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Volumen 8, Número 107, julio 16 de 2008 www.wftucentral.org
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La sexta ley privatizadora



El gobierno federal propone crear un nuevo Derecho Especial Sobre Hidrocarburos (DESH) aplicable a los campos en las aguas profundas. Este derecho consiste en una tasa del 71.5%, determinada por el precio del barril de exportación, sobre el valor anual del crudo y gas natural extraídos. El gobierno neoliberal argumenta que se trata de reducir la carga fiscal de Pemex y que éste cuente con mayores recursos para invertir. Se trata de lo contrario. La propuesta está orientada a desalentar las inversiones de Pemex, la tasa propuesta es similar al actual Derecho Ordinario Sobre Hidrocarburos (74% en 2008, 71.5% al 2012) lo que impediría a Pemex disponer de recursos para realizar inversiones propias. La iniciativa está destinada a favorecer la privatización de la paraestatal pues los inversionistas podrían obtener deducciones del 100% del monto de las inversiones realizadas en exploración y producción de hidrocarburos, actividades estratégicas que la Constitución del país prohíbe realizar a los particulares.


Inconveniente régimen fiscal

El 6 de mayo de 2008, Felipe Calderón envió a la Cámara de Diputados una iniciativa de decreto para reformar y adicionar la Ley Federal de Derechos relativa al régimen fiscal de Pemex. Con anterioridad, en 2007, se habían aprobado reformas que entraron en vigor en 2008 para reducir gradualmente la tasa del Derecho Ordinario Sobre Hidrocarburos (DOSH) del 79% al 71.5% alcanzable en 2012, siendo del 74% en 2008.

Ahora, el gobierno federal ha propuesto una 6ª. ley en el contexto de las cinco iniciativas de reformas enviadas al Senado tendientes a la privatización de Pemex. La sexta ley fue enviada “con el propósito de continuar los ajustes que permitan promover mayores niveles de inversión en la industria petrolera”, se indica. ¿Cuáles inversiones? A Pemex, el gobierno le impide realizar inversiones propias habida cuenta que, por concepto de impuestos, derechos y aprovechamientos, le sustrae más de lo que obtiene por rendimiento.

Se dice que, a efecto de contrarrestar la caída en la producción de hidrocarburos, “es necesario contar con un régimen fiscal que facilite la exploración y explotación de campos de extracción de petróleo crudo y gas natural en las zonas en que, por sus características geológicas especiales, requieren mayores inversiones, como es el caso de los ubicados en el paleocanal de Chicontepec y en aguas profundas”. Si Pemex, por la política fiscal actual, está impedido para realizar inversiones ¿cómo podría realizar “mayores inversiones”?

La sexta iniciativa plantea que “la estructura actual del régimen fiscal de Pemex es conveniente (sic) y por ello se debe conservar, pues ha permitido (sic) una recaudación (sic) acorde con las expectativas planteadas en su implantación”. No es así, el actual régimen fiscal de Pemex es INCONVENIENTE y absurdo. Pemex DEBE contribuir al desarrollo económico y social de la nación, ese es uno de sus grandes objetivos estratégicos; pero, los gobiernos en turno han llegado al exceso al sustraerle a la paraestatal todos los ingresos obtenidos, e incluso más. A la empresa petrolera más rentable del mundo, el gobierno la hace operar con pérdidas.

Régimen fiscal para transnacionales

Las nuevas modificaciones fiscales están orientadas para los casos del paleocanal de Chicontepec pero, esencialmente, a los campos en las aguas profundas del Golfo de México. Se dice que el régimen fiscal propuesto es diferenciado con base en “los mayores costos asociados a las diversas tecnologías que deben emplearse”. Así, se plantea que “en lugar de aplicar el derecho ordinario sobre hidrocarburos y el derecho sobre hidrocarburos para el fondo de estabilización ... se aplique un régimen especial a través de los siguientes derechos:

1- El derecho sobre extracción de hidrocarburos aplicable a los campos del paleocanal de Chicontepec así como a los campos en aguas profundas ... cuyo nivel dependerá de los precios del petróleo crudo;

2- Un derecho especial sobre hidrocarburos que establecerá “incentivos a la inversión para la exploración y explotación de nuevos yacimientos”.

Como lo que interesa al gobierno es la exploración y explotación en las aguas profundas, se proponen “variaciones” respecto de Chicontepec. Para las aguas profundas, el gobierno dice que el desarrollo de éstos “es más complejo y costoso” ya que “su exploración y producción conllevan la adquisición (sic) de tecnología de punta, que eleva (sic) los costos de producción (sic) de manera significativa”. Entonces, se considera “necesario elevar los límites permitidos de deducciones autorizadas en relación con otros tipos de yacimientos petrolíferos (sic) en operación”.

Para apoyar sus propuestas de reforma a la legislación petrolera secundaria, el gobierno federal ha repetido hasta la saciedad que Pemex NO dispone de la tecnología para explorar y explotar campos en las aguas profundas. Entonces, ¿A quien se aplicaría este régimen “especial”?, ¿Quiénes realizarían esas funciones? ¿A quién o quiénes se harían las atractivas deducciones?

El gobierno ha reiterado en su campaña mediática y en sus propias iniciativas que es necesario “acompañarse” de las transnacionales “poseedoras” de la tecnología. Entonces, serían éstas las beneficiarias del nuevo régimen fiscal de Pemex.

Los promotores de la sexta ley privatizadora señalan que “el esquema planteado permitirá reducir la carga fiscal de los proyectos por desarrollar ... respecto del régimen vigente”. ¿Reducir la “carga” para quién? ¿Quién va a desarrollar esos proyectos?

Derecho Especial Sobre Hidrocarburos, DESH

Para el caso de Chicontepec se propone incorporar un derecho anual aplicando la tasa del 71.5% al valor anual del petróleo crudo y gas natural extraídos en el año, previa reducción de las deducciones permitidas que serían varias, incluyendo, “los costos, gastos e inversiones ... que, de conformidad con las disposiciones aplicables, efectúen terceros en nombre de Pemex Exploración y Producción”.

¿Cuáles son esas “disposiciones aplicables” a los terceros (contratistas)? Las que el gobierno propone en el paquete de cinco iniciativas privatizadoras ya que, actualmente, la Constitución prohíbe la participación de particulares en las actividades estratégicas de exploración y producción, mientras que, las iniciativas la permiten. Las deducciones que ahora se proponen podrían ser del “100 por ciento del monto original de las inversiones realizadas”.

Según la sexta iniciativa, “el derecho que se propone se aplicaría sobre una base neta y sería similar al derecho ordinario sobre hidrocarburos vigente” (sic). En el caso que Pemex realizara esas inversiones, ¿dónde estaría la reducción en la carga fiscal?

Pero lo que importa más al gobierno es el DESH aplicable para campos en aguas profundas. La iniciativa indica que, debido a los “retos tecnológicos especiales”, “en lugar de una tasa del 71.5%, en los campos en aguas profundas se aplicaría una tasa de entre 60 y 71.5 por ciento –que se determinaría de acuerdo con el rango de precio promedio ponderado anual de barril de petróleo crudo exportado en dólares de Estados Unidos de América- sobre el valor anual del petróleo crudo y gas natural extraídos en el año de cada campo”.

Pero, además, “El 100 por ciento del monto original de las inversiones realizadas para la explotación sería deducible hasta el ejercicio en que los hidrocarburos extraídos del campo de que se trate formen parte de la producción (sic) reportada por Pemex Exploración y Explotación” (PEP).

100% de deducciones a inversionistas

El pago anual del “derecho sobre extracción de hidrocarburos” se propone en el artículo 257 Bis de la sexta iniciativa. Allí se indica una tabla basada en el rango promedio del barril de petróleo y la tasa para el cálculo del derecho sobre extracción de hidrocarburos. Si el precio estuviera entre 0.01 y 40 dólares por barril, la tasa sería del 10% pero, si el precio fuera de 60 la tasa sería del 20%. La recaudación de este derecho “se destinará al Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros”.

En el artículo 257 Quáter se indica que PEP “estará obligado al pago anual” del DESH para campos en aguas profundas, que se calculará de acuerdo a una tabla. Si el precio del barril estuviera entre 0.01 y 60 dólares, la tasa aplicable sería del 60% y, de 90 dólares en adelante, sería del 71.5%.

Actualmente, el precio del barril de exportación de la mezcla mexicana está en más de 130 dólares. Es evidente que se aplicaría, entonces, la tasa del 71.5%. ¿Dónde está la “reducción” en la carga fiscal de Pemex? Se trata de continuar con la MISMA política fiscal depredadora vigente lo cual, lejos de alentar a Pemex desalentaría las posibles inversiones porque, simplemente, Pemex NO tendría recursos suficientes ya que estaría entregando sus rendimientos a la secretaría de hacienda (SHCP).

El plan está destinado a favorecer a las transnacionales y NO está orientado a que Pemex haga inversiones en actividades en las que “no tiene tecnología”, según el gobierno. Lo que está planteado, entonces, es la contratación con las transnacionales para compartir los recursos naturales de hidrocarburos y la renta petrolera.

En las declaraciones a los medios el gobierno afirma que no habría tal. Sin embargo, en la sexta iniciativa se indica que “para la determinación de la base del derecho especial sobre hidrocarburos para campos en aguas profundas, serán deducibles los siguientes conceptos para cada campo:”

“1- El 100 por ciento del monto original de las inversiones realizadas para la exploración. Esta deducción se aplicará a partir del ejercicio en que los hidrocarburos extraídos del campo de que se trate formen parte de la producción reportada por Pemex Exploración y Producción”.

Se agrega que las inversiones realizadas serían aquellas del “campo productor o permiso (sic) de exploración correspondiente”. ¿Permisos (privados) de exploración?

Esto es, si Pemex realizara esas funciones le sería retenido un elevado derecho que neutralizaría las inversiones pero, si las realizan las transnacionales el incentivo si sería “alentador” porque podrían ser eximidos del 100% de las inversiones realizadas vía las deducciones. Las actividades no serían solamente de exploración, prohibidas por la Constitución, sino de producción, también prohibidas, ya que las deducciones se aplicarían hasta que los hidrocarburos sean extraídos. Eso es obvio porque, la simple exploración no indica que los recursos estén descubiertos y, perforar NO es sinónimo de producir. Es evidente que si no se encuentra nada, sino hoyos secos, no habría producción. Sin embargo, las propuestas del gobierno están orientadas a la producción, de manera que, no solamente habría exploración sino explotación de los hidrocarburos. La participación de transnacionales en estos rubros está expresamente prohibida constitucionalmente.

También serán deducibles “Los costos, gastos e inversiones ... que efectúen terceros (sic) a nombre de Pemex Exploración y Explotación de conformidad con las disposiciones aplicables (sic)”. Otra vez, esas “disposiciones aplicables” para la participación de terceros serían las propuestas en el paquete de las cinco iniciativas de reforma a la legislación petrolera secundaria, las que indican que se otorgarían concesiones, contratos y permisos a los particulares contraviniendo la Constitución.

La sexta ley complementa a las anteriores

En un anexo a la sexta iniciativa, la SHCP presentó una “Evaluación del impacto presupuestario”. Según esta dependencia, misma que seguramente elaboró la iniciativa, ésta “plantea un régimen fiscal que pretende reducir la carga fiscal de Pemex Exploración y Producción a los campos de extracción de petróleo crudo y gas natural” en Chicontepec y en aguas profundas “a efecto de facilitar e incentivar la exploración en dichas zonas”. Esto, desde luego, no es cierto a menos que se trate de las transnacionales.

También se indica que “De acuerdo a lo anterior, Pemex Exploración y Producción contaría con mayores recursos para invertir (sic) en la exploración y explotación de nuevos campos ... lo que redundará en mayores ingresos para el gobierno federal y para el propio organismo descentralizado”.

No hay tal. En la medida en que la tasa impuesta sería del 71.5% Pemex no “contaría” con mayores recursos. Si es cierto que el gobierno federal seguiría recibiendo “mayores ingresos” pero no así Pemex. Actualmente, la tasa del DOSH es del 74% y se reducirá al 71.5% hasta el año 2012. Esto quiere decir, que durante la presente gestión, el gobierno seguirá obteniendo de Pemex cuantiosos recursos. Si, ahora se propone una tasa similar para el caso de las aguas profundas, recibiría similares cantidades en el caso que Pemex realizara esas funciones pero, si las realizan las transnacionales, el gobierno federal no recibiría nada, al contrario los beneficios obtenidos los reintegraría por la vía de las deducciones. Eso significa entregar gran parte de la renta petrolera.

La sexta iniciativa también es privatizadora y complementa a las cinco anteriores. Se trata de un solo paquete con el mismo objetivo: privatizar a Pemex.

Aprobar la sexta iniciativa sería incorrecto

El 8 abril, Carlos Navarrete, coordinador del PRD en el Senado, dijo que “hemos alejado el fantasma del fast-track para la aprobación de la reforma petrolera. Con los foros que ha organizado el Senado se han evidenciado las carencias de la propuesta presidencial y han salido muchas coincidencias (sic) de todos (sic) los ponentes para mejorar la reforma para Petróleos Mexicanos (Pemex)”.

¿Se puede mejorar esa reforma? El FTE considera que no, lo único que procede es DESECHAR semejantes propuesta privatizadoras.

Navarrete indicó que “ahora hay que construir una propuesta de reforma con todos los partidos, ya que el proyecto gubernamental no pasará. Entonces, si hay coincidencias de que la reforma para Pemex es necesaria, hay que buscar el consenso en los puntos en donde haya convergencia”. ¿Es posible construir una propuesta “con todos los partidos”?

El FTE considera que esto no es posible ni conveniente. Se está jugando con una “propuesta” ajena donde podría indicarse que no habrá privatización pero podría aprobarse lo contrario. Las “coincidencias” no son tales, en los aspectos centrales las propuestas son contrapuestas y, en otros aspectos, ni siquiera ha habido propuestas (de nadie de los invitados al convite).

Navarrete dijo que producto de los foros, que concluirán el próximo 22 de julio, “vendrá el trabajo de compilación de lo dicho por los especialistas, expertos, académicos, funcionarios, trabajadores y otros, en cada uno de los temas”. Hay que evaluar y ordenar las propuestas recibidas sesión tras sesión, dijo, porque sería una falta de respeto y un desperdicio, un sinsentido del Senado que después de tantos debates esto se hubiera quedado en un ejercicio hueco.

Por supuesto que el ejercicio es hueco. El Debate en el Senado no es representativo y, reiteramos, en aspectos importantes ni siquiera ha habido propuestas. Por lo demás, “los trabajadores” NO fuimos consultados sino expresamente EXCLUIDOS.

Un día antes, Graco Ramírez (PRD), secretario de la comisión de energía del Senado declaró que en agosto se puede discutir y dictaminar las reformas a la Ley Federal de Derechos”. Según Graco “hay coincidencias con el PRI y el PAN en la necesidad de discutir esas reformas que tienen que ver con el régimen fiscal para Pemex, “y esto sí se puede discutir y aprobar (sic) en las comisiones”, pero pasaría al pleno en el periodo ordinario, que se inicia en septiembre. “En los primeros ocho días de ese mes se puede aprobar para cumplir con los tiempos del paquete presupuestal”, dijo. Más aún, señaló que la propuesta sobre el régimen fiscal de Pemex “es correcta (sic), porque se trata de hacerlo más competitivo (sic). El problema es para qué, si es para que lo aplique la iniciativa privada, como ellos quisieran, pues es una pena que el gobierno y el PAN le den mejores condiciones fiscales a ese grupo que a la paraestatal”. Efectivamente, de eso se trata.

Graco matizó señalando que “El PRD puede sostener el criterio de apoyar (sic) esa propuesta, siempre y cuando vaya encaminada a beneficiar a Pemex y no a los inversionistas, que quieren hacer negocios”. Se trata de una declaración innecesaria por ingenua. La sexta iniciativa está orientada a las transnacionales en el marco de la privatización propuesta para Pemex en las otras cinco iniciativas.

Necesario otro régimen fiscal SIN privatización

Se necesita de un régimen fiscal para Pemex diferente al actual y al propuesto por el gobierno en la sexta iniciativa privatizadora. El nuevo régimen debe tener como objetivo permitir que la paraestatal realice inversiones PROPIAS por ADMINISTRACION DIRECTA. Para ello, requiere disponer de recursos obtenidos de la misma fuente que los genera: ¡Pemex!

Esto puede lograrse modificando la legislación vigente en la materia. Por concepto de impuestos, derechos y aprovechamientos, Pemex entrega a la SHCP más del 100% de sus rendimientos y, a cambio, el gobierno le otorga presupuestos insuficientes para realizar inversiones e incluso operar adecuadamente. Sin embargo, en los Debates oficiales nadie de los invitados y/o asistentes ha propuesto nada concreto al respecto. Los legisladores, por su parte, solamente piensan en “acuerdos” entre sí para “aprobar” las iniciativas privatizadoras. Eso es incorrecto.

El FTE de México propone modificar el régimen fiscal aplicable a Pemex, de manera que, la paraestatal entregue a la SHCP una cantidad MENOR a lo que obtiene por rendimientos, p.e., un máximo del 75% de los mismos por concepto de impuestos, derechos y aprovechamientos. El DOSH debe ser reducido, p.e., al 60%, aplicable desde ahora e incluyendo las aguas profundas SIEMPRE y CUANDO la exploración y producción de los hidrocarburos las realice Pemex, de manera exclusiva, tal y como indica la Constitución política vigente. ¡El DESH aplicable a terceros debe ser rechazado; la sexta iniciativa de ley privatizadora debe ser rechazada! ¡Todas las demás iniciativas privatizadoras deben ser rechazadas! ¡La Constitución NO se negocia! (b169, 10 jul 2008)



Debate Oficial en el Senado sobre la reforma energética



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