Volumen 14, Número 283, abril 10 de 2014
 


Reforma contra Pemex



La reforma energética constitucional significa la desnacionalización de la industria petrolera. Esto es así porque se aprobó el cambio en la propiedad que, de ser nacional, ahora podrá ser privada. Esto ocurrirá al trasladar las funciones estratégicas del proceso de trabajo a las transnacionales. Pemex, ahora convertida en empresa, realizará solo una parte de tal proceso. La Ronda Cero es apenas el principio de la debacle.


Peña desnacionalizador

Hasta antes del 20 de diciembre de 2013, la industria petrolera mexicana surgida de la expropiación petrolera de 1938 era de propiedad nacional. Ya no lo es. La reforma constitucional a los artículos 25, 27 y 28 autoriza la participación privada. Eso significa el cambio de propiedad que ahora será privada.

Se trata de un proceso de privatización explícita que, en principio, no es total pero es privatización.

La INDUSTRIA está constituida por el conjunto de fases de trabajo del proceso de trabajo respectivo. Fraccionar este proceso implica su privatización. El fraccionamiento ocurre mediante la desintegración de dicho proceso. Eso es lo que propone la reforma de Peña Nieto e imperialismo.

La desintegración industrial no empezó ahora, viene al menos desde 1992, afirmada en 1995, 1996 y 2008. Pero la reforma de Peña Nieto desintegra en su totalidad al proceso de trabajo petrolero. ¿Cuál es el objetivo? Privatizar tal proceso de trabajo.

La desnacionalización empieza por suprimir como estratégicas las actividades del proceso de trabajo, antes a cargo exclusivo del Estado. Ahora, las funciones estratégicas quedan fraccionadas y tergiversadas.

Con esos cambios, Pemex que antes representaba a la industria petrolera nacionalizada dejará de realizar las funciones del proceso de trabajo, dejando de ser INDUSTRIA para ser convertida en EMPRESA. No es lo mismo, aunque conserve el mismo nombre de Pemex.

La empresa Pemex ya no realizará todas las actividades del proceso de trabajo sino solamente una parte, lo demás lo harán las transnacionales. La transferencia de funciones implica a las reservas de hidrocarburos, cuya explotación y apropiación, se hará con infraestructura de propiedad privada.

Para ello, el gobierno y legisladores inventaron la llamada Ronda Cero. Este mecanismo burocrático implica quitarle a Pemex sus funciones, en “RESPETO” a las nuevas disposiciones constitucionales vigentes.

De esta manera, la empresa Pemex quedará achicada para “competir” en condiciones desventajosas con las corporaciones transnacionales.

Además, la empresa queda sujeta a las decisiones arbitrarias de la burocracia de la secretaría de energía (Sener) que, a través de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), decidirá que proyectos le asigna a Pemex y cuáles a las transnacionales.

La Ronda Cero ya empezó, aún sin existir legislación secundaria. Eso es ilegal pero al gobierno federal no le importa la legalidad. Tan es así que, a espaldas de la nación, formuló una nueva Constitución a conveniencia, terminando de un manotazo con las históricas conquistas en materia energética.

Lo que al gobierno interesa es entregar el patrimonio energético de la nación al capital extranjero y empieza con la Ronda Cero, después seguirá la Ronda 1 y así sucesivamente.

La Constitución de las transnacionales

El nuevo párrafo 7º señala:
Tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, en el subsuelo, la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones. Con el propósito de obtener ingresos para el Estado que contribuyan al desarrollo de largo plazo de la Nación, ésta llevará a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares, en los términos de la Ley Reglamentaria. Para cumplir con el objeto de dichas asignaciones o contratos las empresas productivas del Estado podrán contratar con particulares. En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la Nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos.

Tergiversación deliberada y tramposa

El nuevo párrafo 7º (antes 6º) del artículo 27 constitucional implica un cambio radical. Antes la propiedad de los hidrocarburos ERA de la nación, ahora lo es estando “en el subsuelo”. Se trata de una disposición colonialista.

Con la minería, los recursos minerales también son de la nación estando en el subsuelo. Pero, desde la invasión española, se pueden extraer de manera privada y quiénes lo hacen se apropian de los mismos. Exactamente, el mismo esquema se propone para los hidrocarburos, siendo el petróleo un mineral que se oferta para el saqueo indiscriminado.

Que los hidrocarburos sean propiedad de la nación, estando en el subsuelo, es algo demagógico que contradice a la Expropiación petrolera. Con esta el petróleo fue rescatado para la nación. La reforma de Peña Nieto regresa al país al porfirismo e, incluso, antes.

El petróleo, como cualquier otra mercancía, tiene un valor de uso y un valor de cambio, mismos que ocurren en el intercambio de las mercancías.

El petróleo tiene valor de uso en tanto sirve para satisfacer una necesidad, es una mercancía útil. Tan útil que el mundo depende energéticamente del mismo. Casualmente, el que mejor lo sabe es el imperialismo, cuya economía del despilfarro no puede vivir sin energía.

El valor de cambio está determinado por la fuerza humana de trabajo que materializa al valor de uso.

En el subsuelo, el petróleo no satisface ninguna necesidad humana ni es objeto de ninguna transformación que requiera la intervención de la fuerza natural (representada por el trabajo) ni la fuerza social (representada por el capital).

¿Qué valor tiene, entonces, la propiedad de los hidrocarburos en el subsuelo?

Eso cambia, inmediatamente, cuando los hidrocarburos son extraídos. Y, a partir de ese momento, ¿de quien es la propiedad? De quien lo saca, pudiendo ser Pemex y/o las transnacionales. La transferencia de propiedad es inmediata y automática.

En el anterior párrafo constitucional se decía que NO habrá concesiones ni contratos. En el nuevo se borró toda referencia a los contratos, para permitirlos después de estar prohibidos.

Para la exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos, los legisladores inventaron la figura de ASIGNACIONES (o contratos) a las nuevas empresas, las que podrán a su vez contratar con privados. A eso la Sener le llama Ronda Cero para Pemex. Eso quiere decir que la petrolera mexicana, que antes prohibía los contratos, ahora debe recibirlos para poder realizar sus actividades.

¿Quién asignará esos contratos? El gobierno que ahora asume la propiedad de los hidrocarburos, en nombre del Estado, siendo antes de la nación.

En cada contrato deberá consignarse que los hidrocarburos del subsuelo son propiedad de la nación. Se trata de una burla. También se podrá decir que se respetarán los derechos humanos y qué. Todo eso es basura demagógica.

Privatización explícita

El nuevo párrafo 4º del artículo 28 constitucional dice que serán actividades estratégicas, entre otras:
... la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución, respectivamente, ...
Antes, eran actividades estratégicas TODAS las actividades relacionadas con los hidrocarburos, esto es, el conjunto de actividades del proceso de trabajo. Ahora son estratégicas solamente una parte: la exploración y extracción de hidrocarburos y en términos del nuevo artículo 27 tergiversado. Lo demás no es estratégico sino prioritario, lo que implica que podrá ser privatizado.

Lo demás es el resto de fases del proceso de trabajo e incluye, la refinación del petróleo, el procesamiento del gas y toda la petroquímica, más el transporte, distribución y almacenamiento de productos petrolíferos y petroquímicos.

En el mismo artículo 28 nuevo se incluyó un párrafo que indica:
El Poder Ejecutivo contará con los órganos reguladores coordinados en materia energética, denominados Comisión Nacional de Hidrocarburos y Comisión Reguladora de Energía, en los términos que determine la ley.
Esos órganos reguladores serán la oficina burocrática para instrumentar la desnacionalización y privatización. Propuestos por el Banco Mundial su función ha sido la destrucción de las industrias eléctrica y petrolera nacionalizadas. Ahora se encargarán de repartir el botín. Lo harán mediante facultades especificadas en las correspondientes leyes secundarias.

La Ronda Cero

La propuesta de Peña Nieto es desnacionalizadora y privatizadora. Decir que no hay privatización es solo un cliché de la publicidad pagada para obnubilar a la sociedad, desinformarla más y desorganizarla. Peña Nieto miente.

La repartición del botín se hará mediante Rondas, figuras inventadas para sustraerle funciones a Pemex y comprometer las reservas de hidrocarburos que serán entregadas a las transnacionales.

La llamada Ronda Cero está contenida en los artículos transitorios Tercero y Sexto, mismos que sustituyeron en la reforma constitucional a la legislación secundaria en la materia todavía inexistente.

El artículo Tercero transitorio indica:
Tercero. La ley establecerá la forma y plazos, los cuales no podrán exceder dos años a partir de la publicación de este Decreto, para que los organismos descentralizados denominados Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad se conviertan en empresas productivas del Estado. En tanto se lleva a cabo esta transición, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios quedan facultados para recibir asignaciones y celebrar los contratos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 que se reforma por este Decreto. Asimismo, la Comisión Federal de Electricidad podrá suscribir los contratos a que se refiere el párrafo sexto del artículo 27 que se reforma por virtud de este Decreto.
El artículo Sexto transitorio señala lo siguiente:
Sexto. La Secretaría del ramo en materia de Energía, con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, será la encargada de adjudicar a Petróleos Mexicanos las asignaciones a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27 de esta Constitución.

El organismo deberá someter a consideración de la Secretaría del ramo en materia de Energía la adjudicación de las áreas en exploración y los campos que estén en producción, que esté en capacidad de operar, a través de asignaciones. Para lo anterior, deberá acreditar que cuenta con las capacidades técnicas, financieras y de ejecución necesarias para explorar y extraer los hidrocarburos de forma eficiente y competitiva. La solicitud se deberá presentar dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.

La Secretaría del ramo en materia de Energía revisará la solicitud, con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, y emitirá la resolución correspondiente dentro del plazo de ciento ochenta días naturales posteriores a la fecha de la solicitud de Petróleos Mexicanos, estableciendo en la misma la superficie, profundidad y vigencia de las asignaciones procedentes. Lo anterior tomando en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos:

a) Para asignaciones de exploración de hidrocarburos: en las áreas en las que, a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, Petróleos Mexicanos haya realizado descubrimientos comerciales o inversiones en exploración, será posible que, con base en su capacidad de inversión y sujeto a un plan claramente establecido de exploración de cada área asignada, continúe con los trabajos en un plazo de tres años, prorrogables por un período máximo de dos años en función de las características técnicas del campo de que se trate y del cumplimiento de dicho plan de exploración, y en caso de éxito, que continúe con las actividades de extracción. De no cumplirse con el plan de exploración, el área en cuestión deberá revertirse al Estado.

b) Para asignaciones de extracción de hidrocarburos: Petróleos Mexicanos mantendrá sus derechos en cada uno de los campos que se encuentren en producción a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto. Deberá presentar un plan de desarrollo de dichos campos que incluya descripciones de los trabajos e inversiones a realizar, justificando su adecuado aprovechamiento y una producción eficiente y competitiva.

Para la determinación de las características establecidas en cada asignación de extracción de hidrocarburos se considerará la coexistencia de distintos campos en un área determinada. Con base en lo anterior, se podrá establecer la profundidad específica para cada asignación, de forma que las actividades extractivas puedan ser realizadas, por separado, en aquellos campos que se ubiquen en una misma área pero a diferente profundidad, con el fin de maximizar el desarrollo de recursos prospectivos en beneficio de la Nación.

En caso de que, como resultado del proceso de adjudicación de asignaciones para llevar a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos a que hace mención este transitorio, se llegaran a afectar inversiones de Petróleos Mexicanos, éstas serán reconocidas en su justo valor económico en los términos que para tal efecto disponga la Secretaría del ramo en materia de Energía. El Estado podrá determinar una contraprestación al realizar una asignación. Las asignaciones no podrán ser transferidas sin aprobación de la Secretaría del ramo en materia de Energía.

Petróleos Mexicanos podrá proponer a la Secretaría del ramo en materia de Energía, para su autorización, la migración de las asignaciones que se le adjudiquen a los contratos a que se refiere el artículo 27, párrafo séptimo, de esta Constitución. Para ello, la Secretaría del ramo en materia de Energía contará con la asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos.

En la migración de las asignaciones a contratos, cuando Petróleos Mexicanos elija contratar con particulares, a fin de determinar al particular contratista, la Comisión Nacional de Hidrocarburos llevará a cabo la licitación en los términos que disponga la ley. La ley preverá, al menos, que la Secretaría del ramo en materia de Energía establezca los lineamientos técnicos y contractuales, y que la Secretaría del ramo en materia de Hacienda será la encargada de establecer las condiciones fiscales. En estos casos, la administración del contrato estará sujeta a las mismas autoridades y mecanismos de control que aplicarán a los contratos suscritos por el Estado.

Antinacional Ronda Cero

De acuerdo al artículo Tercero transitorio, en un plazo de 2 años, Pemex podrá recibir asignaciones (contratos), otorgados a juicio de la Sener. Con la Ronda Cero, Pemex tendrá prioridad. Pero no será así con las demás rondas. Es previsible que la Sener le otorge algunos contratos a Pemex pero dejará una buena parte para las transnacionales. Después, Pemex tendrá que competir en desventaja. Aunque tenga posibilidades y lo demuestre el plan es impedirlo para entregar las funciones y reservas a las corporaciones.

El artículo Sexto transitorio faculta a la Sener y a la CNH para tomar las decisiones. Lo hará la CNH, misma que por ahora carece de facultades, lo mismo que la Sener pues las leyes secundarias ni siquiera se conocen. No importa, ambas entidades procederán por la vía de los hechos. Es inútil pedir legalidad a los ladrones.

En tal virtud, Pemex deberá someter a la consideración de la Sener las asignaciones o contratos. Esto es, Pemex deberá pedir permiso para realizar sus actividades y unos cuantos burócratas decidirán si le otorgan contratos o no, por los cuales la petrolera deberá pagar los derechos. Esto es, NO habrá ninguna exclusividad ni siquiera en esas dos fases del proceso de trabajo petrolero (exploración y extracción).

La CNH, carente de facultades, determinará los criterios de asignación que serán discrecionales. Supuestamente, se considerarán las capacidades técnicas y financieras de la empresa, así como el respectivo plan de desarrollo.

El procedimiento es ridículo. El que sabe que áreas deben explorarse y explotarse es Pemex, cuya información le entregó previamente a la CNH. Esta utilizará tal información para decidir los contratos que entregará a Pemex y a las transnacionales.

Es previsible que la Ronda Cero le otorge a Pemex algunos de los contratos que solicita, mismos que son ridículamente secretos, contradiciendo la demagogia de la transparencia. Por simple pragmatismo, la burocracia traidora de Pemex solicitará realizar aquellos proyectos que reportan una utilidad inmediata, esto es, los campos del Sureste que soportan en la actualidad la producción y exportación de petróleo crudo.

¿Y, lo que Pemex no solicite o la CNH no desee asignarle? Eso se ofertará a las transnacionales. La propia Lourdes Melgar, quien funge como subsecretaria de hidrocarburos de la Sener y, al mismo tiempo, es falsa experta del ITAM-WWC e informante del gobierno norteamericano, declaró al Financial Times que el gobierno licitará las reservas de hidrocarburos, cuestión que ni siquiera fue aprobada en la reforma de Peña Nieto.

En suma, el gobierno se precipita en las formas lo cual no afecta al fondo, simplemente tiene prisa por repartir el patrimonio que no es suyo, ni siquiera es del Estado sino de la nación, a pesar de las reformas constitucionales regresivas.

Este es apenas el principio de la debacle que pronto estará peor. La refinación de petróleo será entregada mediante permiso a los particulares. El procesamiento del gas será privatizado. La Red Nacional de Ductos será desincorporada de Pemex para operar separadamente al servicio privado. El transporte, distribución y almacenamiento de gas natural y gas LP ya son privados; lo mismo será tratándose de los productos petrolíferos y petroquímicos. La industria petroquímica será privatizada en su totalidad, incluyendo a los actuales complejos petroquímicos a cargo de Pemex.

¿Eso no es privatización, no es desnacionalización? Bueno, Peña Nieto dirá lo que quiera, el robo es cínico y descarado. La Ronda Cero es una vacilada que debe suprimirse.


Ref: 2014, elektron 14 (122) 1-5, 29 marzo 2014, FTE de México.



Activo Ku-Maloob-Zaap en el Sureste mexicano







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