Volumen 14, Número 286, mayo 22 de 2014
 


Ley eléctrica privatizadora



Está en el Congreso la llamada Ley de la industria eléctrica que privatiza al sector, desnacionalizado por Peña Nieto a través de las reformas constitucionales regresivas. Con esta ley el gobierno pone abrupto fin a la nacionalización eléctrica. Toda la generación eléctrica podrá ser privada a partir de fuentes renovables y no renovables, la transmisión y distribución funcionará aparte y podrá ser operada por contratistas, el control de energía quedará separado. La industria eléctrica será totalmente desintegrada. Se volverá al viejo escenario, superado históricamente, de las viejas compañías extranjeras. El gobierno traiciona a la nación.


INTRODUCCION




El escudo nacional de Peña Nieto


En un documento de 91 páginas, conteniendo 161 artículos y 20 transitorios, Peña Nieto empieza diciendo que esta iniciativa “se enmarca en el paquete de legislación secundaria que deriva de la reciente reforma constitucional en materia de energía” promulgada el 20 de diciembre de 2013.

Señala que esta reforma “representa un cambio de paradigma” en el aprovechamiento de los recursos naturales del país.

Este cambio de “paradigma” es en el régimen de propiedad. La industria eléctrica mexicana, de ser antes de propiedad nacional volverá a ser privada. Así fue en sus inicios hace más de cien años. No hay ninguna novedad en el modelo, se trata del viejo y obsoleto esquema.

Por supuesto, el cambio es muy importante para el gobierno y el capital al que sirve. La propiedad eléctrica privada permitirá una mayor acumulación de capital. Con la ley eléctrica se concluyen más de 53 años de nacionalización, revirtiendo completamente un proceso que fue interrumpido violentamente por el Estado en 1976 y pervertido furtivamente en 1992.

La reforma constitucional de Peña Nieto, en materia petrolera y eléctrica, supera con creces lo indicado por el Tratado de Libre Comercio con Norteamérica (TLC). Con este tratado se dio inicio a la pérdida del patrimonio energético pero los “nuevos” artículos 27 y 28 constitucionales rebasaron a cualquier propuesta previa.

Para Peña, la participación del sector privado es “en beneficio de la nación”. No es así. Hay “beneficio” de la nación en general, en tanto, el servicio se proporciona en la nación. Pero eso no conduce a beneficiar a la mayoría de la población sino al revés.

Este escenario ya se vivió. Antes de la nacionalización, la gran mayoría de mexicanos no tuvo acceso a la electricidad. El acceso se logró, precisamente, a partir de la nacionalización llegando a una cobertura del 98%. El desarrollo industrial fue logrado mediante el suministro de energía a gran escala. Para ello se requirió de un amplio parque de generación y la más extensa red eléctrica nacional de transmisión y distribución. La infraestructura fue construida con recursos públicos y se hizo funcionar a partir de una propuesta, largamente discutida por los electricistas del STERM: la integración de la industria eléctrica nacionalizada.

16 años después de la nacionalización logramos la integración industrial, mediante la unificación de frecuencia y la casi total interconexión del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). En 1975, al calor de la lucha de la Tendencia Democrática del SUTERM, conquistamos la ley reglamentaria del anterior párrafo 6º del anterior artículo 27, derivado del decreto nacionalizador de 1960. Con esta ley se afirmó la nacionalización, la que sería interrumpida violentamente al año siguiente.

Para los electricistas de la época era crucial afirmar la nacionalización eléctrica, regida por la ley de la industria eléctrica de 1925. No nada más, en esa ley debían expresarse los grandes objetivos de la nacionalización, empezando por el servicio público de energía eléctrica. Precisamente, por ello acordamos que así se llamara: Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE).

Hoy, el gobierno cancela a ese concepto y destruye a tan importante conquista nacional.

Peña Nieto considera que está descubriendo al agua tibia. Carente de razones y argumentos, dice que su iniciativa sentará “las bases legales para un adecuado y más productivo aprovechamiento de nuestras riquezas naturales”.

Eso jamás ocurrió con la industria eléctrica privada, sí con la industria nacionalizada y no volverá a ocurrir con la industria reprivatizada. La razón es bastante sencilla. La industria privada tiene como objetivos el lucro y la ganancia, la industria nacionalizada el beneficio social. Esos objetivos son opuestos. La nueva industria privada, en manos del capital nacional y extranjero servirá para desarrollar al capitalismo, con toda su carga de miseria, pobreza, enfermedad e ignorancia para vastos sectores de la población.

Los recursos naturales no serán aprovechados para beneficio de la nación. Por el contrario, serán apropiados por el capital para hacer cuantiosos negocios privados en favor de las transnacionales y sus filiales.

Según Peña, la reforma constitucional “representa una profunda transformación y modernización del sector energético nacional y la ampliación de las herramientas jurídicas” para aprovechar los hidrocarburos y transformarlos en riqueza, y generar un mercado eléctrico sólido y competitivo”.

La óptica es puramente patronal y mentirosa. ¿Cuál transformación de los hidrocarburos en riqueza si lo principal que se propone es la extracción compulsiva de petróleo y gas, sin que existan descubrimientos relevantes? La verdadera transformación en riqueza de los hidrocarburos está en el desarrollo de la petroquímica, misma que Peña ELIMINO como parte de la “nueva” industria petrolera privada, siendo una de las fases principales del proceso de trabajo con los hidrocarburos.

En cuanto al “mercado eléctrico” sólido y competitivo se trata de frases sueltas en favor de mercantilizar la energía para una mayor obtención de ganancia privada. Competitivo y sólido fue el sistema eléctrico nacionalizado, el cual, ya construido se entrega al capital para su usufructo particular, lo cual representa un despojo mayúsculo para la nación.

Volver a privatizar a la industria eléctrica nacional es parte de la reorganización económica del capitalismo en México y en el mundo y configura un atraco típico de contrarevolución burguesa.

En el caso mexicano, la voracidad del capital vuelta venganza es criminal. En la nueva industria eléctrica la privatización es generalizada. En el caso de la generación y comercialización, tal privatización es explícita y total. En la transmisión y distribución la privatización es tramposa disfrazada de contratos en una actividad supuestamente “estratégica”.

Quienes le hicieron la ley a Peña Nieto no solo se despacharon con la cuchara grande, incurren en abuso explícito. Queriendo la privatización a ultranza configuran un gran desbarajuste al descuartizar a la industria eléctrica. Con esos objetivos, la industria se volverá un desastre. Mientras, los privados se enriquecerán porque impondrán a los usuarios un servicio cada vez más infame sin aceptar reclamo alguno.

Peña Nieto es mentiroso y tramposo. Lo es porque así son sus propuestas. La ley que presenta lo dice en cada artículo reiterando la posibilidad para privatizar casi todo.

Las redes eléctricas serán fraccionadas, no físicamente, porque las harían inservibles, sino de manera funcional. Habrá Transportistas, Distribuidores y Suministradores, encargados de esas funciones por todo el país. En la práctica existirán multitud de redes locales y regionales, como en el viejo ominoso esquema.

Las funciones serán privadas e incluyen, la operación, gestión, mantenimiento, ampliación y vigilancia de las redes eléctricas.

La responsabilidad misma de proporcionar el servicio de transmisión y distribución ya no será del Estado sino de los Transportistas y Distribuidores. Es la lógica del capital, le llama “servicio público” al libre acceso de los privados para la utilización de las redes, cuestión radicalmente distinta del servicio público de energía eléctrica, ahora suprimido, referido al acceso de la población a la electricidad.

La ley eléctrica que propone Peña hace del patrimonio nacional un botín a repartir haciéndolo pedazos.

Pero el Sistema Eléctrico Nacional, especialmente el funcionamiento de las redes eléctricas, obedece a principios y leyes físicas. El desbarajuste de Peña Nieto solo podrá conducir a la desestabilización del SEN, a la mala calidad del servicio y a los reiterados disturbios.



Líneas aéreas de transmisión eléctrica Manzanillo, Colima


ENERGIA ELECTRICA

Según Peña Nieto, la reforma constitucional además de reformar sustancialmente al sector de hidrocarburos “modifica estructuralmente a la industria eléctrica nacional”.

En efecto, ambos sectores son DESNACIONALIZADOS y la principal modificación consiste en el régimen de propiedad. En ambos casos, la participación del capital privado será mayoritaria y comprende las funciones estratégicas de los procesos de trabajo, los recursos naturales energéticos y la correspondiente infraestructura industrial.

Originalmente, el párrafo sexto del artículo 27 constitucional indicaba que “Corresponde a la nación la generación, transmisión, distribución, control y comercialización de energía eléctrica que tenga por objeto la prestación del servicio público”. Esto es, la industria eléctrica nacionalizada comprendía a todas las fases del proceso de trabajo eléctrico.

Hasta 1976, el proceso de integración industrial había avanzado considerablemente habiéndose obtenido importantes logros tecnológicos, incluyendo la planeación eléctrica, la investigación y desarrollo a través del Instituto de Investigaciones Eléctricas (IIE) e Instituto Nacional de Energía Nuclear (INEN), la ingeniería de proyectos y la construcción. Ese año, el gobierno en turno nos reprimió militar y políticamente a los electricistas de la Tendencia Democrática del SUTERM:

Esto significó la interrupción violenta de la nacionalización. El contratismo se extendió, la ingeniería dejó de hacerse gradualmente, la construcción se eliminó y la investigación y desarrollo fue contraída al mínimo. No obstante, logramos un solo Sistema Interconectado Nacional (SIN) a una sola frecuencia en todo el país.

De acuerdo al proyecto nacionalizador de 1960 se recuperó para la nación el 98% de las acciones de la industria a nivel nacional, el 2% de acciones restante quedó en manos de las compañías extranjeras, que debían extinguirse hacia el año 1999.

A insistencia de los electricistas del STERM; luego SUTERM, se logró que el gobierno emitiera la LSPEE en 1975. Eso trajo consecuencias positivas pero no culminó la nacionalización. El SME, sindicato contratante en el Valle de México, siempre se opuso a la cabal integración industrial. Las viejas compañías en extinción configuraron a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro.

En 1992, Salinas de Gortari promovió reformas regresivas a la LSPEE y, de acuerdo al punto 5 del Anexo 602.3 del TLCAN, inventó 6 figuras que “No forman parte del servicio público”. Consecuentemente, se autorizó la participación privada en la generación eléctrica. No es privatización, se dijo. El SME incluso, le llamó a Salinas “consumador de la nacionalización” cuando estaba haciendo lo contrario. Eso lo hacía porque a cambio del apoyo Salinas crearía a Luz y Fuerza del Centro (LFC) en las peores condiciones posibles.

Con esas disposiciones anticonstitucionales, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) otorgó más de mil permisos, estando vigentes a la fecha 740. Al 31 de marzo de 2014, se había privatizado el 55.6% de la capacidad de generación eléctrica total a nivel nacional.

En ese lapso, las tarifas eléctricas fueron distorsionadas y aumentaron en al misma proporción en que la privatización lo ha hecho.

La participación privada aumentó por todo el país, con la constitución de empresas y empresitas por doquier. En 2008, con la reforma energética del gobierno en turno, se autorizó la participación privada en la generación eléctrica a partir de fuentes renovables de energía (agua, viento, geotermia, olas, mareas, corrientes submarinas, agrocombustibles y energía solar), a cargo de la CRE.

Esto llevó a que 454 permisionarios “renunciaran” momentáneamente a sus pequeños permisos contaminantes, a base de combustión interna y diesel, para migrar a grandes proyectos a base del viento. Empezaron por instalarse en el Istmo de Tehuantepec, Oaxaca, donde las transnacionales se han apoderado violentamente de la tierra y sus recursos, creando multitud de conflictos sociales.

La ofensiva no ha quedado allí, se ha extendido a la Rumorosa y Sierra de Juárez en Baja California, así como a Tamaulipas, Jalisco, Aguascalientes, Puebla y Zacatecas. Además, las empresas mineras han venido recibiendo permisos privados para instalar hidroeléctricas destinadas a satisfacer sus necesidades.

En la mayoría de los casos, los permisos en la modalidad de Autoabastecimiento (AUT) son falsos, la Suprema Corte los calificó en 2002 de “fraudulentos”. Esos permisos, en ocasiones de muy alta potencia, no son para el Autoabastecimiento sino para la venta a las carteras de clientes de las transnacionales. Lo mismo ocurre con muchos permisos de Cogeneración (COG).

El caso más grave es la modalidad llamada Productor Privado Independiente (PIE). En este caso, las transnacionales generan para la Comisión Federal de Electricidad (CFE). A la fecha están en operación 25 proyectos termoeléctricos del tipo ciclo combinado a base de gas natural y 4 proyectos eoloeléctricos a base del viento. En todos los casos, la CFE ha firmado contratos de compra-venta de la energía producida por las transnacionales a 25 años prorrogables.

El oneroso pago anual a los inversionistas privados, así como el pago de subsidios del gobierno con cargo al presupuesto de la CFE, la ha hecho operar con números rojos, pues los costos de explotación son mayores a los ingresos totales obtenidos por ventas anuales.

Para reforzar la campaña contra la industria eléctrica nacionalizada, la burocracia en turno de la CFE puso la facturación en manos de contratistas españoles. De entonces a la fecha, los errores en la facturación y abusos en los recibos de pago han sido múltiples. Eso motivó enojo en los usuarios. El SME y el PRD aprovecharon la situación y orquestaron una fuerte campaña antiCFE muy exitosa. El SME volcó así su enojo contra su propio patrón sustituto natural luego de la extinción de LFC en 2009.

El resultado: la creación de un consenso adverso a la CFE, muy propicio para la intervención de Peña Nieto quien promovió y obtuvo en 2013 las reformas constitucionales regresivas en materia eléctrica que no terminan con la CFE pero sí con la industria eléctrica nacionalizada. Antes, la CFE representaba a la industria eléctrica nacionalizada por ley, ahora será una empresa más.

El golpe es muy severo. Peña Nieto modificó el párrafo 4º del artículo 28 constitucional y las actividades relacionadas con la electricidad fueron eliminadas como “estratégicas”, consecuentemente, dejaron de estar a cargo exclusivo del Estado.

Se adicionó al mencionado párrafo que, son estratégicas la transmisión y distribución eléctrica, así como el control del Sistema Eléctrico Nacional. Sin embargo, la denominación es nominal porque para las dos primeras fases será posible la participación privada.

La generación quedó completamente abierta para lograr el 100% de privatización que el Banco Mundial había propuesto a Zedillo desde 1995. Eso incluye la comercialización de la energía generada. De manera que se privatiza la principal fase del proceso de trabajo.

La transmisión y distribución no se privatizan abiertamente porque la industria fue integrada y el gobierno no puede fraccionarla aunque quisiera. Al menos, no por ahora, para evitar desestabilizar las redes nacionales. Además, las redes son tan extensas (800 mil km) que no hay transnacional que pueda entrar en sustitución de inmediato. Pero la tendencia es reconfigurar a las redes para su privatización total.

El control de la energía tampoco se privatiza porque se perdería el control del SEN. Eso no conviene ni a las transnacionales. Lo que estas quieren es el servicio para sí.

En consecuencia, la generación queda totalmente privatizada y la ley secundaria “establece y proporciona las reglas para que los particulares participen en las demás actividades de la industria eléctrica”, señala Peña Nieto en la exposición de motivos de su nueva ley.

Según Peña, “la generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica ... representan áreas de oportunidad en las que, conservando la nación la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional y la prestación del servicio público de transmisión y distribución, es viable y deseable que se permita la participación de los particulares, en aras de una mayor y mejor oferta de energía eléctrica para todos los mexicanos”.

¿Qué sería esa “mejor oferta”? ¿Sería en mejores condiciones de estabilidad, continuidad y calidad de la energía eléctrica? Eso lo proporcionaba la industria eléctrica nacionalizada y lo hizo durante 53 años. Precisamente, para eso se nacionalizó la industria porque la experiencia privada anterior había sido nefasta, entre otras razones, por la mala calidad del servicio.

¿Qué mejor oferta proporcionarán las transnacionales si las redes eléctricas serán las públicas y si el control de la energía lo hará el CENACE? Habrá mayor oferta de generación, eso es diferente e innecesario. ¿Para qué se quiere mayor oferta si la demanda no lo requiere?

El gobierno no proporciona datos, ni tiene diagnóstico, ni utiliza ninguna metodología, simplemente hace afirmaciones sin sustento. En el presente caso, lo que pretende es entregar totalmente la generación eléctrica al capital privado, especialmente, transnacional y desnacionalizar a la industria eléctrica de los mexicanos.

La argumentación oficial para la privatización eléctrica se basa en repetir que el problema en los últimos años “ha sido principalmente de origen económico, debido a la falta de competencia en la generación de electricidad lo cual ha encarecido los costos y provocado, a su vez, la existencia de tarifas que no resultan competitivas a nivel internacional, si se les compara con las existentes en Estados Unidos”.

Esta apreciación es falsa. Los problemas económicos de la CFE no han sido por la “falta de competencia en la generación”. Por el contrario, estos problemas han aumentado precisamente, a partir de que se inició la privatización de la generación. Hoy existen más de 700 empresas y empresitas, no una sola como antes, y la “competencia” solo ha servido para descapitalizar a la industria nacionalizada.

Esta privatización es la que ha causado el incremento en los costos porque las transnacionales generan con un costo de producción, que es aumentado para su venta a la CFE en un porcentaje de ganancia, de manera que las transnacionales recuperan su inversión y obtienen utilidades adicionales. Quien paga puntualmente es la CFE. Esta simplemente revende la electricidad de los privados. Como consecuencia sus costos de explotación resultan cada vez más elevados, precisamente, en la medida en que aumenta la privatización.

Todos los grandes proyectos de potencia son privados y así se contemplan los futuros. Se produce, incluso, más de lo que se necesita. Para ello, la burocracia de la CFE siguió varias vías. Una fue disparar excesivamente al llamado Margen de Reserva para darle entrada a las transnacionales. Ese Margen no se necesita, es excesivo., superior a la experiencia internacional en Margen de reserva y Margen operativo de reserva.

Al mismo tiempo, con el mismo propósito, la burocracia ha sacado cientos de plantas del parque propio de generación de la CFE sin que las haya reemplazado.

La gran mayoría de proyectos eléctricos privados son termoeléctricos a base de gas natural, combustible que la propia CFE proporciona a las transnacionales. Para ello, importa el gas a precios elevadísimos. El contrato lo puso en manos de la española Repsol que, en el contrato original se obligaba a respetar los precios internacionales de la región. El índice Henry Hub cotiza el millón de pies cúbicos en 3.5 dólares, sin embargo, Repsol lo vende a la CFE en 21 dólares.

El nivel de privatización en operación de la CFE es del 33.4%. Pero, considerada la industria eléctrica a nivel nacional, la privatización es mayor (55.6%). Eso ha significado que multitud de clientes, especialmente los grandes, se sustraigan a la CFE y dejen de adquirirle la energía. No nada más, lo mismo ha pasado con pequeñas empresas e, incluso, dependencias oficiales y municipios.

Así, los ingresos de la institución han sido menores a los costos de explotación. Pero, contablemente, se opera con ganancias. El problema es que los subsidios que el gobierno otorga a los consumidores domésticos lo carga al presupuesto de la CFE, es decir, no los paga el gobierno, al menos no en su totalidad. De manera que en los últimos tiempos, la CFE ha cargado con un peso ajeno cada vez mayor.

En tales condiciones, el deterioro es evidente pero no por la “falta de competencia” sino por la política privatizadora y antinacional seguida por los gobiernos en turno.

Al aumentar constantemente los costos de explotación, las tarifas también lo han hecho. ¿Quién determina esas tarifas, la CFE? ¡No, las tarifas las establece la secretaría de hacienda, esto es, el mismo gobierno. Y, a veces, lo hace arbitrariamente. Ejemplo: la tarifa de alto consumo (DAC) impuesta por Fox. Esa arbitrariedad, ¿qué tiene que ver con la competencia?

Las tarifas eléctricas en México son altas porque la privatización lo es. Sin privatización eran otras. Cada vez que aumenta la privatización, también lo hacen las tarifas. Esa elevación, sin embargo, es para las tarifas domésticas. El sector industrial, que es el mayor consumidor, recibe la energía a los precios más bajos.

De manera que el rollo del gobierno es demagógico.

Dice Peña Nieto que uno de los objetivos de la nueva ley eléctrica es “crear y promover un mercado eléctrico en el segmento de generación de electricidad” de conformidad con la nueva Constitución “que siente las bases para alcanzar eventualmente mejores tarifas eléctricas”.

Ese mercado eléctrico sería privado, por ello la privatización constitucional y legal. Las “mejores tarifas” no se lograrán “eventualmente” sino nunca. El gobierno miente deliberadamente, su campaña publicitaria engaña a la nación. Las tarifas de la industria eléctrica privada no bajarán, será a la inversa. Eso también ya se vivió antes de la nacionalización y en la actualidad elevar las tarifas corresponde a la lógica del capital.

El gobierno reitera que la reforma energética “conservó para el Estado mexicano la exclusividad en la planeación y el control del SEN y en la prestación del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, pero abrió el resto de las actividades de esta industria a la participación privada”.

Sea en materia eléctrica o petrolera, Peña y su gobierno insisten en que no hay privatización. Pero en uno y otro caso lo que proponen es, justamente, la privatización. En el caso petrolero es total, en el eléctrico, es casi total.

El control de energía queda reservado al Estado y nada más. Tratándose de la transmisión y distribución eléctrica lo que hará el Estado es “prestar el servicio público” de estas redes, es decir, ofrecer el acceso a los generadores y comercializadores privados. La función es otra cosa, por ahora en manos estatales pero con la posibilidad de entregarlo a manos privadas, en cuanto las condiciones sean propicias. Todo lo demás será totalmente privado.

A continuación se describe y comenta la iniciativa de ley eléctrica de Peña Nieto. Se trata de una severa agresión contra el patrimonio eléctrico de los mexicanos. La industria nacionalizada queda descuartizada.



Central hidroeléctrica Chicoasén, Chiapas


LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA

Objeto

El primer artículo indica:

Artículo 1- La presente Ley ... tiene por objeto regular la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica y las demás actividades de la industria eléctrica.

Esto es, se trata de “regular” a la industria eléctrica privatizada. Por eso es una nueva ley, la anterior LSPEE era reglamentaria de la Constitución aplicable a la industria eléctrica nacionalizada. Al ser desnacionalizada, la ley secundaria es otra radicalmente distinta.

Definición de industria eléctrica

Según el artículo siguiente

Artículo 2- La industria eléctrica comprende las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica, así como la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional. El sector eléctrico comprende a la industria eléctrica y la proveeduría de insumos primarios para dicha industria.

La definición es parcial y fragmentada. El proceso de trabajo eléctrico está incompleto. El gobierno omite importantes fases, tales como, la investigación y desarrollo, la ingeniería de proyectos y la construcción.

La generación será privatizada en su totalidad, cualesquiera sea la fuente energética, lo mismo que la comercialización. La transmisión y distribución están planteadas en lo general.

En un segundo párrafo se indica:

La planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución eléctrica, son áreas estratégicas. En estas materias el Estado mantendrá su titularidad, sin prejuicio de que pueda celebrar contratos con particulares ... El suministro básico es una actividad prioritaria para el desarrollo nacional.

La definición de “estratégicas” para las anteriores actividades es nominal y falsa, en la medida en que incluye la posibilidad de cederlas a través de contratos con particulares.

Que ahora el suministro eléctrico sea una actividad prioritaria, a cargo de particulares, implica un cambio radical. En la industria eléctrica nacionalizada, existió el concepto de servicio público de energía eléctrica y todo el proceso de trabajo era considerado estratégico. Evidentemente, para la industria privada, los conceptos son otros.

Generación y comercialización privadas

El artículo 3 se refiere a definiciones de términos. Entre otras, se incluye: Mercado eléctrico, comercializador, derechos financieros de transmisión, disposiciones operativas del mercado, distribuidor, generador exento (no requiere permiso para operar), práctica prudente, redes particulares, reglas del mercado, suministrador, tarifas reguladas, transportistas.

Generador es el titular de uno o varios permisos para generar electricidad. Los distribuidores son las empresas productivas del Estado o sus subsidiarias que presten el servicio público de distribución eléctrica. Transportistas son las empresas productivas del Estado o sus subsidiarias que presten el servicio público de transmisión eléctrica. Suministrador es el Permisionario que ofrece el suministro eléctrico. Usuario final es la Persona física o moral que adquiere para su propio consumo dentro de las instalaciones, el Suministro eléctrico en sus Centros de carga, como participante del Mercado o a través de un Suministrador. Permisionario es una empresa privada y/o filial de transnacional, a la que la CRE le otorga un permiso.

Tan solo con estas definiciones variadas, el nuevo sistema eléctrico se hará muy enredoso, propicio para la corrupción y privatización tramposa en todas las actividades relacionadas. Lo que se proyecta es un sistema pulverizado que superará con creces al de las viejas compañías extranjeras, en los 800 mil km de redes eléctricas nacionales.

Se indica en enseguida:

Artículo 4- ... la generación y comercialización eléctrica son servicios que se prestan en un régimen de libre competencia.

Con ello se indica expresamente que estas son actividades privadas, siendo antes nacionalizadas. Ni siquiera se excluye a la energía nuclear que, a pesar de Peña, sigue siendo actividad estratégica.

Luego se indica:

Artículo 5- El gobierno federal, los Generadores, los Transportistas, los Distribuidores, los Comercializadores y el CENACE ... ejecutarán los actos que resulten necesarios para mantener la integridad y el funcionamiento eficientes del Sistema Eléctrico Nacional.

Con esto, el Estado da por terminada su responsabilidad, la CFE deja de representar a la industria nacionalizada, ahora la diversifica entre los distintos participantes privados. ¿A quién se pedirá responsabilidad? Al final, a nadie, todos la eludirán. El SEN se volverá un desbarajuste en una industria regulada según se indica a continuación.

Artículo 6- El Estado establecerá y ejecutará la política, regulación y vigilancia de la industria eléctrica a través de la Secretaría de Energía y la CRE ...

Desintegración industrial

El artículo 7 indica que las actividades de la industria eléctrica son de jurisdicción federal. El siguiente artículo es crucial.

Artículo 8- La generación, transmisión, distribución, comercialización y la proveeduría de insumos para la industria eléctrica se realizarán de manera independiente entre ellas y bajo condiciones de estricta separación legal, de la misma manera, se separarán el suministro de Servicios Básicos y las otras modalidades de comercialización.

Esto implica la desintegración de la industria eléctrica y su fragmentación. La intención es obvia, se trata de favorecer la privatización de todas las fases del proceso de trabajo eléctrico. Este “modelo” no es nuevo, corresponde al viejísimo de las viejas compañías extranjeras.

En el párrafo segundo se dice que la Secretaría de Energía (Sener) establecerá “los términos de la estricta separación legal”. En el siguiente, que “los generadores y comercializadores que pertenezcan a un mismo grupo económico podrán realizar transacciones entre sí” y, en el subsiguiente que “la CRE podrá establecer la separación contable, operativa o funcional de los integrantes de la industria eléctrica”:

Ese es el objetivo central: descuartizar a la ahora industria eléctrica nacionalizada. ¿Es mejor una industria desintegrada que estando integrada? ¡No! Si por ahora Peña desintegra a la industria eléctrica es para privatizarla por partes, después se volverá a integrar pero estando privada, creando uno o varios monopolios.

La industria privada también tiende a la integración, incluso en grandes redes internacionales. La diferencia está en los objetivos.

Originalmente, la humanidad organizó los procesos de trabajo para satisfacer necesidades humanas. La mejor manera es integrando las distintas fases de estos procesos para optimizarlos y utilizar mejor la infraestructura y materias primas. Por ello fue que en el caso eléctrico procedimos a unificar la frecuencia e interconectar el SEN a nivel nacional. Eso significó una mejor posibilidad de acceso a la electricidad en todo el territorio nacional, cuestión que logramos.

La situación opuesta ocurrió durante la pre-nacionalización, con una industria eléctrica desintegrada que impidió el desarrollo industrial y el acceso a la energía para la mayoría de la población.

En las circunstancias actuales, hay desintegración industrial en las principales fases del proceso de trabajo, a partir de las fases consolidadas. El caso de la transmisión y distribución es ilustrativo. Las redes están interconectadas, por ahora el Estado no las puede fraccionar, existe una sola red que molesta al capital pero es funcional. También hay un solo centro de control de energía, que también molesta pero es muy útil. Esta infraestructura fue construida con recursos públicos y es muy costosa, no se puede reemplazar de inmediato.

Las mejores condiciones de operación las proporciona una industria eléctrica integrada, que garantiza la calidad del suministro eléctrico en condiciones de estabilidad y continuidad.

La pretensión del capital, sin embargo, será la de crear redes privadas regionales y/o locales, como en el viejo escenario. Eso será posible en la medida en que la transmisión y distribución se pulverice en multitud de contratos por todo el país.

Integrar la industria nos tomó 16 años para reorganizar el trabajo a nivel nacional, la desintegración tomará minutos a los legisladores. Peña y demás neoliberales destruyen fácilmente lo que jamás construyeron.

Por ahora, desintegrar a la industria eléctrica es clave para su privatización y acumulación privada de capital. Con la desintegración el concepto de servicio público de la energía eléctrica sale sobrando, por eso Peña Nieto lo elimina, lo que prevalece es el lucro y la ganancia para aumentar la tasa y masa de esta.

Facultades de autoridades

En el artículo 9 se indican los casos en que la Sener “podrá ordenar la estricta separación legal de un integrante de la industria” y, en el siguiente artículo se dice:

Artículo 10- Se prohíbe el uso indebido y la transmisión de información privilegiada por personal de los Transportistas, los Distribuidores y el CENACE o de cualquier persona que tenga relación con ellos. La CRE establecerá los criterios respectivos”.

El artículo 11 indica las amplias facultades de la Sener, establecidas en 45 disposiciones, desde la elaboración del programa de desarrollo de la industria, programas “indicativos” de instalación y retiro de centrales, vigilar la operación del mercado mayorista, definir los términos de los contratos, formar asociaciones y celebrar contratos para la transmisión y distribución eléctrica, administrar los inmuebles de la CRE, CFE y CENACE, proponer la requisa, entre otras.

En el artículo 12 se señalan otras tantas facultades para la CRE, las que incluyen: otorgar permisos, establecer las condiciones para la transmisión y distribución, expedir y aplicar la regulación tarifaria para estas, autorizar precios máximos, establecer lineamientos de contabilidad, modelos de contrato y reglas para la transmisión de información privilegiada, autorizar al CENACE para llevar a cabo subastas, autorizar las especificaciones técnicas para la interconexión de nuevas centrales, reglas para las transacciones entre generadores y comercializadores, interpretar la presente ley, entre otras.

Con estas facultades, la Sener y la CRE se volverán enormes aparatos. La Sener deberá transformarse para asumir facultades operativas que le eran ajenas y la CRE asumirá facultades casi omnímodas y plenipotenciarias.

La razón es obvia, a estos aparatos les corresponderá vigilar la desintegración industrial y privatización eléctrica.

Planeación y control

En el artículo 13 se establece que la Sener “desarrollará programas indicativos para la instalación y retiro de instalaciones eléctricas. En el artículo 14 se indica que la ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y de las Redes Generales de Distribución serán autorizadas por la Sener, previa opinión de la CRE. En el caso del Mercado mayorista la propuesta será del CENACE y, en el caso no mayorista, a propuesta de los distribuidores interesados.

Esto es, en lo sucesivo no será determinante el interés nacional, ahora inexistente, lo determinante será el interés y decisiones privadas.

De hecho, no habrá planeación porque, sencillamente, no es posible. Dejar la industria al libre juego del mercado impide planearla.

Se indica a continuación:

Artículo 15- El Estado ejercerá el control operativo del Sistema Eléctrico Nacional a través del CENACE, quien determinará los elementos de la red nacional de transmisión y las redes generales de distribución que correspondan al mercado eléctrico mayorista, los demás elementos de estas redes podrán ser operados por los transportistas o distribuidores, sujetándose a la coordinación del CENACE ...

En el segundo párrafo de este artículo se indica:

Para el mejor cumplimiento de su objeto, el CENACE podrá formar asociaciones o celebrar contratos con particulares para que presten servicios auxiliares a la operación del mercado eléctrico mayorista ...

Esto es, de entrada, las redes de transmisión y distribución seguirán siendo las actuales pero sujetas cada vez más a cuanto contrato pueda otorgarse. En el caso del Mercado no mayorista, las figuras privadas de Transportista y Distribuidor serán generalizadas por todo el país.

Generación eléctrica

Esta fase del proceso de trabajo será privatizada en su totalidad, como se indica enseguida

Artículo 17- Las centrales eléctricas con capacidad mayor o igual a 0.5 MW y las ... de cualquier tamaño representadas por un Generador en el Mercado eléctrico mayorista requieren permiso otorgado por la CRE para generar energía eléctrica.

Lo anterior implica que la CRE seguirá con los procedimientos previos, con la diferencia de que ya no habrá 6 modalidades inventadas, ahora los permisos serán para generar energía eléctrica y ya. Con ello, se confirma la propuesta del banco Mundial hecha a Zedillo en 1995 para privatizar el 100% de la generación eléctrica.

Al momento, la CFE genera solamente el 44.4% a nivel nacional, el resto forma parte de la privatización furtiva, ahora legalizada. La tendencia será que la CFE continúe disminuyendo su generación propia mientras aumenta la privada.

En el mismo artículo se indica que se exentan de permiso las centrales “de cualquier capacidad que sean destinadas exclusivamente a usos propios en emergencias o interrupciones” en el SEN.

En el siguiente párrafo se indica que, el Permisionario o una persona distinta a él podrán representar total o parcialmente a cada central eléctrica en el mercado mayorista.

Según el artículo 18, los Generadores que representen centrales eléctricas interconectadas al SEN “deberán celebrar los contratos de interconexión emitidos por la CRE”.

Luego se indica:

Artículo 19- En relación con la producción de sus propias centrales eléctricas los Generadores podrán realizar las actividades de comercialización a que se refiere el artículo 45 de esta Ley ...

Esto es “coherente” con la privatización de la generación eléctrica. La energía no la generan los privados solo por qué sí, eso se hace para venderla. De manera que, siendo dos fases diversas del proceso de trabajo, NO se pueden desligar porque sería absurdo, una necesita de la otra.

La generación también necesita de las demás fases, las que no pueden existir sin la generación que es la fase principal. Con estas fases Peña propone una desintegración ficta.

Se trata de modalidades diversas de la privatización, con la intención de generalizar a esta.

Así, en el siguiente artículo 20 se indica

Artículo 20- Los titulares de las centrales eléctricas que no requieran y no obtengan un permiso se denominarán Generador exento y solo podrán vender su energía eléctrica a Productores Asociados a través de un Suministrador”.

Con ello se generalizaría la privatización “tramposa” o fraudulenta. En la actualidad, operan permisos de autoabastecimiento (AUT) que son falsos porque no generan para el autoconsumo sino para el abastecimiento de carteras de clientes privados. Igual será ahora con los Generadores exentos, los cuales no generarán por hobby, lo harán para los “productores asociados” a quienes venderán la energía a través de “suministradores”. La modalidad es tramposa porque, aún sin permiso habrá generadores que vendan la energía producida.

Esto se reitera en el siguiente

Artículo 21- Los Generadores exentos podrán vender energía eléctrica y Productos asociados de un Suministrador de servicios básicos. La CRE emitirá los modelos de contrato y metodologías de contraprestaciones aplicables ...

La privatización sería extensiva. El siguiente artículo lo indica.

Artículo 22- Se entiende por abasto aislado la generación o importación de energía eléctrica para la satisfacción de necesidades propias o para la exportación, sin transmitir dicha energía por la Red Nacional de Transmisión o por las Redes Generales de Distribución.

Eso que hoy se llama importación (IMP) o exportación (EXP) se legaliza. Tal “abasto aislado” también requerirá interconexión y se hará a través de redes privadas con el exterior.

En los siguientes párrafos se indica:

Los Generadores y Generadores exentos podrán destinar toda o parte de su producción para fines de abasto aislado. Los Centros de carga podrán adquirir todo o parte de su suministro eléctrico por el abasto aislado.

El abasto aislado no se considerará suministro eléctrico.

El chiste es ganar y lucrar en todos los casos. Legalmente, el abasto aislado NO se considera suministro eléctrico pero, financieramente lo es porque se comercializa. Esto es, forma parte de la privatización tramposa. Tan es así que se dice en el siguiente artículo.

Artículo 23- Las centrales eléctricas que destinen parte de su Suministro eléctrico mediante el abasto aislado podrán ser interconectadas a la Red Nacional de Transmisión o a las Redes Generales de Distribución para comprar energía eléctrica y Productos Asociados siempre y cuando se celebre el contrato de conexión correspondiente y se sujete a las Reglas del mercado.

¡Faltaba más!

En el artículo 24 se establece la misma obligación (sic) para los Centros de Carga que adquieran parte de su Suministro eléctrico mediante el abasto aislado y en el siguiente artículo se dice:

Artículo 25- Los Generadores y Generadores exentos están obligados a proporcionar la energía eléctrica disponible para el Sistema Eléctrico Nacional cuando dicho sistema lo requiera, cumpliendo las instrucciones del CENACE, únicamente por el lapso que dure dicha emergencia ...

Por ahora, la CFE seguirá generando aunque cada vez será menos. En cada central generadora deberá hacerlo mediante Permiso expreso otorgado por la CRE. Esto es, la CFE funcionará como empresa privada, aunque nominalmente se diga que es estatal.

Transmisión y distribución eléctrica

La transmisión y distribución eléctrica se encargará a los Transportistas y Distribuidores

Artículo 26- Los Transportistas y los Distribuidores son responsables de la operación de la red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución y operarán sus redes conforme a las instrucciones del CENACE.

¿Quiénes serán esos Transportistas y esos Distribuidores? ¿La CFE? Sí, durante la transición pero no por mucho tiempo. Después, habrá empresas subsidiarias. ¿Cuántos Transportistas y Distribuidores habrá? Los que se quieran, la Ley prevé a todos y podrían ser muchos.

Lo que la Ley anuncia es el descuartizamiento de las redes. No es que vayan a fraccionar los cables, bastará que la CRE defina zonas geográficas y áreas locales de transmisión y distribución eléctrica.

¿Quién operará a la red nacional? ¿Será un solo operador? Esa era la propuesta inicial, lo que supone a un nuevo organismo “independiente” separado de la CFE. Ahora, la ley pondrá la operación de la red en varias manos.

El desbarajuste será inmediato y servirá de justificación para configurar en la práctica a nuevas redes que serán privadas. Eso no puede ser inmediato por razones económicas y de conveniencia. Por el momento la infraestructura ya existe y los privados la aprovecharán pero, en la medida en que puedan harán de su propiedad a las redes y lo menos que causarán serán disturbios.

Según el artículo 27, las condiciones generales para la prestación del servicio público de transmisión y distribución eléctrica las fijará la CRE. Eso incluirá las tarifas aplicables y las modalidades del servicio.

En el artículo 28 se indica que las obligaciones en materia de calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad para la prestación del servicio serán emitidas por la CRE.

En el artículo 29 se indica que la ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución estarán a cargo de los Distribuidores y Transportistas.

Las facultades se amplían enseguida.

Artículo 30- El Estado, a través de la Secretaría, los Transportistas o los Distribuidores podrán formar asociaciones o celebrar contratos con particulares para que lleven a cabo por cuenta de la nación, entre otros el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación, y ampliación de la infraestructura necesaria para el servicio de Transmisión y Distribución de energía eléctrica.

Las asociaciones privadas serán las encargadas de la Redes Nacionales. La modalidad será el contratismo. Mediante éste se podrá operar la infraestructura.

Esto confirma que las redes serán descuartizadas. Tan solo en la distribución proliferarán empresas y empresitas por doquier. Les llaman Distribuidores para evitar decirles privatizadores. Serán vulgares contratistas, filiales de transnacionales y/o prestanombres locales que harán el trabajito “en nombre de la nación”. En la perversidad manipulera, los rateros se apropian de la nación sin serlo.

En el mismo artículo se indica que, “las asociaciones y contratos”, es decir, con quiénes contrate el Estado, serán corresponsables de la prestación del servicio público de Transmisión y Distribución de energía eléctrica, sujetas a la regulación tarifaria de la CRE.

Esto es, la supuesta actividad “estratégica” que define la nueva Constitución es una falacia. No hay tal y no puede haberla en la medida en que se suprime el concepto de servicio público. Cuando el gobierno habla de “servicio público se refiere a la participación privada “abierta” no al concepto.

Se indica que

III. La adjudicación y contratos se realizará a través de procesos competitivos que garanticen la libre concurrencia.

¿Cuál es esa libre concurrencia? La de cualquier empresa privada sea nacional o extranjera.

Se indica enseguida que la privatización será generalizada.

Artículo 31- La Secretaría podrá determinar la formación de asociaciones o la celebración de contratos con la finalidad de realizar el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación, ampliación, modernización, vigilancia y conservación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión y distribución eléctrica en la zona que para tal efecto se establezca, cuando no se trate de activos de los Transportistas o los Distribuidores de las empresas productivas del Estado, un Transportista o Distribuidor.

Eso significa que bastará que la Sener lo decida y, en cualquier zona, habrá asociaciones y contratos. Así se afirma enseguida.

Artículo 32- La Secretaría está facultada para convocar a los particulares para la celebración de las asociaciones o contratos ... para supervisar y calificar los procesos correspondientes y para ordenar la celebración de las asociaciones o contratos respectivos.

Luego se indica:

Artículo 33- Los Transportistas y Distribuidores están obligados a interconectar a sus redes las centrales eléctricas de los Generadores y Generadores exentos que lo soliciten, y a conectar a sus redes los Centros de carga de los usuarios finales y Suministradores que lo soliciten ...

Para ello, los Transportistas y Distribuidores están obligados a celebrar contratos de interconexión o conexión con base en los modelos de la CRE.

Según el artículo 34, “las Reglas del Mercado” establecerán los criterios para que el CENACE defina las especificaciones técnicas. Ja. ¿Cuáles? La arbitrariedad, el mercado no respeta ninguna regla y menos especificaciones técnicas.

Según las “definiciones” de esta ley, esas Reglas son “conjuntamente, las Bases del mercado eléctrico y las Disposiciones operativas del mercado que rigen al Mercado eléctrico mayorista”.

Lo anterior, además de ser muy general es arbitrario. Por lo demás, las “reglas del mercado” no están claramente definidas, ni siquiera se conocen, por ahora no existen.

Lo menos que está promoviendo el gobierno es un enredo que se volverá peor que telaraña de “diablitos” existentes en varias partes del comercio informal.

Este desbarajuste solo puede conducir al mal servicio y al abuso. La voracidad del capital conlleva a la creación de condiciones objetivas que generan la necesidad social de revertirlas. Así pasó antes de la nacionalización, así volverá a suceder.

El siguiente artículo se refiere a la medición eléctrica.

Artículo 37- La medición de la energía eléctrica y de los servicios conexos entregados y recibidos por las centrales eléctricas y centros de carga, que estén representados por Generadores o por usuarios calificados participantes del Mercado eléctrico, se regirán por las Reglas del mercado. La medición de las demás centrales eléctricas y centros de carga se regirá por las condiciones generales para la prestación del suministro eléctrico que al efecto emita la CRE ...

y a la facturación del servicio.

Artículo 38- Los Transportistas y los Distribuidores celebrarán con el CENACE los convenios que regirán la prestación y facturación de los servicios de transmisión y distribución, con base en los modelos de contrato autorizados por la CRE a propuesta del CENACE.

El siguiente atañe a los trabajos en la calle.

Artículo 39- Los Transportistas y los Distribuidores podrán ejecutar en las calles, calzadas, jardines, plazas y demás lugares públicos los trabajos necesarios para la instalación, mantenimiento y retiro de las líneas aéreas y subterráneas y equipo destinado al servicio ...

Según el artículo 40, “corresponde al Usuario final realizar a su costa y bajo su responsabilidad las obras e instalaciones destinadas al uso de la energía eléctrica”. EL artículo 41 se refiere a los casos para la suspensión del servicio, entre otros “incumplimientos de pago”, en cuyo caso los Transportistas y Distribuidores “podrán proceder al corte del servicio”. ¡Orale!

La siguiente disposición favorecerá ampliamente a los contratistas.

Artículo 42- El servicio público de Transmisión y Distribución eléctrica se considera de interés social y orden público, por lo que tiene preferencia sobre cualquier otra actividad que implique el aprovechamiento de la superficie y del subsuelo de los terrenos afectos a aquella. Para todos los efectos legales, ... es de utilidad pública. Están sujetos a servidumbre legal los medios necesarios para la instalación de la Red nacional de transmisión y Redes generales de distribución.

Según el artículo 43, el transporte de energía eléctrica a través de Redes particulares se sujetará a las disposiciones emitidas por la CRE, la que otorgará los correspondientes permisos.

Artículo 44- Previo acuerdo entre las partes interesadas, los Transportistas o los Distribuidores podrán pactar la adquisición de las redes particulares, para que se integren a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución.

En suma, vía los contratos y permisos los privados no solo tendrán a su servicio las redes de transmisión y distribución, sino la operación de las mismas, en las condiciones más favorables posibles.

Todo será a cambio del porteo pagado a los operadores de las redes. Actualmente, el pago es apenas simbólico, 3 centavos por kW por año.

Comercialización

El artículo 45 define lo que comprende esta actividad, entre otros aspectos: celebrar contratos con los Generadores, Comercializadores y Usuarios calificados participantes del Mercado, y adquirir los servicios de transmisión y distribución.

De acuerdo al artículo 46, para prestar el Suministro eléctrico o representar a los Generadores exentos se requiere permiso de la CRE.

En el artículo 47 se indica que “las centrales eléctricas y la Demanda controlable se operarán de conformidad con las instrucciones del CENACE.

Se indica a continuación:

Artículo 48- Con excepción de los usuarios calificados, los usuarios de servicios básicos ofrecerán el Suministro básico a todas las personas que lo soliciten y cuyos Centros de carga se encuentren ubicados en las zonas donde operen ...

Se agrega en el siguiente párrafo que,

... los Suministradores de Servicios calificados podrán ofrecer el Suministro calificado a los Usuarios calificados en condiciones de libre competencia.

Indica el siguiente artículo

Artículo 49- Los Usuarios de Suministro Básico con Demanda Controlable podrán vender energía eléctrica y productos asociados a través de un Suministrador de Servicios Básicos. La CRE emitirá los modelos de contrato ...

Según el artículo 50, las condiciones para el Suministro eléctrico serán las que expida la CRE. El artículo 51 señala que, previo al inicio del Suministro eléctrico, “el Usuario final deberá celebrar un contrato de suministro con el Suministrador”.

En el artículo 52 se indica que la CRE establecerá los requisitos que los Suministradores deberán observar. También se indica que las disposiciones para los Suministradores de Servicios Básicos y Calificados, quedarán a cargo de la CRE.

Esta Comisión adquirirá facultades extraordinarias e intervendrá en todo. Será una Comisión ultra poderosa, la máxima autoridad para destruir a la industria eléctrica nacionalizada y crear la nueva completamente privada.

La CRE está apoyada por el Banco Mundial, pertenece a éste. No obstante, el desbarajuste es tal que la CRE no tendrá control. Eso es lo que pretende el capital, dejar todo a la deriva, a la “libre competencia”, a la irracionalidad del mercado capitalista y a la depredación de los recursos naturales energéticos.

Los usuarios, especialmente los domésticos, serán literalmente secuestrados, sujetos a los abusos más increíbles. DE momento se mostrarán gratos pero eso durará muy poco. Los privados no aceptarán reclamos. O se paga o no hay servicio. La electricidad es fundamental para la economía nacional y para cada uno de los mexicanos. Quien no se someta a las arbitrariedades de las nuevas compañías quedará condenado a vivir en la oscuridad, con todas sus consecuencias nefastas para la salud y la vida.

Ese es el futuro que ofrece Peña Nieto. Evidentemente, ni Peña ni las corporaciones dicen nada al respecto porque no les conviene ni es su objetivo, lo que les importa es hacer negocios sucios con el patrimonio que no es suyo.

Usuarios calificados

Según la ley, Usuario calificado es el Usuario final que cuenta con registro ante la CRE para adquirir el Suministro eléctrico como participante del Mercado o mediante un Suministrador de servicios calificados.

En el artículo 59 se indica que este carácter se adquiere mediante registro ante la CRE. Los Centros de Carga están obligados a mantener su inscripción, según el artículo 60.

De acuerdo al siguiente

Artículo 61- Los Usuarios calificados podrán recibir el Suministro eléctrico y vender la energía eléctrica y productos asociados de su Demanda controlable a través de un Suministrador de servicios calificados.

Según el artículo 62, los Usuarios calificados participantes del Mercado podrán realizar actividades de comercialización. De acuerdo al artículo 64, los Usuarios calificados operarán la demanda controlable que representan mediante instrucciones del CENACE.

Pequeños sistemas eléctricos

Estos se definen de la siguiente manera:

Artículo 65- Se consideran pequeños sistemas eléctricos los que se utilicen para suministrar energía eléctrica al público en general y no se encuentren conectados de manera permanente a la Red Nacional de Transmisión.

Lo de “pequeño” es para distinguirlos de los mayoristas pero, en ambos casos, suministrarán energía eléctrica y serán privados.

Uso y ocupación superficial

Al respecto se establece:

Artículo 68- Se considera de utilidad pública la ocupación o afectación de inmuebles, predios, terrenos, bienes o derechos necesarios para el desarrollo de las actividades de la industria eléctrica. Las contraprestaciones por la adquisición, uso, goce, servidumbre, ocupación o afectación superficial de los inmuebles, predios, terrenos, bienes, o derechos ... será negociada entre los propietarios, poseedores o titulares ... de que se trate.

De acuerdo al artículo 69, los interesados podrán acudir a la Procuraduría Agraria para ser asesorados. La Sener preverá la participación de testigos sociales.

Según el artículo 70, el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales mantendrá actualizados los tabuladores. Según el artículo 71 las partes podrán acordar las prácticas de avalúos. En caso de no haber acuerdo, el interesado podrá acudir a un juez de Distrito para la ocupación, afectación o servidumbre legal; también se podrá solicitar al Instituto una mediación.

De acuerdo al artículo 75 se celebrarán contratos. Según el artículo 76 no debe haber abusos y de acuerdo al artículo 77 se dará acceso al mayor número posible de prestadores de servicios.

En breve descripción, los terrenos serán quitados a sus poseedores. Ya no habrá más industria nacionalizada, los beneficiarios serán siempre privados.

En los siguientes artículos se indica que “se fomentará la industria nacional”.

Mercado eléctrico mayorista

El artículo 82 indica que el CENACE operará el Mercado eléctrico mayorista. El artículo 83 señala que este Mercado se sujetará a lo previsto en las Reglas del mercado. Las Bases del Mercado serán emitidas por la Sener.

Según el artículo 84, Las Reglas del mercado establecerán procedimientos para realizar transacciones de compra venta de electricidad, potencia, derechos financieros de transmisión, certificaciones, entre otros.

El artículo 85 se refiere a las coberturas en las operaciones de compra venta de energía eléctrica, potencia u otros productos.

Después se indica:

Artículo 86- Los Generadores, Comercializadores y Usuarios calificados podrán participar en el Mercado eléctrico mayorista previa celebración del contrato de Participante del mercado con el CENACE ...

De acuerdo al artículo 88, el CENACE podrá facturar o cobrar los servicios de transmisión, distribución y sus propios costos operativos de acuerdo a las tarifas reguladas determinadas por la CRE.

Según el artículo 89, el CENACE determinará la asignación y despacho de las centrales eléctricas y de la Demanda controlable.

El CENACE podrá suspender a quienes incurran en incumplimiento a las Reglas del mercado, actualizará el programa para la operación de las centrales eléctricas, la Sener definirá los términos de las ofertas de las capacidades disponibles.

CENACE

Se establece que:

Artículo 95- El CENACE es un organismo público descentralizado ... que tiene a su cargo el control operativo del Sistema Eléctrico Nacional, la operación del Mercado eléctrico mayorista y del acceso abierto ... a la Red Nacional de Transmisión y Redes Generales de Distribución ...

El artículo 96 indica las facultades del CENACE. Son 38 disposiciones amplias referidas a la coordinación de los participantes en la privatización eléctrica.

Entre otros, se establece que mantendrá la seguridad de despacho, confiabilidad, calidad y continuidad del SEN, operar el Mercado eléctrico mayorista, determinar la asignación y el despacho de las centrales eléctricas y demanda disponible, recibir las ofertas y calcular los precios de la energía eléctrica, facturar procesos o cobrar los pagos, llevar acabo subastas a fin de adquirir potencia.

Según el artículo 99, los trabajadores del CENACE serán de confianza, es decir, no sindicalizados.

Servicio universal

El artículo 101 indica que el gobierno promoverá la electrificación de comunidades rurales y zonas urbanas marginadas. Al efecto se establecerá un Fondo de Servicio Universal Eléctrico.

Se indica en el artículo 102 que ese Fondo se integrará con el excedente de ingresos que resulte de la gestión de pérdidas técnicas en el Mercado mayorista.

Así, el concepto de servicio público de energía eléctrica será sustituido por migajas, de unos excedentes inexistentes.

Impacto social y desarrollo sustentable

El artículo 105 indica que los proyectos de infraestructura eléctrica deberán respetar los derechos humanos de comunidades y pueblos indígenas. El 106 establece que la Sener deberá llevar acabo procedimientos de consulta y el 107 que los interesados deberán hacer una evaluación de impacto social.

Falta que esto se cumpla, será a la inversa; por lo pronto, sirve para adornar la ley.

Energías limpias

En los siguientes artículos se dice que la Sener implementará mecanismos para la diversificación energética, establecerá requisitos para la Certificación de energías limpias y Certificación de emisiones contaminantes.

En cualquier caso, la generación a partir de esas fuentes limpias será privada.

Permisos

A este respecto se indica que los permisos previstos en esta ley serán otorgados por la CRE.

Con ello, la CRE culminará la privatización total, absoluta y generalizada de la industria eléctrica.

Estandarización y normalización

Se indica en los siguientes artículos las buenas intenciones de la Sener y la CRE. Esta determinará las bases para las subastas. Además, tendrá facultades “para proteger al público”, entre otras, suspender operaciones o trabajos. Por supuesto, esa “protección al público” jamás ocurrirá, la CRE protege al capital.

Tarifas

Se establece lo siguiente:

Artículo 119- La transmisión, distribución y Suministro básico, así como la operación del CENACE, se sujetarán a los lineamientos de contabilidad establecidos por la CRE ...

En el siguiente se indica:

Artículo 120- La CRE expedirá, mediante disposiciones administrativas de carácter general, las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las Tarifas reguladas para los siguientes servicios:
  1. Transmisión,
  2. Distribución,
  3. La operación de los Suministradores de Servicios básicos,
  4. La operación del CENACE,
  5. Los servicios conexos no incluidos en el Mercado eléctrico mayorista.
De acuerdo al artículo 121, la CRE fijará las tarifas finales del Suministro básico.

Indica el artículo 128 que los Transportistas, los Distribuidores, los Suministradores de servicios básicos y el CENACE deberán publicar sus tarifas.

Se excluyen las tarifas para la generación eléctrica, las que seguramente dirán que “las determinará el mercado”. Al respecto se omite señalar como es que bajarán las tarifas eléctricas, promesa publicitaria del gobierno sin sustento.

En los artículos siguientes se prevé evaluar la rentabilidad de las empresas productivas del Estado por parte de la secretaría de hacienda. Estas no podrán realizar inversiones directas si en los dos años previos generan retornos menores. La intención es terminar de quebrar lo más pronto posible a la CFE.

Cuando existan irregularidades en algún Permiso la Sener podrá solicitar la intervención del mismo.

Requisa

Se establece que:

Artículo 137- En caso de desastre natural, guerra, huelga, grave alteración del orden público o cuando se tema algún peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad interior del país, la economía nacional o la Continuidad del Suministro eléctrico el Gobierno federal podrá hacer la requisa de los bienes muebles e inmuebles necesarios para el Suministro eléctrico ...

Con ello, el gobierno prevé la represión obrera y anuncia que este derecho seguirá siendo inexistente aunque esté escrito. Si se atendiera a lo indicado, la requisa debía aplicarse de inmediato, precisamente, porque Peña Nieto pone en peligro la seguridad nacional e interior del país al atracar el patrimonio energético de la nación.

En los siguientes artículos se indica que habrá máxima publicidad en la información de las empresas productivas del Estado, que habrá transparencia y habrá un sitio en internet de acceso libre al público. Nada respecto a los contratistas.

También se prevén sanciones por actos contrarios a la ley.

Transitorios

De acuerdo al artículo segundo se abroga la LSPEE del 22 de diciembre de 1975.

Según el artículo décimo primero la CFE deberá obtener los permisos de generación correspondientes.

En el artículo décimo quinto se dice que los contratos PIE y contratos de compra venta de energía seguirán vigentes a través de las empresas subsidiarias de la CFE.

De hecho, todos los permisos anteriores seguirán vigentes. Con ello, quedará legalizada la privatización furtiva, antes anticonstitucional, y se entrará de lleno a la privatización total.



Aerogeneradores para la eoloelectricidad en el Istmo de Tehuantepec, Oaxaca


CONCLUSIONES

Con la reforma energética constitucional Peña Nieto termina con la industria eléctrica nacionalizada. La anterior LSPEE quedará abrogada, toda referencia a la nacionalización se elimina. La nueva ley eléctrica está diseñada para la industria privatizada. La industria nacionalizada integrada queda literalmente descuartizada. El escenario que se proyecta será, previsiblemente, mil veces más ominoso que el previo a la nacionalización, dejando todo sujeto a la irracionalidad del llamado mercado capitalista.

La nueva ley eléctrica establece que:
  1. La industria eléctrica, antes nacionalizada e integrada, queda desintegrada y fragmentada.
  2. La unificación de frecuencia y la interconexión del SEN permanecen, lo que cambia es el régimen de propiedad.
  3. La generación eléctrica y su comercialización quedan abiertas a la total privatización, mediante permisos otorgados por la CRE.
  4. La transmisión y distribución eléctrica se entregará a multitud de Transportistas y Distribuidores por todo el país los que ofrecerán y comercializarán servicios privados.
  5. El control de energía será separado de la CFE para constituir un organismo aparte encargado de proporcionar el servicio al nuevo mercado privado.
  6. La comercialización será privatizada en su totalidad, asociada a la generación y otras actividades.
  7. La planeación será nominal, determinada por las decisiones de las corporaciones; el control será eufemístico, la CRE no tendrá forma ni siquiera de inspeccionar a los privados.
  8. La CRE asume amplísimas facultades para coordinar y determinar la operación y funcionamiento de la industria eléctrica privatizada, incluyendo las tarifas de transmisión, distribución y del CENACE.
  9. El CENACE, convertido en organismo público descentralizado, será el encargado del control del SEN.
  10. La CFE queda convertida en una empresa más, encargada solamente de la generación que deberá realizar mediante permisos otorgados por la CRE.
Para impulsar la reforma constitucional regresiva y la legislación secundaria la ofensiva del gobierno ha sido despiadada, aún cuando la oposición ha sido sumamente débil. El planteamiento oficial es de economía política plena. No es solamente parte de la reestructuración económica del capitalismo en México, también es parte de la política para extirpar todo lo que tenga que ver con el servicio público de energía eléctrica y la nacionalización.

El descuartizamiento de la industria eléctrica nacionalizada, que construimos los electricistas del STERM; luego SUTERM y después Tendencia Democrática del SUTERM, es general para pulverizar al patrimonio eléctrico de la nación en miles de Generadores, Transportistas, Distribuidores y Suministradores, todos privados que proliferarán por todo el país.

Quienes le hicieron la ley a Peña Nieto procedieron con odio para vengarse de los nacionalizadores. También lo hacen con voracidad, compulsión y exceso.

La integración de la industria eléctrica nacionalizada fue una de las dos grandes conclusiones de los electricistas del STERM, la otra fue la unidad sindical a nivel nacional. Ambas fueron logradas. Hacia 1976 habíamos integrado a la industria en su casi totalidad, con la unificación de frecuencia, la interconexión del SEN y la reorganización del trabajo en todo el país, excepto la región central debido a la oposición sistemática del SME.

Fueron 16 años de insistencia en la ley reglamentaria (LSPEE). Debido a la presencia organizada y en lucha de los trabajadores, primero se construyó a la industria integrada, después se legisló. Hoy, la legislación secundaria es destructora de esta conquista, aniquiladora de la industria nacionalizada, desorganizadora del trabajo a nivel nacional, es decir, lo opuesto a la nacionalización.

¿Por qué Peña Nieto y demás pueden instrumentar semejante atraco contra la nación en materia eléctrica? Por varias razones, una porque el Estado está acuerpado con el neoliberalismo, todos los órdenes del gobierno han sido cabildeados y comprados por las transnacionales, los partidos políticos simplemente traicionan a la nación.

Pero hay otras razones que explican tan miserable escenario: por una parte, la izquierda es políticamente inexistente y, por otra, los trabajadores del sector están ausentes.

Cuando ocurrió la nacionalización, la izquierda de la época, representada principalmente por el PC, no comprendió la situación y tampoco la apoyó, se mostró ultra y solo vociferante. Después, estuvo completamente ajena del proceso. Cuando fuimos reprimidos, militar y políticamente, por el Estado prefirieron mirar hacia otro lado obnubilados por la reforma política que les obsequiaría las primeras diputaciones. Luego, uno de los artífices de la represión (Porfirio Muñoz Ledo) se volvió dirigente principal de esa izquierda transformada, lo mismo Camacho Solís, connotado salinista.

En cuanto a los trabajadores, el SUTERM fue usurpado desde 1975 y, a partir de 1976, cuando fuimos reprimidos militar y políticamente por el Estado, se inició la sustitución forzosa de toda la plantilla. Veinte mil trabajadores fuimos despedidos y otros jubilados. Vinieron otras generaciones que jamás movieron un dedo.

En 1992, cuando Salinas de Gortari reformó regresivamente a la LSPEE; el SUTERM permaneció en silencio y el SME apoyó públicamente al tirano iniciándose la reversión de la nacionalización con la privatización furtiva. En 1999, el propio SME encabezó una importante lucha contra la reforma constitucional de Zedillo, esta se impidió no así la privatización furtiva que siguió avanzando.

Al año siguiente, los electricistas del SUTERM participaron de una movilización nacional apoyada por el SUTIN. Después, nada.

En 2009, el gobierno de Calderón asestó un severo golpe al SME al decretar la extinción de LFC. La representación en turno equivocó el camino, legal, política e industrialmente. Peor aún, volcó toda su ira contra la institución CFE orquestando una campaña apoyada por el PRD que sirvió al gobierno para acelerar la destrucción no solo de la CFE sino de la industria eléctrica nacionalizada.

Con un consenso tan adverso y una política eléctrica abiertamente antinacional, prácticamente nadie hizo nada en defensa de la industria nacionalizada. La moda izquierdosa era “golpear” a la CFE y punto, confundiendo a la institución que representaba a la industria eléctrica nacionalizada, con la política eléctrica antinacional y la administración corrupta en turno. Ahora, allí están los resultados nefastos, ya no hay industria nacionalizada, y los provocadores, como siempre, “hacen que la virgen les habla”. Le hicieron buen favor al gobierno e imperialismo. Por supuesto, no hay ni habrá jamás autocrítica alguna.

Hoy los politiquillos del PRIAN disertan sin saber de qué hablan, los medios hiperbolizan al gobierno, los “especialistas” de la derecha pontifican sin haber leído las iniciativas y piden “menos intervención” del Estado, los académicos callan, los intelectuales también, algunos artistas hablan quedándose en la superficialidad e individualismo. Los estudiantes permanecen ajenos, los trabajadores siguen arrodillados ante el charrismo.

¿Hay excepciones? Las hay, como pequeños relámpagos aislados.

¿Por qué casi nadie defiende a la industria eléctrica nacionalizada? Ante todo por ignorancia. Los grillos jamás han trabajado en el sector, aunque algunos han cobrado y siguen cobrando. Por lo mismo no conocen al proceso de trabajo eléctrico. Peor aún, la vieja guardia se jubiló, muchos se olvidaron, otros se pasaron del otro lado, los demás envejecieron y murieron.

De aquellos grillitos que se decían “defensores” de la nacionalización, y devinieron en provocadores, fue más sencillo volverse empresarios eléctricos privados, enriquecidos por Salinas, Zedillo y Fox. Hoy, se dedican a generar energía eoloeléctrica que venden a los municipios del Edomex. ¿Quiénes quedamos? Los trabajadores concientes y activos del FTE, como una gota en medio de un mar embravecido, eso sí, en la primera línea de combate ondeando nuestra bandera roja, despedidos políticos, ignorados por los medios, excluidos del mundillo izquierdoso e intelectualoso, pero dispuestos a seguir la lucha que otrora dirigimos para reconquistar a la industria energética nacionalizada, de la cual hemos sido constructores.

Las reformas constitucionales y la legislación energética secundaria, en materia petrolera y eléctrica, deben ser rechazadas. Los legisladores no lo harán, están vendidos a las transnacionales, ni siquiera leerán lo que votarán, ese Congreso debe ser disuelto. El gobierno de Peña se debe ir, no lo hará. Solamente la lucha organizada del pueblo en todo el territorio nacional nos permitirá otra relación política de fuerzas y a construirla debemos orientar los esfuerzos.

¿Cuándo será? Cuando una mayoría nos decidamos a ser libres y trabajemos organizados en la lucha social y en el espacio del saber.

En estos momentos la pérdida para la nación es enorme. Recuperarla será más difícil pero se hará. Oportunamente, el FTE ha levantado la bandera de la re-nacionalización. Hoy ratificamos a la Política Energética Independiente y a la Ley eléctrica del FTE, como alternativas a la reforma privatizadora y desnacionalizadora de Peña Nieto y a su política antinacional.


¡Viva la Tendencia Democrática!
¡Este puño sí se ve!


Frente de Trabajadores de la Energía,
de México







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