Volumen 14, Número 289, julio 13 de 2014
 


La Corte valida los abusos eléctricos



Otra vez, sin ir al fondo del asunto, la Tremenda Corte decidió que la CFE puede cortar el servicio en el caso en que el usuario no pague. Si hay un cobro indebido, la empresa no estará obligada a reintegrar el cobro en efectivo sino a abonar dicha cantidad a pagos futuros. ¿Y, el contratismo español en la facturación? ¿Y, la política eléctrica antinacional? Eso no cuenta para la Corte, el plan es seguir destruyendo a la ex industria eléctrica nacionalizada. Se anuncia cuál será el escenario con las transnacionales.



Ministros avalan el abuso

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) no está obligada a devolver en efectivo el cobro indebido por el servicio prestado, sino que puede abonar dicha cantidad para el pago a futuro por la luz. (Aranda J., en La Jornada, p.6, 9 junio 2014).
La decisión se suma a otras, avaladas por la segunda sala en votación dividida, en las que los ministros le han dado la razón a la CFE, en perjuicio de los usuarios.

En marzo pasado, los ministros Margarita Luna Ramos, Gelacio Alberto Pérez Dayán y Sergio Valls determinaron –con el voto en contra de Luis María Aguilar y Fernando Franco– que los recibos de pago de luz no son autoridad para juicio de amparo, es decir, que los consumidores no pueden reclamar ante un juez federal un cobro que consideren excesivo.

Así, al ser improcedente el amparo, los usuarios no tienen la posibilidad de solicitar la suspensión del acto reclamado (el pago del recibo de luz) hasta que un juez resolviera el fondo de la demanda. Los consumidores se ven obligados a pagar el recibo y luego interponer el recurso administrativo correspondiente para que les cobren lo justo.

Ahora, en caso de que la CFE reconozca finalmente que hubo un cobro indebido, cuenta con el aval de la Suprema Corte para no devolver al usuario la cantidad adicional que cobró, sino que podrá abonarla para pagos futuros.

Además de estas resoluciones, la segunda sala aprobó la tesis de jurisprudencia 113/2010, que establece que el corte o suspensión del suministro de energía eléctrica no es acto de autoridad para efectos de juicio de amparo, es decir, que la suspensión del servicio por falta de pago oportuno es válida, porque en las relaciones contractuales es común que se pacte que la parte que se vea perjudicada por el incumplimiento de su contraparte deje de otorgar las prestaciones a su cargo.

Por ello, indica la tesis, el corte del suministro de energía eléctrica por parte de CFE no genera que la relación contractual entre el usuario y dicho organismo se transforme en acto de autoridad.

No proceden los amparos

De acuerdo con cifras oficiales, en el primer bimestre de 2013 la CFE encabezó la lista de las 20 empresas que acumulan más quejas de usuarios ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), con mil 976, por la negativa a corregir errores de cobro, error de cálculo y cuotas extraordinarias.

Actualmente, juzgados federales en materia de amparo, civiles y administrativos con sede en Tamaulipas, Veracruz, Nayarit y Jalisco tienen pendientes de resolver amparos en contra de la CFE por cobro excesivo del servicio de energía eléctrica.

Llama la atención que, a pesar de los criterios aprobados recientemente por la SCJN en favor de la empresa eléctrica, los amparos referidos están en trámite y tienen previsto para junio próximo la celebración de audiencias para después cerrar la instrucción y emitir la sentencia respectiva, la cual seguramente será impugnada por alguna de las partes en un tribunal de segunda instancia, con la posibilidad de que los amparos regresen a la Corte.

De llegar estos asuntos al máximo tribunal, indicaron fuentes judiciales, si son turnados a la primera sala (la cual se ha destacado por emitir más resoluciones favorables a los demandantes, con el argumento de que los actos de autoridad violan sus derechos humanos) cabría la posibilidad de que los ministros revisaran los criterios en favor de la empresa eléctrica.

Triunfa el Fujimorazo

Lo que ha resuelto la Corte no es extraño, siempre pasa lo mismo. La Corte jamás atiende el fondo de los asuntos sino solo la periferia. Esta vez, confirmó lo que era sabido: la CFE puede efectuar cortes al servicio. Para decirlo, la Corte esperó que se aprobara la reforma energética que desnacionalizó a la industria eléctrica nacionalizada. Consecuentemente, fue eliminado el concepto de servicio público de energía eléctrica. Tan es así que la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE); que nosotros conquistamos en 1975, será sustituida por una nueva Ley de la industria eléctrica, orientada a la privatización.

Este concepto es fundamental, fue lo que permitió el acceso a la electricidad del 98% de la población mexicana. Esto fue posible por la unificación de frecuencia a nivel nacional y la integración industrial del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). Hoy, el escenario es radicalmente distinto. La política eléctrica de Peña Nieto es antinacional e irracional, consistente en descuartizar a la industria para privatizar TODAS las fases del proceso de trabajo eléctrico.

Sin privatización, la política antinacional fue cada vez más destructora de la industria nacionalizada, sin que trabajadores ni población dijeran NADA. En los últimos tiempos, se presentaron abusos en los cobros. Esto ocurrió por diversas razones: Una, la facturación fue puesta en manos de contratistas españoles, incapaces de corregir los errores, muchos de ellos deliberados. Dos, la política de las administraciones en turno se ha caracterizado por ser cada vez más corrupta, Tres, la política del gobierno ha sido deliberada para quebrar a la CFE, auspiciando una campaña contra la institución. Cuatro, desde el interior del sector, el SME organizó una campaña anti CFE sin distinguir a la institución, de la política eléctrica antinacional ni de las administraciones corruptas; esto es, introyectó al Fujimorismo que pronto se propagó en favor del proyecto privatizador del gobierno. Cinco, los abusos generaron un descontento amplificado que culminó con la privatización eléctrica constitucional sin que nadie dijera nada.

Ahora, la Corte resolvió que los amparos no son la vía para tratar las disconformidades. Ya no aplicarán a los casos pasados, Son el aviso del comportamiento que debe esperarse de las transnacionales pues la industria ya fue desnacionalizada. El gobierno utilizó muy bien al SME y al PRD y ahora les da una patada. El escenario próximo será peor que el vivido antes de la nacionalización eléctrica de 1960.

¿Eso es lo que querían Esparcistas y perredistas? Pues lo lograron y mejor que el mismo Fujimori y su efectivo virus.


Ref: 2014, elektron 14 (214) 1-2, 22 junio 2014, FTE de México.





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