Volumen 14, Número 281, 14 marzo de 2014
 


Inaplicable ley de consulta popular



Se prevén exceso de trámites para inhibir que las reformas constitucionales sean sometidas a referendo. Todas las reservas de la oposición fueron rechazadas por el PRI, PAN y PVEM. La decisión para la consulta sobre reformas constitucionales queda a criterio de la Suprema Corte. El PRI vetará cualquier consulta sobre la reforma energética. El gobierno federal está necio en afirmar la desnacionalización.



Senado FOTO: L.H. González


Otra imposición

La Ley Federal de Consulta Popular, aprobada la madrugada de este jueves y remitida a la Cámara de Diputados, no sólo trata de inhibir la posibilidad de que las reformas constitucionales sean sometidas a referendo, pues el exceso de trámites que incluye se convierte en “un calvario” para quien pretenda ejercer ese derecho ciudadano, advirtieron senadores del Partido de la Revolución Democrática (PRD) (Becerril A., Ballinas V., en La Jornada, p.17, 28 febrero 2014).

El presidente de una de las comisiones dictaminadoras, la de Estudios Legislativos Segunda, Alejandro Encinas, consideró que se aprobó “un laberinto burocrático”, ya que la ley contiene infinidad de trámites tanto en la Cámara de Diputados, como en el Instituto Federal Electoral (IFE) y en la Suprema Corte de Justicia, que los ciudadanos interesados en que se someta a consulta algún tema relevante, deben forzosamente cubrir.

Durante la discusión en lo particular de esa minuta se presentaron 66 reservas –la mayoría de perredistas– encaminadas a eliminar restricciones y candados a la minuta, pero todas fueron rechazadas por la mayoría integrada por legisladores de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y Verde Ecologista de México (PVEM).

Maraña de trámites

Encinas detalló la maraña de trámites. Explicó que de entrada, en esa ley reglamentaria del artículo 35 constitucional, se indica que los ciudadanos promoventes de la consulta deben hacer primero un anuncio de intención ante la Cámara de Diputados.

El presidente de ese órgano del Congreso emitirá una constancia del aviso de intención en la Gaceta Parlamentaria y publicará un formato de firmas, que regresan al ciudadano, quien deberá reunir cerca de un millón 600 mil firmas.

Una vez recopiladas, tienen que elaborar una petición de consulta, que se vuelve a enviar a la Cámara de Diputados para que ésta publique la petición en la Gaceta Parlamentaria, verifique que se haya cumplido con el millón 600 mil firmas o más.

Una vez cubierto ese trámite, el Congreso remite las firmas al IFE, para que el instituto valide si son efectivas y luego interviene la Suprema Corte para verificar la constitucionalidad de la consulta y la pregunta. Después de ello se decidirá si se lleva a cabo el ejercicio.

Todavía falta que la Corte regrese el trámite a la Cámara de Diputados, ésta emita una convocatoria, el IFE organice y desarrolle la consulta e informe sobre sus resultados, verifique si participó por lo menos 40 por ciento del listado nominal, cerca de 31 millones de electores, para que sea válida y vinculante.

De ser así, el IFE le notifica posteriormente el resultado a la Suprema Corte de Justicia, para ser atendidos por la autoridad correspondiente.

La Corte decidirá

La intención de la ley aprobada es bastante clara. Se trata de impedir que haya consulta popular en materia energética. El PRI ya lo dijo explícitamente. Lo que sigue será el cabildeo priista en la Corte para presentar alegatos.

La nueva ley reglamenta al artículo 35 constitucional pero limita seriamente el derecho. Eso es típico del Estado mexicano. Se aprueban leyes que no se pueden aplicar en la práctica.

Los senadores eliminaron la prohibición expresa que habían determinado los diputados para prohibir la consulta sobre reformas constitucionales. Lo que hizo el Senado fue trasladar la decisión a la Suprema Corte.

Así, la Corte decidirá respecto a la reforma constitucional en materia energética si es o no de trascendencia nacional. En principio no debiera haber duda. Esta reforma afecta al conjunto de la nación por haberse terminado con las industrias petrolera y eléctrica nacionalizadas. Existe una obvia y evidente trascendencia nacional.

Pero la Corte jamás se ha caracterizado por atender el interés nacional. Los actuales ministros son muy conservadores y reaccionarios que jamás entran al fondo del asunto. Si han liberado a secuestradores, fácilmente lo harán con diputados y senadores privatizadores.

Pero aún en el caso en que la Corte diera la sorpresa y determinara que la consulta sobre la reforma energética procede, los engorrosos trámites solo garantizan que se tergiverse tal consulta. La ley está hecha para incumplirse.

Reiteramos que es crucial la pregunta, misma que puede ser manipulada ampliamente. Jamás pondrá el gobierno a consulta nada relativo a la privatización o desnacionalización. Además, la oposición carece de los instrumentos para garantizar que la consulta sea verdadera. El 40% de votantes para que sea vinculante solo pueden lograrlo la coalición PRI-AN. De esa manera, podría decidirse en la eventual consulta la aceptación “democrática” de la reforma desnacionalizadora.

En suma, la tal consulta además de inviable y engañosa, en tanto no se construya la organización social que la haga posible mediante la movilización territorial en todo el país. Eso nunca lo harán los partidos políticos electoreros, descalificados luego de la traición que hicieron al reformar regresivamente a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales en favor del capital transnacional.

Los diputados y senadores jamás aceptarán una consulta sobre una reforma que ellos mismos aprobaron. “Dar la pelea” al nivel del aparato es inútil. Hace falta el movimiento en las calles, plazas y centros de trabajo. Sin eso, los aparatos del Estado son, sencillamente, insensibles, inservibles e impositivos.


Ref: 2014, elektron 14 (77) 1-2, 28 febrero 2014, FTE de México.







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