo por los propios investigadores.

Instituto Nacional de Energía

Artículo 34- El Instituto Nacional de Energía es un organismo perteneciente a Energía de México que tiene por objeto realizar la investigación y desarrollo en materia de energía, así como promover el uso de las fuentes energéticas alternas y difundir los avances alcanzados para vincularlos al desarrollo económico, social, científico y cultural del país.

Artículo 35- El Instituto Nacional de Energía es el soporte científico y tecnológico de la industria eléctrica nacionalizada. La investigación y desarrollo que realice el Instituto deberá ser congruente con las políticas nacionales y se desarrollarán de acuerdo con los programas que para tal efecto se aprueben. El Instituto funcionará de acuerdo con líneas de desarrollo y los correspondientes proyectos técnico-científicos.

Artículo 36- Para el cumplimiento de su objeto el Instituto Nacional de Energía tendrá las siguientes atribuciones:

  1. Realizar las actividades de investigación y desarrollo tecnológico en el campo de la energía, así como promover la transferencia y asimilación de tecnología en esta materia;
  2. Proporcionar la asistencia técnica a la industria eléctrica nacionalizada en el diseño, construcción y operación de instalaciones eléctricas y nucleares, y de las redes nacionales de transmisión y distribución;
  3. Promover el desarrollo nacional de tecnología realizando y fomentando la innovación y adaptación de tecnología para el diseño, la fabricación y la construcción de componentes y equipos;
  4. Realizar la investigación y desarrollo relativas a las fuentes alternas de energía, las aplicaciones y aprovechamiento de sistemas nucleares y materiales radiativos así como las aplicaciones de las radiaciones y los radisótopos requeridos por el desarrollo nacional;
  5. Impulsar las actividades específicas que sobre investigación y desarrollo en el área de la energía realicen los institutos de investigación y las instituciones de educación superior del país;
  6. Realizar los programas de entrenamiento, capacitación y especialización que la industria eléctrica nacionalizada requiera;
  7. Proponer y convenir con instituciones afines del país o del extranjero o con organismos internacionales, proyectos de investigación conjunta e intercambio académico;
  8. Mantener un centro de información para captar, analizar y difundir la información en materia de energía;
  9. Emitir opinión en los convenios que sobre investigación y desarrollo tecnológico en la materia celebre el gobierno federal, y en general, asesorarlo en todas las consultas referidas a su objeto; y
  10. Realizar las demás actividades conexas con las anteriores; las que se determinen en las leyes o en disposiciones aplicables, sus reglamentos internos y las que resuelva, conforme a su objeto, la Ley Orgánica de Energía de México y el Consejo Directivo de la industria eléctrica nacionalizada.

Artículo 37- El patrimonio del Instituto se constituye con los bienes muebles e inmuebles, instalaciones, equipos e instrumentos actuales y los que se incorporen en el futuro, así como los recursos otorgados por Electricidad de México y los ingresos propios derivados de su objeto.

Artículo 38- El Instituto tendrá un director que será un investigador nacional, electo por los propios investigadores nacionales pertenecientes a la industria eléctrica nacionalizada, y será ratificado por el Consejo Directivo de Energía de México.

Calidad, Confiabilidad y Seguridad

No se trata de generar por generar, la industria eléctrica nacionalizada debe llevar a cabo todas sus actividades con calidad, eficiencia y seguridad. A diferencia de la industria privada, Energía de México ha de ser modelo de gestión industrial. ¿Qué determinará la diferencia? Precisamente, la política, los programas y proyectos técnico-industriales, y sobre todo, la intervención consciente y organizada de los trabajadores y del pueblo.

Uno de los aspectos de mayor importancia en la concreción de las funciones de Energía de México es la seguridad, desde la construcción y montaje, durante la operación normal y en emergencias, hasta el desmantelamiento.

Se trata de la seguridad de los trabajadores, en primer lugar, pues somos nosotros los que estamos en el interior de los centros de trabajo. Pero no nada más, también debe considerarse con alta prioridad la protección de la población en general, así como del medio ambiente y los ecosistemas.

La seguridad en la industria eléctrica incluye la seguridad e higiene industrial, la seguridad física, radilógica y nuclear. La protección ambiental, de hecho, constituye un Programa específico dentro del Plan Estratégico de Desarrollo de Energía de México.

En ese programa lo que importa, en primera instancia, es la salud de los trabajadores y de la población, así como el cuidado del aire, el agua y el suelo, la flora y la fauna, en las plataformas terrestre y marina del territorio nacional.

Para garantizar estos derechos, Energía de México realizará las diversas obras e instalaciones por administración directa, atenderá las recomendaciones internacionales en materia de seguridad, aplicará las normas nacionales y se abastecerá principalmente de productos de manufactura mexicana.

Obras, Instalaciones y Suministro de Energía Eléctrica

Artículo 39- Energía de México deberá mantener sus instalaciones en forma adecuada, para la prestación del servicio público de energía eléctrica en condiciones de calidad, continuidad, eficiencia y seguridad.

Artículo 40- La seguridad es primordial en todas las actividades que involucran a la energía eléctrica y deberá tomarse en cuenta desde la planeación, diseño, construcción y operación, hasta el cierre definitivo y desmantelamiento de las instalaciones eléctricas, nucleares y radiactivas, así como en las disposiciones y destino final de todos sus desechos. Electricidad de México observará las normas y recomendaciones aplicables autorizadas por las autoridades nacionales e internacionales competentes en la materia.

Artículo 41- En la realización de obras e instalaciones, operación y funcionamiento de las mismas se observarán estrictas normas y medidas para la preservación del estado de salud y dinámica vital de los trabajadores, así como para la protección del medio ambiente, preservación de los ecosistemas y la protección a la población en general.

Artículo 42- Las obras e instalaciones de la industria eléctrica nacionalizada serán realizadas por administración directa, en las actividades de diseño, construcción, montaje y puesta en operación, tendiendo a la normalización de equipos y componentes y abasteciéndose con productos de manufactura nacional.

Artículo 43- Para la adquisición o uso de bienes muebles e inmuebles que se destinen a la prestación del servicio público de energía eléctrica, el Organismo procederá de conformidad con las leyes aplicables relativas a derechos de dominio. En su caso, se harán las solicitudes a las autoridades correspondientes y se atenderá la opinión de la comunidad social.

Artículo 44- El Organismo podrá ejecutar en las calles, calzadas, jardines, plazas y demás lugares públicos, los trabajos necesarios para la instalación, mantenimiento y retiro de líneas aéreas y subterráneas y equipo destinado al servicio. Dichos trabajos deberán realizarse con las medidas de seguridad apropiadas y en forma tal que no se impida, a menos que sea inevitable, el uso público de los lugares mencionados. Al término de dichas obras, el Organismo hará las reparaciones correspondientes.

Artículo 45- El suministro de energía eléctrica se hará a toda la Nación en los términos de las disposiciones reglamentarias de esta ley aplicables al suministro, suspensión del servicio y terminación de los contratos respectivos. Las instalaciones, equipos e instrumentos utilizados deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas.

Tarifas autorizadas por la Cámara de Diputados

Energía de México formulará la estructura de tarifas eléctricas así como las propuestas de revisión. Estas tarifas serían aprobadas por la Cámara de Diputados. Al respecto habrá que formular un proyecto nuevo de reestructuración de las tarifas, el modelo actual tiene importantes limitaciones, es injusto y desigual.

Artículo 46- La venta de energía eléctrica será regida por las tarifas aprobadas por la Cámara de Diputados, la que aprobará las condiciones de prestación de los servicios que deberán consignarse en los contratos de suministro y de los modelos de esto. Las tarifas aplicables serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Cogeneración Eléctrica con Pemex

Otro Programa específico del Plan Estratégico de Desarrollo de Energía de México es el Programa de Cogeneración con Pemex. Solamente en este caso procedería la cogeneración, en los términos del concepto de refinerías energéticas.

Artículo 47- La cogeneración eléctrica con Petróleos Mexicanos se llevará a cabo en los términos del correspondiente programa aprobado por los Consejos Directivos de Energía de México y de Petróleos Mexicanos, así como los convenios respectivos autorizados por la Secretaría de Energía.

Energía de México para los Mexicanos

Tratándose de acciones legales derivadas de la operación pública de Energía de México, ésta se sujetaría a lo dispuesto por las leyes nacionales en la materia.

Artículo 48- Las sanciones, recursos administrativos y competencia se llevarán acabo en los términos de las leyes nacionales aplicables y los procedimientos establecidos en la reglamentación de esta ley.

Los recursos obtenidos por la industria eléctrica nacionalizada serían aplicados al desarrollo propio y del país en general. La industria eléctrica nacionalizada es de los mexicanos en su conjunto; para este conjunto deben ser los beneficios obtenidos de su patrimonio colectivo social.

Artículo 49- Los recursos obtenidos por el Organismo derivados de su objeto serán aplicados al incremento y mejora de su infraestructura física, obras de expansión, financiamiento de proyectos propios y de desarrollo social en el país.

Centro de Adiestramiento de Operadores,
CFE, en Ixtapantongo
FOTO: tigerpress